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[[File:Furgón UIP perteneciente al Cuerpo Nacional de Policía de España.jpg|thumb|Furgón de la Unidad de intervención policial - UIP (antidisturbios) de la Policía Nacional de España]]
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Revisión del 12:39 8 sep 2016

Cuerpo Nacional de Policía


Logotipo

Emblema

Localización
País EspañaBandera de España España
Información general
Sigla CNP
Jurisdicción Territorio nacional
Tipo Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado
Sede Avenida del Doctor Federico Rubio y Galí, 55
Madrid, Comunidad de Madrid
Organización
Ministros Jorge Fernández Díaz
Dirección Ignacio Cosidó
Colores Azul
Festividad Ángeles custodios (2 de octubre)
Medallas otorgadas Medalla de Oro o de Plata al Mérito Policial
Cruz con distintivo Rojo o Blanco al Mérito Policial

Condecoración a la Dedicación al Servicio Policial
Depende de Ministerio del Interior
Empleados 65.706 agentes (2016)[1]
Historia
Fundación 1986[nota 1]
Sucesión
CPN
CSP
Cuerpo Nacional de Policía
www.policia.es

El Cuerpo Nacional de Policía (CNP), denominado Policía Nacional,[nota 2]​ es un instituto armado español de naturaleza civil, dependiente del Ministerio del Interior,[2]​ principal responsable de la vigilancia policial de zonas urbanas de más de 20 000 habitantes.[3][nota 3]​ Se encarga además, a través de sus numerosas especialidades, de investigaciones penales, judiciales, terroristas y asuntos sobre orden público e inmigración. Sin embargo, la capacidad y poder del CNP varía según las distintas comunidades autónomas del país; la Ertzaintza en el País Vasco, los Mozos de Escuadra en Cataluña o la Policía Foral en Navarra son los principales cuerpos y fuerzas de seguridad en estas comunidades, por lo que el papel del cuerpo en estas regiones es menor.

Antecedentes

Citroën C4 Picasso, coche patrulla más utilizado por la Policía Nacional
Furgón de la Unidad de intervención policial - UIP (antidisturbios) de la Policía Nacional de España
Furgones de la UIP
Moto de gran cilindrada y Citroen C4 Picasso del CNP

Los antecedentes de este cuerpo datan del año 1824 cuando Fernando VII, a su regreso al trono, dicta un real decreto[4]​sobre el arreglo de la Policía de mis Reinos motivado por que Circunscrita un día a una órbita demasiado estrecha... se limitó a precauciones proporcionadas a las circunstancias tranquilas en que se hallaba la Monarquía, y es preciso por lo tanto darles la unidad, la extensión y la fuerza que reclaman las variaciones de los tiempos y de las costumbres. Otras interpretaciones de este documento se inclinan hacia el parecer de que se trata de una unificación, reorganización y concreción de normas y funciones de control administrativo, más que a una estricta instauración de una fuerza o cuerpo concreto de policía, ya que el mismo documento expresa, en su artº XV, la ausencia de fuerza armada disponible para su desempeño.

De esta forma se separaba por primera vez en España la dependencia de una fuerza pública del Ministerio de la Guerra del Ministerio, pasando a depender del Ministerio de la Gobernación.[5]

El Cuerpo Nacional de Policía, con su estructura y denominación actual tiene su origen directo en la Constitución de 1978, donde se le consagran dos misiones básicas: proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la Seguridad Ciudadana.

A partir de este mandato Constitucional, el 13 de marzo de 1986 se promulgó la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, (Ley Orgánica 2/1986) que unificaba los Cuerpos de Policía Nacional y Cuerpo Superior de Policía en el actual Cuerpo Nacional de Policía. Eran dos cuerpos de naturaleza muy distinta, pues el cuerpo superior se dedicaba a la investigación, frente al otro cuerpo, que era fundamentalmente un cuerpo policial de orden público. Así pues en el Cuerpo Nacional de Policía se integraron los funcionarios de los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional, que quedaron extinguidos.

