Terrorismo
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El terrorismo es una sucesión de actos de violencia que se caracteriza por inducir terror en la población civil de forma premeditada. Dentro de los comportamientos forzados por la amenaza del terrorismo en dicha población civil se incluyen la aceptación de condiciones de muy diversa índole: políticas, económicas, lingüísticas, de soberanía, religiosas, etc. Cuando este tipo de estrategias es utilizado por gobiernos oficialmente constituidos, se denomina terrorismo de Estado.
La aplicación del término terrorismo a un acto, persona u organización, suele variar considerablemente en razón de la mayor o menor adhesión que se tenga por la causa que lo inspira, y ha sido reiteradamente utilizado por los gobiernos dictatoriales para calificar los actos fundados en el derecho a la resistencia con el fin de justificar la utilización de métodos de represión ilegítimos.
Definición
El Diccionario de la Real Academia Española, en su versión 2003 que modifica la anterior incluyendo una tercera acepción, define el término «terrorismo» como:
Terrorismo
1. m. Dominación por el terror.
2. m. Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.
3. m. Actuación criminal de bandas organizadas, que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos.[1]
El DRAE también recoge dos acepciones para la palabra «terrorista»,[2] a saber:
Terrorista
1. adj. Que practica actos de terrorismo. Apl. a pers., u. t. c. s.
2. adj. Perteneciente o relativo al terrorismo.
El Código Penal Argentino establece en su artículo 213 ter. sancionado en 2007 que solo podrá considerarse autor del delito de terrorismo al que:
«...tomare parte de una asociación ilícita cuyo propósito sea, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o una organización internacional, a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, siempre que ella reúne las siguientes características:
a) Tener un plan de acción destinado a la propagación del odio étnico, religioso o político;
b) Estar organizado en redes operativas internacionales;
c) Disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos, o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o la integridad de un número indeterminado de personas.»[3]
El Código Penal Español de 1995 en el artículo 571, donde tipifica el delito de terrorismo, define terrorista como:
«Los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con bandas armadas, organizaciones o grupos cuya finalidad sea la de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, cometan los delitos de estragos o de incendios tipificados en los Artículos 346 y 351, respectivamente, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinte años, sin perjuicio de la pena que les corresponda si se produjera lesión para la vida, integridad física o salud de las personas.»
Los EE. UU. desde 1983, con propósitos estadísticos y analíticos, han utilizado las siguientes definiciones referentes al terrorismo que se recogen en el Título 22 del Código de los Estados Unidos, sección 2656f(d)
«Terrorismo: Violencia premeditada y con motivos políticos perpetrada contra objetivos civiles por grupos subnacionales o agentes clandestinos, generalmente con la intención de influenciar a un público determinado.»
Por su parte se define terrorismo internacional de forma genérica como el que:[4]
«en primer lugar, ... se practica con la deliberada intención de afectar la estructura y distribución del poder en regiones enteras del planeta o incluso a escala misma de la sociedad mundial. En segundo término, aquel cuyos actores individuales y colectivos hayan extendido sus actividades por un significativo número de países o áreas geopolíticas, en consonancia con el alcance de los propósitos declarados»
Definición del término realizada por elementos de las dictaduras militares de Latinoamérica
Chile en su Constitución, mantiene un artículo donde establece sanciones particulares contra el terrorismo dictada durante el gobierno de facto de Augusto Pinochet. Señala el artículo 9º:
«Art. 9. El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos. Una ley de quórum calificado determinará las conductas terroristas y su penalidad. Los responsables de estos delitos quedarán inhabilitados por el plazo de quince años para ejercer funciones o cargos públicos, sean o no de elección popular, o de rector o director de establecimiento de educación, o para ejercer en ellos funciones de enseñanza; para explotar un medio de comunicación social o ser director o administrador del mismo, o para desempeñar en él funciones relacionadas con la emisión o difusión de opiniones o informaciones; ni podrán ser dirigentes de organizaciones políticas o relacionadas con la educación o de carácter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general, durante dicho plazo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de otras inhabilidades o de las que por mayor tiempo establezca la ley. Los delitos a que se refiere el inciso anterior serán considerados siempre comunes y no políticos para todos los efectos legales y no procederá respecto de ellos el indulto particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo.»
