Parroquia (civil)

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 09:46 7 ene 2016 por David Perez (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.
Concejo Parroquial de Willersey.

Parroquia (del griego παροικία, paroikía, ‘cerca de la vivienda’) es la denominación de algunas entidades subnacionales en diferentes países.

Ecuador

En Ecuador, la parroquia es la división político-territorial de menor rango. El conjunto de estas se organizan bajo la forma jurídico-política de la municipalidad que es la autoridad juridiccional del cantón en asuntos administrativos. Existen dos tipos de parroquias: la urbana y la rural. La parroquia urbana es aquella que se encuentra circunscrita dentro de la metrópoli o ciudad. Consta de toda la infraestructura necesaria para ser una ciudad principal. La parroquia rural son aquellas que son apartadas de la ciudad principal o metrópoli. Suelen ser comarcas o conjunto de recintos cuyos pobladores viven de labores agrícolas y del campo.

El poder ejecutivo de la parroquia, está representado por el Gobierno Parroquial y el presidente del mismo, los cuales son elegidos por voto popular por 4 años; el poder legislativo de la parroquia está representado por la asamblea parroquial, cuyos vocales son elegidos por voto popular. Las funciones de las juntas parroquiales urbanas y rurales del cantón, son actuar como auxiliares del Gobierno y administración municipales y como intermediario entre estos y sus representados inmediatos.[1]

La creación, supresión y fusión de las parroquias municipales es competencia del concejo de cada municipio.

España

Parroquias del Principado de Asturias.

En el Principado de Asturias y Galicia, comunidades autónomas de España, la parroquia es la categoría tradicionalmente reconocida a las entidades colectivas de población. Como tales no tienen personalidad jurídica alguna, y su delimitación, en términos de superficie, carece de validez legal, al no haber sido efectuada por organismo competente alguno.

Asturias

En Asturias la parroquia es una forma tradicional de organización administrativa, religiosa y agraria:

...hasta bien entrado el siglo XIX la parroquia constituyó en Asturias un modelo organizativo y de poblamiento que rigió los destinos, tanto desde un punto de vista religioso y moral como económico y administrativo, de gran parte de la población asturiana.
División parroquial de Asturias (1993)[2]

Fernando Inclán Suárez, en la Gran Enciclopedia Asturiana,[3]​ afirma que el origen de la parroquia asturiana es la gens romana, vinculada a un pagus, en el que existe un altar, al pie del cual realizan sus enterramientos y celebran las fiestas compitales. Citando a Ramón Prieto Bances, afirma que la división en gentilitates —comunidades gentilicias— fue respetada por Roma y los visigodos hasta llegar a la Reconquista. Entonces la gens cristianizada se convirtió en la parroquia.

Las parroquias crearon sus propias normas (incluso escritas), denominadas ordenanzas parroquiales, para regular aspectos relativos a la convivencia, la participación comunitaria e incluso preceptos morales.

Partiendo de su origen eclesiástico (juridiscción de un párroco), la parroquia tenía un componente económico y agrario: organización de la actividad agraria tradicional y aprovechamiento de los recursos comunes (montes, pastos, etc.). A partir de aquí nace un nuevo significado por el que la parroquia se configura como la unidad administrativa básica para regular la participación vecinal: Los vecinos utilizan el atrio de la iglesia parroquial para reunirse, ordinariamente después de la misa del domingo, y decidir sobre sus intereses colectivos. Estas reuniones son el origen remoto del concejo abierto, aún en uso en muchas de las parroquias rurales de Asturias.

Este significado administrativo ha ido consolidando a lo largo del tiempo, hasta nuestros días, la parroquia como unidad de base territorial para la elaboración de censos, padrones y catastros.

La Revolución Industrial modificó los modelos de convivencia y aprovechamientos agrarios tradicionales asturianos, de manera que el término «parroquia» pasó a aplicarse a realidades diferenciadas.

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece que debe reconocerse la existencia de la parroquia rural «como forma tradicional de convivencia y asentamiento de la población asturiana». Sin embargo el desarrollo legislativo de la parroquia rural no pretende recuperar la división parroquial en su conjunto, sino reconocer jurídicamente aquellas comunidades tradicionales que continúan existiendo.

Nomenclátor

Según el nomenclátor de 2012, existen 857 parroquias en sus 78 concejos, número que permanece sin variación desde 2003. El número de parroquias por concejo oscila entre una (Pesoz, Riosa, Santa Eulalia de Oscos y San Tirso de Abres) y cincuenta y cuatro (Cangas del Narcea). La parroquia de mayor superficie sería la casina de Sobrecastiello, con 89,05 km2, y la de menor, 0,22 km2, la avilesina de Laviana.[4][5]

Así mismo, existen ocho entidades singulares de población, que no pertenecen a ninguna parroquia, siete en el concejo de Castrillón (Coto Carcedo, La Cruz de Illas, La Laguna, Miranda, Raíces Nuevo, San Cristóbal, San Juan de Nieva) y una en Langreo, la capital.

Galicia

En Galicia existen 3.781 parroquias que comprenden desde tres o cuatro aldeas hasta quince o más.[6]​ El Estatuto de Autonomía de Galicia prevé que se pueda reconocer, mediante ley de Galicia, personalidad jurídica a la parroquia rural.

Estados Unidos

El estado de Luisiana (Estados Unidos) mantiene la denominación de parroquia (en inglés: parish) para la entidad que en el resto de estados se conoce como condado (en inglés: county), a excepción de Alaska, en donde se llama borough.

Venezuela

En Venezuela, es la unidad político-territorial de menor rango, donde se dividen los municipios, la división administrativa sirve para ámbitos policial (jefatura civil), además la parroquia está compuesta por una junta parroquial. Desde las elecciones de 1992 la ciudadanía elige directamente a los representantes de las juntas parroquiales, en el año 2005 por primera vez se realizaron comicios para elegir las juntas parroquiales de forma separadas a las de gobernador y alcalde. Venezuela tiene 1.135 parroquias, a la fecha las juntas parroquiales fueron disueltas, estas responsabilidades las viene asumiendo el poder popular organizado.

Otros países

Otras regiones del mundo donde las parroquias son unidades administrativas:

Referencias

  1. Estudio de descentralización.
  2. Quirós Linares, Francisco; Arturo Colina Vuelta (1993). División parroquial de Asturias. Oviedo: Dirección Regional de Relaciones con las Administraciones Públicas. ISBN 84-7847-187-1. 
  3. Inclán Suárez, Fernando (1970). «Parroquia». Gran Enciclopedia Asturiana. tomo 12. Gijón: Silverio Cañada editor. pp. 142-143. ISBN 978-84-7286-130-5. 
  4. Noticia sobre Nomenclátor de entidades de población de Asturias 2012 en el sitio web de sadei, 25 de febrero de 2013.
  5. Unidades poblacionales según categoría por concejo del año 2012,sadei.
  6. Galicia 2003. Etnografía. Unidades de convivencia suprafamiliares.

Bibliografía