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Diferencia entre revisiones de «Congreso de la República del Perú»

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Revisión del 18:11 27 jun 2017

Congreso de la República
Período 2016-2021

Congreso de la República del Perú

Localización
País Perú Perú
Información general
Creación
Atribuciones Título Cuarto, Capítulo I de la Constitución Política del Perú
Tipo Unicameral
Salario S/15,600/mes (base, no incluye los S/7,617 por gastos de representación)
Liderazgo
Presidente Luz Salgado Rubianes
desde el 26 de julio de 2016
Composición
Miembros 130 congresistas
Congreso Peru elecciones 2016.svg
Grupos representados   71   Fuerza Popular  20   Frente Amplio  17   Peruanos Por el Kambio  9   Alianza Para el Progreso  5   Acción Popular  5   APRA  3   Sin Bancada
Elecciones
Sistema electoral Elección directa
Última elección 10 de abril de 2016
Próxima elección general abril de 2021
Sitio web
congreso.gob.pe

El Congreso de la República del Perú o Congreso Nacional del Perú,[2]​ es el órgano que ejerce el poder legislativo en la República del Perú, ocupando una posición principal dentro del Estado Peruano. Es, desde 1995, un congreso unicameral por cuanto está conformado por una sola cámara legislativa inicialmente de 120 congresistas y partir del 28 de julio de 2011 por 130 congresistas, elegidos por múltiple distritos (por cada departamento de acuerdo a la población electoral) para un período de cinco años, coincidiendo con el período presidencial. El sistema electoral aplicado es el del voto proporcional preferencial. El actual congreso se instaló el 26 de julio del 2016.

Su sede principal es el Palacio Legislativo del Perú, ubicado en el centro histórico de Lima, a escasas cuadras de la Casa de Pizarro.

La actual Presidenta del Congreso es Luz Salgado Rubianes, representante de Lima.

Historia

Luego de la proclama protocolar de la Independencia del Perú en 1821, José de San Martín convocó a elecciones para la conformación de un Congreso Constituyente que sancionara una Carta Política para el país en ciernes. Este congreso constituyente, presidido por Francisco Xavier de Luna Pizarro, redactó la Constitución de 1823 que previó para el naciente Estado Peruano un sistema legislativo de carácter unicameral.

Las diferencias ideológicas -sobre el tipo de régimen republicano o pro monárquico- entre el Protector y el cuerpo legislativo, motivó la renuncia y retiro del país, por parte de San Martín. La misma suerte corrieron José de La Mar y José de la Riva Agüero.

En 1824, Simón Bolívar llegó al Perú y el Congreso de la República le dio amplio poder. Con Bolívar se estructuró una nueva constitución presidencialista y estableció un Congreso con tres cámaras. La de diputados, como la cámara baja, la de senadores como la cámara alta, y la de tribunos como una suprema cámara. Esta constitución, llamada "vitalicia", no llegó a regir en la práctica política y social, al retirarse el Libertador urgido por asuntos de Nueva Granada.Cf.(1)

La constitución de 1828, promulgada por José de la Mar estableció la bicameralidad, la misma que se mantuvo de manera ininterrumpida -salvo por el período de la Confederación Perú Boliviana- en todas las constituciones del Perú hasta el año 1992. Durante esos años, el congreso fue un protagonista principal de la agitada vida política del Perú. Varias veces su local fue clausurado, sus asambleas disueltas y sus presidentes nombrados como mandatarios del gobierno.

En 1956 se eligió por primera vez a nueve representantes mujeres: Irene Silva de Santolalla, María Mercedes Colina Lozano de Gotuzzo, María Eleonora Silva y Silva, Juana Ubilluz de Palacios, Lola Blanco Montesinos de La Rosa Sánchez, Alicia Blanco Montesinos de Salinas, Manuela C. Billinghurst López, Matilde Pérez Palacio Carranza y Carlota Ramos de Santolaya.

