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Organización territorial de Uruguay

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La República Oriental del Uruguay está subdividida en departamentos que están gobernados por un intendente, elegido por sufragio universal por un período de cinco años, y por una Junta Departamental de 31 miembros (ediles), poder legislativo departamental. Dentro de cada departamento hay además municipios, gobernados por un alcalde y cuatro concejales.

División política

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División por departamentos

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Uruguay se encuentra dividido políticamente en 19 departamentos los cuales son:

Mapa político del Uruguay
Departamento Capital Código ISO Área
(km²)
Población
(2011)
Densidad
(hab./km²)
Artigas Artigas UY-AR &&&&&&&&&&011928.&&&&&011 928 &&&&&&&&&&073378.&&&&&073 378 &&&&&&&&&&&&&&06.1500006,15
Canelones Canelones UY-CA &&&&&&&&&&&04536.&&&&&04536 &&&&&&&&&0520187.&&&&&0520 187 &&&&&&&&&&&&0114.680000114,68
Cerro Largo Melo UY-CL &&&&&&&&&&013648.&&&&&013 648 &&&&&&&&&&084698.&&&&&084 698 &&&&&&&&&&&&&&06.2100006,21
Colonia Colonia del Sacramento UY-CO &&&&&&&&&&&06106.&&&&&06106 &&&&&&&&&0123203.&&&&&0123 203 &&&&&&&&&&&&&020.18000020,18
Durazno Durazno UY-DU &&&&&&&&&&011643.&&&&&011 643 &&&&&&&&&&057088.&&&&&057 088 &&&&&&&&&&&&&&04.9000004,90
Flores Trinidad UY-FS &&&&&&&&&&&05144.&&&&&05144 &&&&&&&&&&025050.&&&&&025 050 &&&&&&&&&&&&&&04.8700004,87
Florida Florida UY-FD &&&&&&&&&&010417.&&&&&010 417 &&&&&&&&&&067048.&&&&&067 048 &&&&&&&&&&&&&&06.4400006,44
Lavalleja Minas UY-LA &&&&&&&&&&010016.&&&&&010 016 &&&&&&&&&&058815.&&&&&058 815 &&&&&&&&&&&&&&05.8700005,87
Maldonado Maldonado UY-MA &&&&&&&&&&&04793.&&&&&04793 &&&&&&&&&0164300.&&&&&0164 300 &&&&&&&&&&&&&034.28000034,28
Montevideo Montevideo UY-MO &&&&&&&&&&&&0530.&&&&&0530 &&&&&&&&01319108.&&&&&01 319 108 &&&&&&&&&&&02489.&&&&&02489
Paysandú Paysandú UY-PA &&&&&&&&&&013922.&&&&&013 922 &&&&&&&&&0113124.&&&&&0113 124 &&&&&&&&&&&&&&08.1300008,13
Río Negro Fray Bentos UY-RN &&&&&&&&&&&09282.&&&&&09282 &&&&&&&&&&054765.&&&&&054 765 &&&&&&&&&&&&&&05.9000005,90
Rivera Rivera UY-RV &&&&&&&&&&&09370.&&&&&09370 &&&&&&&&&0103493.&&&&&0103 493 &&&&&&&&&&&&&011.&4000011,04
Rocha Rocha UY-RO &&&&&&&&&&010551.&&&&&010 551 &&&&&&&&&&068088.&&&&&068 088 &&&&&&&&&&&&&&06.4500006,45
Salto Salto UY-SA &&&&&&&&&&014163.&&&&&014 163 &&&&&&&&&0124878.&&&&&0124 878 &&&&&&&&&&&&&&08.8200008,82
San José San José de Mayo UY-SJ &&&&&&&&&&&04992.&&&&&04992 &&&&&&&&&0108309.&&&&&0108 309 &&&&&&&&&&&&&021.70000021,70
Soriano Mercedes UY-SO &&&&&&&&&&&09008.&&&&&09008 &&&&&&&&&&082595.&&&&&082 595 &&&&&&&&&&&&&&09.1700009,17
Tacuarembó Tacuarembó UY-TA &&&&&&&&&&015438.&&&&&015 438 &&&&&&&&&&090053.&&&&&090 053 &&&&&&&&&&&&&&05.8300005,83
Treinta y Tres Treinta y Tres UY-TT &&&&&&&&&&&09676.&&&&&09676 &&&&&&&&&&048134.&&&&&048 134 &&&&&&&&&&&&&&04.9700004,97

