Nuevo Reino de Granada
| Nuevo Reino de Granada Nuevo Reyno de Granada Reyno de la Nueva Granada | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Reino | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1538-1717 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Primeras divisiones políticas realizadas por los españoles en el continente americano, se observa el territorio inicial del Nuevo Reino de Granada, 1538. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital | Santafé de Bogotá | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidad | Reino | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| • País |
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| • Virreinato | Virreinato del Perú (1542-1717) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Idioma oficial | Castellano | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| • Otros idiomas | Lenguas indígenas de Colombia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gentilicio | Neogranadino-a | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Religión | Católica | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Moneda | Real español | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Período histórico | Colonización española de América | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| • 1538 | Establecido | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| • 1717 | Disuelto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Forma de gobierno | Monarquía/Real Audiencia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Rey |
Carlos I Fernando VII | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El Nuevo Reino de Granada fue un reino integrante de la Monarquía Católica (Imperio español) ubicado al norte de Suramérica, que corresponde al territorio de la actual República de Colombia excluyendo el territorio que ésta ha perdido desde la Independencia. Puede considerarse como el antecesor de Colombia, pues además de compartir territorio sus instituciones fueron la base del posterior estado republicano, el cual fue transformando paulatinamente las instituciones españolas por otras más modernas.
Es erróneo considerar que era una colonia, pues España siempre consideró a sus dominios como Reinos de Indias en lugar de colonias; este reino contaba con sus propias instituciones -la Real Audiencia -y era gobernado desde su capital, Santafé (actual Bogotá) siendo de facto una autarquía. No obstante, pese a que sus instituciones le permitían tener autogobierno, los funcionarios de ésta eran en su mayoría españoles peninsulares; éste hecho en un principio conllevó a enlances matrimoniales entre españoles y la élite local para establecer alianzas. A finales del siglo XVIII los criollos fueron relegados del poder y comenzaron las disputas que aunado a factores externos de la independencia
Historia[editar]
En 1514 fue la primera vez que España se asentó permanentemente en el área. Con Santa Marta (1525) y Cartagena de Indias (1533), se estableció el control español de la costa, y comenzó la expansión del control territorial hacia el interior. El conquistador Gonzalo Jiménez de Quesada colonizó una vasta área en la región siguiendo el cauce del río Magdalena en el interior de los Andes en Colombia, derrotando a la poderosa Confederación muisca, fundando la ciudad de Santafé de Bogotá en 1538, y nombrando la región como el Nuevo Reino de Granada, en homenaje al Reino de Granada, España.
Para establecer un gobierno civil en la Nueva Granada, se creó una real audiencia en Santafé de Bogotá en 1548-1549, un cuerpo que combinaba la autoridad ejecutiva y judicial, hasta cuando se estableció una presidencia o gobernación en 1564, asumiendo los poderes ejecutivos. En este punto, la Nueva Granada es considerada una capitanía general del Virreinato del Perú. La jurisdicción de la Real Audiencia se fue extendiendo con el tiempo sobre las provincias circuncidantes que se iban constituyendo alrededor del territorio correspondiente a la Nueva Granada.
Desde 1587 hasta 1614, los franciscanos –comisionados a la evangelización de la zona– crearon en Nueva Granada una Comisaría General, órgano superior de coordinación de las custodias y misiones de los mismos en América.[1]
En 1717, Santafé se constituiría en la capital del Virreinato de Nueva Granada , que aunque suspendido en 1724 por problemas financieros, fue reinstaurado en 1739 y continuó hasta la pérdida del poder español sobre los territorios en los años 1810.
El 27 de enero de 1812 se creó el tercer Consejo de Regencia durante la marcha de Fernando VII a Bayona, presidido por el neogranadino Joaquín Mosquera y Figueroa. Durante este periodo, coincidente con la Guerra de Independencia española, se forman las Cortes de Cádiz, que acabaron redactando la Constitución española de 1812. Su mandato concluye el 8 de marzo de 1813.
Gobierno y Política[editar]
Artículo principal: Real Audiencia de Santafé de Bogotá
El órgano de gobierno de este reino era la Audiencia real de Santafé de Bogotá (1550-1819), una institución de origen ibérico y que se ocupaba también de los asuntos judiciales y de ajustar las leyes a la realidad local (pactismo); la Real Audiencia tenía el título de Alteza (Phelan, 1978) y por lo tanto convertía a la Nueva Granada en un Reino, sus integrantes eran representantes del poder regio. No obstante, pese a que el Nuevo Reino de Granada no era gobernado desde Madrid, sus funcionarios en su mayoría eran peninsulares que se establecían en Santafé y pactaban con las élites locales.
