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Aborto en Argentina

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Legislación sobre el aborto en el mundo
     Legal bajo cualquier circunstancia dentro de plazos establecidos.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental, violación, inviabilidad fetal y factores socioeconómicos.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental, violación e inviabilidad fetal.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental y violación.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre y/o de salud física o mental.      Legal en casos de riesgo para la vida de la madre.      Ilegal sin excepciones.      No hay información. Nota: En la mayoría de los países y supuestos citados, la intervención ha de efectuarse antes de plazos establecidos.

El aborto en Argentina, entendido como finalización voluntaria del embarazo o aborto inducido, es un delito descrito en el Código Penal. Asimismo, dicho código establece casos especiales de aborto como aborto no punible, como en casos de violación, y cuando existe peligro para la vida o la salud de la mujer.[1]

En octubre de 2007 el Ministerio de Salud aclaró que el concepto de "salud" de la ley comprende tanto de la salud física como de la salud psicológica. Conforme a ello tampoco es punible el aborto en los casos en que el embarazo implica un grave daño psicológico o emocional a la mujer.[2]

En el fallo F.A.L. de marzo de 2012, la Corte Suprema ratificó que no son punibles los abortos en casos de violación, sin importar la salud mental de la mujer. Esto se debe a que ciertos sectores y organizaciones religiosas,[3]​ alegaban que solo se autorizaba el aborto por violación cuando la mujer era demente, pero esto se debía, dijo la Corte, a un error en la interpretación de la ley.[4][5]

En el mismo fallo, la Corte también aclaró que no es necesario recurrir a la justicia para que autorice el aborto, ya que los juicios suelen durar años y eso frustraba el derecho de las mujeres a acceder al aborto. Por ello, determinó que era suficiente que la mujer realice una declaración jurada ante el médico manifestando que fue violada, y ordenó a las provincias dictar protocolos hospitalarios para que el procedimiento se realice en el tiempo y forma adecuados.[6]

Un estudio encargado por el Ministerio de Salud en 2005 y conducido por las demógrafas Edith Pantelides y Silvia Mario concluyó, usando dos métodos de estimación diferentes, que se producen anualmente entre 370 000 y 520 000 abortos inducidos legales y no legales.[7]​ En el año 2016 un informe de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, arrojó la cifra de 43 muertes de mujeres en ese año debido a todos los tipos de aborto, siendo la principal causa de mortalidad materna en el país según funcionarios y distintos medios.[8][9][10]​ Según el ministro de salud Adolfo Rubinstein, es la primera causa de muerte materna en el país y anualmente se registran 50 000 internaciones en establecimientos públicos por casos de interrupción del embarazo.[11]

Numerosas organizaciones políticas, científicas, feministas y de derechos humanos bregan históricamente por la legalización plena del aborto. En 2018 el asunto tomó estado parlamentario tras la habilitación a tratarse la ley de legalización en el Congreso Nacional. El 14 de junio de 2018 la Cámara de Diputados aprobó la media sanción de la ley con 129 votos a favor, 125 en contra y 1 abstención.[12][13][14]​ El proyecto fue rechazado por el Senado tras una votación donde 38 senadores votaron en contra y 31 a favor; además hubo 2 abstenciones y un ausente.[15][16][17]

El aborto inducido está tipificado como delito en los artículos 85, 86, 87 y 88 del Código Penal argentino, los cuales establecen distintas penas a quienes participen de una práctica abortiva, voluntaria o no. De todos modos se exceptúa de la consideración delictiva a los abortos que se realizaran como último recurso a fin de preservar la salud de la mujer, o bien el embarazo se produjo como resultado de una violación, o abuso contra una persona "idiota o demente".[Nota 1]​ El texto diferencia entre la existencia o no del consentimiento de la mujer o persona con capacidad de gestar.[Nota 2]

Desde 2010, a partir del Fallo F.A.L. de la Corte Suprema, se utiliza una interpretación amplia del Código Penal, terminando con la visión de que la no punibilidad solo se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental. A partir del mismo se crearon varios protocolos para la realización de abortos no punibles que enumeran las causales por las cuales es posible realizar y los requisitos que se pueden solicitar a la embarazada. La incorporación de los protocolos ha sido despareja en las diferentes provincias.

Historia de la legislación del aborto

Primer Código Penal

En 1886 se sanciona el primer Código Penal de Argentina, en el que se penalizaba el aborto en todos los casos


En 1903, el código fue reformado por primera vez y se estableció que los casos de tentativa de aborto no sean punibles.

Causales de no punición

En 1921 se reforma por segunda vez el Código Penal, y se introdujeron los casos en los que el aborto era impune: si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer demente

La Comisión de Códigos del Senado que aprobó el nuevo código estaba integrada por los legisladores Joaquín V. González, Enrique del Valle Iberlucea y Pedro Garro. Esta comisión explicó que, en lo concerniente al aborto, se basó en el texto del anteproyecto penal suizo de 1916. También entendió que la no punibilidad del aborto terapéutico no necesitaba explicación; mientras que, para los casos de atentado contra el pudor sobre mujeres con discapacidad mental, se justificó con la siguiente cita del abogado y político español Luis Jiménez de Asúa referida al anteproyecto suizo: "Es la primera vez que una legislación va a atreverse a legitimar el aborto con un fin eugenésico, para evitar que de una mujer idiota o enajenada, o de un incesto, nazca un ser anormal o degenerado". Si bien el texto helvético hacía mención al caso del incesto, este quedó excluido del código argentino.[18]

A pesar de estas modificaciones, el acceso de los abortos no era fácil. Los argumentos médicos y jurídicos se circunscribían a la versión criminalizadora del aborto, aquella que esgrime la defensa de la vida desde el momento de la concepción.[19]​ En la década de 1920, los abortos debido a infecciones tuberculosas generaron una gran discusión en los médicos de la época.[20]

En mediados de 1930, Juan B. González, profesor de Clínica Obstetricia de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, asesoró al Ministro de Gobierno de la provincia de Córdoba a propósito de la introducción del aborto médico en las leyes provinciales.[20]

Décadas de 1960 y 1970

En 1968, el gobierno de Juan Carlos Onganía, se crea el Decreto Ley Nº 17.567. En el mismo se establecía la excepción si el peligro para la vida o la salud de la mujer fuere grave; o en cualquier caso de violación, siempre que este estuviere judicializado, y con el consentimiento de un representante legal si la persona fuere menor, idiota o demente.

Tras la llegada de la democracia en 1973, estas modificaciones fueron dejadas sin efecto a través de la sanción de la Ley N.º 20.509, que aplicaba a todas las leyes creadas por la dictadura militar.

En el año 1976, durante la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional, se sanciona el Decreto Ley Nº 21.338, y se reincorporan las modificaciones realizadas en el antiguo Decreto Ley N.º 17.567.[21]

Regreso de la democracia

En 1984, ya en democracia bajo la presidencia de Raúl Alfonsín, se sanciona la Ley N.º 23.077, que retrotrae nuevamente la situación a lo sancionado en 1921.[21]

Durante los años previos a la década de los ‘80, las resoluciones sobre los procesos de aborto no punible quedaban en gran parte tuteladas por los criterios de los profesionales médicos intervinientes en el caso clínico.[19]

En 1988, se constituye la Comisión por el Derecho al Aborto (Codeab) a favor de la legalización del mismo, sacando una solicitada en un diario y publicando "Nuevos aportes sobre el aborto".[22][19]

En 1995 se autorizó el primer aborto no punible por anencefalia fetal en la justicia de la Argentina.[19]

En 1998, luego de una entrevista con el papa Juan Pablo II en la Ciudad del Vaticano, Carlos Menem creó un decreto que declaró el 25 de marzo el Día del Niño por Nacer en la Argentina. Durante la primera celebración, en 1999, el presidente afirmó que "la Argentina ha colocado entre las prioridades de su política exterior, una firme y decidida acción en defensa de la vida".[23]​ En este contexto fue que Zulema Yoma, exesposa del presidente, decidió contar en una entrevista que se realizó un aborto con el apoyo de Carlos Menem.[24]