Organización de cada departamento

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Artigas

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Artigas 43.567
Bella Unión 17.377
Tomás Gomensoro 2.659
Baltasar Brum 2.531
Sequeira 1.149

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:


Canelones

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Ciudad/Pueblo Población
18 de mayo 21.367
Aguas Corrientes 1.047
Atlántida 5.562
Barros Blancos 31.650
Casarino 9.295
Canelones 19.865
Ciudad de la Costa 112.449
Colonia Nicolich 8.811
Empalme Olmos 3.978
Estación Atlántida 5.562
Estación La Floresta 1.222
Joaquín Suárez 6.124
Juanicó 1.256
La Floresta 1.109
La Paz 20.526
Las Piedras 71.268
Las Toscas 2.222
Los Cerrillos 2.080
Marindia 2.586
Migues 2.180
Montes 1.713
Neptunia 3.554
Pando 25.949
Parque del Plata 5.900
Paso Carrasco 15.028
Pinamar - Pinepark 3.608
Progreso 16.244
Fracc. Ruta 74 1.414
Salinas 6.574
San Antonio 1.434
San Bautista 1.880
San Jacinto 3.909
San Luis 1.224
San Ramón 6.992
Santa Lucía 16.475
Santa Rosa 3.660
Sauce 5.797
Soca 1.742
Tala 4.939
Toledo 4.028
Villa Aeroparque 4.434
Villa Crespo y San Andrés 8.756
Villa Felicidad 1.238
Villa San José 1.407

Cerro Largo

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Melo 51 830
Río Branco 14 604
Fraile Muerto 3 168
Isidoro Noblía 2 331
Aceguá 1 511
Tupambaé 1 122

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Colonia

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Colonia del Sacramento 26 231
Carmelo 18 041
Juan Lacaze 12 816
Nueva Helvecia 10 630
Rosario 10 085
Nueva Palmira 9857
Tarariras 6632
Florencio Sánchez 3716
Ombúes de Lavalle 3390
Colonia Valdense 3235

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Durazno

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Durazno 34.372
Sarandí del Yi 7.176
Carmen 2.692
La Paloma 1.443
Centenario 1.136
Santa Bernardina 1.094
Blanquillo 1.084

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Flores

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Trinidad 21.429

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Florida

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Florida 33 640
Sarandí Grande 6130
Casupá 2402
Fray Marcos 2398
25 de Mayo 1852
25 de Agosto 1849
Alejandro Gallinal (o Cerro Colorado) 1357
Cardal 1202
Nico Pérez 1030

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Lavalleja

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Minas 38 446
José Pedro Varela 5118
Solís de Mataojo 2825
José Batlle y Ordóñez 2203
Mariscala 1626

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Maldonado

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población Municipio
Maldonado 62 592 Maldonado
San Carlos 27 471 San Carlos
Pinares-Las Delicias 9 819 Maldonado
Punta del Este 9 277 Punta del Este
Piriápolis 8 830 Piriápolis
Cerro Pelado 8 177 Maldonado
Pan de Azúcar 6597 Pan de Azúcar
San Rafael-El Placer 3146 Punta del Este
La Capuera 2838 Piriápolis
Aiguá 2465 Aiguá
Hipódromo 1973 Maldonado
Balneario Buenos Aires 1551 San Carlos
El Tesoro 1396 San Carlos
Playa Grande 1031 Piriápolis

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Montevideo

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Ciudad/Pueblo Población
Montevideo 1.269.552
Pajas Blancas 1.976
Santiago Vázquez 1.482
Abayubá 924
Montevideo rural
(Melilla, Bañados de Carrasco, etc.)
52.034
Total (2011) 1.325.968

Paysandú

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Paysandú 76 429
Nuevo Paysandú 8578
Guichón 5039
Chacras de Paysandú 3965
Quebracho 2853
San Félix 1718
Porvenir 1159
Tambores 1111
Piedras Coloradas 1094

