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Bandera de España

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Bandera de España
Versión institucional
España Versión institucional
Uso
Proporción 2:3
Colores      Rojo
     Amarillo gualda
Adopción 5 de octubre de 1981
(43 años)
(última modificación del escudo)
13 de octubre de 1843
(181 años)
(como enseña de todas las fuerzas armadas)
28 de mayo de 1785 (239 años)
(como pabellón naval)
Diseño Tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. El escudo tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de esta en el centro de la franja amarilla. El eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera

Uso
Proporción 2:3
Adopción 29 de diciembre de 1978
(definición de la bandera nacional según el art. 4.1 de la actual Constitución)
Diseño Tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas

La bandera de España, conocida como la rojigualda, fue adoptada como pabellón nacional de España en 1785 y como bandera nacional desde 1843, a excepción de los años de la Segunda República (1931-1939), cuando fue sustituida por la tricolor. El escudo, que se incluye en la bandera actual, en algunos casos reglamentados por la Ley 39/1981, que regula su uso, ha sufrido varias modificaciones a lo largo de la historia. Previamente, había sido una de varias enseñas navales y militares desde 1785.

La Constitución de 1978 especifica en su artículo 4.1:

La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Artículo 4.1 de la Constitución española.

La última modificación, relativa al escudo, se realizó el 5 de octubre de 1981.

Escudo y colores

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Escudo

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Especificaciones para inclusión del escudo

El 28 de octubre de 1981, la Ley 39/1981 sobre el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, introduce la posibilidad de incluir el escudo de España en la bandera descrita en la constitución, según el artículo 2.2: "En la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale, el escudo de España".[1]​ Esta variante se crea para ser la utilizada obligatoriamente por algunos estamentos oficiales que se especifican a continuación, aunque no prohíbe su uso al resto: Edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado; sedes de los órganos constitucionales del Estado y en las de los órganos centrales de la Administración del Estado; edificios públicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado; y en locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial.

Debe tenerse en cuenta que no existe un escudo constitucional, sino una bandera constitucional, que es la bandera sin escudo, ya que el Escudo de España no aparece en la Constitución, sino en una ley posterior.

El escudo de España está regulado por la ley 33/1981, de 5 de octubre,[2]​ y por el Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, donde se especifica también la posición del escudo en la bandera.[3]

De acuerdo a la normativa anteriormente expuesta, la bandera de España tendrá las siguientes características:

  • La bandera está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Esta disposición se conoce como franja española.
  • La bandera podrá incorporar el escudo de España, pero su incorporación solo es obligatoria en los casos previstos reglamentariamente.
  • El escudo tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de esta en el centro de la franja amarilla.
  • Cuando la bandera tenga la proporción normal, de longitud igual a 32 de la anchura, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera. Si la longitud fuere menor a la normal o la bandera tuviera la forma cuadrada, el escudo se situará en el centro de la bandera.

Colores

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Los colores de la bandera de España, tal como han sido especificados en el Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero,[4]​ por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España, de conformidad con los informes elaborados por el Servicio de Normalización Militar, en colaboración con el Instituto de Racionalización y Normalización (IRANOR), son los siguientes:

Color Denominación CIELAB CIE 1931
Tono H* Croma C* Claridad L* Y X y
Rojo Rojo bandera 35º 70 37 9,5 0,614 0,320
Amarillo Amarillo gualda bandera 85.º 95 80 56,7 0,486 0,469

La guía de imagen institucional del estado establece unos colores en RGB y cuatricromía (CMYK) para representaciones gráficas de la bandera y su escudo,[5]​ si bien estos colores no son oficiales y se trata solo de una guía institucional. Los colores para la bandera son:

Color RGB Colores web Cuatricromía (CMYK)
R G B Código HTML Cian Magenta Amarillo Negro
Rojo 173 21 25 #AD1519 0% 88% 86% 32%
Amarillo 250 189 0 #FABD00 0% 24% 100% 2%

Historia

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Es posible considerar que los vexilos (palabra origen del término vexilología) utilizados por los legionarios romanos, durante el dominio de la península ibérica por Roma, fueron las primeras insignias empleadas en la Hispania romana. Los visigodos siguieron utilizando este tipo de estandartes rígidos con alguna clase de paño; pero no fue sino hasta la invasión islámica cuando se comenzaron a utilizar lo que actualmente conocemos como «banderas», ya que el uso de tejidos ligeros en los estandartes, como la seda, tuvo su origen en Oriente, siendo los musulmanes y los cruzados los primeros en implantar su uso en Europa. Las banderas se convirtieron en guiones y estandartes representativos de reyes y señores (específicamente, de sus linajes o casas reales), más que de territorios o naciones, tal como hoy son utilizadas las enseñas nacionales.