En 2001 la Corte Suprema de Justicia autorizó el aborto de un embarazo anencefálico, aunque presentándolo como «un fallo "a favor de la vida" y que no es un caso de aborto, ni de aborto eugenésico, ni de una suerte de eutanasia».[25]

En el año 2002, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de la asociación civil provida Portal de Belén, que había denunciado al Ministerio de Salud de la Nación por autorizar el uso del fármaco Inmediat, una pastilla del día después.[26]​ El fallo consistió en la prohibición de una marca y no de la fórmula o de los principios activos empleados en la elaboración de los anticonceptivos de emergencia.[27]

La doctrina antiaborto estricta de la Corte Suprema de Justicia argentina cambió con la incorporación en 2004 de la jueza Carmen Argibay con una posición a favor de la despenalización.[28][29]

El 9 de mayo de 2004, Ginés González García, Ministro de Salud del gobierno de Néstor Kirchner, impartió directivas a todos los hospitales del país para que las mujeres que ingresaran por complicaciones de aborto fueran tratadas con confidencialidad, recibieran contención sin prejuicios y egresaran con un anticonceptivo entregado.[30]

Fue lanzada el 28 de mayo de 2005, Día de Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, y desde entonces tiene la capacidad y la fuerza de coordinar actividades simultáneamente en distintos puntos del país bajo la consigna: “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. En el Congreso Nacional, se han presentado en reiteradas oportunidades proyectos a favor de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En 2019, se presentó, luego del fallo de la Cámara de Senadores en contra del proyecto del 2018, uno reformado que establece lo siguiente:

[1]"El proyecto establece como sujeto de derecho a interrumpir un embarazo a las mujeres y otras identidades con capacidad de gestar, en el marco de la ampliación de derechos respecto del reconocimiento y respeto de la identidad de género de cada persona, entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. Estas personas podrán acceder a un aborto voluntario legal y seguro hasta la semana 14 de gestación en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado), de forma gratuita en hospitales y centros de salud públicos y con una cobertura del 100% si tienen obra social, mutual o prepaga; además el proyecto propone que la práctica sea incluida en el Plan Médico Obligatorio."

En julio de 2006, el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos dio a conocer una propuesta de reforma del Código Penal de la Nación que estipulaba considerar “no punible a la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los tres meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieran excusable”. Este anteproyecto, el único desarrollado en el seno del Poder Ejecutivo Nacional con una propuesta legislativa, nunca llegó a ser tratado en el Congreso debido a que poco después de su presentación fue “retirado” de escena.[31]

En el año 2007, se presenta por primera vez el proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), donde se establece principalmente la despenalización y legalización del aborto voluntario, es decir, por decisión de la mujer hasta las 12 semanas de gestación y, fuera de este plazo, en los casos de violación, cuando está en riesgo la salud o la vida de la mujer y si existieran malformaciones fetales graves.[30]

Sentencia F.A.L.

#73d216
Provincias adheridas al Protocolo Nacional.[32]
     Protocolos ajustados al fallo de la Corte (10)     Regulaciones que cumplen parcialmente el fallo (6)     No hay protocolos que lo regulen (8)

En 2012, la Corte Suprema falló sobre el caso FAL, una chica de 15 años que había sido violada por su padrastro, en el que interpretó que el artículo 86 del Código Penal de la Nación permitía el aborto en los casos de violación y de peligro para la salud o vida de la mujer o persona gestante.

El fallo, que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut, se dio una vez que el aborto ya había sido llevado a cabo y fue firmado por unanimidad y por el voto conjunto del presidente de la Corte Lorenzetti , de la vicepresidenta Highton de Nolasco y de los jueces Fayt, Maqueda y Zaffaroni, y por los votos individuales de los jueces Petracchi y Argibay. En el fallo se remarcó que era necesario el dictado de un pronunciamiento que pudiera servir de guía para la solución de futuros casos análogos y que estaba comprometida la responsabilidad internacional del Estado Argentino.

El fallo marcó tres reglas claras:

  • Que la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad. De este modo, se puso fin a la incertidumbre relacionada con el alcance del artículo 86, inciso 2º, del Código Penal, en tanto algunas instancias judiciales han entendido que este solamente se aplica respecto de la víctima de una violación que poseyera alguna discapacidad mental, criterio que llevaba a que la cuestión se judicializara a lo largo del país con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la madre.
  • Que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.
  • Que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.

Finalmente, con el objeto de hacer efectivo lo decidido y asegurar los derechos de las víctimas de violencia sexual, exhortaron a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos y a disponer un adecuado sistema que permita al personal sanitario ejercer su derecho de objeción de conciencia sin que ello se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio.[33]

Como consecuencia de este fallo se crearon varios protocolos para la realización de abortos no punibles que enumeran las causales por las cuales es posible realizar este tipo de abortos y los requisitos que se pueden solicitar a la persona gestante. Pero la incorporación de los protocolos ha sido despareja en las diferentes provincias.

Código Civil

El 1 de agosto de 2015 entró en vigencia en la Argentina un nuevo Código Civil y Comercial que en su artículo 19 afirma “que la existencia de la persona comienza con la concepción”.[34]​ Este artículo fue cuestionado, porque puede poner límites a una posible discusión del aborto.[35][36]​ Según Marisa Herrera, doctora en derecho e investigadora del CONICET que formó parte de la redacción del Código Civil y Comercial de la Nación, el aborto es compatible con el mismo.[37][38]

Tratamiento legislativo de 2018

En 2018 se presentó por séptima vez el proyecto de ley de Interrupción Voluntario del Embarazo (IVE), con la firma de 71 diputados, de diferentes ideologías y pertenencia partidaria, y por primera vez fue tratado en el Poder Legislativo.[39]​ El proyecto, en esta oportunidad, propuso el aborto como un derecho hasta la semana 14 (tercer mes de embarazo), y hasta el final del embarazo en tres causales (violación, peligro para la vida/salud física, psíquica y social de la madre, y malformaciones fetales graves), e incluye el aborto en el Programa Médico Obligatorio (PMO).[40]

El 12 de junio el proyecto, con algunas modificaciones obtuvo dictamen en la Cámara de Diputados con 64 votos a favor y 57 en contra, luego de 15 sesiones expositivas y 690 oradores.[41]​ La sesión en la Cámara de Diputados se realizó el 13 de junio de 2018, con la presencia de marchas a favor y en contra alrededor del Congreso,[42][43]​ con una presencia mayoritaria de las primeras.[44]​ La sesión se prolongó por más de 23 horas y tuvo un solo ausente. Finalmente se aprobó la media sanción de la ley con 129 votos a favor, 125 en contra, 1 abstención.[45]

El 1 de agosto el proyecto no consiguió dictamen en la Cámara de Senadores, luego de 7 sesiones expositivas y 143 oradores.[41]​ La sesión en el Senado se realizó el 8 de agosto, también con la presencia de marchas a favor y en contra alrededor del Congreso. De modo similar a la sesión en diputados, fue mayor la presencia de manifestantes en favor de la legalización.[46]​ Luego de 16 horas de sesión, el proyecto fue rechazado con 38 votos en contra y 31 a favor, con 2 abstenciones y un ausente.[15][16][47]

Opiniones de las organizaciones supranacionales

ONU

Durante su Examen Periódico Universal de 2014, Argentina se comprometió a considerar una serie de recomendaciones relativas al acceso de mujeres a derechos reproductivos en el país. Algunas de las recomendaciones fueron adoptar medidas para que ninguna mujer o niña sea sancionada penalmente por someterse a un aborto, promulgar leyes que reconocieran a las mujeres acceso legal a diversos servicios de salud reproductiva y garantizar el acceso al aborto legal en condiciones de igualdad en todo el país.[48][49]

