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Tratado de la Carta de la Energía

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Conferencia de la Carta de la Energía

Carta de la Energía

273px
Información general
Tipo Organización Internacional
Sede Bruselas Bélgica
Organización
Secretario General Eslovaquia Eslovaquia Urban Rusnák
Vice Secretario General TurquíaBandera de Turquía Turquía Selim Kuneralp
Presidente de la Conferencia JapónBandera de Japón Japón Fumio Kishida
Historia
Fundación 1991
Sitio web oficial

El Tratado de la Carta de la Energía (TCE) es un acuerdo internacional que establece un esquema multilateral para la cooperación transfronteriza en la industria de la energía. El Tratado cubre todos los aspectos de las actividades relativas a la energía incluyendo comercio, tránsito, inversión y eficiencia energética. El Tratado es legalmente vinculante, inclusive las disposiciones sobre resolución de conflictos.[1]

Originalmente, el proceso de la Carta de la Energía buscó la integración de los sectores energéticos de la Unión Soviética y Europa Oriental con los mercados europeos y del resto del mundo al final de la Guerra Fría. La misión actual de la Carta de la Energía se extiende más allá de la cooperación Este-Oeste y busca promover los principios de apertura de los mercados globales de energía y no discriminación comercial a través de instrumentos legales vinculantes para estimular la inversión extranjera directa y el comercio transfronterizo a nivel global.

Las versiones oficiales de Tratado, la versión consolidada y la oficial, se encuentran aquí.

Historia

Los comienzos de la Carta de la Energía se remontan a la iniciativa política emprendida en Europa a principios de la década de 1990. Al final de la Guerra Fría se presentó una oportunidad sin precedentes para superar las barreras económicas existentes entre las naciones en ambos lados de la Cortina de Hierro. El sector energético era el área con mayor posibilidad para el desarrollo de un sistema de cooperación para el beneficio mutuo, dada la demanda creciente de energía en Europa y la abundancia de recursos energéticos en los estados postsoviéticos. Adicionalmente, había una necesidad muy extendida de establecer una organización común para la cooperación energética entre los Estados miembros de Eurasia. La Carta de la Energía nació teniendo estas consideraciones como base.[2]

La declaración original de la Carta de la Energía fue firmada en La Haya el 17 de diciembre de 1991. Esta Carta consiste en una declaración política que contiene principios internacionales sobre energía incluyendo comercio, tránsito e inversión, junto a la intención de negociar un tratado de carácter vinculante, sentando así las bases para el desarrollo posterior del Tratado sobre la Carta de la Energía. Uno de los obstáculos finales a superar fue definir un lenguaje apropiado para consagrar la soberanía nacional sobre los recursos naturales y al mismo tiempo el principio de cooperación internacional con vistas a permitir el acceso a los recursos de cada país desde el exterior.

Se estableció un Secretariado para facilitar el diálogo entre las partes contratantes, que posteriormente se transformó en el Secretariado de la Carta de la Energía bajo la dirección de la Conferencia de la Carta de la Energía. El Tratado sobre la Carta de la Energía fue firmado en Lisboa en diciembre de 1994, junto al Protocolo de la Carta de la Energía sobre la Eficiencia Energética y los Aspectos Medioambientales Relacionados (PEEREA por sus iniciales originales en inglés). (PEEREA). LINK IS NOT WORKING El Tratado y el PEEREA entraron en vigor en abril de 1998. Una reforma a las estipulaciones relacionadas con comercio fue introducida en ese momento para reflejar el proceso de transformación en la organización internacional del comercio que devino de la creación de la Organización Mundial del Comercio a partir del GATT.[2]

El 22 de marzo de 2010 se creó el Grupo de Estrategia dentro de la Conferencia de la Carta de la Energía con el mandato de promover la modernización de la organización. El Tratado de la Carta de la Energía tiene sus raíces en las relaciones entre Rusia y la Unión Europea, pero es el único acuerdo que ofrece un esquema legal multilateral y se está expandiendo más allá de su propósito original.[3]​ Una parte de esta expansión es física, pues se formuló una política de Consolidación/Expansión/Alcance (CONEXO por su denominación original en inglés) para guiar el acercamiento a nuevos países como signatarios de la declaración o el Tratado. Este enfoque global dio un paso importante en 2015, cuando países de distintas regiones del mundo como China, Nigeria y Colombia firmaron la Carta Internacional de la Energía en La Haya.

