Estado aconfesional
Un Estado aconfesional es aquel que no se adhiere y no reconoce como oficial ninguna religión en concreto, aunque pueda tener acuerdos (colaborativos o de ayuda económica principalmente) con ciertas instituciones religiosas.
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Historia [editar]
Antes del siglo XX, muchos países eran un estado confesional, y reflejaban en sus respectivas constituciones, o por decreto del monarca, que el estado reconocía una religión oficial, aunque otras religiones se permitieran practicar libremente. No era raro que el clero interfiriera en asuntos de estado, (ni que el estado interfiriera en los asuntos eclesiales, por ejemplo en la elección de obispos, o vetar al Papa elegido por el Cónclave).
Hoy en día, la mayor parte de los estados occidentales se declaran aconfesionales o laicos, sobre todo tras la revolución francesa.
Distinción [editar]
El estado aconfesional se distingue del confesional en que no se reconoce una religión oficial.
En lo referente al estado laico, es aquel que es independiente de cualquier organización o confesión religiosa y en el cual las autoridades políticas no se adhieren públicamente a ninguna religión determinada ni las creencias religiosas influyen sobre la política nacional.
Casos [editar]
España [editar]
España es un estado aconfesional, se considera así desde 1978, con la aprobación de la Constitución Española
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones
Constitución Española, art. 16.3
Actualmente España tiene tratados de colaboración con la Iglesia Católica, con la que se coopera de manera especial, y también con la judía y con la islámica.