En la Argentina, el por entonces dictador General Jorge Rafael Videla definía en 1978 los alcances del término terrorismo al declarar al Times de Londres lo siguiente:
Un terrorista no es solamente alguien con un arma de fuego o una bomba, sino también alguien que difunde ideas contrarias a la civilización occidental y cristiana.[5]
Evolución del término
Para acceder a una mayor comprensión de la naturaleza del terrorismo, es conveniente un análisis más detallado, de la evolución en el uso del término.
La palabra "terror" proviene del idioma latín terror o terroris, sinónimo de Deimos. En la Antigua Roma, Marte, Dios de la Guerra, tenía dos hijos: Phobos y Deimos (Miedo y Terror).[6]
Ya Maquiavelo recomendaba que para el Príncipe «es más seguro ser temido que amado».[7]
La palabra «terrorismo» (así como «terrorista» y «aterrorizar») apareció por primera vez en Francia durante la Revolución Francesa entre (1789-1799), cuando el gobierno jacobino encabezado por Robespierre ejecutaba o encarcelaba a los opositores, sin respetar las garantías del debido proceso. El término comenzó a ser utilizado entonces como propaganda contra el gobierno revolucionario, por su accionar en la línea del terrorismo de Estado; el período mismo ha sido conocido como Reinado del Terror (1793-1794).
La expresión terrorismo (proveniente de la palabra francesa del siglo XVIII terrorisme, "bajo el terror") significó entonces el uso calculado de violencia o la amenaza de la misma por parte del Estado contra la población civil, normalmente con el propósito de obtener algún fin político o religioso.
El terror, como arma política, fue retomado en Rusia en la segunda mitad del siglo XIX, entre algunos grupos opositores al régimen zarista. En 1862, el Piotr Zaichnevski redactó el manifiesto titulado Joven Rusia proclamando:
Hemos estudiado la historia de Occidente y sacado sus lecciones: seremos más consecuentes que los lastimosos revolucionarios franceses de 1848; pero sabremos ir más lejos que los grandes campeones del terror de 1792. No retrocederemos, incluso si para derribar el orden establecido nos hace falta verter tres veces más sangre que los jacobinos franceses.[8]
En su sentido actual, el término fue acuñado extensivamente por la propaganda nazi para hacer referencia a los movimientos de Resistencia de los países ocupados por el ejército alemán y consolidado por las dictaduras latinomericanas de las décadas del 70 y del 80 y los Estados Unidos, en el marco de la Doctrina de la Seguridad Nacional desarrollada desde la Escuela de las Américas.
Un estudio de 2003 realizado por el ejército estadounidense[9] afirma que existen más de 100 definiciones de terrorismo.
Por todos estos factores, muchos especialistas consideran la palabra terrorismo un término que en su uso ha devenido en un concepto meramente propagandístico para descalificar al enemigo más que definir un situación de forma objetiva.
Naciones Unidas
A pesar del reconocimiento de su conveniencia, no ha sido nunca posible alcanzar un consenso sobre la definición de terrorismo, básicamente por la imposibilidad de conseguir una definición rigurosa que no incluya las acciones terroristas de los estados. El primer intento de definición se produjo en 1937 en tiempos aún de la Sociedad de Naciones:
-
«Cualquier acto criminal dirigido contra un estado y encaminado a o calculado para crear un estado de terror en las mentes de personas particulares, de un grupo de personas o del público en general.»
La resolución 51/210, «Medidas para eliminar el terrorismo internacional», adoptada en la 88 Asamblea Plenaria, de 17 de diciembre de 1996, proclama en el punto I.2[10] que la Asamblea General de las Naciones Unidas:
-
«Reitera que los actos criminales encaminados o calculados para provocar un estado de terror en el público general, un grupo de personas o personas particulares para propósitos políticos son injustificables en cualquier circunstancia, cualesquiera que sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra naturaleza que puedan ser invocadas para justificarlos.»
En un informe a la ONU el especialista A.P. Schmid[11] propuso tomar como punto de partida el concepto de crimen de guerra, considerando que si su definición se extiende al tiempo de paz se alcanza una muy funcional definición de los actos de terrorismo como los «equivalentes en tiempo de paz a los crímenes de guerra».