Carta Internacional de la Energía

El 20 de mayo de 2015 se dio un gran avance en la modernización y expansión de la organización, cuando 72 países, la Unión Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Económica de Estados de África Occidental firmaron la Carta Internacional de la Energía en una conferencia Ministerial, cuyo anfitrión fue el gobierno de Holanda.[4]​ La Carta Internacional de la Energía es una declaración política que contiene principios para la cooperación energética internacional y su firma supone el primer paso hacia la adopción del Tratado sobre la Carta de la Energía. La declaración busca reflejar los cambios que han surgido en el sector energético alrededor del mundo desde la constitución del Tratado sobre la Carta de la Energía en los primeros años de la década de 1990.

Alcance legal del Tratado

Las disposiciones del Tratado se enfocan en cinco áreas: comercio energético, inversión, eficiencia energética, resolución de conflictos y tránsito de energía.

Principio de soberanía nacional

Si bien la Carta de la Energía se basa en la idea, según la cual el flujo internacional de inversiones y tecnologías en el sector energético se benefician mutuamente, el principio de soberanía nacional sobre los recursos energéticos es un principio cardinal del Tratado (Artículo 18 del Tratado). Uno de los objetivos del Tratado es la transparencia y la eficiencia en la operación de los mercados energéticos, pero la definición de la estructura del sector energético nacional depende de cada gobierno. De acuerdo con el Tratado y la declaración, cada país es libre de decidir si sus recursos energéticos serán explotados y la forma de hacerlo, y también la medida en que el sector energético se abre a los inversionistas extranjeros. El Tratado no contiene disposiciones sobre la propiedad de las compañías energéticas, es decir, no obliga a privatizar compañías energéticas de propiedad del Estado o reestructurar compañías energéticas integradas verticalmente en el mercado.

Miembros

El Tratado ha sido firmado o adoptado por 52 países, la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica.[5]​ Todos los miembros han ratificado el Tratado excepto Australia, Bielorrusia, Noruega y la Federación Rusa. Bielorrusia ha aceptado la aplicación provisional del Tratado,[6]​ lo cual significa que el Tratado se aplica en la medida que es consistente con su Constitución, sus leyes y demás regulaciones.

Hay cuatro niveles de participación que un Estado puede tener, dependiendo de los instrumentos legales que aplican (nivel de participación entre paréntesis):

  1. Miembro u observador de la Organización de la Conferencia de la Carta de la Energía[7]​ que no es aun parte de la Carta Europea de la Energía de 1991 (O)
    • algunos de estos estados han empezado el proceso de adoptar la Carta Europea de la Energía de 1991 pero no lo han culminado aun (O+)
  2. Signatario de la Carta Europea de la Energía de 1991[8]​ (OC)
    • algunos de estos estados han empezado el proceso de ratificar el Tratado y el PEEREA de 1994 pero no lo han culminado aun (OC+)
  3. Estados que han ratificado el Tratado sobre la Carta de la Energía[9]​ y el PEEREA de 1994[10]​ (OCT)
    • algunos de estos estados han empezado el proceso de ratificar la Enmienda de 1998 pero no lo han culminado aun (OCT+)
  4. Estados que han ratificado la Enmienda de 1998[11]​ (OCTA)

Miembros de la conferencia de la Carta de la Energía

Nota: * Estados que han adoptado pero no ratificado los instrumentos legales.

Observadores

Tienen el estatus de observadores en la Carta de la Energía 37 Estados y 12 organizaciones internacionales. Los Observadores tienen derecho a asistir a todas las reuniones de la Carta y a recibir toda la documentación relacionada con la organización tal como reportes y análisis, y a participar en los debates que tienen lugar en el contexto de la Carta de la Energía. El propósito del estatus de Observador es dar la oportunidad a nuevos países para familiarizarse con la Carta y sus funciones, con el fin de facilitar la evaluación de los beneficios de adoptar el Tratado de la Carta de la Energía.[13]

Hay tres categorías de Observador:

  1. Estados que son signatarios de la Carta Europea de la Energía de 1991 (O)
  2. Estados que son signatarios de la Carta Internacional de la Energía de 2015 (I)
  3. Observadores por invitación (B)

Países

Organizaciones internacionales

Participación de Rusia

La Federación Rusa firmó el Tratado y lo aplicó de manera provisional, aunque no lo ratificó. La ratificación del Tratado estuvo sujeta a la negociación de un Protocolo sobre Tránsito de la Carta de la Energía. En octubre de 2006 la canciller alemana Ángela Merkel y el presidente francés Jacques Chirac propusieron la creación de una “asociación energética balanceada” entre Francia y Alemania, representando la Unión Europea y Rusia. Según este acuerdo, Rusia tendría que firmar la Carta Europea de la Energía de 1991, algo que el presidente Vladímir Putin consideró en contra de los intereses nacionales de Rusia.[15]​ En diciembre de 2006 Rusia indicó que la ratificación del Tratado era poco probable debido a que su contenido pretende que Rusia permita el acceso a sus ductos por terceras partes. El 20 de agosto de 2009, Rusia informó oficialmente al depositario del Tratado (Gobierno de Portugal) que no tenía intención de ser parte del Tratado y el Protocolo relacionado, terminando así la aplicación provisional del Tratado y del PEEREA a partir del 18 de octubre de 2009.[16]

A pesar de la terminación de la aplicación provisional del Tratado por Rusia, las medidas frente a la resolución de conflictos y la protección de inversionistas están aún en vigor por 20 años adicionales. El 30 de noviembre de 2009, la Corte Permanente de Arbitración de la Haya dispuso que los accionistas actuales de Yukos podían proceder a presentar argumentos de fondo en la arbitración contra el gobierno de Rusia. La Corte Permanente de Arbitración de la Haya ha conocido el caso de Yukos desde 2005 bajo las reglas de arbitraje de la CNUDMI.[16]​ GML, antes conocido como Menatep (el principal accionista de Yukos), denunció a Rusia por más de 100 billones de dólares estadounidenses en este caso de arbitración internacional buscando amparo bajo las normas del tratado. Estas audiencias tuvieron lugar en octubre de 2012.[17]​ En julio de 2014 el tribunal de arbitración concedió las pretensiones a los accionistas y condenó a Rusia a pagar 50 billones de dólares estadounidenses por concepto de daños por el embargo de los activos y la desintegración de Yukos.[18]​ El gobierno de Rusia ha jurado que no cumplirá con lo decidido por el tribunal, lo que ha desatado una disputa internacional que llevó a Bélgica y Francia a embargar activos de Rusia para cancelar posiblemente la deuda a los demandantes.[19]

La Conferencia de la Carta de la Energía

Todos los miembros de la Carta de la Energía están representados en la Conferencia de la Carta de la Energía y sus cuerpos subsidiarios. La Conferencia es el cuerpo de gobierno y de toma de decisiones de la organización y tiene encuentros periódicos para discutir los asuntos que afectan la cooperación energética entre los países miembros del Tratado, para revisar la implementación de las disposiciones del Tratado y del PEEREA, y para considerar la creación de nuevos instrumentos y actividades conjuntas dentro del esquema de la Carta de la Energía. Desde enero de 2016 la Presidencia de la Carta de la Energía le corresponde a Fumio Kishida, el Ministro Japonés de Relaciones Exteriores. Los vice-presidentes son Mariam Valishvili, Vice-ministra de energía de Georgia, Keiichi Katakami Embajador de Japón en la Unión Europea y Myratgeldy Meredov, Viceministro de las Industrias de Petróleo y Gas y de Recursos Energéticos de Turkmenistán.[20]​ La Carta de la Energía tiene los siguientes cuerpos subsidiarios:

  • El Grupo de Estrategia
  • El Grupo de Inversión
  • El Grupo de Comercio y Tránsito
  • El Grupo de Trabajo sobre Eficiencia Energética y los Aspectos Medioambientales Relacionados
  • El Comité de Presupuesto
  • El Grupo de Trabajo en Asuntos de Procedimiento
  • Comité de Asesoría Legal

Adicionalmente, hay un cuerpo consultivo llamado el Comisión Consultiva del Sector (Industrial Advisory Panel) que presenta a la Conferencia y sus grupos el punto de vista del sector privado en relación con inversiones en energía, flujos transfronterizos y eficiencia energética.[21]

El Grupo Operativo de Consejo Legal (Legal Advisory Task Force) fue establecido por el Secretariado la Carta de la Energía en 2001 para asistir en la redacción de Acuerdos Modelos consistentes y legalmente coherentes para gasoductos y oleoductos transfronterizos.[22]

Secretariado

El Secretariado de la Carta de la Energía está ubicado en Woluwe-Saint-Lambert una comuna próspera en Bruselas.