Comité de Derechos Humanos

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en marzo de 2010, realizó un examen sobre la Argentina, en el cual expresó, en el párrafo 13, "su preocupación por la legislación restrictiva del aborto contenida en el artículo 86 del Código Penal, así como por la inconsistente interpretación por parte de los tribunales de las causales de no punibilidad contenidas en dicho artículo. (Artículos 3 y 6 del Pacto)" y se recomienda que "El Estado Parte debe modificar su legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las mujeres a evitar embarazos no deseados y que estas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que podrían poner en peligro sus vidas. El Estado debe igualmente adoptar medidas para la capacitación de jueces y personal de salud sobre el alcance del artículo 86 del Código Penal".[50]

Asimismo, el borrador del comentario general del Comité de Derechos Humanos (CDH) sobre el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1996, elaborado en 2017, dice: "Los Estados partes deben proporcionar acceso seguro al aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas, y en situaciones en las que llevar un embarazo a término causaría dolor o sufrimiento sustancial a la mujer. especialmente cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto o cuando el feto sufre un deterioro fatal ". Cuando el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) presentó sus preocupaciones, dijo que el CDH debería eliminar las palabras, "sobre todo cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto o cuando el feto sufre un impedimento fatal". No discutió el resto del pasaje.[51][52][53]

Comité de los Derechos del Niño

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en junio de ese mismo años, realizó su propio examen y le recomendó al Estado, en el párrafo 59, que, entre otros puntos, "Adopte medidas urgentes para reducir la mortalidad materna relacionadas con el aborto, en particular velando por que la profesión médica conozca y practique el aborto no punible, especialmente en el caso de las niñas y mujeres víctimas de violación, sin intervención de los tribunales y a petición de ellas" y que "Enmiende el artículo 86 del Código Penal en el ámbito nacional para prevenir las disparidades en la legislación provincial vigente y en la nueva en lo que respecta al aborto legal".[54]

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

En 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ratificó la compatibilidad de la Convención Americana con los proyectos de despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, “no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”. Luz Patricia Mejía, relatora de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, afirma que la Convención Americana sobre Derechos Humanos no es contrario al aborto, sino que "cuando la Convención dice que el derecho a la vida estará protegido a partir del momento de la concepción, se aclara que es 'en general'. Esto se hizo así para que los estados que en el momento de la sanción de la Convención tenían el aborto legalizado pudieran formar parte de la misma".[55]

Corte Interamericana de Derechos Humanos

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano encargado de interpretar la letra de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha establecido que la legalización del aborto no la contradice.[56]

En el año 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos zanjó las diferencias interpretativas en el fallo del caso "Artavia Murillo y otros ("fecundación in vitro") vs. Costa Rica", en el cual interpreta el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En el párrafo 185, se afirma que "hay concepciones que ven en los óvulos fecundados una vida humana plena. [...] Estas concepciones no pueden justificar que se otorgue prevalencia a cierto tipo de literatura científica al momento de interpretar el alcance del derecho a la vida consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos, pues ello implicaría imponer un tipo de creencias específicas a otras personas que no las comparten". Asimismo, en el párrafo 263, señala que "la Corte concluye que el objeto y fin de la cláusula 'en general' del artículo 4.1 de la Convención es la de permitir, según corresponda, un adecuado balance entre derechos e intereses en conflicto. En el caso que ocupa la atención de la Corte, basta señalar que dicho objeto y fin implica que no pueda alegarse la protección absoluta del embrión anulando otros derechos". En el siguiente párrafo indica que "es posible concluir de las palabras 'en general' que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general".[57]

En relación a este fallo, las juristas Aída Kemelmajer de Carlucci, Marisa Herrera y Eleonora Lamm han señalado la importancia de la decisión de la Corte Interamericana en el debate regional por la legalización del aborto: "Puede pensarse, entonces, que la máxima instancia judicial en la región ha dado luz verde para legalizar la interrupción del embarazo en América en un abanico mucho más amplio de casos."[58]

G20

En 2018, en una reunión del Women 20 (W20), el Grupo de Afinidad vinculado al G20 (grupo de los siete de los países más industrializados y emergentes) dio al gobierno argentino distintas recomendaciones para lograr “una sociedad más sustentable, igualitaria y equitativa”, medidas que calificó como “el camino hacia el pleno desarrollo económico de las mujeres de la Argentina”, entre las que está "no criminalizar el aborto".[59][60][61]

Guías y protocolos para la realización de abortos no punibles

Guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles

En octubre de 2007 el Ministerio de Salud de la Nación, a través de su Programa de salud sexual y reproductiva elaboró la denominada Guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles.[62]​ La misma indica que tiene como propósito promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia social así como contribuir a mejorar la estructura de oportunidades en el campo de la salud sexual y reproductiva y, en particular, "definir medidas para reducir y eliminar las barreras para el acceso al aborto permitido por la ley".

La guía fue actualizada en junio de 2010.[63]​ La misma fue inicialmente anunciada como resolución ministerial, hecho que tuvo que ser desmentido por el Ministro de Salud Juan Manzur.[64]​En 2015 el Ministerio de Salud de la Nación actualizó la guía de atención de los abortos no punibles, donde considera la interrupción legal de un embarazo como un derecho de las mujeres, además incorpora por primera vez la salud mental, como causal para solicitar un aborto no punible.[65]

Marco jurídico y principios

La guía expone un resumen de la legislación relacionada con el tema, citando artículos de la Constitución Nacional, de tratados internacionales, del Código Penal de la Nación y de la Ley N.º 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable.

Menciona además una serie de principios a seguir entre los que se destaca el de favorabilidad, que dice que en caso de dudas acerca del sentido de una norma o de su aplicación, debe adoptarse la interpretación o la aplicación que mejor se compadezca con los derechos de las mujeres.

Definición y Constatación de No Punibilidad

La guía, en su versión de 2010, actualizada en 2015 con un quinto apartado, enumera los casos de no punición del aborto de la siguiente manera:

a. si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios (artículo 86, segundo párrafo, inciso 1º, Código Penal de la Nación),

b. si el embarazo proviene de una violación (artículo 86, segundo párrafo, inciso 2º, Código Penal de la Nación),

c. si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente (artículo 86, segundo párrafo, inciso 2º, Código Penal de la Nación)".[66]

d. La salud mental, entendida como afectación de la salud de la persona embarazada (añadido desde 2015)[65]

Indica que debe interpretarse como salud el “completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausencia de enfermedades”, tal como define la OMS. En ciertos casos, se ha interpretado que la violación debía ser cometida solo sobre mujeres con las discapacidades antes mencionadas para que el aborto resulte no punible (aborto eugenésico).[67]

La no punibilidad de los casos de peligro para la vida o la salud de la mujer debe ser constatada por el médico tratante, quien además podrá hacer una interconsulta con otro médico o bien, en los casos de peligro para la salud mental, con un profesional de la psicología.

En los casos de violación o de atentado contra el pudor, en la guía del 2007 se especificaba que se debía presentar una denuncia policial o judicial. A partir del lanzamiento de la guía del 2010, si no existe una denuncia, es suficiente con presentar una declaración jurada. También declara que cualquier imposición de exigencias adicionales se considera una violación a los derechos de la mujer al acceso al aborto en los casos permitidos por la ley.

En abril de 2015, se publica una nueva actualización de la Guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles, en este caso bajo el nombre de Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo.[68]

Métodos de aborto según el estado del desarrollo prenatal

Aborto por aspiración, a las ocho semanas de la gestación (seis después de la fertilización).
1: Saco amniótico
2: Embrión
3: Útero
4: Espéculo
5: Jeringa manual
6: Conexión a bomba de aspiración.

La guía enumera los distintos métodos seguros para abortar según el desarrollo prenatal del embarazo, haciendo una distinción entre Métodos Preferidos y Otros Métodos e indicando las semanas que deben transcurrir desde la última menstruación.