Reproducción de las banderas elegidas por Carlos III en 1785 como pabellones de guerra y civil.
Bandera y pabellón naval de España (1785–1873, 1875–1931).
Bandera del Batallón de Cazadores de Fernando VII (Valencia, 1808), usada durante la Guerra de Independencia. Los Inválidos, París.
Bandera de la Milicia de Cabeza del Buey, durante el Trienio Liberal. Custodiada en el Palacio de las Cortes.
Bandera española vigente durante la Primera República.

Las más tempranas divisas asimilables a primigenias banderas de carácter «nacional» de España son los modelos que se utilizaron tanto como torrotitos, pabellones y banderas de Tierra en el siglo XVI, tras el matrimonio de Juana I de Castilla (hija de los Reyes Católicos) con el archiduque de Austria Felipe «el Hermoso». Se introdujo entonces un elemento común en las banderas españolas de la época: la cruz de Borgoña, que, aunque sufriendo ligeras variaciones con cada rey (como en el caso de Felipe II, quien dispuso que el paño blanco donde se situaba la cruz se cambiara al color amarillo), se convirtió en el símbolo vexilológico por excelencia de España.

Con el advenimiento de la casa de Borbón con Felipe V, se sustituyó el anterior diseño por otro: las armas reales sobre paño blanco. El blanco (propio de los Borbones), también era el paño utilizado en el siglo XVIII por las distintas ramas borbónicas que reinaban en Francia, Nápoles, Toscana, Parma o Sicilia, además de España, por lo que Carlos III decidió cambiar el pabellón nacional de España para diferenciarse mejor de los de estas otras naciones.

Es así como el actual diseño de bandera nacional surgió con el Real Decreto de 28 de mayo de 1785, por el que Carlos III resuelve la realización de un concurso convocado para adoptar un nuevo pabellón de la Marina, eligiendo dos diseños: uno para los buques de guerra y otro para los mercantes, de entre las doce propuestas que le presentó Antonio Valdés y Fernández Bazán, en esa época Secretario de Estado y del Despacho Universal de Marina (Ministro de Marina).[6]​ A fin de dar a conocer la nueva enseña, se promulgó una Ordenanza General, que en el tratado IV, título I, disponía:

Escarapela del Ejército del Aire y del Espacio.
Para evitar los inconvenientes y perjuicios que ha hecho ver la experiencia puede ocasionar la Bandera Nacional de que usa Mi Armada Naval y demás Embarcaciones Españolas, equivocándose a largas distancias ó con vientos calmosos con la de otras Naciones, he resuelto que en adelante usen mis Buques de guerra de Bandera dividida a lo largo en tres listas, de las cuales la alta y la baja sean encarnadas y del ancho cada una de la cuarta parte del total, y la de enmedio, amarilla, colocándose en ésta el Escudo de mis Reales Armas, reducido a los dos quarteles de Castilla y León, con la Corona Real encima; y el Gallardete en las mismas tres listas y el Escudo a lo largo, sobre Quadrado amarillo en la parte superior. Y que las demás Embarcaciones usen, sin Escudo, los mismo colores, debiendo ser la lista de enmedio amarilla y del ancho de la tercera parte de la bandera, y cada una de las partes dividida en dos partes iguales encarnada y amarilla alternativamente, todo con arreglo al adjunto diseño. No podrá usarse de otros Pavellones en los Mares del Norte por lo respectivo a Europa hasta el paralelo de Tenerife en el Océano, y en el Mediterráneo desde el primero de año de mil setecientos ochenta y seis; en la América Septentrional desde principio de julio siguiente; y en los demás Mares desde primero del año mil setecientos ochenta y siete. Tendréislo entendido para su cumplimiento.
Señalado de mano de S.M. En Aranjuez, a veinte y ocho de mayo de mil setecientos ochenta y cinco.

Uso en tierra

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La Patrulla Águila durante un espectáculo aéreo.

En 1793 se ordenó que este pabellón, utilizado hasta entonces solo en los buques de guerra con el escudo reducido a dos cuarteles, ondeara también en los puertos y fuertes de la Marina y costas custodiados por el Ejército de Tierra. La bandera rojigualda empezó a utilizarse en campamentos del ejército y fortificaciones fronterizas durante la guerra contra la Convención, aunque al ser una bandera del Ejército el escudo se representa en cuartelado de Castilla y León sobre los colores del pabellón naval.[7]​ A partir de 1808 dada la explosión del sentimiento patriótico durante la guerra de Independencia, los colores rojo y gualda fueron empleados por el pueblo y para banderas de enganche de voluntarios, y fueron oficializados como colores de las Cortes de Cádiz y de la milicia nacional.[8]

Finalmente en 1843, el decreto de 13 de octubre del segundo gobierno de Joaquín María López, expone la necesidad de suprimir las diferencias entre el pabellón nacional y las particulares de los cuerpos del Ejército de Tierra, y ordena la unificación de todas las banderas y estandartes para su uso en el Reino de España:[9]

Las banderas y estandartes de todos los cuerpos e institutos que componen el Ejército, la Armada y la Milicia Nacional, usarán iguales en colores a la bandera de guerra española, y colocados éstos por el mismo orden que lo están en ella.

