Senado de la República de Colombia

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Senado de la República de Colombia

El Senado de la República es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia, hace parte fundamental de la rama legislativa. El Senado de la República es un cuerpo colegiado de representación directa del pueblo y debe actuar consultando a la justicia y por el bien común.[1]

La composición y poderes del Senado se encuentran estipulados en el Título VI de la Constitución de Colombia de 1991[2]​ y en la Ley 5ª de 1992.[3]​ Actualmente, el Senado de la República está integrado por 102 senadores, 100 son elegidos por voto popular en todo el territorio nacional y dos más en representación de las comunidades indígenas, a través de circunscripción especial. El Senado de la República elige a sus miembros en representación de toda la Nación.[4]

El Senado de la República de Colombia cumple con una función constituyente, una función legislativa, una función de protocolo, una función electoral, una función judicial, una función administrativa y de control político dentro de la rama legislativa.[5]

Desde el 20 de julio de 2014 el Senado es presidido por José David Name del Partido de la U.[6]

Senadores y partidos políticos

La presente es la composición del Senado de la República electa para el período del 20 de julio de 2014 al 20 de julio de 2018.

Mesa Directiva

La mesa directiva del Senado de la República de Colombia está conformada por un presidente y dos vicepresidentes, elegidos por la plenaria para un periodo de un año que siempre inicia el 20 de julio. Pese a que no es una norma oficial, es común que la mayoría del Senado ofrezca una vicepresidencia a los grupos minoritarios. A partir del 20 de julio de 2014, la mesa directiva está conformada por:[6]

Composición

De las 102 personas que el 20 de julio de 2014 tomaron posesión como Senadores de la República:[21]

  • 68 Senadores repiten legislatura.
  • 10 Senadores eran Representantes a la Cámara en el periodo 2010-2014.

Reglamento del Senado

Senado de la República de Colombia en actividades plenarias el 27 de octubre de 2009.

Atribuciones

Por la Ley 5ª de 1992,[22]​ al Senado no solo le compete tramitar leyes y ejercer control político sobre el ejecutivo, sino que cuenta con otras atribuciones especiales. Al Senado le corresponde:[23]

Funciones

El Senado, como parte del Congreso de la República de Colombia, dentro de las actividades propias de la rama legislativa del Poder Público debe de cumplir siete funciones principales:[3][5]

  • Función constituyente. El Congreso está autorizado a reformar la Constitución mediante proyectos de acto legislativo.[3]
  • Función legislativa. El Congreso está facultado para interpretar, reformar, elaborar y derogar los códigos y leyes en todas las ramas de la legislación.[3]
  • Función electoral. El Senado debe elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y el Procurador General de la Nación y junto a la Cámara de Representantes eligen al Contralor General de la República, magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y Vicepresidente de la República, cuando exista falta absoluta.[5]
  • Función de control político. El Congreso puede requerir y citar a los Ministros de Colombia y demás autoridades y hacer seguimiento a las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado a través de indagaciones y declaraciones, orales o escritas. Están autorizados a declarar moción de censura y moción de observaciones.
  • Función judicial. El Senado puede adelantar juicio contra altos funcionarios del Estado, los magistrados de las Altas Cortes, el Fiscal General de la Nación y el Presidente de la República por responsabilidades políticas.[5]
  • Función administrativa. El Congreso debe establecer la organización y funcionamiento del Senado y la Cámara de Representantes.[3]
  • Función de protocolo. El Congreso está autorizado para recibir a Jefes de Gobierno y de Estado de otros países. Además el presidente del Senado toma juramento.

Comisiones

El Senado, como parte del Congreso de la República de Colombia, se desenvuelve en las actividades plenarias, donde se aprueban, rechazan o modifican las iniciativas desarrolladas en comisiones especializadas. El Senado y la Cámara mantienen tres tipos de comisiones: Constitucionales permanentes, Legales y Accidentales.[24]