En 1968, el General EP Juan Velasco Alvarado dio un golpe de estado- Alegando la pérdida de la página once del contrato con la IPC- destituyendo al Presidente de la República Fernando Belaúnde Terry y disolvió el Congreso de la República, el mismo que no volvió a abrir sus puertas sino hasta 1978. Es en ese año en que el Presidente Francisco Morales Bermúdez, General EP, se ve forzado por las circunstancias sociales y políticas del momento, a establecer un mecanismo para que el Perú retorne a un régimen de gobierno elegido, y a una democracia formal.

La Asamblea Constituyente de 1978, liderada por Víctor Raúl Haya de la Torre, estableció una Constitución en el plazo de un año, dando lugar así a la Constitución de 1979. En dicha asamblea, el Partido Aprista y el Partido Popular Cristiano tuvieron las mayorías.

Esa constitución estableció un Congreso Bicameral donde la Cámara de Senadores se elegía por distríto único y la Cámara de Diputados por distrito múltiple (por cada Departamento, hoy Regiones). Este congreso estuvo en funciones hasta abril de 1992, siendo el que rigió durante los gobiernos de Fernando Belaúnde Terry, Alan García Pérez y hasta casi la mitad del primer gobierno de Alberto Fujimori en 1992.

El 5 de abril de dicho año, Fujimori disolvió el Congreso de la República para neutralizar a sus opositores Partido Aprista Peruano y Frente Democrático. Su disolución se dio en medio de la Crisis constitucional de 1992, destituyendo así a Roberto Ramírez del Villar como Presidente de la Cámara de Diputados y a Felipe Osterling Parodi como Presidente del Senado.

En 1993 se convocó por última vez a la Asamblea Constituyente (Congreso Constituyente Democrático - CCD) quien sancionó la Constitución de 1993 (actualmente vigente). Esta Constitución estableció el modelo vigente del congreso con una sola cámara y 120 congresistas, posteriormente ampliado a 130. En 1995 la congresista Martha Chávez fue la primera mujer en la historia peruana de ejercer la Presidencia del Congreso.

En los últimos cincuenta años varios Presidentes de la República del Perú, también fueron parlamentarios electos: Fernando Belaúnde Terry, diputado independiente (1946); Alan García Pérez, diputado aprista (1980); y Valentín Paniagua Corazao, presidente de la Cámara de Diputados y presidente del Congreso.

Durante el 2005 y 2006 se habló muy seguido sobre la posibilidad de restituir la Carta Magna de 1979, aunque sin mayor éxito, ya que esta no contemplaba organismos actualmente vigentes como la Oficina Nacional de Procesos Electorales o la Defensoría del Pueblo.

Funciones

De acuerdo al artículo 102, son atribuciones del congreso:

  1. Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.
  2. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores
  3. Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
  4. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.
  5. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
  6. Ejercer el derecho de amnistía.
  7. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
  8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.
  9. Autorizar al Presidente de la República para salir del país.
  10. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la función legislativa.

Periodos Parlamentarios

Constitución de 1979

Bajo la Constitución de 1979, el congreso peruano estuvo estructurado como un sistema bicameral, conformado por una Cámara de Diputados y una Cámara de Senadores. La continuidad de esta estructura fue rota con el Autogolpe de 1992 del entonces presidente Alberto Fujimori que disolvió el Congreso para posteriormente convocar a un Congreso Constituyente que redactó la actual Constitución de 1993 y adoptó el sistema Unicameral. Una vez culminada la redacción del nuevo texto constitucional, este Congreso siguió funcionando hasta 1995 como un congreso ordinario (facultades legislativas).