En este cuerpo están permitidos los sindicatos, pero de carácter profesional. Entre ellos encontramos, por orden de representación en el Consejo de la Policía, los siguientes: Sindicato Unificado de Policía (SUP), Confederación Española de Policía (CEP), Unión Federal de Policía (UFP), Sindicato Profesional de Policía (SPP) y Sindicato de Comisarios de Policía (SCP). En el 2008 los tres vocales de la UFP en el Consejo de la Policía, se desgajan del mismo y crean el Sindicato Nacional de Policía Española (SNPE). Durante 2008 los cinco sindicatos profesionales, en unidad de acción, han presentado "conflicto colectivo" contra la administración policial y el Gobierno, debido a los reiterados incumplimientos de equiparación económica y en medios, frente a las Policías Autonómicas y Locales, que en algunos casos llegan a suponer unos 500-800  menos al mes de salario.

Las competencias del Cuerpo Nacional de Policía varían según las Comunidades Autónomas, debido la asunción de algunas suyas y de la Guardia Civil por parte de los Mozos de Escuadra en Cataluña, la Ertzaintza en el País Vasco, la Policía Foral de Navarra en Navarra y la Policía Canaria en Canarias. En Andalucía, Aragón, Asturias, Galicia y Comunidad Valenciana hay unidades de la Policía Nacional que actúan directa y funcionalmente bajo las órdenes de las Comunidades Autónomas a las que están adscritas.

Historia

Orígenes de la policía española

Grupo operativo especial de seguridad - GOES y seguridad ciudadana actuando en Vigo
Antiguos uniformes del cuerpo de policía en una exposición en Vigo.

Si entre los rasgos que configuran el perfil profesional del Cuerpo Nacional de Policía hubiera que elegir el que mejor le define frente a los demás cuerpos de seguridad españoles, tal rasgo habría de ser el de su carácter nítidamente urbano.

Fue la necesidad de dotar a las ciudades españolas de una estructura de seguridad moderna, lo que determinó que en 1824, S.M. el Rey dictase la Real Cédula en la que se creaba la Policía General de Reino. Policía que, ya desde su origen, se pone a las órdenes de un magistrado con el título de Superintendente General. La misma Real Cédula dedica un apartado especial a Madrid, ciudad que es dotada de una estructura de Comisarías de Distrito— de «cuartel» se decía entonces— que, con las naturales evoluciones, se ha mantenido hasta nuestros días.

En ese mismo año se dictan los Reglamentos de Policía tanto de Madrid como de las provincias colocando a estas últimas bajo las órdenes de Intendentes que respondían ante el Intendente General y dividiendo cada provincia en Subdelegaciones radicadas en las localidades o partidos importantes— 126 entonces— que constituyen el antecedente de la actual estructura en Comisarías Provinciales y Locales.

Es de destacar que la Cédula de 1824 configura la doble función que hoy tiene la policía moderna. Por una parte, velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos persiguiendo a aquellos que los vulneran y poniéndolos en manos de la Justicia «en el plazo de ocho días, lo más tarde» según cita el Artículo XVI.

Además de esta función de policía judicial, la Real Cédula configura la otra gran función de la Policía en relación a la prestación del servicio público de seguridad «garantizando el bien y la seguridad pública» mensaje en el que— a pesar del tono ilustrado de las palabras— encuentra eco en el moderno deseo de la Administración Pública de dar un servicio que asegure el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.

Nacimiento del Cuerpo Nacional de Policía

Camión de transporte equino de la Policía Nacional.

Conforme a la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el Cuerpo Nacional de Policía nace de la integración de los cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional.

De este modo, además de solucionar posibles problemas de coordinación y mando, se pretendía homogeneizar, en un solo colectivo, Cuerpos que realizaban funciones similares o complementarias, para conseguir un incremento en la efectividad del servicio.

En el Cuerpo Nacional de Policía se integraron los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía y del Cuerpo de la Policía Nacional, que quedarían extinguidos. La integración prevista en el artículo 17 de la Ley Orgánica 2/86 se realizó dentro de cada Escala, por riguroso orden de empleo o categoría y antigüedad en los mismos, sobre la base de otorgar la misma puntuación al empleo de Coronel y a la categoría de Comisario principal; al empleo de Teniente Coronel y a la categoría de Comisario; al empleo de Capitán y a la categoría de Inspector de primera, y al empleo de Teniente y a la categoría de Inspector de segunda.

  • En la Escala Superior, en su Primera categoría, se integraron los Comisarios Principales, Coroneles y el número de Comisarios y Tenientes Coroneles que reglamentariamente se determinó, mientras en su Segunda categoría se integraron los Comisarios, Tenientes Coroneles y Comandantes.
  • En la Escala Ejecutiva, en su Primera categoría se integraron los Subcomisarios, Capitanes e Inspectores de Primera y en su Segunda categoría los Tenientes y los Inspectores de Segunda y Tercera.
  • En la Escala de Subinspección se integraron los Suboficiales.
  • En la Escala Básica en su Primera categoría los Cabos y en su Segunda categoría los Policías Nacionales.