Los métodos preferidos son:

  • Aspiración al vacío manual o eléctrica: entre 5 y 12 semanas desde la última menstruación (Mes 3 de embarazo). Podrán pasar hasta 15 semanas (mes 4 de embarazo) siempre que sean proveedores bien entrenados.
  • Dilatación y evacuación: entre 13 y 22 semanas desde la última menstruación (Mes 4 de embarazo).
  • Mifepristone y Misoprostol (o gemeprost): entre 5 y 9 semanas desde la última menstruación (Mes 3 de embarazo). Se está investigando si se puede aplicar este método hasta pasadas 12 semanas. Entre 13 y 22 semanas (Mes 5 de embarazo), las dosis de Misoprostol (o gemeprost) deberán ser repetidas.
  • Prostaglandinas de uso vaginal en dosis repetidas: entre 12 y 22 semanas desde la última menstruación (Mes 5 de embarazo).

Otros métodos son:

  • Dilatación y curetaje: entre 5 y 11 semanas desde la última menstruación (Mes 3 de embarazo).
  • Soluciones hipertónicas: entre 12 y 22 semanas desde la última menstruación (Mes 5 de embarazo).
  • Prostaglandinas intra amnióticas o extra amnióticas: entre 12 y 22 semanas desde la última menstruación (Mes 5 de embarazo).
  • Inyección para detener el corazón del feto: de las 20 hasta las 23 semanas desde la última menstruación (Mes 5 de embarazo).[69]
  • En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada de dilatación y extracción intacta o "aborto por nacimiento parcial", que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro solo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo.
Calendario semanal del desarrollo humano antes del embarazo, y su relación con el momento del parto.

Situación de los protocolos provinciales para la atención de los abortos no punibles

Dado que el citado fallo de la corte establecía que cada provincia debía elaborar un protocolo para la atención de los abortos en las situaciones no punibles por el código penal, algunas provincias elaboraron dicho protocolo en lineamiento con el fallo, mientras que otras provincias elaboraron protocolos más restrictivos y otras provincias (a marzo de 2015) no han elaborado protocolo alguno. Un informe de la ONG "Asociación por los derechos civiles",[70]​ relevaba lo siguiente:

  • 16 juridicciones/provincias poseen protocolos que se corresponden, en buena medida, con lo dispuesto por el fallo de la corte: Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego, Entre Ríos,[71]​ Córdoba,[72]​ Salta,[73]​ Río Negro,[74]​ San Luis,[75]​ La Pampa,[76]​ Tucumán,[77]​ San Juan[78]​ y Buenos Aires.[79]
  • 4 jurisdicciones/provincias poseen protocolos con requisitos más restrictivos que lo dispuesto por el fallo de la corte: Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cuyos requisitos arbitrarios se encuentran suspendidos por orden judicial), Mendoza,[80]​ Neuquén y Catamarca.[81]
  • 3 jurisdicciones/provincias aún no cuentan con protocolos: Corrientes, Formosa y Santiago del Estero.

Cabe destacar que, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el protocolo aprobado por la legislatura de la ciudad fue vetado por el entonces jefe de gobierno Mauricio Macri y reemplazado por otro más restrictivo (elaborado por el entonces ministro de salud de la ciudad, Jorge Lemus). Actualmente se espera que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad se expida respecto a la validez del veto al protocolo aprobado por la legislatura.[82]


Estadísticas

Un estudio solicitado por el Ministerio de Salud y dirigido por las etnógrafas Edith Pantelides y Silvia Mario estima que la cantidad de abortos clandestinos por año en Argentina es de 460 000. Para calcular ese número, se basaron en la cantidad de egresos hospitalarios por aborto (tanto inducidos como espontáneos) ocurridos en el año 2000, y le aplicaron determinadas fórmulas estadísticas.[83]​ Este estudio salió en Notas de Población de la CEPAL,[84]​ una revista de Demografía de América Latina peer to peer reviewed y ha sido usado por referentes políticos de diversos espacios como Victoria Donda[85]​ o Silvia Lospennato.[86]​ Medios afirmaron que es la principal causa de mortalidad materna en el país,[8]​ y en respuesta a un pedido de informes el Ministerio de Salud se desglosó que en el año 2016 hubo 43 muertes maternas directas por aborto.[87]

Según el anuario del Ministerio de Salud de 2016 el 17,6% de la mortalidad materna se debe a embarazos terminados en aborto. Son 43 muertes maternas por embarazos terminados en aborto, sin discriminar entre interrupciones voluntarias del embarazo y abortos espontáneos.[10]​ Según la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, Seguro y Gratuito, desde la recuperación democrática en diciembre de 1983 han muerto más 3000 mujeres como consecuencia de abortos inseguros.[88]​ En 2016 se estimaba que, en Argentina, un aborto clandestino realizado en condiciones seguras se cobraría en el mercado ilegal alrededor de 1 000 dólares estadounidenses.[89]

Encuestas y sondeos

A mediados de marzo de 2018 el diario Clarín publicó un artículo que compila los resultados de seis encuestas realizadas por consultoras del país. En todas ellas la opinión favorable a la legalización del aborto es mayoritaria.[90]​ Por su parte la consultora de opinión francesa Ipsos reveló en 2018 su encuesta anual que arroja un 74% de aceptación a la legalización del aborto en la Argentina. La encuesta, que se realiza anualmente en 27 países en que opera la consultora, reflejó un aumento de 12% de aceptación en relación a los dos años anteriores, en los cuales se ubicó en 65%.[91]

El 26 de mayo de 2018 el diario La Nación publicó los resultados de una encuesta encargada por el lobby antielección "Unidad Provida" a la consultora Isonomía. El diseño de la encuesta se realizó de tal modo que reforzara las posiciones de sus clientes, quienes consideran que los sondeos publicados anteriormente «tal vez sean pequeños, fraccionados y no reflejan la realidad».[92]​ El 46% de los encuestados están en contra de la despenalización del aborto y un 45% a favor. Dentro del porcentaje que lo aprueba, un 36% está de acuerdo con que la práctica se lleve adelante en todos los casos, un 21% lo desaprueba en todos los casos, pero el 37%, que sostuvo que su aprobación "depende del caso".[92]​Por otro lado, el estudio de Isonomía reflejó una amplia aprobación para el aborto en los casos de violación, un 48%. En el caso de malformaciones y enfermedades fetales fue de un 28% y para una situación de riesgo de muerte de la madre o del feto un 13%. Sobre aquellos que desaprueban el aborto, el sondeo indicó que la causa principal es "porque implica matar un ser humano": un 60%.[92]​ Debido a su diseño, la encuesta hizo foco sobre la posibilidad de que los profesionales de la salud no lleven adelante el procedimiento si las mujeres menores de edad cuentan con la madurez suficiente para decidir sobre sí mismas llevar adelante la práctica y la preferencia a una política pública de salud integral sobre el aborto. En este último punto, el 60% de los encuestados sostuvo que "prefiere que el Estado promueva una normativa de este tipo".[92]

Fecha Encuestadora A favor En contra Ns/Nc-Indeciso
Febrero de 2018 Grupo de Opinión Pública** 66,6% 26,8% 6,6%
3 de marzo de 2018 Management&Fit** 57,7% 31,8% 10,5%
Marzo de 2018 Synopsis* 53,5% 32,6% 13,8%
Marzo de 2018 Amnistía Internacional* 59% 37% 4%
Marzo de 2018 Gustavo Córdoba & Asociados* 65,4% 29,3% 5,3%
Circuitos*** 52,5% 21,3% 26,2%
21 de marzo de 2018[93] Move Group*** 46% 39% 15%
19 de abril de 2018 Ipsos* 74% 19% 7%
26 de mayo de 2018 Insomnía**** 45% 46% s/d
15 de julio de 2018[94] Ipsos* 40% 49% 11%
NOTA: (*) Indica relevamiento nacional, (**) Indica relevamiento en CABA y PBA, (***) Indica relevamiento en PBA. (****) Indica que no hay información sobre la cobertura.

