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Mayoría simple

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La mayoría simple, también denominada pluralidad, mayoría relativa, mayoría ordinaria, mayoría común o simplemente mayoría, es una regla de decisión en la que una elección o votación se resuelve a favor del candidato o la opción que obtiene más votos que cualquier otra, sin necesidad de superar el 50 % del total.[1][2]

A diferencia de la mayoría absoluta, la mayoría simple no requiere contabilizar la totalidad de los miembros del órgano colegiado, sino únicamente a los presentes en el momento de la votación. En este contexto, las abstenciones o ausencias no afectan al resultado, ya que se considera ganadora la opción que reciba el mayor número de votos positivos entre los emitidos.[3]​ A veces, el término «mayoría simple» hace referencia a la mayoría de los legisladores presentes,[4]​ mientras que «mayoría relativa» correspondería a la opción con el mayor número de votos,[5]​ y «mayoría ordinaria» aquella votación en que los votos a favor superan los votos en contra.[6]

En los órganos legislativos, la mayoría simple es el porcentaje de votación que corresponde al mayor número de votos de los legisladores que se encuentren presentes en el salón de sesiones del parlamento, y no a la mayoría de los integrantes del órgano en cuestión.[7]

En legislaciones de algunos países, como México, se entiende como mayoría simple aquella que ocurre solo respecto de parlamentarios presentes en una sesión. En España, en cambio, existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. En Chile, la lógica es similar a la española, y cuando en las normas parlamentarias se habla de «mayoría» a secas, se entiende que es por mayoría simple de los parlamentarios asistentes a la sesión respectiva.[8]

Referencias

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  1. «plurality». Merriam-Webster Dictionary (en inglés). Consultado el 29 de diciembre de 2015. 
  2. Real Academia Española. «mayoría relativa». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). 
  3. «Preguntas frecuentes | Secretaría General». secretariageneral.uva.es. Consultado el 31 de octubre de 2024. 
  4. Real Academia Española. «mayoría simple». Diccionario panhispánico del español jurídico (edición en línea). Consultado el 5 de agosto de 2025. 
  5. Real Academia Española. «mayoría relativa». Diccionario panhispánico del español jurídico (edición en línea). Consultado el 5 de agosto de 2025. 
  6. Real Academia Española. «mayoría ordinaria». Diccionario panhispánico del español jurídico (edición en línea). Consultado el 5 de agosto de 2025. 
  7. «Mayoría simple». Sistema de Información Legislativa - Secretaría de Gobernación | Gobierno de México. Consultado el 4 de agosto de 2025. 
  8. «Cómo funcionan las mayorías simples, absolutas y calificadas en las votaciones». Radio Pauta. 16 de septiembre de 2021. Consultado el 4 de agosto de 2025. 

Véase también

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