A semejanza de las peninsulares, las Audiencias indianas se concibieron con el objeto de que fueran, no sólo órganos de justicia, sino también de control del gobierno y de consulta para las demás autoridades. Eran tribunales colegiados, compuestos por un número variable de oidores y jueces letrados, y tenían además uno o dos fiscales y otros funcionarios menores. Desde su creación hasta la llegada del primer presidente efectivo, Venero de Leiva, la Audiencia estuvo compuesta por cuatro oidores y un fiscal. A partir de entonces, por ser los presidentes letrados, el número de oidores pasó a tres. En 1597 y en 1606 se agregaron, sucesivamente, dos plazas más, y la sexta se creó en 1618. A partir de 1660 se suspendió definitivamente la última plaza y la Recopilación apunta que la Audiencia de Santafé contará con cinco oidores.
El reino se componía de varias gobernaciones también llamadas provincias las cuales eran regidas por un gobernador que también era capitán general, es decir que poseía facultades militares. Las gobernaciones estaban subdivididas en unidades más pequeñas que también eran llamadas provincias, lo que ha generado confusión entre los historiadores para determinar la división administrativa exacta del Nuevo Reino de Granada; aun así, estas subentidades poseían un corregidor -o teniente gobernador -que ayudaba en la administración, pues las gobernaciones eran realmente extensas y los corregidores facilitaron el ordenamiento y el control. Los gobernadores eran nombrados por el Consejo de Indias con consulta de la Audiencia.
La unidad administrativa básica el municipio, el cual ni tenía diferencias apreciables con los municipios españoles, su res publica era el cabildo donde los vecinos (hombres con propiedades) se reunían y elegían un gobierno por elección popular; cada primero de enero los vecinos elegían entre ellos los próximos integrantes del cabildo, sin embargo llegó a ser posible comprar los cargos a la corona. El cabildo estaba compuesto por regidores (actuales concejales), quienes elegían dos alcaldes quienes podían administrar justicia; también eran parte del cabildo el alférez real (representante del rey), el alguacil mayor, el fiel ejecutor, el procurador, el escribano real, los alcaldes de la Santa Hermandad, el Depositario General entre otros cargos menores.
Divisiones administrativas[editar]
El Administrador de la Renta de Correos una provincia se constituía en una unidad de gobierno político, militar (y de otras características que no resultan muy claras), dependiente en lo jurídico y contencioso de la Audiencia. Esta aclaración resulta de gran interés e importancia ya que ayuda a precisar los criterios administrativos de la época; sin embargo, debe ser considerada con precaución ya que no concuerda del todo con los parámetros aplicados por otros administradores. Al comparar las demarcaciones jurisdiccionales del Nuevo Reino presentadas por Pando aproximadamente en 1770, con las de Francisco Silvestre fechadas en 1789, se observan diferencias que si bien pueden originarse en cambios administrativos, también obedecen a la aplicación de criterios distintos. En buena parte, esta diferencia en la utilización de los conceptos se basa en que Silvestre siguió la costumbre de dar el “título de provincia a cada gobierno, (o) corregimiento,...”, tal como lo indicó Pando en uno de sus apartes transcrito anteriormente. En general, para Silvestre las divisiones básicas del virreinato eran los gobiernos y los corregimientos (de provincia) y no las provincias, término que utilizó indistintamente para referirse tanto a lo que Pando denominaría provincias, como a subdivisiones de las mismas. Así, por ejemplo, señaló que dentro de la jurisdicción de Popayán estaban las provincias de Iscuandé, Raposo, Barbacoas y Pasto pero, de la misma manera se refirió a las provincias de Popayán, Mariquita y Cartagena, divisiones administrativas a las que, como se ha visto, Pando aplicaría tal calificativo.
Otro tanto sucede con las notas relativas al plano geográfico del virreinato de Santafé firmadas por Moreno y Escandón en 1770 y con los datos del censo de 1778. Moreno y Escandón dividió el territorio en “Gobiernos Militares y Plazas de Armas”, “Gobiernos Políticos del Distrito de la Audiencia de Santa Fe de Provisión Real” y “Gobiernos de Provisión de los Señores Virreyes” y los censos de 1778 en “provincias” o “provincias o distritos del reino”, muchas más de las 14 provincias existentes según Pando.
