Diferencia entre revisiones de «Comunidad autónoma»
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El artículo 152.1 de la [[Constitución española de 1978|Constitución]] establece la organización institucional básica de aquellas comunidades autónomas que accedieron a la autonomía por la denominada «vía rápida», esto es, [[País Vasco]], [[Cataluña]], [[Galicia]] y [[Andalucía]]. No obstante, dicha organización institucional básica ha sido la que, mediante sus respectivos [[Estatutos de Autonomía]], han asumido todas las comunidades autónomas, con independencia de su vía de acceso a la autonomía política. Diciendo así que las transparencias en clase son un problema para alumnos y/o profesores, ya que podemos equivocarnos o en su defectos no estar atentos a los acontecimientos. Ains oma que rica! Te daba salami hasta al saciedad. |
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Así, en la actualidad, los órganos básicos comunes a todas las comunidades autónomas son una [[Parlamento|Asamblea Legislativa]], elegida por [[sufragio universal]]; un [[Consejo de Gobierno]], con funciones ejecutivas; y un [[Presidente]] de la comunidad autónoma, elegido por la Asamblea Legislativa de entre sus miembros, que ostenta la más alta representación de la Comunidad. |
Así, en la actualidad, los órganos básicos comunes a todas las comunidades autónomas son una [[Parlamento|Asamblea Legislativa]], elegida por [[sufragio universal]]; un [[Consejo de Gobierno]], con funciones ejecutivas; y un [[Presidente]] de la comunidad autónoma, elegido por la Asamblea Legislativa de entre sus miembros, que ostenta la más alta representación de la Comunidad. |
Revisión del 16:10 4 oct 2012
Una comunidad autónoma es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes.
La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución Española de 1978. El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las regiones y nacionalidades que componen el Estado. El texto de la Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las comunidades autónomas y aquellos que sólo se le pueden atribuir al Estado.
La división política y administrativa de España tiene la forma de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, cuyos estatutos de autonomía les otorgan el rango de ciudades autónomas. Pese a que Navarra se constituye como comunidad foral, entendiendo que su actual autogobierno emana de la Ley Paccionada de 1841 y del amparo a los derechos históricos consagrado por la Constitución, a efectos prácticos la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha equiparado el estatus de Navarra al del resto de las comunidades autónomas.
La promulgación de la Constitución Española de 1978, que recoge el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que forman el Estado, supuso un cambio de 180 grados con respecto al régimen anterior, que se basaba en planes centralizados tradicionales. Esto daba respuesta a un problema que había surgido repetidamente en la historia de España como resultado de las diferentes identidades sobre las que se ha construido la unidad de España.
Tras la ratificación de la Constitución, y como resultado de la implementación de los principios contenidos en el Título VIII, en el curso de unos pocos años se ha completado el proceso de instauración de las 17 comunidades autónomas y han sido aprobados sus Estatutos de autonomía. Han sido también dotadas de su propio órgano de gobierno e instituciones representativas. Hay que destacar que el proceso que ofrece la Constitución Española no obliga a las regiones, sino que es, en general, un derecho para ellas.
El 31 de julio de 1981, Leopoldo Calvo-Sotelo, presidente del Gobierno, y Felipe González, líder de la oposición, acuerdan los primeros Pactos Autonómicos (en 1992 se actualizó con el Segundo Pacto Autonómico, firmado entre el entonces presidente, Felipe González, y el líder de la oposición, José María Aznar), que prevén un mapa de 17 autonomías —con las mismas instituciones pero con distintas competencias— y dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla; fruto de estos acuerdos en 1995 se dará por cerrado el mapa de las autonomías a nuevas remodelaciones o ampliaciones.
Desde 2003 y para fines estadísticos, basadas en las normativas europeas y fijadas por la Eurostat, se encuentran las unidades NUTS en vigor en la Unión Europea. Las 17 comunidades autónomas españolas se encuentran clasificadas en los niveles NUTS-2.
