Congreso de la República de Guatemala

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Congreso de la República de Guatemala
Tipo Unicameral
Presidente José Roberto Alejos Cámbara, Unidad Nacional de la Esperanza
desde 2008
Primer Vicepresidente Jorge Mario Barrios Falla, Gran Alianza Nacional
desde 2008
Miembros 158 diputados
Grupos representados Unidad Nacional de la Esperanza, Partido Patriota, Gran Alianza Nacional, Frente Republicano Guatemalteco, Bloque Independiente Bancada Guatemala, Partido Unionista, Unión del Cambio Nacional, Centro de Acción Social, Encuentro por Guatemala, Partido Avanzada Nacional, Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, Unión Democrática
Sede Ciudad de Guatemala
Página web http://www.congreso.gob.gt/

El Congreso de la República es el órgano unicameral que ejerce el Poder Legislativo de Guatemala, está conformado por diputados electos de manera directa por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años pudiendo ser reelectos. El Congreso de la República inicia sesiones el 14 de enero al 15 de mayo de cada año y del 1 de agosto al 30 de noviembre de cada año.

El actual Presidente del Congreso de la República de Guatemala es el Lic. José Roberto Alejos Cámbara, Diputado de la bancada Unidad Nacional de la Esperanza.


Contenido

[editar] Potestad Legislativa del Congreso de la República de Guatemala

Según el Art. 157 de la Constitución Política de la República de Guatemala tiene la potestad legislativa corresponde al Congreso de la República de Guatemala.


[editar] Sesiones del Congreso de la República de Guatemala

El período anual de sesiones del Congreso de la República de Guatemala se inicia el 14 de enero de cada año, sin necesidad de convocatoria. El Congreso se reunirá en sesiones ordinarias del 14 de enero al 15 de mayo y del 1 de agosto al 30 de noviembre de cada año. Se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocado por la Comisión Permanente o por el Organismo Ejecutivo para conocer los asuntos que motivaron la convocatoria. Podrá conocer de otras materias con el voto favorable de la mayoría absoluta del total de diputados que lo integran. El veiticinco por ciento de diputados o más tiene derecho a pedir a la Comisión Permanente la convocatoria del Congreso por razones suficientes de necesidad o conveniencia pública. Si la solicitare por lo menos la mitad más uno del total de diputados, la Comisión Permanente deberá proceder inmediatamente a su convocatoria.

[editar] Aprobación del Congreso de la República de Guatemala: Mayoría Calificada

El Congreso de la República de Guatemala podrá aprobar cualquier Ley, Decreto, Resolución, Tratado o Convenio Internacional, etc. con el voto favorable de las dos terceras partes del total de diputados que conforman el Congreso de la República de Guatemala, lo que quiere decir actualmente el voto favorable de 105 diputados de los 158 diputados que forman dicha institución.


[editar] Funciones del Congreso de la República de Guatemala

Corresponde al Congreso de la República de Guatemala, lo establecido en la Constitución Política de la Répública de Guatemala, Título IV: Poder Público, Capítulo II: Organismo Legislativo, Sección II: Atribuciones del Congreso, lo siguiente:


[editar] Atribuciones(Art.165)

a. Abrir y cerrar sus períodos de sesiones;

b. Recibir el juramento de Ley al Presidente y Vicepresidente de la República, al Presidente del Organismo Judicial y darles posesión de sus cargos;

c. Aceptar o no la renuncia del Presidente o del Vicepresidente de la República. El Congreso comprobará la autenticidad de la renuncia respectiva;

d. Dar posesión de la Presidencia de la República, al Vicepresidente en caso de ausencia absoluta o temporal del Presidente,

e. Conocer con anticipación, para que los efectos de la sucesión temporal, de la ausencia del territorio nacional del Presidente y Vicepresidente de la República. En ningún caso podrán ausentarse simultáneamente el Presidente y Vicepresidente.

f. Elegir a los funcionarios que, de conformidad con la Constitución y la Ley, deban ser designados por el Congreso; aceptarles o no la renuncia y elegir a las personas que han de sustituirlos;

g. Desconocer al Presidente de la República si, habiendo vencido su período constitucional, continúa en el ejercicio del cargo. En tal caso, el Ejército pasará automáticamente a depender del Congreso;

h. Declarar si da lugar o no a formación de causa contra el Presidente y Vicepresidente de la República, Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo Electoral, y de la Corte de Constitucionalidad, Ministros, Viceministros de Estado, cuando estén encargados del Despacho, Secretarios de la Presidencia de la República, Subsecretarios que los sustituyan, Procurador de los Derechos Humanos, Fiscal General y Procurador General de la Nación.