Organizaciones contrarias a la legalización del aborto

Existen distintas organizaciones en la Argentina a favor de la postura provida que niega la existencia de un derecho al aborto. Su punto de vista sobre el derecho al aborto a demanda ha sido explicado por el Rabino argentino y Dr. en Filosofía Fishel Szlajen[95]​ al sostener entre otras consideraciones[96]​ que, "el derecho a decidir sobre el propio cuerpo" manipula y oculta intencionalmente la realidad por no tratarse de una cuestión corpórea del sujeto para consigo mismo, sino primordialmente de dos vidas humanas distintas; de la relación entre un ser humano y su prójimo, donde natural y transitoriamente una se encuentra dentro de otra.[97]​ El Rabino Dr. Fishel Szlajen, experto en bioética, Vicepresidente del Comité Nacional de Bioética y primer Rabino[98]​nombrado Miembro Titular de la Pontifica Academia para la Vida en el Vaticano,[99]​aportó en detalle y a través de su libro Filosofía Judía y Aborto,[100]​ más sus informes académicos y artículos,[101]​ los considerandos y las resoluciones del marco jurídico judío según el cual está prohibido el aborto a demanda, y solo en un caso se exige abortar, cuando la vida del embrión o feto amenace inexorable e ineludiblemente la de su madre debiendo exclusivamente elegir entre una u otra. En casos de anencefalia, irreversibles patologías degenerativas (diagnosticadas de incurabilidad), terminales, donde el embrión o feto morirá indefectiblemente, se permite abortar con severas restricciones en tiempo y forma. La permisión de abortar, siempre que se efectúe dentro de un lapso determinado, rige también para casos de violaciones donde la mujer embarazada se encuentre en grave y certero riesgo psicofísico.[102]

Ámbito científico

En 2010 la Academia Nacional de Medicina de la Argentina declaró “que destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano”[103]

Asimismo, esta postura también es defendida por diversas instituciones del ámbito académico y científico entre las que se encuentra la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, en su dictamen de julio de 2007;[104]​ la Academia Nacional de Medicina, como se aprecia en su declaración de septiembre de 2010;[103]​ el Colegio Médico de Salta,[105]​ el Colegio Médico de Tucumán,[106]​ el Consejo de Médicos de la Provincia de La Rioja,[107]​ el Colegio de Abogados de Tucumán,[108]​ la Academia del Plata,[109]​ el Colegio de Médicos de la ciudad de La Plata,[110]​ la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires,[111]​el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires,[112]​ la Sociedad Argentina de Ética Médica y Biológica (SAEMB)[113]​ y la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de San Juan (ASOG).[114]

En julio de 2007, la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas publicó un dictamen sobre el proyecto de abortos no punibles en el que se sostuvo que "Las normas de cualquier nivel que se sancionen por el Congreso, las legislaturas y los consejos municipales, y que autoricen la muerte provocada de modo directo de una persona inocente, carecen de validez constitucional, resultando irrelevante que los afectados tengan una semana o tres meses de gestación, un año u ochenta años de vida. Todos tienen el mismo derecho a la vida".[104][115]

En septiembre de 2010, la Academia Nacional de Medicina publicó una declaración en donde sostuvo lo siguiente:

  • Que el niño por nacer, científica y biológicamente, es un ser humano cuya existencia comienza al momento de su concepción por lo que, desde el punto de vista jurídico, es un sujeto de derecho como lo reconocen la Constitución Nacional, los tratados internacionales anexos y los distintos códigos nacionales y provinciales de nuestro país.
  • Que destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano.
  • Que el pensamiento médico a partir de la ética hipocrática ha defendido la vida humana como condición inalienable desde la concepción. Por lo que la Academia Nacional de Medicina hace un llamado a todos los médicos del país a mantener la fidelidad a la que un día se comprometieron bajo juramento.
  • Que el derecho a la “objeción de conciencia” implica no ser obligado a realizar acciones que contrarían convicciones éticas o religiosas del individuo.[103]

Ámbito político

Durante la campaña electoral del año 2007, la entonces candidata a presidenta Cristina Fernández de Kirchner se declaró en contra del aborto, aunque aclaró: "no creo que los que abogan por la despenalización del aborto estén a favor del aborto: eso sería una simplificación".[116]​ En noviembre de 2011, la entonces presidenta Cristina Fernández, quien acababa de ser reelecta para su segundo mandato, se manifestó taxativamente en contra del derecho al aborto durante una reunión que mantuvo con la cúpula del Episcopado.[117]​ Años más tarde, en 2018, cambió esta postura y votó favorablemente por el proyecto de legalización del aborto en su cargo de Senadora[118]

Cecilia Pando también se manifestó en contra del aborto.[119]

Diversos funcionarios y legisladores del PRO se manifestaron en contra del aborto también, organizados por la vicepresidenta Gabriela Michetti.[120]​ Entre las figuras del PRO en contra del aborto están los ministros Luis Caputo, Guillermo Dietrich, Alejandro Finocchiaro y Andrés Ibarra, el senador Federico Pinedo, la senadora Marta Varela y el diputado Luis Petri.[121]​ Referentes del justicialismo se manifestaron en contra del aborto, entre ellos el expresidente Carlos Saúl Menem, el exgobernador Jorge Capitanich y el sindicalista Hugo Moyano.[122]​ La diputada nacional Graciela Camaño se pronunció en contra del aborto.[123]

Declaraciones de partidos políticos

En el ámbito partidario el 24 de febrero de 2018 la Junta Nacional del Partido Demócrata Cristiano resolvió “ratificar su compromiso y militancia con la protección de la vida humana desde su concepción”[124]​mientras que su único diputado nacional Juan Brügge sentó su posición sobre el tema: “A favor de la vida desde la concepción porque nuestro partido así lo tiene en su plataforma y porque está en la Constitución Nacional por los tratados internacionales. Es inconstitucional toda iniciativa de ley que tienda a legalizar el aborto”.[125]

También el partido Bandera Vecinal de inspiración neonazi,[126]​ liderado por el polémico Alejandro Biondini, define en su plataforma: "Sostenemos la defensa de la Vida desde su misma concepción hasta su deceso natural. Consideramos que el aborto es un crimen, y nos oponemos a cualquier iniciativa que pretenda afectar la existencia de un solo niño por nacer. Reivindicamos a la Familia como pilar fundamental de nuestra comunidad."[127]

Injerencia católica y evangélica en el Estado

Desde 2011 una serie de provincias y ciudades se autodenominaron "provida" a partir de votaciones en sus respectivos cuerpos legislativos. La campaña fue promovida por Acción Católica y contó con el apoyo del Conferencia Episcopal Argentina; más tarde se unieron a ella otras asociaciones confesionales tales como la mencionada ACIERA.[128][129]

El 17 de marzo de 2011 la ciudad neuquina de Senillosa, fue declarada "Pro Vida" por su Concejo Deliberante. Desde entonces, como resultado de una campaña de organizaciones confesionales asociadas a la Iglesia católica, hay más 40 "Ciudades Pro Vida", incluyendo tres provincias (Corrientes, Salta y Chaco),[130][131]​ ciudades y pueblos.[132]​ Entre otras están las ciudades de San Luis,[133]Resistencia,[134]Ezeiza,[130]Rosario del Tala,[135]Herrera,[136]San Rafael,[137]Ledesma,[138]Jardín América,[139]Diamante,[140]Concordia,[141]Alvear,[142]Barranqueras,[143]Gobernador Virasoro,[144]Pilar,[145]Monteros,[146]​ etc. El 15 de marzo de 2018 el Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa declaró de interés municipal la Semana del Niño por Nacer, proyecto presentado por el concejal Roberto Torres, quien además es pastor de una iglesia evangélica.[147]

El 4 de abril de 2018 el vicegobernador de la Provincia de Tucumán Osvaldo Jaldo declaró, en la inauguración de la segunda edición de la Semana de los Derechos del Niño por Nacer: “La Legislatura y la Provincia están a favor de la vida”.[148]

