Diferencia entre revisiones de «Estado confesional»

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Revisión del 01:01 27 ago 2009

Un Estado confesional es el que se adhiere a una religión específica. Esa situación puede ser simplemente resultado de los usos y costumbres o tradición, o reflejarse en sus respectiva legislación, especialmente en la constitución. El que el Estado reconozca una religión oficial, no significa que otras religiones no se permitan practicar libremente, bien públicamente o bien restringidas al ámbito privado. Esa situación es la de tolerancia religiosa o intolerancia respectivamente.

La situación contraria es la de Estado aconfesional, laicismo o separación Iglesia-Estado.

Historia

Antes de la Edad Contemporánea, la situación de confesionalidad del estado era la condición natural de cualquier sistema político. En el Imperio Romano, el culto al emperador fue una forma de conciliar el politeísmo incluyente de todo tipo de religiones con la unidad política, y lo que convirtió al cristianismo (de hecho a cualquier monoteísmo que no aceptase el culto imperial) en una religión disolvente y por lo tanto perseguida. El Edicto de Milán de Constantino (que otrorgaba una especie de libertad religiosa), y el posterior edicto de Tesalónica de Teodosio convirtieron el cristianismo en la religión oficial del Imperio y establecieron el Papado y la Iglesia como instituciones paralelas al propio Estado. La desaparición del Imperio Romano de Occidente abrió la Edad Media que supuso una separación de hecho del cristianismo occidental (católico) y oriental (ortodoxo), que se hizo oficial con el Cisma de Oriente (1051). Mientras en el Imperio Bizantino la figura del emperador se impone sobre la Iglesia (cesaropapismo, iconoclasia), en Europa Occidental el dominium mundi es más disputado por la teocracia (agustinismo político, teoría de las dos espadas, querella de las investiduras). Las monarquías de Antiguo Régimen supusieron un control sobre sus iglesias católicas nacionales, mientras la Reforma luterana establece iglesias nacionales en los países del norte de europa. El principio de la cuius regio eius religio (propuesto en la Dieta de Augsburgo que discutía la Confesión de Augsburgo, y definitivamente impuesto en la Paz de Augsburgo) impone que la religión del reino será la religión del rey. Se impondrá en una era de guerras de religión que acabará con el tratado de Westfalia. Entre los escasos lugares de Europa que mantienen la tolerancia religiosa (aunque se mantengan como estados confesionales) se destacan los Países Bajos y la Serenísima República de Venecia, y parcialmente el Imperio Otomano.

El primer estado en proclamar su indiferencia a los asuntos religiosos fueron los Estados Unidos, influido por la ideología de la Ilustración. La Revolución Francesa, que en algún momento intentó instaurar un culto descristianizado a la Diosa Razón, fue reconducida por Napoleón a un Concordato con el Papa. No será hasta la III República Francesa que Francia, la fille ainé de l'eglise(hija mayor de la Iglesia) y sede de los Reyes Cristianísimos, incorpore a sus señas de identidad el laicismo, y la separación Iglesia-Estado.

Muchos países europeos mantienen en la actualidad vínculos especiales con su religión tradicional, especialmente Inglaterra, cuya reina sigue considerándose cabeza de la Iglesia de Inglaterra y mantiene el título de Defensor Fidei (defensor de la fe) que logró Enrique VIII.

Los países musulmanes, donde la identificación de la comunidad política y religiosa (Umma) es muy fuerte, sufrieron procesos de algún modo similares: en el caso de Turquía, la conversión en una república laica con Mustafa Kemal Atatürk, y en Siria, Iraq o Egipto con la ideología árabe-socialista del movimiento Baaz o figuras como Nasser. El caso de Irán bajo el sah Reza Pahlavi es algo distinto, y precipitó el resurgimiento del fundamentalismo islámico (República islámica del Ayatolá Jomeini), que desde los años ochenta del siglo XX se está imponiendo con distintas variantes (salafismo sunní de las monarquías árabes), aunque siempre en el sentido de conseguir una vida pública sometida a las normas religiosas (sariah o código judicial islámico).

En los países asiáticos no islámicos las situaciones son tan distintas como sus sistemas políticos: estados oficialmente ateos como China pero que intervienen en las religiones, provocando divisiones en el budismo tibetano o el catolicismo, con una "iglesia nacional" favorable al régimen y otra que no lo es, y situaciones lejanamente asimilables a las de Europa, como Japón, cuya familia imperial sigue manteniendo funciones religiosas, o India, cuya independencia se hizo en un ambiente de luchas religioso-étnicas entre musulmanes e hindúes que forzaron la separación de Pakistán y Bangla Desh (que el Partido del Congreso de Gandhi, Nehru e Indira Gandhi quisieron evitar). En la actualidad hay un fuerte movimiento que propugna la hinduización del estado indio.