Dentro de la serie de definiciones exploradas una de las más recientes ha sido la formulada el 1 de diciembre de 2004 incluida en el Informe final del Grupo de expertos de Alto Nivel sobre las Amenazas, los Desafíos y los Cambios, nombrado por el Secretario General de Naciones Unidas:
-
Cualquier acto, además de los ya especificados en los convenios y convenciones vigentes sobre determinados aspectos del terrorismo, los Convenios de Ginebra y la Resolución 1566 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (2004) destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a un no combatiente, cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar una acción o abstenerse de hacerla.[12]
Existe además lo que se ha descrito como un consenso académico, un acuerdo entre los especialistas, que según la formulación de Schmid (1988)[13] se puede expresar así:
-
«El terrorismo es un método productor de ansiedad basado en la acción violenta repetida por parte de un individuo o grupo (semi) clandestino o por agentes del estado, por motivos idiosincráticos, criminales o políticos, en los que — a diferencia del asesinato — los blancos directos de la violencia no son los blancos principales. Las víctimas humanas inmediatas de la violencia son generalmente elegidas al azar (blancos de oportunidad) de una población blanco, y son usadas como generadoras de un mensaje. Los procesos de comunicación basados en la amenaza — y en la violencia — entre el terrorista (la organización terrorista), las víctimas puestas en peligro y los blancos principales son usados para manipular a las audiencias blanco, convirtiéndolas en blanco de terror, blanco de demandas o blanco de atención, según que se busque primariamente su intimidación, su coerción o la propaganda.»
Instrumentos del terrorismo
Dentro de los instrumentos utilizados para implementar dicho mecanismo, o actos terroristas, se incluyen diversas formas de violencia física contra las personas, como el secuestro, la tortura o la ejecución extrajudicial; diversas formas de violencia moral, como la amenaza de las anteriores o la presión social; diversas formas de violencia contra los bienes privados y públicos, como la destrucción de los mismos con materiales explosivos o incendiarios. Finalmente, uno de los instrumentos más utilizados por los grupos terroristas es el atentado con explosivos contra blancos militares o civiles para provocar muertes indiscriminadas o no[cita requerida].
En el caso del terrorismo de estado, pueden citarse como ejemplo los bombardeos aéreos de ciudades. El Código Aéreo de La Haya de 1923 estableció que «está prohibido el bombardeo aéreo con el objeto de aterrorizar a la población civil...».[14] Sin embargo esta regla y otras similares nunca fueron ratificadas por los países de mayor poder militar. En ese marco algunos autores han citado como ataques terroristas el bombardeo de Guernica en 1936,[15] o el que realizara Estados Unidos con bombas atómicas en Hiroshima y Nagasaki en 1945[16] .
Ventajas estratégicas para el grupo terrorista
Deben destacarse los siguientes puntos de la naturaleza del grupo terrorista[cita requerida]: actúa con premeditación y ventaja; su objetivo final no es la víctima u objeto afectado sino la consecución del cambio que persigue[cita requerida]; puede adoptar en lo táctico un esquema basado en la guerrilla urbana o grupos militares clandestinos; en lo político puede asumir una imagen pública asociada con uno o varios partidos u organizaciones, o estados que pueden adoptar formas democráticas o autoritarias.
No hay que dejar de señalar, tampoco, que los actos terroristas pueden ser perpetrados por grupos no considerados terroristas. En el caso de guerras civiles, cualquiera de las facciones en pugna puede recurrir a ellos como ayuda estratégica; normalmente recurren a ellos los grupos guerrilleros; también son utilizados por organizaciones de un estado (que, o bien no tiene los recursos necesarios para establecer formalmente un conflicto bélico o bien no desea hacerlo) en otro, cuenten o no con el reconocimiento explícito de su gobierno; del mismo modo, desde el propio estado también se han llegado a crear grupos terroristas o paramilitares que utilizan métodos terroristas dentro del propio territorio del estado.