Denominación Periodo
Periodo parlamentario 1980-1985 del Congreso de la República del Perú 1980-1985
Periodo parlamentario 1985-1990 del Congreso de la República del Perú 1985-1990
Periodo parlamentario 1990-1992 del Congreso de la República del Perú 1990-1992

Constitución de 1993

Bajo la actual Constitución de 1993 el Perú adoptó un sistema unicameral. Asimismo, de acuerdo con el Reglamento Interno del Congreso (Art. 47°) un periodo parlamentario tiene una duración ordinaria de cinco años que comprende desde la instalación de un nuevo Congreso elegido por sufragio popular, hasta la instalación del elegido en el siguiente proceso electoral. Asimismo, se establece (Art. 48°) que el período anual de sesiones comprende desde el 27 de julio de un año hasta el 26 de julio del siguiente año.[3]

Cada vez que se elige un nuevo Congreso se forma una Junta Preparatoria, cuyo Presidente ordena que se lea el Acta del resultado de la votación de Congresistas enviada por el Jurado Nacional de Elecciones, las normas reglamentarias pertinentes, el aviso de conformación de la Mesa Directiva de la Junta Preparatoria publicado por la Oficialía Mayor del Congreso y, finalmente, el texto de la citación publicada en el diario oficial, y de inmediato declara instalada y en sesión permanente la Junta Preparatoria del Congreso y presenta la agenda.

La sesión de Junta Preparatoria es continuada hasta que se cumpla con los asuntos de la agenda. Antes sólo puede ser suspendida. En primer lugar se procede a la incorporación formal de los Congresistas electos mediante el juramento, y luego en los días sucesivos a la elección de la Mesa Directiva del Congreso. Elegida e incorporada la Mesa Directiva del Congreso e incorporados los demás Congresistas, o el número de ellos superior a sesenta incorporados hasta la fecha de la instalación de la Junta, el Presidente del Congreso declara constituido el Congreso para el período parlamentario correspondiente y levanta la sesión de Junta Preparatoria, citando a los señores y las señoras Congresistas a la sesión de instalación del Congreso y del período anual de sesiones, para el 27 de julio.

Reunido el Pleno del Congreso el 27 de julio, el Presidente procede a la instalación del respectivo período anual de sesiones y del primer período ordinario de sesiones, citando a los Congresistas para la sesión solemne de asunción del cargo de Presidente de la República a realizarse el día 28 de julio.

Denominación Periodo
Congreso Constituyente Democrático (CCD) 1993-1995
Denominación Periodo
Periodo parlamentario 1995-2000 del Congreso de la República del Perú 1995-2000
Periodo parlamentario 2000-2001 del Congreso de la República del Perú 2000-2001
Periodo parlamentario 2001-2006 del Congreso de la República del Perú 2001-2006
Periodo parlamentario 2006-2011 del Congreso de la República del Perú 2006-2011
Periodo parlamentario 2011-2016 del Congreso de la República del Perú 2011-2016
Periodo parlamentario 2016-2021 del Congreso de la República del Perú 2016-2021

Sedes

Durante el siglo XIX, el parlamento tuvo dos sedes: la Cámara de Diputados celebraba sus sesiones en el antiguo local virreinal de la Universidad de San Marcos, y la Cámara de Senadores en la sede del extinto Tribunal de la Santa Inquisición, ambos en la llamada Plaza de las Tres Virtudes, conocida luego como del Congreso, de la Inquisición o Plaza Bolívar. Tras la demolición del antiguo local sanmarquino y la construcción del Palacio Legislativo actual, ambas cámaras del parlamento comienzan a reunirse en dicha sede.

Durante la historia del país, el congreso se convocó en varios lugares e incluso, durante la Guerra con Chile lo hizo de incógnito.

En el siglo XX el Congreso de la República se trasladó a su actual local del Palacio Legislativo del Perú en el centro de la ciudad de Lima frente a la Plaza Bolívar a escasas cinco cuadras al este del Palacio de Gobierno.

Fachada posterior del edificio del Congreso

Recientemente ha sido inaugurado una nueva sede legislativa con instalaciones ex profeso para cada una de las comisiones de trabajo y otras para el cumplimiento de otras labores del Parlamento. El edificio ha recibido el nombre del líder aprista "Víctor Raúl Haya de la Torre"