Desde enero de 2012 el Secretario General es el Dr. Urban Rusnák y desde diciembre de 2014 el Secretario General Adjunto es Selim Küneralp. La Conferencia de la Carta de la Energía se apoya en el Secretariado que está ubicado en Bruselas. Las funciones del Secretariado incluyen la promoción, organización y el apoyo legal para la Conferencia, que tiene lugar en las instalaciones del Secretariado. Además el Secretariado tiene un rol representativo del Tratado sobre la Carta de la Energía y sus instrumentos relacionados. El Secretariado también se enfoca en el apoyo legal, el monitoreo del Tratado y de las obligaciones del PEEREA, y de la organización de encuentros y eventos.

Referencias

  1. http://europa.eu/legislation_summaries/energy/external_dimension_enlargement/l27028_es.htm
  2. a b Konoplyanik, Andrei; Wälde, Thomas (2006). «Energy Charter Treaty and its Role in International Energy» (PDF). Journal of Energy & Natural Resources Law (International Bar Association) 24 (4): 523-558. ISSN 0264-6811. Archivado desde el original el 19 de agosto de 2011. Consultado el 8 de mayo de 2010. 
  3. «Copia archivada». Archivado desde el original el 15 de octubre de 2013. Consultado el 28 de abril de 2016. 
  4. «72 Countries plus the EU, Euratom and ECOWAS Adopt the International Energy Charter». Archivado desde el original el 1 de octubre de 2015. Consultado el 30 de septiembre de 2015. 
  5. Energy Charter Members & Observers
  6. a b Belarus provisionally applies the 1994 Treaty, Protocol and the 1998 Amendment.
  7. Organization of the Energy Charter Conference Archivado el 6 de marzo de 2012 en Wayback Machine.
  8. 1991 Energy Charter Archivado el 6 de marzo de 2012 en Wayback Machine.
  9. 1994 Energy Charter Treaty
  10. Energy Charter Protocol on Energy Efficiency and Related Environmental Aspects (PEEREA)
  11. 1998 Trade amendment to the 1994 Energy Charter Treaty Archivado el 6 de marzo de 2012 en Wayback Machine.
  12. Russia is former signatory of the 1994 Treaty and Protocol, provisionally applying them between 1994–2009
  13. «Copia archivada». Archivado desde el original el 26 de enero de 2016. Consultado el 31 de agosto de 2012. 
  14. Carta de Entendimiento en Actividades Cooperativas entre los Secretariados
  15. Michael Schwirtz (October 13, 2006), Putin Must Eye Energy Plan of Germany and France New York Times.
  16. a b «Arbitration Panel Holds That the 1994 Energy Charter Treaty Protects Foreign Energy Sector Investments in Former Soviet Union» (PDF). Skadden, Arps, Slate, Meagher & Flom. 5 de febrero de 2010. Archivado desde el original el 16 de julio de 2011. Consultado el 8 de mayo de 2010. 
  17. James Marson (July 27, 2012), Yukos Investors Win Over $2 Million in Damages from Russia Wall Street Journal.
  18. «Russia Stole Yukos and Owes $50 Billion, International Panel Rules». Foreign Policy. Consultado el 28 de septiembre de 2015. 
  19. «What’s Really Happening With the Yukos Case». Foreign Policy. Consultado el 28 de septiembre de 2015. 
  20. «The Energy Charter Conference». 
  21. «Industry Advisory Panel - Energy Charter». www.energycharter.org. Consultado el 11 de septiembre de 2015. 
  22. «Legal Advisory Task Force - Energy Charter». www.energycharter.org. Consultado el 11 de septiembre de 2015. 

Enlaces externos