Casos

En Europa son Estados confesionales actualmente Inglaterra (Iglesia Anglicana), Dinamarca, Noruega, Suecia, Finlandia (con sus respectivas iglesias nacionales protestantes) y Grecia (Iglesia Ortodoxa Griega). En términos generales los servicios religiosos son servicios públicos, sus oficiantes son funcionarios y existe una dotación presupuestaria para la iglesia oficial.

España

Concretamente en España la religión oficial había sido el Catolicismo desde la conversión de Recaredo (año 589), el Islam en Al-Ándalus (siglos VIII al XV, con decreciente extensión territorial), y de nuevo el catolicismo tras la Reconquista. Durante ese periodo, aun siendo la religión un motivo de discriminación legal y división y enfrentamientos sociales (aparte de los militares), existía tolerancia religiosa en mayor o menor grado. Con el reinado de los Reyes Católicos y sus sucesores los Habsburgo en lo que se denominaba la Monarquía Católica, comenzó un periódo de búsqueda del máximo religioso que supuso la expulsión de los judíos de España (1492), la expulsión de los moriscos (1609) y la persecución de los protestantes. La estrecha identificación de la Iglesia con la Monarquía explican el papel de instituciones como la Inquisición, el patronato regio o las Bulas Alejandrinas que justificaron la conquista y colonización de América. Se consideraba a España más papista que el papa, por su intervención en lo que se denominaba la defensa de la fe católica en los campos de batalla de las guerras religiosas del siglo XVI y en la política exterior (menos realista que la del mismo papado). La intervención de teólogos españoles en el Concilio de Trento para la adopción de una la postura intransigente fue tan notable que se originó el mote luz de Trento, martillo de herejes. Felipe II llegó a decir prefiero perder mis estados que gobernar sobre herejes (y así ocurrió efectivamente con la Revuelta de los Países Bajos).

Aun así, eso no limitaba la existencia de fortísimos conflictos, como el que suscitaba el fuero eclesiástico y los intentos de control por parte del estado (regalismo). Algunos conflictos notables fueron el del arzobispo Bartolomé Carranza, o, durante el ilustrado reinado de Carlos III la Expulsión de la Compañía de Jesús (1767) o el proceso de Olavide.

La constitución de Cádiz de 1812 proclamaba que la religión no sólo del Estado, sino de la Nación misma, es y será siempre la católica, apostólica y romana, única verdadera. La tolerancia religiosa que acompañó al Régimen Liberal permitió el comienzo de la actividad de propagandistas protestantes como George Borrow. Simultáneamente se hace cada vez más evidente un proceso de descristianización, fortalecido por el apoyo del clero al bando absolutista durante la Guerra Carlista, y que explica la quema de conventos de 1835.[1]​ El poder económico del clero se acaba con la desamortización. Las relaciones oficiales con la Iglesia se recuperan con el concordato, por el que el estado se obliga al mantenimiento de los eclesiásticos con fondos públicos. La camarilla de Isabel II fue llamada la corte de los milagros]] (Sor Patrocinio, llamada la monja de las llagas y el Padre Antonio María Claret, dieron origen a la novela de Valle Inclán). La alternancia de progresistas y moderados iba dando el pulso de una mayor o menor aproximación a la iglesia, siendo el momento más alejado el Sexenio Revolucionario (1868-1874), y el más próximo la Restauración borbónica, en que se expulsó de la universidad a los que no se ajustaran a la ortodoxia religiosa (Francisco Giner de los Ríos, que se vio forzado a fundar la Institución Libre de Enseñanza). El crecimiento de las comunidades religiosas fue visto con tanto recelo por los liberales dinásticos que se llegó a promulgar la ley del candado, que lo limitaba.

En la Segunda República se instauró un Estado laico (prohibiendo por ejemplo a los religiosos ejercer la enseñanza y expulsando a los jesuítas). Después de la Guerra Civil, bajo la dictadura de Franco el estado volvió a ser confesional (a veces hasta la exageración, en contraposición del periodo anterior), identificándose con el término nacionalcatolicismo.