  • Comisiones Constitucionales. El Senado se agrupa en siete comisiones. Todo senador tiene la obligación de pertenecer a una y solo una de las Comisiones.[25]
Comisiones constitucionales del Senado[25]
Comisión Primera Segunda Tercera Cuarta Quinta Sexta Séptima Total
Miembros 19 13 15 15 13 13 14 102 Senadores
  • Comisiones legales. Además de las comisiones permanentes, en el Congreso funcionan otras que desarrollan temas que le corresponde a la rama legislativa:[26]
    • Comisión de Derechos Humanos y Audiencias integrada por 10 Senadores y 15 miembros de la cámara.
    • Comisión de Ética y Estatuto del Congresista integrada por 11 Senadores y 17 miembros de la cámara.
    • Comisión de Seguimiento y Vigilancia a los Organismos de Control integrada por 11 Senadores y 15 miembros de la cámara.
    • Comisión Legal de Instrucción propia del Senado de la República y compuesta por 7 Senadores. Su responsabilidad es la de presentar informes motivados con los proyecto de resolución que deben adoptarse.
  • Comisiones accidentales. El Senado, como la Cámara, pueden conformar comisiones adicionales para el cumplimiento de misiones específicas.[24]

Salarios del Senado

De acuerdo con el Decreto No. 1678 del 2 de agosto de 2013 y de conformidad con la certificación expedida por la Contraloría General de la República mediante Resolución Ordinaria No. 031 del 28 de mayo de 2013 y modificada por la resolución No. 065 del 11 de julio de 2013, la asignación salarial de un senador Colombiano es de COL$24.054.342.[27]​ Además de este salario base, los senadores también tienen beneficios como primas de salud, localización, vivienda y Navidad; además de tiquetes, plan de celular, vehículos, entre otros.[28]​ El salario asignado equivale a alrededor de 40,8 salarios mínimos de los colombianos con respecto al 2013.[29]​ En contraste, a un senador de un país desarrollado como Estados Unidos le es asignado un salario de aproximadamente 10,4 salarios mínimos de ése país.[30][31]​ También cabe resaltar que a los senadores colombianos se le asigna un salario equivalente a alrededor de 14 veces el PIB (PPA) per cápita colombiano, comparado con un equivalente de aproximadamente 3,3 en el caso de los senadores de Estados Unidos.[32]

Historia

Presidentes del Senado

Marcas

Periodo legislativo 2006 - 2010

A partir de la legislación iniciada en 2006, tanto la Cámara de Representante como el Senado se rigen por la Ley de Bancadas, aprobada en 22 de julio de 2005. El nuevo régimen, determina que los miembros de un mismo partido "deben actuar en grupo y de manera coordinada, empleando mecanismos democráticos para tomar sus decisiones al interior de las corporaciones públicas". Antes de aprobarse esta ley cada senador y representante actuaba de manera individual.[1]

Para el periodo legislativo 2006 - 2010, la mayoría de las bancadas apoyaron al presidente Álvaro Uribe Vélez conformándose así la conocida coalición de gobierno o bancada uribista de la cual hacen parte los partidos Cambio Radical, Partido de la U, Partido Conservador Colombiano, Alas Equipo Colombia, Convergencia Ciudadana, Colombia Democrática y Movimiento Colombia Viva. Por otro lado el Polo Democrático Alternativo y el Partido Liberal Colombiano se consolidaron como la oposición al gobierno, mientras que otros partidos que cuentan con menor participación como el Movimiento MIRA, Autoridades Indígenas de Colombia y la Alianza Social Indígena se comportaron de manera independiente.[2]

Durante este periodo también se constituyó la denominada Bancada de Mujeres liderada por Dilian Francisca Toro (presidente del congreso para el 2006) y agrupaba a todas las mujeres del Senado independientemente del partido político al que pertenecian. Dicha bancada tuvo el propósito de impulsar y aprobar leyes que favorezcan la participación de las mujeres en la sociedad.[3]

Durante el primer semestre de 2007 se aprobaron importantes leyes como la Ley de la infancia y algunas muy controvertidas que generaron varias marchas de protesta en el país como la Ley de reforma a las transferencias, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y la aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Estados Unidos, este último sin embargo no ha sido aún ratificado por el congreso del país norteamericano. También se hundieron leyes como la que buscaba penalizar la dosis personal de droga, la ley que buscaba blindar las elecciones de octubre de influencia de grupos armados y a último momento leyes muy debatidas como la que reconocía los derechos patrimoniales a parejas del mismo sexo.[4]

Véase también

Referencias

  1. «Régimen de bancadas - Modificación del reglamento del Congreso». Congreso Visible. 22 de julio de 2005. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  2. «Uribe ajustará a su bancada en cita de Hatogrande». El Tiempo - Colombia. 17 de enero de 2007. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  3. «Histórica bancada de Mujeres». El Tiempo - Colombia. 17 de agosto de 2006. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 
  4. «La Ley De Infancia». El Tiempo - Colombia. 30 de diciembre de 2007. Consultado el 12 de noviembre de 2010. 

Enlaces externos