Análisis del término terrorismo
Terrorismo es un término que ha sufrido un abuso de lenguaje por parte de los estados que intencionadamente pretenden desacreditar a sus enemigos. Así los nazis llamaban terroristas a los judíos que se rebelaron en Varsovia; en la Sudáfrica del apartheid se decía que muchos negros hacían actividades terroristas; los franceses dijeron lo mismo de los argelinos que se opusieron a la dominación de Francia (y que en algunos casos utilizaron métodos terroristas). Durante el siglo XX se acusó indiscriminadamente de terroristas a múltiples guerrillas sudamericanas; incluso asociaciones no violentas, como las argentinas Madres de Plaza de Mayo y Abuelas de Plaza de Mayo, también fueron consideradas -y aún lo son por algunos sectores- como organizaciones terroristas.[17] En la situación de ocupación de Iraq, iniciada por los Estados Unidos en 2003, es difícil trazar la línea divisoria entre terrorismo y resistencia.
En la actualidad la denominada guerra contra el terrorismo o lucha contra el terrorismo constituye un punto fundamental en la agenda de los gobiernos y principales partidos políticos de los países occidentales, tanto es así que una parte importante de la política gira en torno a dicha cuestión. Algunos puntos de vista sostienen que se le está dando una excesiva centralidad a la cuestión del terrorismo, mayor que la incidencia que este fenómeno tiene sobre la sociedad.[cita requerida]
Si terrorista es aquel que utiliza el terror para conseguir fines políticos, hay quienes consideran que muchos ejércitos recientes han cometido tales actos; por ejemplo los sirios en Libano, los serbios en Bosnia, los israelíes en los Territorios palestinos, los rusos en Chechenia y los estadounidenses en numerosos lugares del mundo. Cuando estos actos son realizados por fuerzas apoyadas por los gobiernos, dentro de sus propias fronteras, constituyen una modalidad agravada del terrorismo, denominada terrorismo de Estado, el cual es ejecutado con una relación de fuerzas favorable. El terrorismo al que se hace referencia, usualmente es mucho más difícil de determinar, ya que es el que se ejerce con una relación de fuerzas desfavorable. Resulta difícil separar "terrorismo" de "resistencia". Un criterio sería analizar los grupos u organizaciones bajo dos aspectos:
Métodos de los grupos terroristas
Bajo el punto de vista metodológico, se puede considerar terrorista al grupo que perpetre secuestros, atentados con bombas, asesinatos, amenazas y coacciones de manera sistemática. Técnicamente, esos actos están destinados a producir terror en la población enemiga y se definen sin duda como terroristas. En sentido neutro, el término es empleado a menudo por la prensa para designar a los grupos que ejecutan esa metodología.
Armas terroristas
Aunque prácticamente cualquier cosa puede ser considerada un arma (desde una cerilla y un palo de escoba hasta una bomba atómica), los terroristas han utilizado habitualmente armas cortas[cita requerida] o semiautomáticas[cita requerida]. Algunos grupos integristas como Hezbolá han llegado a tener misiles antiaéreos. También es muy común el uso de bombas caseras de potencia variable, llegando a usar en algunos casos el propio cuerpo de los terroristas como vector de aproximación de la bomba[cita requerida]. Cuando lo que se ha pretendido es un magnicidio a una distancia segura de su dispositivo de seguridad se suelen utilizar rifles con mira telescópica[cita requerida].
En general, los grupos terroristas tienden a utilizar cualquier elemento que les permita lograr sus objetivos con la mayor resonancia mediática posible[cita requerida], ya sean esos elementos armas procedentes de los ejércitos regulares o adquiridas en el mercado internacional de tráfico de armas o se trate de medios improvisados. Especial relevancia tiene el atentado del World Trade Center del 11 de septiembre de 2001, en el que se utilizaron aviones de pasajeros secuestrados.
Los tipos de bomba más comunes suelen ser[cita requerida]:
- cócteles molotov
- Bombas con temporizador o activables a distancia
- Bombas lapa
- Bombas trampa
- Granadas de mano
Armas de destrucción masiva que han sido utilizadas o podrían utilizar algún día los terroristas[cita requerida]:
Hay varios precedentes de ataques con armas de destrucción masiva. Uno en el que se utilizaron agentes químicos (gas sarín), fue el del grupo sectario Verdad Suprema, que colocó en un par de ocasiones (en 1994 y en 1995) un pequeño dispositivo en el metro de Tokio. Un atentado realizado con agentes biológicos (salmonella) fue el ocurrido en el condado de Wasco, en el que los ultraderechistas intentaron utilizar el atentado con fines políticos, aunque finalmente lograron el resultado contrario al ser descubiertos.