Toda resolución sobre esta materia ha de tomarse con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso

i. Declarar, con el voto de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso, la incapacidad física o mental del Presidente de la República para el ejercicio del cargo. La declaratoria debe fundarse en dictamen previo de una comisión de cinco médicos, designados por la Junta Directiva del Colegio respectivo a solicitud del Congreso;

j. Interpelar a los ministros de Estado y conceder condecoraciones propias del Congreso de la República, a guatemaltecos y extranjeros; y

k. Todas las demás atribuciones que le asigne la Constitución y otras leyes.

[editar] Atribuciones Específicas(Art.170)

a. Calificar las credenciales que extenderá el Tribunal Supremo Electoral a los diputados electos;

b. Nombrar y remover a su personal administrativo. Las relaciones del Organismo Legislativo con su personal administrativo, técnico y de servicios, será regulado por una ley específica, la cual establecerá el régimen de clasificación de sueldos, disciplinario y de despidos;

Las ventajas laborales del personal del Organismo Legislativo, que se hubieren obtenido por ley, acuerdo interno, resolución o por costumbre, no podrán ser disminuidas o tergiversadas;

c. Aceptar o no las renuncias que presentaren sus miembros;

d. Llamar a los diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios; y

e. Elaborar y aprobar su presupuesto, para ser incluido en el del Estado.


[editar] Otras Atribuciones(Art.171)

a. Decretar, reformar y derogar las leyes;

b.Aprobar, modificar o improbar, a más tardar treinta días antes de entrar en vigencia, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado. El ejecutivo deberá enviar el proyecto de presupuesto al Congreso con ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal. Si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior, el cual podrá ser modificado o ajustado por el Congreso;

c. Decretar impuestos ordinarios y extraordinarios conforme a las necesidades del Estado y determinar las bases de su recaudación;

d. Aprobar o improbar anualmente, en todo o en parte, y previo informe de la Contraloría de Cuentas, el detalle y justificación de todos los ingresos y egresos de las finanzas públicas, que le presente el Ejecutivo sobre el ejercicio fiscal anterior;

e. Decretar honores públicos por grandes servicios prestados a la Nación. En ningún caso podrán ser otorgados al Presidente o Vicepresidente de la República, en el período de su gobierno, ni a ningún otro funcionario en el ejercicio de su cargo;

f. Declarar la guerra y aprobar o improbar los tratados de paz;

g. Decretar amnistía por delitos políticos y comunes conexos cuando lo exija la conveniencia pública;

h. Fijar las características de la moneda, con opinión de la Junta Monetaria;

i. Contraer, convertir, consolidar o efectuar otras operaciones relativas a la deuda pública interna o externa. En todos los casos deberá oírse previamente las opiniones del ejecutivo y de la Junta Monetaria;

Para que el Ejecutivo, la Banca Central o cualquier otra entidad estatal pueda concluir negociaciones de empréstitos u otras formas de deudas, en el interior o en el exterior, será necesaria la aprobación previa del Congreso, así como para emitir obligaciones de toda clase;

j. Aprobar o improbar los proyectos de ley que sobre reclamaciones al Estado, por créditos no reconocidos, sean sometidos a su conocimiento por el Ejecutivo y señalar agenaciones especiales para su pago o amortización. Velar porque sean debidamente pagad os los créditos contra el Estado y sus instituciones derivados de condenas de los tribunales;

k. Decretar, a solicitud del Organismo Ejecutivo, reparaciones o indemnizaciones en caso de reclamación internacional, cuando no se haya recurrido a arbitraje o a juicio internacional;

l. Aprobar, antes de su ratificación los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando:

1. Afecten a leyes vigentes para las que esta Constitución requiera la misma mayoría de votos.

2. Afecten el dominio de la Nación, establezcan la unión económica o política de Centroamérica, ya sea parcial o total, o atribuyan o transfieran competencias a organismos, instituciones o mecanismos creados dentro de un ordenamiento jurídico comunitario concentrado para realizar objetivos regionales y comunes en el ámbito centroamericano.

3. Obliguen financieramente al Estado, en proporción que exceda al uno por ciento del Presupuesto de Ingresos Ordinarios o cuando el monto de la obligación sea indeterminado.