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Río Negro

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Fray Bentos 24 406
Young 16 756
Nuevo Berlín 2 450
San Javier 1 781

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Rivera

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Rivera
78 900
Tranqueras
7235
Minas de Corrales
3788
Vichadero
3698

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Rocha

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Rocha 25 422
Chuy 9675
Lascano 7645
Castillos 7541
La Paloma 3495
Cebollatí 1609
La Aguada-Costa Azul 1090
Velázquez 1022

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Salto

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Salto 104 028
Constitución 2762
Belén 1926

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

San José

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
San José de Mayo 36 747
Ciudad del Plata 31 146
Libertad 10 166
Rodríguez 2604
Ecilda Paullier 2585
Puntas de Valdez 1491
Rafael Perazza 1277

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Soriano

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Mercedes 41 975
Dolores 17 174
Cardona 4600
Palmitas 2123
José Enrique Rodó 2120
Chacras de Dolores 1961
Villa Soriano 1124

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Tacuarembó

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Tacuarembó 54 757
Paso de los Toros 12 985
San Gregorio de Polanco 3415
Villa Ansina 2712
Tambores 1561
Las Toscas 1142
Curtina 1037

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

Treinta y Tres

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Localidades con una población superior a 1000 habitantes, según datos del censo 2011:

Ciudad/Pueblo Población
Treinta y Tres 25477
Ejido de Treinta y Tres 6782
Vergara 3810
Santa Clara de Olimar 2341
Cerro Chato 1694
General Enrique Martínez (La Charqueada) 1430
Villa Sara 1199

Otras localidades con menos de 1000 habitantes son:

  • Arrocera Rincón (62 hab.)
  • Arrocera Procipa (55 hab.)
  • El Bellaco (54 hab.)
  • Arrocera Los Ceibos (49 hab.)
  • Arrocera Mini (41 hab.)
  • Arrocera Las Palmas (40 hab.)
  • Arrocera El Tigre (39 hab.)
  • Arrocera La Catumbera (34 hab.)
  • Arrocera La Querencia (29 hab.)
  • Arrocera Santa Fé (25 hab.)
  • Arrocera Los Teros (21 hab.)
  • Alonso (19 hab.)
  • Villa Passano (18 hab.)
  • Puntas del Parao (16 hab.)
  • Arrocera Bonomo (8 hab.)

Gobiernos de los Departamentos

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De acuerdo con el artículo 262 de la Constitución de la República, en materia de administración departamental "el Gobierno y Administración de los Departamentos, con excepción de los servicios de seguridad pública, serán ejercidos por una Junta Departamental y un Intendente. Tendrán su sede en la capital de cada departamento e iniciarán sus funciones sesenta días después de su elección." Además, "el Intendente, con acuerdo de la Junta Departamental, podrá delegar en las autoridades locales el ejercicio de determinados cometidos en sus respectivas circunscripciones territoriales"(...).

"Los Gobiernos Departamentales podrán acordar, entre sí y con el Poder Ejecutivo así como con los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados, la organización y prestación de servicios y actividades propias o comunes, tanto en sus respectivos territorios como en forma regional o interdepartamental."

Organización

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El artículo 263[1]​ de la Constitución de la República sostiene que: "Las Juntas Departamentales se compondrán de treinta y un miembros". Éstos ejercerán en sus cargos por un período de cinco años, lo mismo que los Intendentes que podrán asimismo ser reelectos exigiéndose su renuncia tres meses antes de iniciar la campaña política.

El cargo de Intendente se encuentra sujeto a sufragio universal por parte de quienes se encuentren empadronados en los departamentos donde se está llevando a cabo su elección.