Precedentes
Los proyectos de autonomía para Cuba y Puerto Rico redactados por los políticos: Maura, Abárzuza, Cánovas del Castillo cristalizaron durante el gobierno de Práxedes Mateo Sagasta, con Segismundo Moret en el Ministerio de Ultramar, en una Constitución y Estatutos para las islas que le otorgaba autonomía plena con la sola reserva del cargo de Gobernador General, más los reales decretos por los que se establecía la igualdad de derechos políticos de los españoles residentes en las Antillas y los penisulares, y se hizo extensivo a Cuba y Puerto Rico el sufragio universal. No existen precedentes de comunidades autónomas en otros ordenamientos jurídicos, siendo por tanto una fórmula jurídica novedosa, si bien ya en la organización administrativa de la Segunda República Española se introduce su figura (aprobación de las autonomías de Cataluña en 1932, País Vasco en 1936 y Galicia en 1938, así como numerosos proyectos de estatuto para otras regiones).
Durante el franquismo no existieron iniciativas regionalizadoras de ningún tipo. Sin embargo, se concedió autonomía a algunas de las colonias españolas. En agosto de 1963, el Gobierno español aprobó un régimen de autonomía para Guinea Ecuatorial, que tras ser aprobado en referéndum, entró en vigor en julio de 1964.[1]
En todo caso el sistema actual de autonomías se inspiró en otras legislaciones, como son las regiones autónomas italianas[cita requerida] y los länder alemanes. El nombre "comunidad" está históricamente relacionado con el nombre escogido por los comuneros para la organización territorial de Castilla durante la guerra de las Comunidades de Castilla del siglo XVI. El sistema de comunidades autónomas es fruto de una intensa negociación en la época de la Transición Española entre los partidos que querían el centralismo, y los que buscaban un estado federal.
La Constitución Española de 1931 introdujo como novedad el estado integral (regional), llevado a la práctica con éxito por Reino Unido, Bélgica o Italia. La Constitución española de 1978, que retoma ese proceso para evitar el federalismo, establece dos categorías de autonomías (según el artículo 151 o el artículo 152), autonomías plenas con aprobación de su propio estatuto (País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía), y el resto, a través del artículo 143, que tienen un grado de asunción de competencias menor.[2]
El caso es que en el Título VIII de la constitución de 1978 se establece la organización territorial del Estado en municipios, provincias y comunidades autónomas, con competencias para gestionar sus propios intereses.
Debido al reconocimiento de la foralidad, Navarra no se constituye propiamente en comunidad autónoma siendo su denominación la de «Comunidad Foral» con ciertas especificidades, como por ejemplo el hecho de no disponer de Estatuto de Autonomía refrendado, como así sucede en las comunidades autónomas que se rigen por sus respectivos estatutos de autonomía que tienen rango de ley estatal, siendo según el Tribunal Constitucional una CCAA.
Véase también: Historia de la organización territorial de España
Organización básica de las comunidades autónomas
El artículo 152.1 de la Constitución establece la organización institucional básica de aquellas comunidades autónomas que accedieron a la autonomía por la denominada «vía rápida», esto es, País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía. No obstante, dicha organización institucional básica ha sido la que, mediante sus respectivos Estatutos de Autonomía, han asumido todas las comunidades autónomas, con independencia de su vía de acceso a la autonomía política. Diciendo así que las transparencias en clase son un problema para alumnos y/o profesores, ya que podemos equivocarnos o en su defectos no estar atentos a los acontecimientos. Ains oma que rica! Te daba salami hasta al saciedad.
Así, en la actualidad, los órganos básicos comunes a todas las comunidades autónomas son una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal; un Consejo de Gobierno, con funciones ejecutivas; y un Presidente de la comunidad autónoma, elegido por la Asamblea Legislativa de entre sus miembros, que ostenta la más alta representación de la Comunidad.
La asamblea legislativa
La asamblea es el parlamento autonómico unicameral, que en las distintas comunidades se denomina de distinta forma:
- Parlamento: Andalucía, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Galicia, La Rioja, Navarra y País Vasco.