4. Constituyen compromiso para someter cualquier asunto a decisión judicial o arbitraje internacionales.

5. Contengan cláusula general de arbitraje o de sometimiento a jurisdicción internacional; y

6. Nombrar comisiones de investigación en asuntos específicos de la administración pública, que planteen problemas de interés nacional.

[editar] Funcionarios del Congreso de la República de Guatemala: Diputados

Los Diputados del Congreso de la República de Guatemala son funcionarios del Estado, los cuales representan al pueblo en toda actividad política u otra actividad que competa a la población de Guatemala.


[editar] Requisitos para ser Diputados

Para ser electo Diputado del Congreso de la República de Guatemala, se requiere lo siguiente:

a. Ser guatemalteco de origen; y

b. Estar en el ejercicio de sus derechos ciudadanos.


[editar] Prerrogativas de los Diputados

Los diputados son representantes del pueblo y dignatarios de la Nación; como garantía para el ejercicio de sus funciones gozarán, desde el día que se les declare electos, de las siguiente prerrogativas:

a. Inmunidad personal para no ser detenidos ni juzgados, si la Corte Suprema de Justiciano declara previamente que ha lugar a formación de causa, después de conocer el informe del juez pesquisidor que deberá nombrar para el efecto. Se exceptúa el caso de flagrante delito en que el diputado sindicado deberá ser puesto inmediatamente a disposición de la Junta Directiva o Comisión Permanente del Congreso para los efectos del antejuicio correspondiente.

b. Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar los negocios públicos, en el desempeño de su cargo.

Todas las dependencias del Estado tienen la obligación de guardar a los diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura. Estas prerrogativas no autorizan arbitrariedad, exceso de iniciativa personal o cualquier orden de maniobra tendientes a vulnerar el principio de no reelección para el ejercicio de la Presidencia de la República. Sólo el Congreso será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para imponer las sanciones disciplinarias pertinentes.

Hecha la declaración a que se refiere el inciso a) de este artículo, los acusados quedan sujetos a la jurisdicción de juez competente. Si se les decretare prisión provisional quedan suspensos en sus funciones en tanto no se revoque el auto de prisión.

En caso de sentencia condenatoria firme, el cargo quedará vacante.


[editar] Prohibiciones para no optar al cargo de Diputados

No pueden ser diputados:

a. Los funcionarios y empleados de los Organismos Ejecutivo, Judicial y del Tribunal y Contraloría de Cuentas, así como los Magistrados del Tribunal Supremo Electoral y el director del Registro de Ciudadanos. Quienes desempeñen funciones docentes y los profesionales al servicio de establecimientos de asistencia social, están exceptuados de la prohibición anterior;

b. Los contratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos del Estado o del municipio, sus fiadores y los que de resultas de tales obras o empresas, tengan pendiente reclamaciones de interés propio;

c. Los parientes del Presidente de la República y los del Vicepresidente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;

d. Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia firme, no hubieren solventado sus responsabilidades;

e. Quienes representen intereses de compañías o personas individuales que exploten servicios públicos; y

f. Los militares en servicio activo.

Si al tiempo de su elección o posteriormente, el electo resultare incluido en cualquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarará vacante su puesto, pero si fuera de los comprendidos en los literales a) y e) podrá optar entre el ejercicio de esas funciones o el cargo de diputado. Es nula la elección de diputado que recayere en funcionario que ejerza jurisdicción en el distrito electoral que lo postula, o la hubiere ejercido tres meses antes de la fecha en que se haya convocado a la elección.

El cargo de diputado es compatible con el desempeño de misiones diplomáticas temporales o especiales y con la representación de Guatemala en congresos internacionales.


[editar] Elección de los Diputados

El Congreso de la República de Guatemala esta compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en sufragio universal y secreto, por el sistema de distritos electorales y lista nacional, para un periodo d cuatro años, pudiendo ser reelectos.

Cada uno de los Departamentos de la República de Guatemala, constituye un distrito electoral. El Municipio de Guatemala forma el distrito central, y los otros municipios del Departamento de Guatemala constituyen el distrito de Guatemala. Por cada distrito electoral deberá elegirse como mínimo un diputado. La Ley establece el número de diputados que correspondan a cada distrito en proporción a la población(Actualmente es un diputado por cada ciento ochenta mil personas). Un número equivalente al veinticinco por ciento de diputados distritales será electo directamente como diputados por lista nacional.

