Diferencia entre revisiones de «Equipo de protección individual»

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== Obligaciones de los empresarios ==
== Obligaciones de los empresarios ==

*0.EL JOSE DEL IES PRADO SANTODOMINGO ES MAZO TONTOOOOOOO
*1. Un equipo de protección individual debe adecuarse a las disposiciones comunitarias sobre diseño y construcción en materia de seguridad y de salud que lo afecten. En cualquier caso, un equipo de protección individual deberá:
*1. Un equipo de protección individual debe adecuarse a las disposiciones comunitarias sobre diseño y construcción en materia de seguridad y de salud que lo afecten. En cualquier caso, un equipo de protección individual deberá:
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Si las circunstancias exigen la utilización de un equipo individual por varias personas, deberán tomarse medidas apropiadas para que dicha utilización no cause ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.
Si las circunstancias exigen la utilización de un equipo individual por varias personas, deberán tomarse medidas apropiadas para que dicha utilización no cause ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.
*5. La información pertinente sobre cada equipo de protección individual que sea necesaria para la aplicación de los apartados 1 y 2 deberá facilitarse y estar disponible en las empresas y/o los establecimientos.
*5. La información pertinente sobre cada equipo de protección individual que sea necesaria para la aplicación de los apartados 1 y 2 deberá facilitarse y estar disponible en las empresas y/o los establecimientos.
*6. Los equipos de protección individual deberán ser proporcionados gratuitamente por el empresario, quien asegurará su buen funcionamiento y su estado higiénico satisfactorio por medio del mantenimiento, los arreglos y las sustituciones necesarios.<ref>Ministerio de la Presidencia, [http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1997/12735 Real Decreto 773/1997, 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual], BOE n.º 140 de 12-6-1997, España [20-1-2008]</ref>
*6. Los equipos de protección individual deberán ser proporcionados gratuitamente por el empresario, quien asegurará su buen funcionamiento y su estado higiénico satisfactorio por medio del mantenimiento, los arreglos y las sustituciones necesarios.<ref>Ministerio de la Presidencia, [http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1997/12735 Real Decreto 773/1997, 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual], BOE n.º 140 de 12-6-1997, España [20-1-2008]</ref>


== Riesgos donde se hace necesario el uso de equipos de protección individual ==
== Riesgos donde se hace necesario el uso de equipos de protección individual ==

Revisión del 21:38 9 nov 2009

En la Unión Europea, la Directiva 89/656/CEE[1]​ del Consejo de Gobierno de 30-11-1989, establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual. A los efectos de dicha Directiva se entiende por equipo de protección individual (EPI) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador o trabajadora para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Norma general de uso

Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.

Obligaciones de los empresarios

  • 1. Un equipo de protección individual debe adecuarse a las disposiciones comunitarias sobre diseño y construcción en materia de seguridad y de salud que lo afecten. En cualquier caso, un equipo de protección individual deberá:
  • a) ser adecuado a los riesgos de los que haya que protegerse, sin suponer de por sí un riesgo adicional;
  • b) responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo;
  • c) tener en cuenta las exigencias ergonómicas y de salud del trabajador;
  • d) adecuarse al portador, tras los necesarios ajustes.
  • 2. En caso de riesgos múltiples que exijan que se lleven simultáneamente varios equipos de protección individual, dichos equipos deberán ser compatibles y mantener su eficacia en relación con el riesgo o los riesgos correspondientes.
  • 3. Las condiciones en las que un equipo de protección individual deba utilizarse, en particular por lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinarán en función de la gravedad del riesgo, de la frecuencia de la exposición al riesgo y de las características del puesto de trabajo de cada trabajador, así como de las prestaciones del equipo de protección individual.
  • 4. Los equipos de protección individual estarán destinados, en principio, a un uso personal.

Si las circunstancias exigen la utilización de un equipo individual por varias personas, deberán tomarse medidas apropiadas para que dicha utilización no cause ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.

  • 5. La información pertinente sobre cada equipo de protección individual que sea necesaria para la aplicación de los apartados 1 y 2 deberá facilitarse y estar disponible en las empresas y/o los establecimientos.
  • 6. Los equipos de protección individual deberán ser proporcionados gratuitamente por el empresario, quien asegurará su buen funcionamiento y su estado higiénico satisfactorio por medio del mantenimiento, los arreglos y las sustituciones necesarios.[2]

Riesgos donde se hace necesario el uso de equipos de protección individual

En el ambiente de trabajo se puede estar expuesto a:

  • Factores de origen Físico; Contaminantes físicos: ruido, vibraciones, rayos X, etc.
  • Factores de origen Químico; Contaminantes químicos: gases, vapores, humos, etc.
  • Factores de origen Biológico; Contaminantes biológicos; virus, bacterias, hongos, parásitos.
  • Factores derivados de las características del trabajo; Exigencias de la tarea al trabajador: posturas, nivel de atención.
  • Factores derivados de la organización del trabajo; Tareas, Horarios
  • Factores o Condiciones de Seguridad; Condiciones materiales que influyen sobre la accidentabilidad, máquinas, pasillos, etc.


Consecuencias derivadas de las Condiciones de Seguridad

  • Lesiones originadas en el trabajador por objetos móviles, materiales desprendidos, etc.
  • Lesiones originadas por aplastamientos.
  • Lesiones originadas por golpes contra objetos

Consecuencias derivadas de la Carga de Trabajo

  • Accidentes
  • Fatiga Mental (irritabilidad,nerviosismo,depresión,etc).

Partes del cuerpo susceptibles de necesitar protección

Protección para la cabeza

cascos de deporte

Protección para oídos

orejeras y visor en un casco de protección

Uno de los factores mas importantes que debemos tomar en cuenta para la seleccion de equipo protector de oidos es la capacidad que tiene de reducir el nivel de decibeles al que se esta expuesto.

Protección para ojos

Gafas

Protección para el sistema respiratorio

Máscara HEPA

Protección para el tronco

armadura de cota de malla

Protección para brazos

Protección para manos

guantes de nitrilo
  • guantes
    • Para evitar infecciones o contaminación: por ej. los de látex, vinilo o nitrilo. Usados por médicos
    • Para protegerse de temperaturas muy elevadas (por ej. los de soldador, o los necesarios para operar un horno)
    • Para evitar el frío
    • Para protegerse de peligros mecánicos como la fricción (por ej. los de malla de acero)
    • Para evitar heridas hechas por objetos punzantes
    • Para soportar impactos, como los de un portero
  • guante sin dedos, como el que usan los ciclistas para no perder la destreza en los dedos

Protección para piernas

Calzado de protección

zuecos

Otra indumentaria de protección

ropa de alta visibilidad

Equipos completos

Ropa de protección

La ropa de protección es ropa especialmente diseñada para trabajar en condiciones extremas. Puede ser para:

Es un concepto muy genérico, bajo el que se incluyen:

Para toda la ropa de protección se suelen usar materiales especiales, como el Kevlar o el Nomex.

Referencias

Véase también