- Cortes: Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana.
- Asamblea: Extremadura, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.
- Junta General: Principado de Asturias.
- Elección
El sistema de elección de los miembros es por sufragio universal, siguiendo el mismo régimen de incompatibilidad e inelegibilidad que las Cortes Generales. Las elecciones se celebran el último domingo de mayo cada 4 años, en todas las comunidades excepto en:
- Andalucía;
- Cataluña;
- Galicia;
- País Vasco;
- La Comunidad Valenciana, Navarra y Aragón sí que las celebran el cuarto domingo de mayo cada 4 años, aunque después de la reforma de sus estatutos, y el amejoramiento del fuero en el caso navarro, el presidente de cada Comunidad Autónoma puede disolver las cortes y convocar elecciones cuando le parezca oportuno, siempre que sea antes de que termine su legislatura.
- Funciones
Las comunidades autónomas gozan de potestad legislativa, la cual reside en su asamblea. Además de otras funciones: presupuestarias, control del ejecutivo autonómico, elección del gobierno, del Presidente del ejecutivo, participación en las reformas de la Constitución, control de la constitucionalidad de Leyes y disposiciones con fuerza de Ley, participación en la composición del Senado.
Poder ejecutivo
El Presidente
- Nombramiento
Una vez celebradas las elecciones y constituida la asamblea legislativa, su presidente propone a uno o varios candidatos, según las distintas comunidades. Estos candidatos se someten a votación, resultando elegido el que sea apoyado por mayoría absoluta en primera votación y si ninguno la obtuviese, en segunda por mayoría simple.
Si no obtuviese el apoyo se repetirán las votaciones con distintas candidaturas, hasta que si pasados 2 meses desde la primera votación ninguno de los candidatos hubiese obtenido el apoyo, se disolverá la cámara, y se volverán a convocar elecciones.
- Funciones
Dirección del Consejo de Gobierno y suprema representación de la Comunidad, representación del Estado en la Comunidad Autónoma. Promulga y ordena la publicación de las Leyes y del nombramiento del Poder Judicial en la Comunidad.
El Consejo de Gobierno
Es el máximo órgano ejecutivo colegiado de la Comunidad autónoma. Sus funciones son la administración civil, ejecución de las leyes y reglamentación. Los miembros responden ante el Tribunal Superior de Justicia, tanto en el ámbito civil, como penal. Están sometidos a control político a través de la cuestión de confianza y la moción de censura. Está presidido por el Presidente de la Comunidad Autónoma, que nombre y cesa a sus miembros.
Otros órganos
Las Comunidades pueden crear sus propios Tribunales de Cuentas, Defensor del Pueblo y otros organismos para su buen funcionamiento.
Tabla de comunidades
Ciudades Autónomas | Localización | |
---|---|---|
Ceuta | ||
Melilla |
Comunidades por superficieLista de comunidades españolas ordenadas por superficie.
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Comunidades por poblaciónLista de comunidades y ciudades autónomas españolas ordenadas por población (datos del INE a fecha 01/01/2011 datos provisionales).
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Economía y PIB
Lista de comunidades autónomas españolas ordenadas por renta per cápita (2011).[22] Es de gran importancia saber la renta per cápita de una comunidad autónoma, pues de ello depende la cantidad de fondos europeos que recibe una región. Las regiones que no alcanzan el 75% de la media comunitaria, son denominadas regiones en convergencia, o de Objetivo 1, y reciben fondos de cohesión. En el caso de España, en 2010 tan solo Extremadura se encontraba en dicha situación.
Lista de comunidades autónomas por renta per cápita (2011) | Producto Interior Bruto nominal (2011)[22] | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Presidentes de las comunidades autónomas
Los diecisiete presidentes y dos alcaldes-presidentes autonómicos actuales de España son:
Véase también
- Provincias de España
- Lista de comunidades autónomas españolas por superficie
- Lista de comunidades autónomas españolas por población
- Estado regional
- Capitales de Comunidades Autónomas
- Anexo:Sueldo de los políticos españoles
Referencias
- Notas
- ↑ Todo el Valor Añadido Bruto de la Extra-Regio está generado en la rama agregada Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales.