Propuestas de reforma

Como ya se ha mencionado, el Congreso era hasta 1992 un Parlamento bicameral, época en que gozaba de una baja aprobación popular. Ésa fue una de las razones por las que se dio el autogolpe y la subsecuente disolución del Congreso - "hasta la aprobación de una nueva estructura orgánica del Poder Legislativo" (A. Fujimori, 5 de abril de 1992)[4]" - autogolpe y disolución que gozaron de un masivo apoyo popular bordeando el 80 % de la población. Hoy, sin embargo, a más de 13 años de haberse instalado la unicameralidad, la sensación general es que el Parlamento es cada vez más corrupto y sobre todo mediocre: es por ello que distintos analistas, constitucionalistas, y agrupaciones políticas han propuesto diversas reformas para el Parlamento; algunas de las cuales iban a ser discutidas por el Pleno del Congreso en junio de 2008[5]​ (finalmente el debate se frustró y fue postergado). Los dos puntos principales a los que dichas propuestas de reforma suelen referise son a la estructura del Poder Legislativo y al modo de elección de sus miembros.

Entre las propuestas más modestas se cuentan la renunciabilidad del cargo para los parlamentarios reelectos -propuesta impulsada por Javier Valle Riestra-, y la vacancia en el cargo para los que falten reiterada e injustificadamente a las sesiones del Pleno -impulsada por el otrora presidente de la Cámara Luis Gonzales Posada-; esto último con el fin de asegurar un amplio quorum para tales sesiones, en donde normalmente apenas si se cumple el reglamentario. Otra propuesta renovadora, planteada por el ex presidente del Parlamento Henry Pease, es sancionar severamente el transfuguismo al interior del hemiciclo.[6][7]

Un punto que se ha tocado es el voto preferencial en las elecciones congresales: su existencia "focaliza la política en el congresista y no en el partido como actor principal en el juego democrático[8]​" (Alberto Adrianzén), y genera graves conflictos y pugnas intestinas que desgarran los partidos políticos y las bancadas congresales. Cada congresista debe pelear su curul con su propio correligionario y cuando llegan al Congreso, el individualismo reina. Sin embargo, para la eliminación de dicho mecanismo -propuesta que ha encontrado eco en las voces de políticos como Felipe Osterling,[9]Susana Villarán[10]​ y Henry Pease[6]​-, se requeriría implementar una verdadera democracia interna en los partidos políticos, para lo que han sido presentados sendos proyectos de reforma ante el Congreso con el fin de que la ONPE organice las elecciones internas y sea el JNE quien administre la justicia electoral en esos casos.

"(El) voto preferencial que pudo haber tenido un sentido democrático en su momento pero que se ha convertido en una competencia salvaje entre candidatos de una misma lista. Si históricamente tuvo sentido para romper el control de los partidos en el orden de las listas para permitir que los ciudadanos tuvieran una palabra, ahora resulta contraproducente.
Muchas de estas decisiones dependen de los tiempos. (...) En Paraguay, (...) (donde un) partido que viene gobernando hace sesenta años –el partido Colorado, creación del dictador Stroessner–, (...) el voto preferencial podría tener muchísimo sentido. El control de la cúpula partidaria es férreo y la democracia interna muy discutible.
El caso paraguayo ilustra bien las diferentes necesidades de reforma política que tienen nuestros países. En el Perú la supresión del voto preferencial es vital; en Paraguay su instauración podría significar un gran cambio.[11]​"
Pepi Patrón, docente de la PUCP.

Otro asunto propuesto es la restitución de la bicameralidad, reforma que en el Congreso ha sido impulsada por el Partido Aprista, el Partido Popular Cristiano y Acción Popular, principalmente. La propuesta, sin embargo, no goza de mucha simpatía en la población, principalmente porque se cree que implicaría un mayor presupuesto. A favor de la propuesta se encuentran distintos argumentos, como el que dos cámaras legislativas representarían mejor a la población por su número y su diferencia de naturalezas, y que asimismo ellas viabilizarían leyes mejor analizadas y de mayor calidad jurídica. Muchos juristas coinciden en que si se implementaran ambas cámaras, con claras diferencias en atribuciones y naturaleza -una reflexiva (el Senado) y otra más política (la Diputación), como el hecho de que las iniciativas legislativas se tramiten únicamente en la segunda-, esto sería positivo.

