Ir al contenido

Diferencia entre revisiones de «Gobierno de Colombia»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Etiqueta: posible problema
Línea 2: Línea 2:
La [[constitución de Colombia de 1991|Constitución política vigente]] fue proclamada, el [[4 de julio]] de [[1991]]. El [[Presidente de Colombia|59° Presidente de la República]], los gobernadores [[departamento de Colombia|departamentales]] son los que se encargan de hacer cumplir los reglamentos de la nación.
La [[constitución de Colombia de 1991|Constitución política vigente]] fue proclamada, el [[4 de julio]] de [[1991]]. El [[Presidente de Colombia|59° Presidente de la República]], los gobernadores [[departamento de Colombia|departamentales]] son los que se encargan de hacer cumplir los reglamentos de la nación.


== Barry Presidente ==
== Barry Pedo ==
[[Archivo:Independiente Santa Fe Títulos Oficiales.png|miniaturadeimagen|350x350px|Organigrama del Estado colombiano.]]
[[Archivo:Independiente Santa Fe Títulos Oficiales.png|miniaturadeimagen|350x350px|Organigrama del Estado colombiano.]]
La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran los órganos para la realización de estas como son: el [[Ministerio Público (Colombia)|Ministerio público]], la [[Contraloría General de la República (Colombia)|Contraloría General]], el [[Consejo Nacional Electoral (Colombia)|Consejo Nacional Electoral]], la [[Registraduría Nacional del Estado Civil (Colombia)|Registraduría Nacional]], el [[Banco de la República de Colombia|Banco de la República]], la [[Autoridad Nacional de Televisión]] y la [[Comisión Nacional del Servicio Civil]], entre otras.<ref>{{cita web|nombre1=Subgerencia Cultural del Banco de la República|título=Organización del Estado colombiano|url=http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/organizacion_del_estado_colombiano|fecha=2015|fechaacceso=11 de noviembre de 2015}}</ref>
La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran los órganos para la realización de estas como son: el [[Ministerio Público (Colombia)|Ministerio público]], la [[Contraloría General de la República (Colombia)|Contraloría General]], el [[Consejo Nacional Electoral (Colombia)|Consejo Nacional Electoral]], la [[Registraduría Nacional del Estado Civil (Colombia)|Registraduría Nacional]], el [[Banco de la República de Colombia|Banco de la República]], la [[Autoridad Nacional de Televisión]] y la [[Comisión Nacional del Servicio Civil]], entre otras.<ref>{{cita web|nombre1=Subgerencia Cultural del Banco de la República|título=Organización del Estado colombiano|url=http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/organizacion_del_estado_colombiano|fecha=2015|fechaacceso=11 de noviembre de 2015}}</ref>

Revisión del 17:01 2 feb 2018

Colombia es una república presidencialista, y un Estado unitario con separación de poderes ejecutivo, legislativo y judicial. La Constitución política vigente fue proclamada, el 4 de julio de 1991. El 59° Presidente de la República, los gobernadores departamentales son los que se encargan de hacer cumplir los reglamentos de la nación.

Barry Pedo

Organigrama del Estado colombiano.

La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran los órganos para la realización de estas como son: el Ministerio público, la Contraloría General, el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría Nacional, el Banco de la República, la Autoridad Nacional de Televisión y la Comisión Nacional del Servicio Civil, entre otras.[1]

Rama ejecutiva

Casa de Nariño, sede de la rama ejecutiva.

Es la que se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para hacer uso de ellos.

El Presidente de la nación y Jefe de Gobierno es la cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un Gabinete ministerial .

Además es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares

El gabinete se compone, además del presidente y el vicepresidente, de los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos.

El presidente es elegido por voto popular directo para un período de cuatro años o menos, en caso de sustitución. La Constitución de 1991 prohibía la reelección presidencial de por vida y con anterioridad era posible la reelección mediata (un ex presidente podía ser reelegido pero el presidente en ejercicio no podía ser reelegido para el período siguiente). Con referendo constitucional en 2005 esta prohibición fue abolida y se legalizo la reelección inmediata por una sola vez. Dos presidentes hicieron uso de ella pudiendo participar en las elecciones desde el cargo.

El vicepresidente se elige por voto popular directo en llave con el presidente. Los ministros y los directores administrativos son cargos de libre nombramiento y remoción por parte del presidente.

También se encuentran los Gobernadores y Alcaldes que son elegidos por voto popular y quienes dentro de sus funciones son las máximas autoridades administrativas en sus respectivos niveles con independencia funcional de la presidencia. Esto quiere decir que no están subordinados a la presidencia en materia de ordenamiento territorial, pero sí en otras materias como en materia de orden público.

Rama legislativa

El Capitolio Nacional, Sede del Congreso

Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado (100 miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de cuatro años y un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción especial por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes, conformada por ciento sesenta y seis miembros elegidos por 4 años, de los cuales ciento sesenta y uno representan a las circunscripciones territoriales (departamentos y el Distrito Capital). A razón de 2 por cada circunscripción y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las comunidades afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).

Rama judicial

El Palacio de Justicia en Bogotá, Sede de las Altas Cortes.

Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley.

El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados. La Fiscalía General de la Nación que es un organismo independiente adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia.

Entes Autónomos

Son entidades del Estado, ajenas a las tres ramas del poder colombiano:

Otros datos

Gobierno subnacional

Los departamentos tienen gobernadores y corporaciones públicas (asambleas departamentales) propias elegidos por sufragio cada cuatro años. Se subdividen en municipios con un alcalde y un concejo municipal, electos también cada cuatro años por votación directa.

Partidos Políticos

En 2015 según el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia, y las elecciones legislativas de 2014, los Partidos y Movimientos Políticos reconocidos como tal en la actualidad en Colombia son trece, a saber:[2][3][4][5]

  1. Partido Liberal Colombiano
  2. Partido Conservador Colombiano
  3. Opinión Ciudadana (PIN)
  4. Partido Cambio Radical
  5. Alianza Verde
  6. Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (MIRA)
  7. Partido de Unidad Nacional o Partido 'De la U'
  8. Polo Democrático Alternativo
  9. Centro Democrático
  10. Unión Patriótica (UP) (recuperó en 2013 su Personería Jurídica por orden del Consejo de Estado)
Partidos políticos de minorías étnicas
  1. Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS)
  2. Alianza Social Independiente (ASI)
  3. Autoridades Indígenas de Colombia (AICO)

Véase también

Referencias

  1. «Organización del Estado colombiano». 2015. Consultado el 11 de noviembre de 2015. 
  2. CNE (18 de febrero de 2015). «Lista de Partidos pollíticos vigentes». Consultado el 3 de junio de 2016. 
  3. CNE (27 de mayo de 2015). Resolución 0884 2015. 
  4. CNE (6 de febrero de 2014). Resolución 0526 de 2014. 
  5. (Resolución 1057 del 13 de julio de 2006)