En caso de falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Las vacantes se llenarán, según el caso, llamando al postulante que aparezca en la respectiva nómina distrital o lista nacional a continuación del último cargo adjudicado.


[editar] Autorización a Diputados para desempeñar otro Cargo Público

Los diputados pueden desempeñar el cargo de Ministro o Funcionario del Estado o de cualquier otra entidad descentralizada o autónoma. En estos casos deberá concedérseles permiso por el tiempo que duren en sus funciones ejecutivas. En su ausencia temporal, será sustituido por el diputado suplente que corresponda.


[editar] Listado de Diputados

El Listado de los Diputados que conforman actualmente el Congreso de la República de Guatemala para la VI Legislatura(2008-2012), podrá verlo en la página oficial del Congreso de la República de Guatemala


[editar] Bancadas: Composición del Congreso de la República de Guatemala

El siguiente cuadro muestra la composición del Congreso de la República para la legislatura VI para el período 2008-2012 y el número de miembros por bancada política:

Partido Político Nº de Diputados Jefe de Bancada Subjefe de Bancada
Unidad Nacional de la Esperanza 40 Mario Taracena Díaz-Sol Félix Ovidio Monzón Pedroza
Partido Patriota 26 Ingrid Roxana Baldetti Elias Oscar Salvador Córdova Sierra
Gran Alianza Nacional 24 Jaime Antonio Martínez Lohayza Manuel De Jesús Barquín Durán
Bloque Independiente Bancada Guatemala 16 Luis Alberto Contreras Colindres Julio Recinos Castañeda
Frente Republicano Guatemalteco 14 Oswaldo Iván Arévalo Barrios Luis Fernando Pérez Martínez
Partido Unionista 7 Mariano Rayo Muñoz José Alejandro Arévalo Alburez
Independientes 5 ----- -----
Unión del Cambio Nacional 5 César Leonel Soto Arango Baudilio Elinohet Hichos López
Centro de Acción Social 3 Félix Adolfo Ruano de León Franciso José Contreras Contreras
Encuentro por Guatemala 3 Rodolfo Aníbal García Hernández Otilia Inés Lux García
Partido Avanzada Nacional 2 Carlos Yat Sierra Joel Rubén Martinez Herrera
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca 2 Héctor Alfredo Niula Ericastilla Walter Rolando Félix López
Unión Democrática 1 Graciela Emilenne Mazarriegos -----
Movimiento Reformador 0 ----- -----
Democracia Cristiana Guatemalteca 0 ----- -----
Desarrollo Integral Auténtico 0 ----- -----
Unión Democrática 0 ----- -----
TOTAL 158 Diputados El No. Total de Diputados Elegidos es: 1 por cada 180.000 habitantes

[editar] Junta Directiva y Comisión Permanente del Congreso de la República de Guatemala

El Congreso de la República de Guatemala elige, cada año, a la Junta Directiva del Congreso de la República de Guatemala y también elige a la Comisión Permanente del Congreso de la República de Guatemala, al final del período de sesiones ordinarias. Ambas son presididas por el Presidente del Congreso de la República, a continuación se presenta la actual Junta Directiva del Congreso de la República de Guatemala:


Junta Directiva: Sexta Legislatura (2008-2012)

Junta Directiva: (2009-2010)

Nombre Cargo Partído Político
José Roberto Alejos Cámbara Presidente (a) Unidad Nacional de la Esperanza
Jorge Mario Barrios Falla Primer Vicepresidente (a) Gran Alianza Nacional
Arístides Baldomero Crespo Villegas Segundo Vicepresidente (a) Frente Republicano Guatemalteco
Julio Recinos Castañeda Tercer Vicepresidente (a) Bloque Independiente Bancada Guatemala
Maura Estrada Mansilla Primer Secretario (a) Unidad Nacional de la Esperanza
Baudilio Elinohet Hichos López Segundo Secretario (a) Unión del Cambio Nacional
Lilian Elizabeth Donis Tercer Secretario (a) Libertad Democrática
Reynabel Estrada Roca Cuarto Secretario (a) Gran Alianza Nacional
Zury Ríos Montt de Weller Quinto Secretario (a) Frente Republicano Guatemalteco


[editar] Juntas Directivas del Congreso de la República de Guatemala

A continuación se presentarán las anteriores Juntas Directivas del Congreso de la República de Guatemala, las cuales datan desde el año de 1996 hasta la actualidad.