Aspectos psicológicos del terrorismo
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La complejidad del fenómeno terrorista impide su aprehensión desde una única concepción psicológica. Por lo demás, la bibliografía especializada presenta un exceso de teorías frente al número de estudios empíricos realizados, en parte debido a la dificultad de acceder a la psique de los terroristas para analizarla.
Hay, no obstante, varios estudios de referencia sobre el tema; entre ellos, destacan los siguientes:
- entre 1979 y 1981 se realizó una investigación encargada por el Ministerio del Interior de Alemania que pretendía ahondar en la biografía de personas sospechosas de terrorismo (la mayoría de extrema izquierda, y unos cuantos de extrema derecha). Además de la consulta de expedientes, se realizaron múltiples entrevistas con terroristas encarcelados. De la investigación se dedujo el perfil de un profesional del terrorismo sobre la base de una concreta evolución psicológica: situación inicial de opresión (social y/o familiar); vida en la clandestinidad donde se desarrollaba un contramodelo de su vida anterior; desarrollo de una dicotomía amigo-enemigo que desembocaba en una pérdida del sentido de la realidad.
- Martha Crenshaw (basándose en testimonios autobiográficos de ex miembros y miembros del IRA, OLP, etc.), Marc Sageman (sobre la llamada "Yihad"), Khapta Akhmedova y Ariel Merari (sobre el entorno social y familiar de los terroristas), Eyad El-Sarraj (sobre el terrorismo suicida), Brian Barber (sobre jóvenes de la franza de Gaza), Anne Speckhard (a través del testimonio de rehenes de terroristas); Jerrold Post, Nichole Argo y Yoram Schweizer (a partir de testimonios recogidos en cárceles israelíes y palestinas); y Nasra Hassam (a partir de entrevistas con miembros de Hamas y Yihad)[cita requerida].
Represión del terrorismo
Para la represión del terrorismo es habitual que el debate se centre en la necesidad de optar entre el respeto a los derechos humanos y la seguridad nacional. Muchas veces las medidas represivas incluyen la suspensión de los derechos constitucionales.
En la Argentina, durante el régimen militar que gobernó entre 1976-1983 el general Tomás Armando Sánchez de Bustamante explicaba lo siguiente:
El terrorismo es un hecho de excepción y de gravedad tal que reclama derechos proporcionales. Hay normas y pautas que no son de aplicación en este caso. Por ejemplo, el derecho al “hábeas corpus”. En este tipo de lucha, el secreto que debe envolver las operaciones especiales, hace que no deba divulgarse a quien se ha capturado y a quien se deba capturar. Debe existir una nube de silencio que rodee todo... y esto no es compatible con la libertad de prensa”.[18]
En algunos casos extremos se ha llegado a sostener la necesidad de que el Estado sustraiga los hijos de personas consideradas como terroristas, para quitarles su identidad. En la Argentina la jueza Delia Pons, titular del Tribunal de Menores de Lomas de Zamora explicaba las razones de esta medida a las Abuelas de Plaza de Mayo con estas palabras:
Estoy convencida de que sus hijos eran terroristas, y terrorista es sinónimo de asesino. A los asesinos yo no pienso devolverles los hijos porque no sería justo hacerlo. Sólo sobre mi cadáver van a obtener la tenencia de esos niños.[19]
Convención Interamericana contra el Terrorismo
El 3 de junio de 2002 la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la Convención Interamericana contra el Terrorismo. La misma tiene como objetivo obligar a todos los estados americanos a sancionar leyes antiterroristas y establecer un sistema continental de represión del terrorismo, que no encuentre limitaciones para actuar derivadas de ciertas garantías legales, como el secreto bancario, traslado de personas detenidas entre países, la invocación del "delito político" o condición de refugiado, el derecho de asilo. [20] Luego del proceso de ratificaciones, la misma entró en vigor el 7 de octubre de 2003.[21]
La convención puntualiza especialmente que la represión del terrorismo no puede afectar en modo alguno los derechos humanos de las personas:
Nada de lo dispuesto en la presente Convención se interpretará en el sentido de que menoscaba otros derechos y obligaciones de los Estados y de las personas conforme al derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los refugiados.