La Primera República española, instalada en 1873, no alteró los colores de la bandera, pero se suprimieron de los escudos todos los símbolos reales de la monarquía.

Aunque el uso de la rojigualda se generalizó durante lo que quedaba de siglo, no fue hasta 1908 (Real decreto disponiendo que en los días de Fiesta nacional ondee en todos los edificios públicos la bandera española, extendiéndose colgaduras e iluminaciones, Gaceta de Madrid, número 26, del 26 de enero), que se estableció la obligatoriedad de que ondeara en todos los edificios públicos en los días de fiesta nacional.[10]​ Por Real Decreto de 19 de julio de 1927, durante la Dictadura de Primo de Rivera, se dispuso que la marina mercante utilizara el mismo pabellón que la de guerra pero sin escudo, y suprimió el pabellón civil de cinco franjas. Este diseño rojigualda se conserva hasta nuestros días, aunque ha habido constantes variaciones del escudo. Solamente la proclamación de la Segunda República en 1931, durante la que se utilizó la bandera tricolor[11]​ de franjas horizontales de igual tamaño entre ellas, sustituyéndose en la franja inferior el rojo por el morado, constituyó un paréntesis en su uso.

Durante la Guerra Civil, el bando sublevado retomó el uso de la bandera bicolor (29 de agosto de 1936), aunque sin cambiar el escudo adoptado por la Segunda República. Dicho escudo permaneció hasta el 11 de febrero de 1938, fecha en que fue aprobado el nuevo modelo de escudo, que incorporaba el Águila de San Juan. Posteriormente, se cambiaría el escudo en dos ocasiones más, con los modelos de 1945 (aprobado el 11 de octubre de 1945) y 1977 (aprobado el 21 de enero de 1977), hasta el actual modelo de 1981.

En relación con el uso de la bandera, el artículo 3 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, establece:

La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.

Por su parte, la sentencia del Tribunal Supremo del 24 de julio de 2007 aclara:

La bandera debe ondear diariamente con carácter de permanencia, no de coyuntura, no de excepcionalidad sino de generalidad y en todo momento.

Otras banderas vigentes

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Banderas históricas

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En animales y plantas

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Debido al parecido con los colores de la bandera de España, hay animales y plantas conocidos por el nombre de «bandera española»:

  • Lantana camara. Arbusto ornamental de gran resistencia,[12]​ conocido como «bandera española», «banderita española» o «cinco negritos». Aparte de rojigualda también aparece en la gama de blanco a rosa.
  • Ipomoea versicolor. Trepadora ornamental nativa de México. Más frecuentemente conocida como «vid de fuego» (en inglés, fire vine).
  • Gonioplectrus hispanus. Pez proveniente de las aguas del Caribe popular en acuariofilia.[13]
  • Lophochroa leadbeateri. La cacatúa abanderada, cacatúa de la bandera española, cacatúa española o cacatúa de Leadbeater, es una especie de ave psittaciforme de la familia Cacatuidae endémica de Australia, siendo una de las cacatúas más frecuentes en las regiones semiáridas del país.

Véase también

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Referencias

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  1. «Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas». BOE. 12 de noviembre de 1981. 
  2. «Ley 33/1981 del Escudo de España». BOE. 19 de octubre de 1981. 
  3. «Real Decreto 2964/1981 por el que se hace público el modelo oficial del Escudo de España». BOE. 19 de diciembre de 1981. 
  4. Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España
  5. «Guía de Imagen Institucional del Estado». 
  6. Un proyecto de reforma de la bandera de España, web oficial del Ministerio de Cultura
  7. El triple camino de la bandera nacional Revista Atenea número 10, página 74, Antonio Manzano Archivado el 11 de noviembre de 2013 en Wayback Machine. cita: "al ser una bandera del Ejército, el escudo real se representa en "cuartelado""
  8. «El triple camino de la bandera nacional Revista Atenea número 10, página 72, Antonio Manzano». Archivado desde el original el 11 de noviembre de 2013. Consultado el 7 de mayo de 2013. 
  9. «Decreto de 13 de Octubre de 1843». 
  10. Álvarez Junco, José (2009). «La crisis de penetración del Estado». Mater dolorosa: la idea de España en el siglo XIX (11ª edición). Madrid: Taurus. pp. 553-554. ISBN 9788430604418. 
  11. «Decreto del 27 de abril de 1931, por el que se adopta como Bandera Nacional la bandera tricolor.». Archivado desde el original el 3 de octubre de 2017. Consultado el 6 de septiembre de 2008. 
  12. Lantana camara: descubre una flor irresistible para tu jardín
  13. Gonioplectrus hispanus (Cuvier 1828) Spanish flag

Enlaces externos

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