Junta Directiva: Primera Legislatura (1988-1992)

Junta Directiva: Segunda Legislatura (1992-1996)

Junta Directiva: Tercera Legislatura (1996-2000)

Junta Directiva: (1996-1997)

Nombre Cargo
Carlos Alberto García Regás Presidente (a)
Jorge Rolando Barrientos Pellecer Primer Vicepresidente (a)
Rafael Eduardo Barrios Flores Segundo Vicepresidente (a)
Rudio Lecsan Mérida Herrera Tercer Vicepresidente (a)
Enrique Alejos Close Primer Secretario (a)
Froylán Miguel Villatoro San José Segundo Secretario (a)
Macario Efrain Oliva Murralles Tercer Secretario (a)
Ana María Villegas de Fortín Cuarto Secretario (a)
Mario Isidoro Sarceño Jiménez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (1997-1998)

Nombre Cargo
Arabella Castro Quiñones Presidente (a)
Rafael Eduardo Barrios Flores Primer Vicepresidente (a)
Arturo Guillermo de la Cruz Gelpcke Segundo Vicepresidente (a)
Rosalina Tuyúc Velásquez Tercer Vicepresidente (a)
Francisco Javier Castellanos de León Primer Secretario (a)
Angel Mario Salazar Mirón Segundo Secretario (a)
Mauricio Nohé León Corado Tercer Secretario (a)
César Augusto Antonio Fortuny Ardón Cuarto Secretario (a)
Everardo Ramírez Yat Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (1998-1999)

Nombre Cargo
Rafael Eduardo Barrios Flores Presidente (a)
Gladys Anabella de León Ruíz Primer Vicepresidente (a)
Jorge Rolando Barrientos Pellecer Segundo Vicepresidente (a)
Mario Hugo Miranda Fuentes Tercer Vicepresidente (a)
Mario Fernando Flores Ortíz Primer Secretario (a)
Rubén Darío Morales Véliz Segundo Secretario (a)
Mario Isidoro Sarceño Jiménez Tercer Secretario (a)
Mario Arturo Portillo y Portillo Cuarto Secretario (a)
Víctor Leonel Ramírez Hernádez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (1999-2000)

Nombre Cargo
Leonel Eliseo Lopez Rodas Presidente (a)
Domingo Salvador Rodas Soto Primer Vicepresidente (a)
Rubén Darío Morales Véliz Segundo Vicepresidente (a)
Ana María Villegas de Fortín Tercer Vicepresidente (a)
Arturo Guillermo de la Cruz Gelpcke Primer Secretario (a)
Jorge Enrique Passarelli Urrutia Segundo Secretario (a)
Antonio Ochoa Tercer Secretario (a)
Francisco Luis Enrique González Villatoro Cuarto Secretario (a)
Leonardo Macario González Gómez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: Cuarta Legislatua (2000-2004)

Junta Directiva: (2000-2001)

Nombre Cargo
José Efraín Ríos Montt Presidente (a)
César Leonel Soto Arango Primer Vicepresidente (a)
Zury Mayté Ríos Montt Segundo Vicepresidente (a)
Luis Alfonso Rosales Marroquín Tercer Vicepresidente (a)
Carlos Rodolfo Wohlers Monroy Primer Secretario (a)
Carlos Humberto Hernández Rubio Segundo Secretario (a)
Gumercindo Donis Revolorio Tercer Secretario (a)
José Leopoldo Cruz Clavería Cuarto Secretario (a)
Sulema Friné Paz Barranco de Rodríguez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2001-2002)

Nombre Cargo
José Efraín Ríos Montt Presidente (a)
Luis Alfonso Rosales Marroquín Primer Vicepresidente (a)
Zury Mayté Ríos Montt Segundo Vicepresidente (a)
Ramiro de León Carpio Tercer Vicepresidente (a)
Carlos Rodolfo Wohlers Monroy Primer Secretario (a)
Rudio Lecsan Mérida Herrera Segundo Secretario (a)
Edgar Alberto Herman Morales Tercer Secretario (a)
Jorge Alfonso Ríos Castillo Cuarto Secretario (a)
Carlos Enrique Bautista Godínez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2002-2003)