Ámbito académico

El Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán emitió un comunicado a los claustros de docentes, no docentes, egresados y estudiantes en el que manifiesta que esa institución “apuesta a la vida humana como valor supremo sin la cual cualquier otro derecho, valor o privilegio, resulta secundario”. “Apostamos a la vida como solución y no a la muerte como salida” expresa el comunicado.[149]

Ámbito artístico y deportivo

Artistas, deportistas y periodistas se pronunciaron en contra de la despenalización del aborto: los exjugadores de los Pumas, Manuel y Felipe Contepomi; la actriz Susana Romero; los músicos César 'Banana' Pueyrredón, Juan Carlos Saravia,[150]​ y Juanse; Las Trillizas de Oro, la conductora y cocinera Maru Botana, las modelos Nicole Neumann,[151]​ y Wanda Nara;[152]​ y los periodistas Mariano Obarrio, Eduardo Feinmann, Gustavo Tubio, Carlos Monti, Toti Pasman, Amalia Granata, Viviana Canosa, Rolando Hanglin y Gastón Recondo.[153][154][155][156]

Ámbito religioso

Muchas organizaciones antiaborto están vinculadas directamente con la Iglesia católica en Argentina, cuyo máximo referente a nivel nacional es la Conferencia Episcopal Argentina.[157]​ También, dentro del variado universo de las iglesias cristianas protestantes, ACIERA, la más numerosa agrupación de congregaciones evangélicas argentinas (15 mil), el 5 de marzo de 2018 fijó posición contra el proyecto de despenalización del aborto y por “el derecho a la vida, como fundamental y superior a todos los demás”.[158]

El rabino Isaac Sacca, superior Academia Rabínica de Jerusalén Iehave Daat; presidente del Consejo Rabínico Menora de la República Argentina; fundador y presidente de Menora, Organización Mundial para la Juventud; Gran Rabino de la Comunidad Sefardí de Buenos Aires; y miembro del Comité de Ética de la Comunidad Judía de Argentina, explicó públicamente la postura de su religión respecto de la despenalización y del aborto en sí mismo: “Cuando un espermatozoide fecunda un óvulo, la ley hebrea considera un delito su desintegración, en la fase que sea. No hay ninguna razón lógica para efectuarlo. El aborto para la ley de Moisés es un delito que atenta contra uno de los más santos mandamientos de la humanidad que es la procreación y es parangonable a un homicidio”.[159]​ No obstante, Sacca desarrolló algunos atenuantes en los cuales podría realizarse un aborto terapéutico siempre y cuando esté en riesgo la vida de la mujer: "La vida resulta un bien indisponible a los seres humanos. Es por ello que nuestro bagaje cultural no permite el suicidio ni avala el asesinato piadoso". El médico, según la concepción de la ley de Moisés, es un enviado de D's para tratar a las personas en sus enfermedades, pero no tiene derecho a usar sus conocimientos para acortar o quitar la vida igual que cualquier otra persona. No tiene el médico más autoridad que otro para opinar sobre la vida y la muerte, porque eso en un asunto humano y no biológico".[160]

Sociedad Civil

Pronunciamiento de ASDRA

El 4 de marzo de 2018 la Asociación Síndrome de Down Argentina (Asdra) planteó su posición frente a la posible despenalización del aborto, al advertir que “lo que está en juego es la vida de inocentes” y citar palabras del médico y Siervo de Dios francés Jérôme Lejeune: “¡Laissez les vivre! ¡Déjenlos vivir!”. “Defender la vida no es una cuestión religiosa, política, filosófica ni de militancia. Es una cuestión de derechos humanos básica. Nacer es el primer derecho de toda persona humana” [161][162][163]

Pedido de clínicas y sanatorios privados de tener libertad de conciencia y práctica médica

El 25 de julio de 2018 cuarenta y cuatro clínicas y sanatorios privados realizaron un pedido público a los senadores para que "se incorpore expresamente [en la ley] que los profesionales de la salud y las instituciones sanitarias privadas tendrán plena libertad y derecho de abstenerse a practicar" abortos. La solicitada fue hecha por las clínicas Cemic, Adventista Belgrano, Bazterrica, del Sol, San Camilo, Santa Isabel, el Instituto Alexander Fleming, el Instituto Argentino de Diagnóstico y Tratamiento, el Sanatorio La Trinidad, el Mater Dei, el Otamendi y Miroli y Servicios Médicos SM, entre otros.[164]

Organizaciones a favor de la legalización del aborto

Las organizaciones proelección, las cuales apoyan la aprobación de una ley que despenalice el aborto, están nucleadas en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Cuentan con la adhesión de más de 300 organizaciones de distintos puntos del país. Incluye movimientos sociales, partidos políticos, sindicatos y agrupaciones científicas, académicas y de derechos humanos.[165]

Ámbito académico

Numerosas universidades estatales argentinas apoyan la legalización del aborto. El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba estableció, mediante una resolución con fecha del 29 de junio del 2010, “adherir al tratamiento del proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo, radicado en la Cámara de Diputados”.[166]​ La Universidad de Buenos Aires se ha manifestado a favor de la legalización del aborto, mediante una resolución emitida el 16 de julio de 2014 por el Consejo Superior de dicha Universidad.[167]​ También la Universidad Nacional de La Plata,[168]​ la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Cuyo,[169]​ la Universidad Nacional del Comahue,[170]​ la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires,[171]​ la Universidad Nacional de Mar del Plata,[172]​ la Universidad Nacional de La Pampa,[173]​ la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco,[174]​ la Universidad Nacional de la Patagonia Austral,[175]​ la Universidad Nacional de General Sarmiento[176]​ y la Universidad Nacional de Entre Ríos[177]​ han mostrado su apoyo a la legalización del aborto mediante sendas resoluciones de sus consejos directivos.

De igual modo la Federación Universitaria de Buenos Aires ha realizado diversas actividades en favor de la legalización del aborto como charlas, paneles y debates.[178]​ En 2018, junto a la Federación de la Universidad Nacional de las Artes, la Coordinadora de Estudiantes Terciarios y la CEB (estudiantes secundarios) realizaron un plebiscito entre estudiantes, docentes y no docentes de sus respectivos espacios de representación.[179]​ En una entrevista dada a Norma Morandini en 1996, René Favaloro se pronunció a favor de la legalización del aborto.[180]

Ámbito político

A nivel partidario las fuerzas de izquierda son las únicas que plantean, homogéneamente, la defensa del derecho al acceso al aborto legal, seguro y gratuito. En la plataforma electoral de 2011, el Frente de Izquierda y de los Trabajadores, incorpora este punto que fue sostenido en los programas políticos posteriores de esta coalición.[181]

En marzo de 2018, el Partido Obrero en su XXV Congreso, por unanimidad de los delegados presentes, se pronunció a favor del derecho al aborto legal y demandó al Congreso Nacional la aprobación del proyecto de ley elaborado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. En un comunicado señaló: "La batalla por el aborto legal, es una lucha por el derecho al acceso a la salud de las niñas y mujeres, y también es una batalla de primer orden contra la función política de disciplinamiento social que cumple el aborto clandestino. Proclamamos esta pelea como parte de la lucha por la separación de la Iglesia del Estado. (...) Los abortistas son el Estado y sus gobiernos, defensores de la precarización laboral, de la opresión de las mujeres, de los sostenedores de la violencia hacia las mujeres. (...)Peleamos para que ninguna mujer deba abortar cuando no quiere hacerlo y para que cuando quiera o necesite hacerlo, pueda practicarlo en las condiciones adecuadas. Luchamos en definitiva, por defensa de la vida de las mujeres."[182]