"Lo que hoy tenemos es un congreso unicameral de 120 miembros, que no corresponde a un país como el nuestro. La bicameralidad permite una mejor representación (poblacional, territorial), un mejor control de las leyes a través de la revisión, una mejor elección de altos funcionarios del Estado, entre otras cosas.
En términos comparados, las democracias más estables y modernas son bicamerales. Además del criterio histórico, el tamaño del país ha sido importante. Es por eso que entre los 10 países más poblados del mundo, casi todos son bicamerales, mientras que en la lista de los más pequeños, casi todos son unicamerales.
Los congresos unicamerales --como el nuestro-- se encuentran generalmente en países pequeños (los de Centroamérica, Bhutan, Namibia, etc.), nórdicos de monarquías constitucionales (Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia), socialistas (China, Cuba), ex socialistas (Georgia, Hungría, Lituania, Albania) o reformados por gobiernos autoritarios (Venezuela con Chávez y Perú, con Fujimori). El resto, salvo excepciones, son bicamerales.[12]​"
Fernando Tuesta Soldevilla, ex jefe de la ONPE, director del Instituto de Opinión Pública de la PUCP.
"Luego de más de 11 años de Congreso Unicameral, el cambio más importante que contiene esta propuesta es que se opta por el retorno a la bicameralidad.(...)
Es preciso señalar que el régimen de cámara única conlleva el peligro de la Dictadura o el despotismo de asamblea. Esa es la verdadera razón que justifica Ia existencia del Senado, el cual, de alguna manera equilibre al peso de la Cámara de Diputados.
A manera de parangón podemo sindicar que en el modelo federal de los Estados Unidos, el Senado representa a los Estados, en tanto que la Cámara Baja representa directamente a la población.(...) Pero el Senado no es exclusivo del régimen federal. También existe en el Régimen Unitario por excelencia, que es el de Francia.(...)
En el Perú, salvo la Constitución de 1823, la bolivariana o vitalicia de 1826, la de 1867 y la de Fujimori de 1993, nuestras Constituciones han consagrado uniformemente el régimen bicameral. Si el Senado y la Cámara de Diputados tienen el mismo origen y si desempeñan idéntica funclón, entonces una cámara no viene a ser sino duplicación de la otra. En el texto constitucional de 1979 se desplegó un gran esfuerzo para que el Senado y la Cámara de Diputados tengan diversa procedencia electoral y para que desempeñen funciones distintas si bien comparten inevitablemente la misión esencial del Congreso, que es la de dar leyes. Esta misma visión es la que recogemos en el presente proyecto(...); posibilitando que la Cámara de Diputados sea eminentemente política y de iniciativa y el Senado se desempeñe propiamente como Cámara de reflexión y revisión.[13]​"
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, Proyecto de Ley 00589/2006-CR, Célula Parlamentaria Aprista.

Con respecto al modo de elección de las eventuales cámaras, hay consenso en que la Cámara baja heredaría el modo de elección del actual Congreso; mientras tanto, en el caso del Senado, se han propuesto el distrito electoral único nacional, y la existencia de un número igual de senadores -dos o tres- para cada región del país.

Otro punto importante es la reducción del mandato parlamentario: renovación por tercios del Parlamento unicameral o, ya en la bicameralidad, un Senado elegido cada cinco años y una Diputación que se renueve por mitades cada dos años -un mandato de cuatro años de cada diputado-.[6][7]​ Asimismo, se ha propuesto trasladar la simultaneidad de las elecciones presidenciales y congresales, a la segunda vuelta electoral con la finalidad de asegurarle mayoría al nuevo presidente; otros, por el contrario, estarían a favor de desligar completamente la elección presidencial y la congresal.

Otras propuestas son: la incorporación los partidos y movimientos regionales a la política nacional;[14]​ el financiamiento estatal de los partidos políticos en el Perú;[11][6]​ la adopción de la institución del ombuds o "Defensor de la Política" en la Ley de Partidos, para que cautele la ética política y reciba las quejas ciudadanas de quienes son representantes o funcionarios de confianza,[15]etcétera.

Véase también

Referencias

Enlaces externos