A toda persona que se encuentre detenida o respecto de la cual se adopte cualquier medida o sea encausada con arreglo a la presente Convención se le garantizará un trato justo, incluido el goce de todos los derechos y garantías de conformidad con la legislación del Estado en cuyo territorio se encuentre y las disposiciones pertinentes del derecho internacional. (incisos 2 y 3 del artículo 15)[20]
Entre los elementos notables de la sanción de la convención se destaca la imposibilidad final de tipificar el delito de terrorismo, así como la falta de consenso para calificarlo como delito de lesa humanidad.[21] También se ha cuestionado la afectación del derecho de asilo que establece la convención, al punto que Chile, Costa Rica y México hicieron reserva de no acatarla en este aspecto.
Véase también
- Guerra sucia en Argentina
- FARC
- Autodefensas Unidas de Colombia
- Narcoterrorismo
- Guerra de guerrillas
- Guerra asimétrica
- Luis Posada Carriles
- Terrorismo en Chile
- European Security Advocacy Group
- Terrorismo de Estado
- Archivos del Terror
Referencias
- ↑ Terrorismo, Diccionario de la Real Academia Española
- ↑ Terrorista, Diccionario de la Real Academia Española
- ↑ Proyecto de Ley Antiterrorista
- ↑ Revista ARI, núm. 82 de 2005. Artículo publicado por Fernando Reinares. Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.
- ↑ Diario The Times, Londres, edición 4 de enero de 1978
- ↑ «Deimos & Phobos» en Theoi Project (inglés)
- ↑ Maquiavelo, El Príncipe, Cap. XVII: «De la crueldad y la clemencia; y si es mejor ser amado que temido, o ser temido que amado».
- ↑ Heller, Michel (1985), El hombre nuevo soviético. De la utopía a la realidad., Barcelona, Sudamericana-Planeta, ISBN 950-37-0180-5, pag. 17
- ↑ Estudio sobre definiciones de terrorismo elaborado por el ejército de los EE.UU. [1]
- ↑ Texto completo de la resolución 51/210, «Medidas para eliminar el terrorismo internacional», de las Naciones Unidas
- ↑ Definitions of Terrorism, United Nations, Office on Drugs and Crime
- ↑ Cumbre Internacional Sobre la Democracia, Terrorismo y la Seguridad
- ↑ Definitions of Terrorism. UNODC.
- ↑ Doctrina de las Operaciones Aéreas en el Marco del Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos, Fuerzas Aérea Colombianas
- ↑ Wolfgang Schmidt: "Of course the bombing of Guernica was a blatant violation of human rights and had a terrorist character. It was accepted that civilians would be harmed." en [http://www.spiegel.de/international/europe/0,1518,479675,00.htm Hitler's destruction of Guernica: Practicing Blitzkrieg in Basque Country, by Jörg Diehl l
- ↑ Gerson, Joseph (2007). Empire and the Bomb How the U.S. Uses Nuclear Weapons to Dominate the World, Pluto Press, Michigan, ISBN 978-0-7453-2494-4
- ↑ Nosiglia, Julio E. (1985), Botín de guerra, Buenos Aires: Cooperativa Tierra Fértil, pag. 184.
- ↑ Nosiglia, Julio E. (1985), Botín de guerra, Buenos Aires: Cooperativa Tierra Fértil, pag. 55.
- ↑ Les Pénelopes. La historia no oficial. Les Pénelopes. Consultado el 10 de enero de 2008.
- ↑ a b Organización de Estados Americanos, [Convención Interamericana contra el Terrorismo], OEA, 2002.
- ↑ a b Organización de Estados Americanos, [Convención Interamericana contra el Terrorismo; Firmas y ratificaciones], OEA, 2002.
Enlaces externos
Wikiquote alberga frases célebres de Terrorismo.- European Security Advocacy Group : Lucha contra el terrorismo en Europa
- Artículos de terrorismo (en inglés) Artículos sobre terrorismo en centroeuropa. Centro de Terrorismo de Polonia
Listados de organizaciones terroristas
Bibliografía
- Benegas, José María. Diccionario de terrorismo. Espasa Calpe. ISBN 84-670-1609-4
- Hawala. An Informal Payment System and Its Use to Finance Terrorism by Sebastian R. Müller (Dec. 2006), ISBN: ISBN-10: 3865506569, ISBN-13: 978-3865506566