Competencias departamentales

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  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes.
  2. Promulgar y publicar los decretos sancionados por la Junta Departamental.
  3. Preparación de presupuestos con la debida aprobación de la Junta Departamental.
  4. Aprobación de impuestos, tasas y contribuciones; fijar los precios por utilización o aprovechamiento de los bienes o servicios departamentales y homologar las tarifas de los servicios públicos a cargo de concesionarios o permisarios.
  5. Nombrar a los empleados de su dependencia, corregirlos y suspenderlos. Destituirlos en caso de ineptitud, omisión o delito, con autorización de la Junta Departamental.
  6. Presentar proyectos de decretos y resoluciones.
  7. Designar los bienes a expropiarse por causa de necesidad o utilidad públicas.
  8. Designar miembros de las Juntas Locales.
  9. Velar por la salud pública y la instrucción primaria, secundaria, preparatoria, industrial y artística, proponiendo a las autoridades competentes los medios adecuados para su mejoramiento.

Creación de los departamentos

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La primera subdivisión departamental de la Provincia Oriental fue realizada por el Cabildo de Montevideo el 27 de enero de 1816, según consta en la siguiente carta a José Artigas y su respuesta:

Para proceder con algún orden y distinción en el importante objeto de la elección de los Ayuntamientos y Jueces de los pueblos de la campaña, se ha creído y determinado por este Cabildo Gobernador, análogamente a las instrucciones de V. E., dividir esta Provincia en Cantones ó Departamentos, tantos, cuantos son sus Cabildos, en la forma siguiente:
Mapa político de la Banda Oriental luego del 27 de enero de 1816

—Primer Departamento, su capital, Extramuros hasta la línea del Peñarol. — [Montevideo]
2. La ciudad de San Fernando de Maldonado cabeza de los pueblos San Carlos, Concepción de Minas, Rocha y Santa Teresa. — [Maldonado]
3. La villa de Santo Domingo de Soriano, de la Capilla de Mercedes y San Salvador.— [Soriano]
4. La villa de Guadalupe, de Pando, Piedras y Santa Lucía. — [Canelones]
5. La villa de San José, de la Florida, y Porongos. — [San José]
6. La Colonia del Sacramento, Vacas, Colla, Víboras y Real de San Carlos. — [Colonia]

Este deslinde ha sido de necesidad circularlo a los pueblos de su comprehension, á fin de no retardar por su falta el nombramiento de los magistrados. Así mismo ha acordado esta Corporación consultar á V. E. si, en concepto de su importancia, localidad y extensión, podría señalarse por cabeza de departamento la villa de Melo creando al efecto un medio Cabildo para su jurisdicción. Correlativamente V. E. por sus conocimientos tendrá á bien discernir cuántos departamentos deben formar los pueblos situados ultra el río Negro, como son Paysandú, el Salto, Betlén hasta la línea de frontera, sobre cuyos particulares espera este Cabildo Gobernador que V. E. se dignara ilustrarle para encaminarse con acierto. Dios guarde á V. E. muchos años. Sala capitular y de gobierno, Montevideo 27 de enero de 1816.
Con fecha 3 de febrero de ese mismo año, aprobó el Ехсmо. señor don José Artigas la predicha fracción de esta Provincia en los departamentos preindicados, y resolvió en orden á la consulta relativa al Cerro Largo, Paysandú, etc., que por su poca población se gobernasen por Jueces sin dependencia de ninguna cabeza de departamento.[2]

De esta forma quedan delimitados ocho departamentos, a los que se suma, el 27 de agosto de 1828 Entre Ríos Yi y Negro que pronto pasaría a llamarse Durazno.[3]

El 18 de julio de 1830 entra en vigencia la primera Constitución de Uruguay, que establece en su art. 1º:

El Estado Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los ciudadanos comprendidos en los nueve departamentos actuales de su territorio.

En el art. 20, al establecer la proporción de diputados por departamento, menciona los nueve nombres: Montevideo, Maldonado, Canelones, San José, Colonia, Soriano, Paysandú, Durazno y Cerro Largo.[4]

El 16 de junio de 1837, por la ley N.º 158 se divide el departamento de Paysandú, que hasta entonces abarcaba todo el norte del río Negro:

  • Creación del departamento de Salto. Abarcaba entonces también lo que es hoy el departamento de Artigas.
  • Creación del departamento de Tacuarembó. Abarcaba también lo que hoy es el departamento de Rivera.

Por la misma ley es creado el departamento de Minas a partir de territorios de Cerro Largo y Maldonado. Recibirá el nombre de Lavalleja a partir del 26 de diciembre de 1927 por Ley 8.187.

