Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (España)

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Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, para el Derecho español, son un conjunto de fuerzas de seguridad de carácter profesional y permanente, que la Ley Orgánica 2/1986 pone al servicio de las Administraciones Públicas para el mantenimiento de la Seguridad Pública.[1]

Contenido

[editar] Estructura

Mapa con las distintas policías de España.
* Grisáceo: CC.AA. sin U.A. (Unidades Adscritas) o sin policía independiente del CNP.
* Naranja claro: * CC.AA. en proceso de obtención de una U.A. del CNP.
* Naranja medio: CC.AA. con U.A. del CNP.
* Naranja oscuro: CC.AA. con una policía independiente al CNP.

La organización territorial de España supone la existencia de tres niveles administrativos (nacional, autonómico y local). De esta manera, cada Administración territorial tiene o puede tener un cuerpo de seguridad inserto en su organización.

Conforme al artículo 2 de la Ley Orgánica 2/1986, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se componen de:

  • Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la nación.
  • Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.
  • Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.

[editar] Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

Cabe distinguir entre "Fuerzas y Cuerpos de Seguridad" que son los formados por todas las policías, y "Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado" que se refiere únicamente a las fuerzas de seguridad de la Administración General del Estado.

Dependientes del Gobierno de la nación, se encuentra el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil.

[editar] Policías de las Comunidades Autónomas

En algunas comunidades autónomas existen cuerpos de policía dependientes del gobierno de las mismas, variando de una a otra sus atribuciones y competencias:

[editar] Policías locales

En los municipios, dependientes del ayuntamiento local, existen cuerpos de policía llamados, según la zona, Policía local, Policía municipal o Guardia Urbana.


  • BESCAM (Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Madrid) en Madrid No se trata de policía autonómica sino de un enete para dar servicio depolicía local a los municipios demasiado pequeños para costearla solos y reforzar la de otros de tamaño mediano.

[editar] Enlaces externos

[editar] Referencias

  1. Art. 1.4 LO 2/1986
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