Tras la proclamación de la Constitución Española en 1978, España es formalmente un estado aconfesional, manteniendo relaciones con los distintos credos.

Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones
Constitución Española, art. 16.3

No obstante, la Iglesia Católica tiene en España una posición especial, apoyada en el Concordato de 1978, un acuerdo con la Santa Sede que fue aprobados por las Cortes antes de que la Constitución entrara en vigor, basada en la subvención por parte del Estado (en 2006 se llegó al acuerdo de destinar el 0,7% de los ingresos del IRPF) y en una posición privilegiada en la enseñanza (obligación de los centros de ofertar la clase de religión católica, voluntaria para los alumnos, y financiación pública para la enseñanza concertada, en su mayor parte bajo el control de distintas organizaciones católicas). Los conflictos entre la Conferencia Episcopal y los sucesivos gobiernos de la democracia han sido recurrentes, particularmente durante el gobierno de Rodríguez Zapatero, en que la emisora de radio COPE, controlada por aquélla, ha pasado a ser el principal medio de comunicación de oposición al gobierno, junto con el periódico El Mundo. Asuntos como el matrimonio homosexual o la citada clase de religión han producido macromanifestaciones promovidas desde grupos católicos, en un intento de recristianizar la vida pública mucho mayor que el que se dio en el comienzo de la transición en respuesta a las leyes del divorcio (con la UCD de Leopoldo Calvo-Sotelo en el gobierno) o el aborto (con el PSOE de Felipe González).

Chile

Durante la República Liberal, las relaciones del Estado con la Iglesia Católica eran un importante tema político en Chile. Durante esos años, el Arzobispo de Santiago, Monseñor Rafael Valentín Valdivieso, tuvo un grave conflicto entre la Iglesia Católica y el Estado. A la muerte de Monseñor Valdivieso, es sucedido en el cargo por Monseñor Joaquín Larraín Gandarillas como Vicario Capitular, proponiéndose por nombre del presidente Anibal Pinto, propone a Don Francisco de Paula Taforó como Arzobispo de Santiago, la Santa Sede no acepta nombrar a Francisco de Paula Taforó y más tarde, el presidente Domingo Santa María insistiría por su nombramiento y Roma vuelve a negarse.

La pugna entre la Iglesia Católica y el Estado Chileno llega a su fin cuando el presidente José Manuel Balmaceda propone al Papa León XII, el Nombramiento de Monseñor Mariano Casanova, como Arzobispo de Santiago. Luego de una pugna que culmina con la Revolución de 1891, comienza el Parlamentarismo, que se extiende hasta 1925, cuando el presidente Arturo Alessandri Palma promulga la Constitución de 1925, luego de conversaciones sostenidas con el Arzobispo de Santiago, Monseñor Crescente Errázuriz Valdivieso, para separar la Iglesia Católica y el Estado. El origen de esta situación se da con la promulgación de las Constituciones de 1828 y 1833, respectivamente.

Costa Rica

La Constitución Política del país centroamericano establece que

"La Religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres."Art. 75

En la actualidad está vigente una ley que permite donaciones de empresas a la Iglesia para la reparación y mantenimiento de templos, pero algunos sectores de la sociedad costarricense abogan por la abolición del estado confesional argumentando que Costa Rica es un país occidental en desarrollo, muchos de sus índicadores sociales y de calidad de vida se comparan con naciones ricas, por lo que consideran contradictorio que el país mantenga una confesionalidad religiosa que poco tiene que ver con la pluralidad de creencias de la democracia más antigua de América Latina.

El principal argumento de los críticos es que, según una encuesta de la Universidad de Costa Rica, la cantidad de católicos no practicantes creció de 13% en 1988 a 27% en 2006[2]​ y la cantidad de personas que se declaran sin religión subió a 9% en 2006 en relación al 3% de 1988, lo que, afirman, demuestra un cambio en las creencias de una nación tradicionalmente católica en la que menos de la mitad de sus ciudadanos practican hoy ese credo religioso.

Lista por continente

Se muestra un listado incompleto de estados oficialmente confesionales.

Áfica

América

Asia

Europa

Referencias

  1. CALLAHAN, William J. Iglesia, poder y sociedad en España 1750-1874, Madrid, Nerea ISBN 84-86763-12-6
  2. La Nación, 20 de mayo de 2007
  3. [1]
  4. Artículo 35 de la Constitución
  5. Capítulo 1, Artículo 2 de la constitución de 2005


Véase también