El 10 de julio de 1856 la ley N.º 493 crea el departamento de Florida.

El 7 de julio de 1880, la ley 1.475 crea dos nuevos departamentos: Río Negro, desprendiéndolo de Paysandú. Rocha, desprendiéndolo del de Maldonado.

El 18 de septiembre de 1884, la ley 1.754, sancionada por Santos el día 20 crea:

  • El departamento de Treinta y Tres, separando su territorio del de Cerro Largo y Minas[5]
  • El departamento de Artigas, sobre territorio que correspondía previamente al departamento de Salto. Se establece como capital la Villa de San Eugenio, que en 1915 pasa a la categoría de ciudad y toma el nombre de Artigas.

La ley 1.757 del 1 de octubre de 1884 crea el departamento de Rivera, sobre territorio que pertenecía a Tacuarembó.

Finalmente, el 30 de diciembre de 1885, la Ley Nro. 1854 crea el departamento de Flores con el territorio que pertenecía a la 3.ª Sección Judicial del departamento de San José.[6]

Funcionariado

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En Uruguay trabajan casi 40 000 personas en la administración departamental y local. Muchos gobiernos departamentales pueden funcionar gracias a las partidas económicas que reciben del gobierno central.[7]

Congreso Nacional de Intendentes

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La reforma constitucional de 1997 institucionalizó el Congreso Nacional de Intendentes, procurando coordinar políticas departamentales y de descentralización.

Municipios

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Municipios de Uruguay en 2020.

Hasta el año 2009 inclusive, las Intendencias reunían competencias a nivel departamental y municipal, por lo que la denominación de cada ejecutivo departamental era "Intendencia Municipal de XXX".

Por la ley N.º 18.567 del 13 de septiembre de 2009 se creó un tercer nivel de gobierno y administración llamado municipio (informalmente se conocen también como "alcaldías"). Los municipios se utilizan en doble sentido: como órgano de gobierno local y como la jurisdicción territorial donde se establecen estos gobiernos locales.[8]​ Están gobernados por órganos de cinco miembros. El presidente del órgano recibe el nombre de "alcalde" y los demás miembros el de "concejales". Los miembros se eligen por voto directo de la ciudadanía en la misma oportunidad en la que se eligen los Intendentes y las Juntas Departamentales.

La ley estableció que habrá municipios en "toda población de al menos dos mil habitantes". Sin embargo, por una enmienda posterior (ley N.º 18.644 del 12 de febrero de 2010), se estableció que en 2010 se instalasen municipios en todas las localidades de más de 5000 habitantes, totalizando 89, creándose los restantes a partir de 2015; aumentando a 125 el número de municipios en todo el país.[9]

Véase también

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Referencias

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  1. Constitución de la República Oriental del Uruguay Archivado el 29 de marzo de 2015 en Wayback Machine.
  2. Diccionario geográfico del Uruguay por Orestes Araújo
  3. Fernández Baltasar, Luis. Precisiones histórico-geográficas en Durazno, Colección Los Departamentos, Nº 12, Editorial Nuestra Tierra, Montevideo, 1970.
  4. Constitución del Estado Oriental del Uruguay, 1830 Archivado el 21 de octubre de 2013 en Wayback Machine.
  5. Reseñas históricas departamentales: Treinta y Tres. Almanaque del Banco de Seguros, Montevideo, 1957, pp. 218-221
  6. Las fechas y números de leyes están tomadas de Riva, Nina: Creación del Departamento de Florida en 150 años de Florida, fascículo 1 y 150 años de Florida, fascículo 2 Intendencia de Florida, 2006.
  7. «Trabajadores municipales en Uruguay». Últimas Noticias. 27 de febrero de 2012. Archivado desde el original el 12 de abril de 2014. Consultado el 3 de noviembre de 2012. 
  8. A partir del 2010 Uruguay contará con un Tercer Nivel de Gobierno
  9. «Alcaldes y Alcaldesas asumen en los 125 Municipios de Uruguay». municipios.gub.uy. Consultado el 27 de noviembre de 2020. 

Enlaces externos

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