Senado de la República de Colombia

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Senado de la República de Colombia
VIII Congreso

Información general
Ámbito ColombiaBandera de Colombia Colombia
Creación 1991
Tipo Cámara alta del Congreso de la República
Inicio de sesiones 20 de julio de 2020
Salario 0Expresión errónea: carácter de puntuación «$» desconocido..Expresión errónea: carácter de puntuación «$» desconocido.$335 148 768 COP/año
(2016) como base, siendo senador y sin contar prestaciones sociales y demás beneficios[1]
Liderazgo
Presidente del Senado Arturo Char Chaljub (CR)
desde el 20 de julio de 2020[2]
1° Vicepresidente Jaime Durán Barrera (PLC)
desde el 20 de julio de 2020[3]
2° Vicepresidente Griselda Lobo Silva (FARC)
desde el 20 de julio de 2020
Composición
Miembros 108 senadores
(100 circunscripción nacional; 2 circunscripción especial; 5 para las FARC como parte de los acuerdos de paz; y 1 para la segunda votación presidencial más alta)
Senado de Colombia 2018-2022.svg
Grupos representados

Gobierno (69)   19   CD   16   CR   14   PCC   14   PSUN    3    CJL    3    MIRA

Independientes (16)  14   PLC    1    AICO   1    ASI

Oposición (23)   9    AV   5    FARC   5    PDA   3    Decentes   1    MAIS
Elecciones
Última elección 11 de marzo de 2018
Próxima elección 13 de marzo de 2022
Sitio web
www.senado.gov.co

El Senado de la República es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia, es una parte fundamental de la rama legislativa. El Senado de la República es un cuerpo colegiado de representación directa del pueblo y debe actuar consultando a la justicia y por el bien común.[4]

La composición y poderes del Senado se encuentran estipulados en el Título VI de la Constitución de Colombia de 1991[5]​ y en la Ley 5ª de 1992.[6]​ Actualmente, el Senado de la República está integrado por 108 senadores, 100 son elegidos por voto popular en todo el territorio nacional, cinco son senadores del partido FARC cuyos curules son debidos al proceso de paz, dos en representación de las comunidades indígenas, a través de circunscripción especial, y uno para el segundo candidato con mayor votación en las elecciones presidenciales. El Senado de la República elige a sus miembros en representación de toda la Nación.[7]

El Senado de la República de Colombia cumple con una función constituyente, una función legislativa, una función de protocolo, una función electoral, una función judicial, una función administrativa y de control político dentro de la rama legislativa.[8]

Desde el 20 de julio de 2020 el Senado es presidido por Arturo Char Chaljub del Partido Cambio Radical y el Secretario General es Gregorio Eljach Pacheco.

El edificio del Senado en Capitolio Nacional de Colombia en Bogotá, D.C

Reglamento del Senado

Atribuciones

Por la Ley 5ª de 1992,[9]​ al Senado no solo le compete tramitar leyes y ejercer control político sobre el ejecutivo, sino que cuenta con otras atribuciones especiales. Al Senado le corresponde:[10]

Funciones

El Senado de Colombia, como parte del Congreso de la República de Colombia, dentro de las actividades propias de la rama legislativa del Poder Público debe de cumplir siete funciones principales:[6][8]

  • Función constituyente. El Congreso está autorizado a reformar la Constitución mediante proyectos de acto legislativo.[6]
  • Función legislativa. El Congreso está facultado para interpretar, reformar, elaborar y derogar los códigos y leyes en todas las ramas de la legislación.[6]
  • Función electoral. El Senado debe elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y el Procurador General de la Nación y junto a la Cámara de Representantes eligen al Contralor General de la República, magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y Vicepresidente de la República, cuando exista falta absoluta.[8]
  • Función de control político. El Congreso puede requerir y citar a los Ministros de Colombia y demás autoridades y hacer seguimiento a las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado a través de indagaciones y declaraciones, orales o escritas. Están autorizados a declarar moción de censura y moción de observaciones.
  • Función judicial. El Senado puede adelantar juicio contra altos funcionarios del Estado, los magistrados de las Altas Cortes, el Fiscal General de la Nación y el Presidente de la República por responsabilidades políticas.[8]
  • Función administrativa. El Congreso debe establecer la organización y funcionamiento del Senado y la Cámara de Representantes.[6]
  • Función de protocolo. El Congreso está autorizado para recibir a Jefes de Gobierno y de Estado de otros países. Además el presidente del Senado toma juramento.

Comisiones

El Senado, como parte del Congreso de la República de Colombia, se desenvuelve en las actividades plenarias, donde se aprueban, rechazan o modifican las iniciativas desarrolladas en comisiones especializadas. El Senado y la Cámara mantienen tres tipos de comisiones: Constitucionales permanentes, Legales y Accidentales.[11]

