Consejo de Estado (España)

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Consejo de Estado

Escudo del Consejo

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Localización
País España
Localidad Madrid
Coordenadas 40°24′54″N 3°42′47″O / 40.41501179766, -3.7130873132634
Información general
Jurisdicción EspañaBandera de España España
Tipo Órgano consultivo
Sede Palacio de los Consejos de Madrid
Organización
Presidenta del Consejo María Teresa Fernández de la Vega Sanz
Secretaria general María de Guadalupe Hernández-Gil y Álvarez-Cienfuegos
Composición Véase Composición actual
Depende de Gobierno de España
Historia
Fundación 1526[1]
www.consejo-estado.es

El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno de España. Está contemplado en el artículo 107 de la Constitución española. Tiene sus orígenes en la Edad Moderna.

Historia

Presente ya en el reinado de los Reyes Católicos bajo los nombres de Consejo Supremo de la Corona de Aragón y Consejo Supremo de la Corona de Castilla, constituyó un instrumento de la monarquía hispánica con el fin de debatir sobre la política exterior de la monarquía.

El rey Carlos I de España, Emperador del Sacro Imperio como Carlos V, decidió crear un consejo propio para los asuntos externos de la monarquía debido a la gran actuación exterior que marcó su reinado. Empezó a funcionar en 1526, cuando Solimán el Magnífico amenazaba Austria. Fue el único Consejo que no tenía presidente, pues era el propio Rey quien asumía esa función.

Sus consejeros no eran especialistas en leyes sino expertos en relaciones internacionales, como el Duque de Alba o Nicolás Perrenot. Los consejeros eran, por tanto, miembros de la alta nobleza y del alto clero. En tiempos de Felipe II en ocasiones el monarca no presidía los consejos y, en su lugar, enviaba a su secretario Antonio Pérez.

Su misión era asesorar al rey sobre la política exterior y tenía el control de las embajadas de Viena (dinastía familiar de los Austrias), Roma, Venecia, Génova, y de las principales potencias de Europa: Francia, Inglaterra y Portugal.

A diferencia del Consejo de Castilla, en el que el rey escuchaba a los consejeros y ejecutaba las conclusiones que le presentaban, en el Consejo de Estado era el propio rey el que exponía los puntos a debatir, escuchaba a sus consejeros y, posteriormente, el mismo monarca tomaba las decisiones que habían de tomarse.

La Constitución de 1812 creó el Consejo de Estado que define como "único Consejo del rey" y al que configuró como un genuino órgano de control del poder del monarca, al precisar someterse a su conocimiento algunos actos algunos tan relevantes como la sanción de las leyes, la declaración de guerra o la celebración de tratados que en ningún caso el soberano podría acometer sin haber "oído" previamente al Consejo. Este Consejo apenas sobrevivió debido a la restauración del absolutismo.

El 20 de marzo de 1820 volvió a ponerse en marcha de mano del gobierno liberal. El día 21 de marzo juraban los consejeros la Constitución Política de 1812, siendo su secretario Juan de Madrid Dávila.[2]

En 1834 se creó el Consejo Real de España e Indias como órgano consultivo pero se suprimió en 1836. No fue hasta 1845 que se creó el Consejo Real, del cual la Presidencia la ocupaba el Presidente del Consejo de Ministros y que desapareció en 1858 cuando se creó el actual Consejo de Estado, cuyo primer presidente fue Francisco Martínez de la Rosa. Este Consejo fue regulado por numerosas normas, destacando las de 1858, 1860, 1904 y 1980. Fue abolido por la Segunda República pero posteriormente restaurado por Franco.

Composición y funciones

En la actualidad (2018), está regulado por la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, modificada por la L.O 4/2011, de 13 de marzo.

Está formado por el Presidente, el Pleno, la Comisión Permanente, la Comisión de Estudios y las Secciones.

  • La Comisión Permanente está integrada por el presidente, los consejeros permanentes y el secretario general.
  • La Comisión de Estudios está integrada por el presidente, dos consejeros permanentes, dos natos y dos electivos, designados por el Pleno, y el secretario general.

La función del Consejo de Estado es exclusivamente consultiva, y se limita a dar su opinión fundada sobre el objeto de la consulta o a proponer otra solución más adecuada. En el ejercicio de esta función, debe velar por la observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico (ver Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril). Además, ha de procurar la armonía del sistema, el rigor de la técnica normativa y el buen hacer de la Administración, para reducir al mínimo la conflictividad con los ciudadanos.

Tres de sus consejeros permanentes son designados cada año para formar parte del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción.

Composición actual

La composición actual del Consejo de Estado del Reino de España es:[3]

Presidencia: María Teresa Fernández de la Vega, exvicepresidenta del gobierno de España, exministra de la Presidencia, exportavoz del gobierno, exsecretaria de Estado de Justicia y exdiputada por varias provincias.

Secretaría general: María de Guadalupe Hernández-Gil y Álvarez-Cienfuegos, letrada del Consejo de Estado.

Consejeros permanentes:

Consejeros natos:

Consejeros electivos:

Todos tienen tratamiento de Excelentísimo/a Señor/a, excepto el Jefe del Gabinete, que recibe tratamiento de Ilustrísimo Señor

Listado de presidentes

Referencias

  1. «Consejo de Estado». www.consejo-estado.es (en inglés). Consultado el 15 de septiembre de 2018. 
  2. Se ha verificado la instalación del Consejo de Estado., en la web de la Gaceta de Madrid, número 50, 22 de marzo de 1820.
  3. «Directorio del Consejo de Estado». Consejo de Estado. Consultado el 18 de octubre de 2018. 

Enlaces externos