Referentes radicales se manifestaron a favor del aborto. Entre ellos se encuentran Ricardo Alfonsín, Ricardo Gil Lavedra, Ernesto Sanz[183]​ y Agustín Campero.[184]​ La Mesa Directiva del Partido Socialista aprobó por unanimidad un documento en el que reafirmó la histórica posición del partido a favor de la despenalización y legalización del aborto.[185]​ La mayoría del Frente para la Victoria se encuentra a favor del aborto e indicó que va a votar así en el congreso, rectificó Agustín Rossi.[186]​ Hubo funcionarios y miembros del PRO manifestándose a favor del aborto, como la legisladora Silvia Lospennato o el ministro Pablo Avelluto. También se manifestaron a favor del aborto el presidente del PRO, Humberto Schiavoni, el ministro Sergio Bergman, el ministro de salud Adolfo Rubinstein,[187]​ el ministro de justicia Germán Garavano,[188]​ el ministro de hacienda Nicolás Dujovne,[189]​ el vicejefe de Gabinete Gustavo Lopetegui, los subsecretarios Lidia Saya, Guillermo Cruces, Pedro Robledo, Hernán Iglesias Illa, la titular del Consejo de las Mujeres, Fabiana Tuñez, la directora de la Oficina Anticorrupción Laura Alonso, los funcionarios Iván Petrella y Alejandro Rozitchner, la titular de la ENACOM, Silvana Giudice.[190]​ La exsenadora Chiche Duhalde también se pronunció a favor de la legalización del aborto.[191]

Jóvenes representantes de diversas fuentes políticas como la Juventud Socialista, Juventud Radical, Juventud Pro, La Cámpora, Franja Morada, MNR, Libres del Sur, Juventud PTP, Nuevo Encuentro y Secundarios UES firmaron un petitorio a favor del aborto legal, seguro y gratuito.[192]

Ámbito religioso

La organización Católicas por el Derecho a Decidir, asociación que agrupa personas que afirman ser católicas, pero que se encuentran en disidencia con la posición oficial de la Iglesia[193]​ aunque autoridades eclesiásticas han indicado que dicha asociación no pertenece a su credo.[194]​ Durante las audiencias sobre el aborto que sucedieron en el 2018, se manifestaron a favor de la legalización del mismo

  • Daniel Goldman, rabino de la Comunidad Bet-El.
  • Mariel Pons, pastora de la Iglesia Evangélica Metodista Argentina.
  • Lisandro Orlov, pastor de la Iglesia Evangélica Luterana Unida y vicepresidente segundo de la Federación Argentina de Iglesias Evangélicas
  • Guillermo “Quito” Mariani, presbítero de la Iglesia Católica de la provincia de Córdoba.[195]
  • Américo Jara, Obispo de la Iglesia Metodista Argentina.[196]
  • Francisco "Paco" Oliveira, sacerdote católico que trabaja en la Isla Maciel.[197]

Ámbito artístico

Más de 250 actrices y escritoras argentinas piden al Congreso que despenalice el aborto, firmando una carta abierta y militando al respecto, entre ellas se encuentran: Dolores Fonzi, Nancy Dupláa, Carla Peterson, Verónica Llinás, Inés Estévez, Muriel Santa Ana, Andrea Pietra, Verónica Lozano, Esther Goris, Pilar Gamboa, Mirta Busnelli, Sofía Castiglione, María Dupláa, Mercedes Morán, Érica Rivas, Julieta Zylberberg, Cecilia Roth, Ana Katz, Julieta Díaz, María Carámbula, Romina Ricci, Eleonora Wexler, Violeta Urtizberea, Alejandra Darín, Carola Reyna, Andrea Bonelli y muchas más.[198][199]​ Estas actrices se agruparon en el Colectivo de Actrices Argentinas por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, un espacio de militancia a favor del mismo que hizo un trabajo de cabildeo que incluyó hablar con legisladores con el voto indeciso para convencerlos de votar por el si.[39][200][201]

200 autoras se reunieron para respaldar el proyecto que se discute en el Congreso y presentaron una carta abierta. La acción fue impulsada por Claudia Piñeiro, Cecilia Szperling y la periodista Claudia Acuña.[202][203]​ También se sumaron a apoyar la causa varios músicos: Valeria Lynch, Lucía Galán, Sandra Mihanovich, Patricia Sosa, Miss Bolivia, Lali Espósito, León Gieco, Andrés Calamaro, Diego Torres, Fito Páez, Indio Solari y más.[204][205]​ Artistas agrupadas en Músicas Argentinas Activas lanzaron un video por la legalización del aborto en el que exigen: “El Congreso debe escuchar la voz del pueblo”. El video, idea y producción de Valentina Cooke, contó con la participación de Hilda Lizarazu, Andrea Álvarez, Luciana Jury y Julieta Laso, entre muchas otras músicas, y con la dirección musical de Mavi Díaz que también produjo el tema “Vamos Ya” por la legalización del aborto.[206]​ Varios actores y periodistas mostraron su apoyo mediante videos a favor de la legalización del aborto: Pablo Echarri, Ricardo Darín, Diego Peretti, Adrián Suar, Juan Minujín, Esteban Lamothe, Joaquín Furriel, el Chino Darín, Rodrigo de la Serna, Clemente Cancela, Sebastián Wainraich, Ludovico Di Santo, Luciano Cáceres, Juan Pablo Varsky.[207][208]

En medio del debate sobre la legalización del aborto Julieta Ortega, Lizy Tagliani, Eva De Dominici, Micaela Vázquez, Valeria Sampedro, Laura Esquivel, Mariana Fabbiani, Lali Espósito, Andy Kusnetzoff, Santiago del Moro, Christophe Krywonis, Diego Iglesias, Esteban Lamothe, Adrián Suar, Coco Fernández, Campi, Denise Dumas, Cristina Pérez, Violeta Urtizberea entre otros se sumaron a la convocatoria de la activista pro elección Dolores Fonzi luciendo algo de color, verde símbolo de la Campaña por el aborto legal, en la ceremonia de entrega de los Premios Martín Fierro 2018.[209]​ Las actrices Griselda Siciliani, Carla Peterson, Verónica Llinás fueron al congreso a leer una carta, firmada por 400 colegas mujeres, para expresar su apoyo a la despenalización del aborto.[210]​ Además apoyan la despenalización del aborto Marcelo Tinelli,[211]Susana Giménez,[212]Andrea Pietra, Jorge Rial[213]​ y Marley.[214]​ La artista plástica Marta Minujín y los historietistas Maitena, Liniers, Tute también se pronunciaron a favor de la legalización del aborto.[215][216][217][156]​ Más de 300 ilustradoras formaron el colectivo Línea Peluda para apoyar la ley por la despenalización.[218]

Sociedad Civil

SiPreBA, el Sindicato de Prensa de Buenos Aires, apoya la ley de legalización del aborto.[219]​ Se manifiestan favor con la Comisión Interna de Delegados de prensa de Canal 13/TN,[220]​ la Comisión Interna de los trabajadores de Clarín, Olé, revistas y plataformas digitales de AGEA,[221]​ la asamblea de los trabajadores del diario La Nación,[222]​ la asamblea de trabajadores y trabajadoras de Prensa de la TV Pública,[223]​ la asamblea de Trabajadores de Prensa del Grupo Veintitrés,[224]​ la Comisión Gremial Interna de Prensa en Radio Nacional,[225]​ la Comisión Interna de Trabajadores de Telefe Noticias.[226]​ 183 trabajadoras de ATE Capital firmaron una Carta Abierta en apoyo al proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.[227]​ También apoyan la legalización del aborto trabajadoras de Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro, Suteba, la CTA y otras organizaciones sindicales.[228]

Estudiantes de la Escuela de Bellas Artes Rogelio Yrurtia, el Nacional Buenos Aires, la Escuela Superior de Comercio Carlos Pellegrini, la Escuela de Cerámica N°1, Normal 1, Normal 6, Lenguas Vivas, Mariano Moreno, María Elena Walsh, Escuela de Educación Media Ramón Padilla y el Cortázar tomaron sus colegios para pedir por el aborto legal, el cumplimiento de la ley de Educación Sexual Integral (ESI) y el diseño de protocolos de actuación en casos de violencia de género.[229][230]