Nombre Cargo
José Efraín Ríos Montt Presidente (a)
Carlos Humberto Hernández Rubio Primer Vicepresidente (a)
Zury Mayté Ríos Montt Segundo Vicepresidente (a)
Jorge Arévalo Valdez Tercer Vicepresidente (a)
Haroldo Eric Quej Chen Primer Secretario (a)
Aura Marina Otzoy Colaj Segundo Secretario (a)
Juan Luis González García Tercer Secretario (a)
Edgar Leonel Rodríguez Lara Cuarto Secretario (a)
Marvin Haroldo García Buenafé Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2003-2004)

Nombre Cargo
José Efraín Ríos Montt Presidente (a)
Carlos Humberto Hernández Rubio Primer Vicepresidente (a)
Zury Mayté Ríos Montt Segundo Vicepresidente (a)
Jorge Arévalo Valdez Tercer Vicepresidente (a)
Haroldo Eric Quej Chen Primer Secretario (a)
Enrique Pinto Martínez Segundo Secretario (a)
Gloria Marina Barillas Carías Tercer Secretario (a)
Carlos Enrique Tevalán de León Cuarto Secretario (a)
Luis Fernando Pérez Martínez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: Quinta Legislatura (2004-2008)

Junta Directiva: (2004-2005)

Nombre Cargo
Francisco Rolando Morales Chávez Presidente (a)
Rubén Darío Morales Veliz Primer Vicepresidente (a)
Jorge Méndez Herbruger Segundo Vicepresidente (a)
Gudy Rivera Estrada Tercer Vicepresidente (a)
Sergio Leonel Celis Navas Primer Secretario (a)
Carlos Waldemar Barillas Herrera Segundo Secretario (a)
José Conrado García Hidalgo Tercer Secretario (a)
Adolfo Otoniel Fernández Escobar Cuarto Secretario (a)
Manuel Antonio Baldizón Méndez Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2005-2006)

Nombre Cargo
Jorge Méndez Herbruger Presidente (a)
Alejandro Maldonado Aguirre Primer Vicepresidente (a)
Édgar Leonel Rodríguez Lara Segundo Vicepresidente (a)
Ingrid Roxana Baldetti Elías Tercer Vicepresidente (a)
Mauricio Nohé León Corado Primer Secretario (a)
Luis Fernando Pérez Martínez Segundo Secretario (a)
Héctor Julio Pérez Rojas Tercer Secretario (a)
Carlos Alberto Solórzano Rivera Cuarto Secretario (a)
Francisco Javier Del Valle Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2006-2007)

Nombre Cargo
Jorge Méndez Herbruger Presidente (a)
Oliverio García Rodas Primer Vicepresidente (a)
Baudilio Elinohet Hichos López Segundo Vicepresidente (a)
Rubén Dario Morales Veliz Tercer Vicepresidente (a)
Mauricio Nohe León Coronado Primer Secretario (a)
Pedro Pablo Palma Lau Segundo Secretario (a)
Otto Ely Zea Sierra Tercer Secretario (a)
Job Ramiro García y García Cuarto Secretario (a)
Francisco Javier Del Valle Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: (2007-2008)

Nombre Cargo
Ruben Dario Morales Véliz Presidente (a)
Oliverio García Rodas Primer Vicepresidente (a)
Osawaldo Iván Arevalo Barrio Segundo Vicepresidente (a)
Héctor Julio Pérez Rojas Tercer Vicepresidente (a)
Jorge Mario Vásquez Velásquez Primer Secretario (a)
Haroldo Eric Quej Chén Segundo Secretario (a)
Mario Israel Rivera Cabrera Tercer Secretario (a)
Job Ramiro García y García Cuarto Secretario (a)
Elmer Medardo Cruz González Navarro Quinto Secretario (a)


Junta Directiva: Sexta Legislatura (2008-2012)

Junta Directiva: (2008-2009)

Nombre Cargo
Arístides Baldomero Crespo Villegas Presidente (a)
Ferdy Noel Berganza Bojorquez Primer Vicepresidente (a)
Pablo Manuel Duarte Sáenz de Tejada Segundo Vicepresidente (a)
Maura Estrada Mansilla Tercer Vicepresidente (a)
José Roberto Alejos Cámbara Primer Secretario (a)
Baudilio Elinohet Hichos López Segundo Secretario (a)
Zury Ríos Montt de Weller Tercer Secretario (a)
Rosa Elvira Zapeta Osorio Cuarto Secretario (a)
Pedro Pascual Simón Vásquez Quinto Secretario (a)


[editar] Comisiones Permanentes del Congreso de la República de Guatemala

Las Comisiones Permanentes del Congreso de la República de Guatemala datan desde 1996, ya que al igual que las Juntas Directivas del Congreso de la República de Guatemala están formadas por sus mismo miembros(por lo cual para ver las anteriores Comisiones Permanentes del Congreso de la República de Guatemala ver las anteriores Juntas Directivas del Congreso de la República de Guatemala).