  • Comisiones Constitucionales. El Senado se agrupa en siete comisiones. Todo senador tiene la obligación de pertenecer a una y solo una de las Comisiones.[12]
Comisiones constitucionales del Senado[12][13]
Comisión Primera de Asuntos Constitucionales Segunda de Relaciones Internacionales Tercera de Hacienda y Crédito Cuarta de Presupuesto Quinta de Medio Ambiente Sexta de Transporte y Comunicaciones Séptima de Salud y Seguridad Social Total
Miembros 19 13 15 15 13 13 14 102 Senadores
  • Comisiones legales. Además de las comisiones permanentes, en el Congreso funcionan otras que desarrollan temas que le corresponde a la rama legislativa:[14]
    • Comisión de Derechos Humanos y Audiencias integrada por 10 Senadores y 15 miembros de la cámara.
    • Comisión de Ética y Estatuto del Congresista integrada por 11 Senadores y 17 miembros de la cámara.
    • Comisión de Seguimiento y Vigilancia a los Organismos de Control integrada por 11 Senadores y 15 miembros de la cámara.
    • Comisión Legal de Instrucción propia del Senado de la República y compuesta por 7 Senadores. Su responsabilidad es la de presentar informes motivados con los proyecto de resolución que deben adoptarse.
  • Comisiones accidentales. El Senado, como la Cámara, pueden conformar comisiones adicionales para el cumplimiento de misiones específicas.[11]

Senadores y partidos políticos

La presente es la composición del Senado de la República electa para el período del 20 de julio de 2018 al 20 de julio de 2019.

Mesa Directiva

La mesa directiva del Senado de la República de Colombia está conformada por un presidente y dos vicepresidentes, elegidos por la plenaria para un periodo de un año que siempre inicia el 20 de julio. Pese a que no es una norma oficial, es común que la mayoría del Senado ofrezca una vicepresidencia a los grupos minoritarios. A partir del 20 de julio de 2020, la mesa directiva está conformada por:[2]

Composición

Salarios del Senado

De acuerdo con el Decreto No. 1678 del 2 de agosto de 2013 y de conformidad con la certificación expedida por la Contraloría General de la República mediante Resolución Ordinaria No. 031 del 28 de mayo de 2013 y modificada por la resolución No. 065 del 11 de julio de 2013, la asignación salarial de un senador Colombiano es de COL$27.929.064.[1]​ Además de este salario base, los senadores también tienen beneficios como primas de salud, localización, vivienda y Navidad; además de tiquetes, plan de celular, vehículos, entre otros.[2]​ El salario asignado equivale a alrededor de 40,8 salarios mínimos de los colombianos con respecto al 2013.[3]​ En contraste, a un senador de un país desarrollado como Estados Unidos le es asignado un salario de aproximadamente 10,4 salarios mínimos de ese país.[4][5]​ También cabe resaltar que a los senadores colombianos se le asigna un salario equivalente a alrededor de 14 veces el PIB (PPA) per cápita colombiano, comparado con un equivalente de aproximadamente 3,3 en el caso de los senadores de EE.UU.[6]

Historia

Presidentes del Senado

Marcas

Periodo legislativo 2006 - 2010

A partir de la legislación iniciada en 2006, tanto la Cámara de Representante como el Senado se rigen por la Ley de Bancadas, aprobada en 22 de julio de 2005. El nuevo régimen, determina que los miembros de un mismo partido "deben actuar en grupo y de manera coordinada, empleando mecanismos democráticos para tomar sus decisiones al interior de las corporaciones públicas". Antes de aprobarse esta ley cada senador y representante actuaba de manera individual.[1]

Para el periodo legislativo 2006 - 2010, la mayoría de las bancadas apoyaron al presidente Álvaro Uribe Vélez conformándose así la conocida coalición de gobierno o bancada uribista de la cual forman parte los partidos Cambio Radical, Partido de la U, Partido Conservador Colombiano, Alas Equipo Colombia, Convergencia Ciudadana, Colombia Democrática y Movimiento Colombia Viva. Por otro lado el Polo Democrático Alternativo y el Partido Liberal Colombiano se consolidaron como la oposición al gobierno, mientras que otros partidos que cuentan con menor participación como el Movimiento MIRA, Autoridades Indígenas de Colombia y la Alianza Social Indígena se comportaron de manera independiente.[2]

Para la legislatura 2014-2018 el Polo Democrático y el Centro Democrático se declaran en oposición. Como independientes el Conservador, el Partido Verde y los partidos de representación indígena (MAIS y ASI)[3]​ Durante este periodo también se constituyó la denominada Bancada de Mujeres liderada por Dilian Francisca Toro (presidente del congreso para el 2006) y agrupaba a todas las mujeres del Senado independientemente del partido político al que pertenecían. Dicha bancada tuvo el propósito de impulsar y aprobar leyes que favorezcan la participación de las mujeres en la sociedad.[4]

Durante el primer semestre de 2007 se aprobaron importantes leyes como la Ley de la infancia y algunas muy controvertidas que generaron varias marchas de protesta en el país como la Ley de reforma a las transferencias, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y la aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y los Estados Unidos. También se hundieron leyes como la que buscaba penalizar la dosis personal de droga, la ley que buscaba blindar las elecciones de octubre de influencia de grupos armados y a último momento leyes muy debatidas como la que reconocía los derechos patrimoniales a parejas del mismo sexo.[5]

Véase también

Referencias

  1. «Régimen de bancadas - Modificación del reglamento del Congreso». Congreso Visible. 22 de julio de 2005. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  2. «Uribe ajustará a su bancada en cita de Hatogrande». El Tiempo - Colombia. 17 de enero de 2007. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  3. «El viejo PIN entra por la puerta grande al gobierno». La Silla Vacía. 26 de marzo de 2015. Consultado el 27 de marzo de 2015. 
  4. «Histórica bancada de Mujeres». El Tiempo - Colombia. 17 de agosto de 2006. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  5. «La Ley De Infancia». El Tiempo - Colombia. 30 de diciembre de 2007. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 

Enlaces externos