Las activistas trans Lohana Berkins, Diana Sayacán y Marlene Wayar apoyaron el aborto legal, seguro y gratuito.[231][232]​ La Fundación Huésped también apoya el proyecto de ley.[233]

Sociedad Argentina de Medicina

La mayoría de los integrantes de la Comisión Directiva se manifestaron a favor de la legalización del aborto y del respeto de la autonomía de la mujer. Los profesionales de la salud resaltaron en un comunicado: "La mortalidad materna constituye un importante problema sanitario en la Argentina".[9]

Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad

La Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), como organización de derechos humanos y discapacidad, expresa su apoyo al derecho de toda mujer a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo. Asimismo, precisó respecto del inciso 3 del artículo 3º, del proyecto de ley discutido en 2018, en el que "se contempla que toda mujer puede interrumpir su embarazo más allá del plazo establecido en el artículo 1º, es decir la semana 14 de gestación", con el inciso "si existieren malformaciones fetales graves", que "la redacción del artículo contempla términos vagos -"malformación", "grave"- y su aplicación podría dar lugar al aborto por motivos eugenésicos, discriminatorios y contrarios a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad" Sugirieron reemplazar el inciso por el siguiente: "Si existieren malformaciones fetales incompatibles con la vida".[234]​ y celebraron la media sanción del proyecto de ley de despenalización del aborto.[235]

Amnistía Internacional y Human Rights Watch

La posición de Amnistía Internacional es a favor de la legalización del aborto.[236]​ De acuerdo a un informe elaborado por la organización, se estima que en la Argentina se realizan en promedio entre 486 mil y 522 mil abortos clandestinos al año. En 17 de las 24 provincias es la principal causa individual de mortalidad materna. El informe de Amnistía afirma que, cada día, 298 adolescentes de 15 a 19 años son madres en la Argentina, siendo el 70 por ciento de estos embarazos no planificados. Si bien la ley reconoce el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de orden estatal y privado, confesionales y laicos. Sin embargo, en 2017 únicamente nueve provincias sancionaron leyes de educación sexual.[237][238]Human Rights Watch también apoya la despenalización del aborto.[48]

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, Seguro y Gratuito es una amplia y diversa alianza federal, que articula y recupera parte de la historia de las luchas desarrolladas en la Argentina en pos del derecho al aborto legal, seguro y gratuito. Tiene sus simientes en el XVIII Encuentro Nacional de Mujeres realizado en Rosario en el año 2003 y en el XIX ENM desarrollado en Mendoza en el 2004.

Impulsada desde grupos feministas y del movimiento de mujeres, como así también desde mujeres pertenecientes a movimientos políticos y sociales, cuenta en la actualidad con la adhesión de 305 grupos, organizaciones y personalidades vinculadas a organismos de derechos humanos, de ámbitos académicos y científicos, trabajadoras/es de salud, sindicatos y diversos movimientos sociales y culturales, entre ellos redes campesinas y de educación, organizaciones de desocupadas/os, de fábricas recuperadas, grupos estudiantiles, comunicadoras y comunicadores sociales, etc. Quienes la integran han apostado colectivamente a converger en una gran heterogeneidad de actividades y procesos estratégicos para:

  • Instalar en la sociedad y en el Estado el debate en torno a la necesidad de despenalizar y legalizar el aborto en Argentina;
  • Contribuir a que más mujeres y organizaciones se sumen en este proceso y reclamo;
  • Lograr el debate y la aprobación de una norma legal que despenalice y legalice el aborto en Argentina.

Fue lanzada el 28 de mayo de 2005, Día de Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, y desde entonces tiene la capacidad y la fuerza de coordinar actividades simultáneamente en distintos puntos del país bajo la consigna: “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. A presentado durante diversos año proyectos en el congreso a favor de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, con el aval de varios legisladores de diversos espacios políticos.[88]

Regulación del aborto en Santa Fe

A partir del año 2012 en la provincia de Santa Fe se empezaron a implementar políticas públicas y protocolos de salud favorables a la implementación del aborto y a la educación sexual. En la ciudad de Rosario desde el año 2012 se empezó a comprar Misoprostol como insumo y a realizar la técnica de aspiración manual endouterino (AMEU), y el acceso al aborto se empezó a implementar en hospitales y centros de salud. A partir del 2013 lo hecho en Rosario se amplió al resto de la provincia, todo esto de acuerdo a lo establecido en los protocolos elaborados por el Ministerio de Salud.También se mejoró el acceso a la educación sexual, a los anticonceptivos y un trabajo más fuerte en las escuelas con mayor presencia de embarazo adolescente. Además, desde el año 2017 hay una cátedra sobre aborto en la Facultad de Medicina de Rosario.[239]​ Como resultado, en Rosario no hay muertes maternas por aborto, y en la provincia se disminuyó las muertes por aborto y los embarazos adolescentes a lo largo de los años .[240][241]

Apoyo internacional

Más de sesenta congresistas y senadores irlandeses han firmado una carta pidiendo al Senado argentino que legalice el aborto. Entre los firmantes se encuentran miembros del laborismo, Fine Gael, socialdemócratas, Fianna Fáil y Sinn Féin, este último con un firmante en representación de todo el partido.[242]​ Mónica Silvana González, diputada en la Asamblea de Madrid y Secretaria de Movimientos Sociales y Diversidad CEF PSOE, se pronunció a favor de la legalización del aborto.[243]​ Activistas de la Polish Women's Strike, una coalición de grupos por los derechos de las mujeres apoyaron el reclamo por el aborto legal en la Argentina.[244]​ Feministas chilenas, a través de una carta abierta del Movimiento SOL (Frente Amplio), se manifestaron a favor del aborto legal en la Argentina.[245]​ En Brasil se manifestaron militantes feministas de la agrupación Pão e Rosas en solidaridad con el reclamo por el aborto legal en la Argentina.[246]​ Más de 100 feministas paraguayas se manifestaron en su país el 12 de junio a favor de la despenalización del aborto en Argentina.[247]​ En Francia, trabajadores de ferrocarriles en huelga se solidarizan con el reclamo argentino por el derecho al aborto.[248]​ AIUSA Women's Rights, la parte de Amnesty International USA dedicada al Género, sexualidad e identidad[249]​ y a promover los derechos humanos de las mujeres alrededor del mundo, manifestó su apoyo a la legalización del aborto.[250]​ CREA es una organización feminista de derechos humanos con base en Nueva Delhi que también expresó su apoyo a la legalización del aborto en Argentina.[251]​ El martes 7 de agosto de 2018, Amnesty International publicó una tapa a favor de la legalización del aborto en la edición del New York Times International.[252]

La banda Garbage se manifestó en solidaridad con la lucha por el derecho al aborto de las mujeres argentinas.[253]​ El cantautor Ismael Serrano se manifestó a favor de la despenalización del aborto.[254]​ La banda uruguaya La Vela Puerca también mostró su apoyo.[255]​ La escritora Margaret E. Atwood, autora de El cuento de la criada (The Handmaid's Tale), expresó su apoyo también.[256]​ Las actrices Susan Sarandon y Felicity Huffman también mostraron su apoyó y les pidieron a los senadores que voten a favor del proyecto de ley el 8 de agosto de 2018.[257][258]

Véase también

Notas

  1. El código refiere por «idiota» a quien padece idiocia, trastorno caracterizado por una deficiencia profunda de las facultades mentales, congénita o adquirida en las primeras edades de la vida; y por «demente» a quien padece un deterioro progresivo e irreversible de las facultades mentales, con graves trastornos de conducta.«Terminología sobre discapacidad». Universidad Nacional de Mar del Plata. Archivado desde el original el 7 de noviembre de 2017. Consultado el 6 de noviembre de 2017. 
  2. ARTICULO 85. - El que causare un aborto será reprimido:
    1º Con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
    2º Con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer.
    El máximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
    ARTICULO 86. - Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
    1º Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
    2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
    ARTICULO 87. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado de embarazo de la paciente fuere notorio o le constare.
    ARTICULO 88. - Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible.
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Enlaces externos

Trabajos académicos