[editar] Presidente del Congreso de la República de Guatemala

El Presidente del Congreso de la República de Guatemala, es la persona que preside el Organismo Legislativo(Congreso de la República de Guatemala y sus dependencias), durá un año en el cargo, pudiendo ser reelecto. Entre sus funciones esta llamar a los diputados del Congreso de la República de Guatemala a reuniones extraordinarias, como por ejemplo cuando es de urgencia nacional.


[editar] Elección del Presidente del Congreso de la República de Guatemala

El Presidente del Congreso de la República de Guatemala es elegido al finalizar el período de sesiones ordinarias junto con los demás miembros de la Junta Directiva y la Comisión Permanente.


[editar] Presidentes del Congreso de la República de Guatemala

A continuación se muestra el listado de los Presidentes del Congreso de la República de Guatemala desde el año de 1996 hasta la actualidad.

Nombre Período N° de Mandatos
01 Carlos Alberto García Regás 1996-1997
02 Arabella Castro Quiñones 1997-1998
03 Rafael Eduardo Barrios Flores 1998-1999
04 Leonel Eliseo Lopez Rodas 1999-2000
05 José Efraín Ríos Montt 2000-2004 4 Mandatos
06 Francisco Rolando Morales Chávez 2004-2005
07 Jorge Méndez Herbruger 2005-2007 2 Mandatos
08 Ruben Dario Morales Véliz 2007-2008
09 Arturo Eduardo Meyer Maldonado 2008-2009 No Finalizó su Mandato
10 Arístides Baldomero Crespo Villegas 2008-2009
11 José Roberto Alejos Cámbara 2009-2010

[editar] Comisiones del Congreso de la República de Guatemala

Actualmente las Comisiones que integran el Congreso de la República de Guatemala son:

Comisión N° de Diputados
01 Agrícultura, Ganadería y Pesca 19
02 Ambiente, Ecología y Recursos Naturales 21
03 Apoyo Técnico 08
04 Asuntos Municipales 16
05 Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas 21
06 Cooperativismo y Organizaciones No Gubernamentales 09
07 Cultura 09
08 De la Mujer 12
09 Defensa del Consumidor y el Usuario 09
10 Defensa Nacional 17
11 Del Menor y de la Familia 14
12 Deportes 21
13 Derechos Humanos 11
14 Descentralización y Desarrollo 10
15 Economía y Comercio Exterior 19
16 Educación, Ciencia y Tecnología 18
17 Energía y Minas 21
18 Específica de Asuntos Electorales 20
19 Específica de Seguimiento a la Reforma del Sector Financiero 07
20 Específica para la Integración y Desarrollo de Petén 16
21 Específica para la Paz y el Desminado 11
22 Extraordinaria de Apoyo a la Recaudación Tributaria 09
23 Extraordinaria de Catastro y Ordenamiento Territorial 13
24 Extraordinaria de la Juventud 14
25 Extraordinaria de Recursos Hídricos 08
26 Extraordinaria de Reforma al Sector Justicia 11
27 Extraordinaria de Seguimiento al Plan Visión de País 12
28 Extraordinaria del Programa de Reconstrucción Nacional 08
29 Extraordinaria Encargada del Estudio y Análisis para la Deslegislación 08
30 Extraordinaria Fiscalizadora de Compras del Sector Salud 13
31 Extraordinaria Nacional por la Transparencia 15
32 Finanzas Públicas y Moneda 21
33 Gobernación 19
34 Integración Regional 13
35 Legislación y Puntos Constitucionales 16
36 Migrantes 17
37 Pequeña y Mediana Empresa 08
38 Previsión y Seguridad Social 13
39 Probidad 17
40 Pueblos Indígenas 11
41 Relaciones Exteriores 20
42 Salud y Asistencia Social 13
43 Seguridad Alimentaria 13
44 Trabajo 08
45 Turismo 20
46 Vivienda 21
47 Voto Razonado (Pleno del Congreso) 158

[editar] Bibliografía

  • Wikipedia, la enciclopedia libre.
  • Constitución Pólítica de la República de Guatemala.

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

Herramientas personales
Crear un libro
En otros idiomas