Estas diferencias de criterio presentan dos puntos de interés para los efectos de este escrito. El primero tiene que ver con la posibilidad de comparar y complementar la información que proporcionan estos diferentes informes, ya que, por ejemplo, mientras los censos y el informe de Silvestre resultan muy útiles para mirar los datos de población del virreinato, el de Moreno y Escandón y, en especial, el de Pando, resultan de gran importancia para estudiar sus divisiones político-administrativas. Sobre el particular conviene señalar que en principio tal posibilidad en general es viable, ya que lo que sucede es que, según el criterio del administrador que presentaba el informe, ciertas unidades administrativas se agrupaban o no bajo una unidad mayor. Esto se puede apreciar en el siguiente cuadro, en el que se comparan las divisiones político–administrativas del virreinato de la Nueva Granada utilizadas por Silvestre y por Pando, tomando como punto de referencia el informe de este último, que suministra una información más discriminada y sistemática de las diferentes unidades administrativas:
| Pando | Silvestre | Población |
|---|---|---|
| Provincias | Gobiernos y Corregimientos | |
| Santafé | Santafé | 119.779 |
| Antioquia | Antioquia | 48.604 |
| Mariquita | Mariquita | 47.138 |
| Cartagena | Cartagena | 119.647 |
| Santa Marta | Santa Marta | 83.908 |
| Tunja | Corregimiento de Tunja y Gobierno de San Juan de Girón | 270.813 |
| Llanos | Llanos de San Juan y de San Martín, 1000 Santiago de las Atalayas o Gobierno de los Llanos | 21.931 |
| Neiva | Neiva | 13.000 |
| Chocó | Chocó | 15.286 |
| Popayán | Popayán | 70.463 |
| Panamá | Veraguas, Alange, Panamá, Portobelo y Darién | 59.914 |
| Venezuela | Maracaibo, Cumaná, Guayaya y Caracas. | - |
| Quito | Gobiernos: Quito, Atacamez, Cuenca, Jaen de los Bracamoros, Mainas, Yaguarzongo y el de los Quijos Canelos y Macas.
Corregimientos: Quito, San Miguel de Ibarra, Otavalo, Latacunga, Riobamba, Chimbo o Guraranda, y Loja (unida al gobierno de Yaguarzongo) |
447.171 |
| Guayaquil | Guayaquil | 30.435 |
| 14 Provincias | 22 gobernaciones y 8 corregimientos | 1'349.089 |
| Virreinato de la Nueva Granada, cuadro comparativo de sus divisiones político administrativas según los informes de Pando (ca. 1770) y Silvestre (1789) y la información de su población según Silvestre. | ||
| Fuente: Josef Antonio de Pando, "Ytinerario...", op., cit., pp. 248-300; y Francisco Silvestre, "Apuntes Resservados", op., cit., 41-99. | ||
Bibliografía[editar]
- ↑ Cf. Pedro Borges, Las órdenes religiosas, 211.
- Pedro Borges, Las Órdenes religiosas, en Historia de la Iglesia en Hispanoamérica y Filipinas, I, a cargo de P. Borges, BAC, Madrid 1992, ISBN 84-7914-054-2
- Fisher, John R., Allan J. Keuthe, Anthony McFarlane, eds. Reform and Insurrection in Bourbon New Granada and Peru. Baton Rouge, Louisiana State University Press, 1990. ISBN 9780807116548
- Kuethe, Allan J. Military Reform and Society in New Granada, 1773–1808. Gainsville, University Presses of Florida, 1978. ISBN 9780813005706
- McFarlane, Anthony. Colombia Before Independence: Economy, Society and Politics under Bourbon Rule. Cambridge, Cambridge University Press, 1993. ISBN 9780521416412
- Phelan, John Leddy. The People and the King: The Comunero Revolution in Colombia, 1781. Madison, University of Wisconsin Press, 1978. ISBN 9780299072902
- Herrera Ángel, Marta, Las divisiones político-administrativas del virreinato de la nueva granada a finales del período colonial
Enlaces externos[editar]
| Convenciones | ||
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- Gobernaciones y provincias indianas
- Organización territorial del Virreinato de Perú
- Organización territorial de Virreinato de Nueva Granada
- Estados y territorios fundados en 1550
- Estados y territorios desaparecidos en 1717
- Historia moderna de España
- Reinos de España
- Antiguos reinos de América
- España en 1550
- España en 1717
- Reinado de Carlos II de España
- Reinado de Felipe II
- Reinado de Felipe IV
- Reinado de Felipe V
- Reinado de Felipe III
- Reinado de Carlos I de España y V del Sacro Imperio
- España en el siglo XVII