- Referencias
- ↑ Portero, Florentino; Pardo, Rosa (2007). «El final del imperio: la descolonización del África española». La España de Franco. Espasa. pp. 386-386. ISBN 978-84-670-2627-6.
- ↑ Crónica de España, Plaza&Janes 1988 pág 940.
- ↑ Dependiendo de cada caso, la capitalidad de una comunidad autónoma en una ciudad puede quedar establecida por el correspondiente Estatuto de Autonomía; de no ser así, se considera la capital a la ciudad en la que se establecen las instituciones básicas de la comunidad.
- ↑ a b c d e f g h i En los Estatutos de Autonomía de Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia y La Rioja no se especifica una denominación oficial para estas comunidades autónomas. En el caso de Cataluña, el nombre figura como Cataluña en la redacción en castellano del Estatuto, mientras que en las redacciones en catalán y en occitano, que también son lenguas oficiales, figura como Catalunya y Catalonha respectivamente.
- ↑ "La Comunidad Autónoma, comunidad histórica constituida en el ejercicio del derecho al autogobierno amparado por la Constitución, se denomina Principado de Asturias" (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Asturias).
- ↑ "La denominación de la Comunidad Autónoma es Illes Balears." (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Baleares).
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de Canarias.
- ↑ "La capitalidad de Canarias se fija compartidamente en las ciudades de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, regulándose su desarrollo por Ley del Parlamento de Canarias." (art. 3.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias).
- ↑ "La denominación de la Comunidad Autónoma será la de Cantabria" (art. 1.3 del Estatuto de Autonomía de Cantabria).
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
- ↑ El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado en 1983 y reformado en 1988, 1994, 1999 y 2007 no define capital alguna para la comunidad autónoma (art. 3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León). En tanto que la ley autonómica 13/1987 fija a la ciudad de Valladolid como sede de las instituciones básicas de la comunidad autónoma, ningún punto de la legislación autonómica hace referencia a la capitalidad de Castilla y León.
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006.
- ↑ "El Pueblo Valenciano, históricamente organizado como Reino de Valencia, se constituye en Comunidad Autónoma [...] con la denominación de Comunitat Valenciana. (art. 1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana)
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 2006.
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de La Rioja.
- ↑ "La Comunidad Autónoma de Madrid se denomina Comunidad de Madrid" (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Madrid).
- ↑ En el caso de Navarra, si bien no se especifica una denominación oficial, figura también la denominación de Comunidad Foral de Navarra, citándose los «derechos originarios e históricos [...] con arreglo a la Ley de 25 de octubre de 1839, a la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841» (art. 2.1 del Amejoramiento de Navarra). En la redacción del Amejoramiento en euskera, que también es lengua oficial «en las zonas euskoparlantes» (art. 9.2), las denominaciones empleadas son Nafarroa y Nafarroako Foru Komunitatea.
- ↑ «El Pueblo Vasco o Euskal Herria, como expresión de su nacionalidad, y para acceder a su autogobierno, se constituye en Comunidad Autónoma dentro del Estado español bajo la denominación de Euskadi o País Vasco, de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.» (art. 1 del Estatuto de Autonomía del País Vasco). En la redacción del Estatuto en vasco, que también es lengua oficial, la denominación empleada es simplemente «Euskadi».
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Comunidad autónoma.
- ↑ «La Comunidad Autónoma, que se denomina Región de Murcia, asume el Gobierno y la Administración autónomos de la provincia de Murcia» (art. 1.2 del Estatuto de Autonomía de Murcia).
- ↑
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Autonomía de Murcia.
- ↑ a b [1], Instituto Nacional de Estadística.
Enlaces externos
- Wikimedia Commons alberga una galería multimedia sobre Comunidad autónoma.
- Wikinoticias tiene noticias relacionadas con Comunidad autónoma.
- Directorio de sitios web de las comunidades autónomas