Escuelas del CNP

Escuela de la Policía Nacional en Ávila

Centro de Altos Estudios

Antes del 2013 se denominaba Centro de Promoción. La sede se encuentra en Carabanchel (Madrid). Actualmente tiene una doble función al dedicarse de una parte a la formación de ascenso a las categorías de Comisario Principal, Comisario e Inspector-Jefe, y de otra a desarrollar acciones formativas tanto de mandos españoles como extranjeros, todo ello en colaboración con diferentes universidades españolas.

Escuela Nacional de Policía

La Escuela Nacional de Policía, con sede en la ciudad de Ávila, pertenece a la División de Formación y Perfeccionamiento y es el lugar donde los opositores declarados aptos en la fase de oposición libre, tanto a la Escala Básica —categoría de Policía—, como a la Escala Ejecutiva —categoría de Inspector—, se forman para ser funcionarios de la Policía Nacional. También se imparten cursos de ascenso para los agentes de promoción interna dentro del propio Cuerpo (Oficiales de Escala Básica, Subinspectores de Escala de Subinspección, e Inspectores de Escala Ejecutiva), así como cursos complementarios a miembros de otros cuerpos, tanto españoles (Policía Foral de Navarra , policía local de Castilla y León y policía municipal de la Comunidad de Madrid), como de otros países, colaborando con los mismos en programas de intercambio.

Asimismo la Escuela Nacional de Policía acoge la sede de la Secretaría Permanente de la Escuela Iberoamericana de Policía de la Comunidad de Policías de América (IBERPOL).

Entre sus instalaciones destaca el museo de la Policía, existente desde 1908 y trasladado a la academia en 1986 coincidiendo con su inauguración.

Centro de Actualización y Especialización (CAE)

Dedicado a la programación de los correspondientes grupos de actualización profesional o reciclaje, así como los cursos de especialización operativa. Los cursos pueden ser impartidos de forma telemática o con presencia física de los agentes, en este caso las sedes donde se van a impartir los cursos pueden ir desde la Escuela Nacional de Policía, hasta la propia sede del CAE o el Centro de Prácticas Operativas.

Área de Procesos selectivos

Se encarga de desarrollar todos los procesos de selección tanto para el acceso en sus categorías de policía e inspector, como los relacionados con la promoción interna a todas las categorías del cuerpo.

Procesos de gran complejidad por el volumen de participantes ( para la convocatoria del año 2015 a la categoría de policía el número de solicitudes alcanza la cifra de 60.000).

Cada año, se publica la oferta pública de empleo en la que se especifica el número de plazas a cubrir en cada escala. La fase de Oposición de ingreso en la Escala Básica, categoría Policía, consta de 4 pruebas. La primera de aptitud física, la segunda de conocimiento y ortografía (la ortografía no estaba contemplada en convocatorias anteriores), la tercera de psicotécnicos y entrevista personal y la cuarta de reconocimiento médico. No hay que olvidar el ejercicio voluntario de idioma en inglés o francés.

Después de aprobar la oposición se deberá superar un curso de formación en la Escuela de Ávila, y una vez aprobado, se pasará por un tiempo de prácticas en las diferentes dependencias de una Comisaría de Policía que se reparten por el territorio español.

Superado éste periodo de prácticas de carácter eliminatorio se hará efectivo el nombramiento de Policía en Activo mediante el acto de jura de cargo en la misma escuela. Se hará entrega del carné profesional y placa emblema del cuerpo, junto al diploma que certifica al alumno como nuevo funcionario de Carrera.

Centro de Prácticas Operativas "La Enira"

Se encuentra en Linares (Jaén) el Centro de Prácticas Operativas de la Policía Nacional "La Enira". Estas instalaciones están destinadas al entrenamiento del Grupo Especial de Operaciones (GEO), de las Unidades de Intervención Policial (UIP) y de los Técnicos Especialistas en Desactivación de Artefactos Explosivos y Agentes Nucleares, Radiológicos, Biológicos y Químicos (TEDAX-NRBQ).[6]

Competencias del Cuerpo Nacional de Policía

URO VAMTAC de la UIP.

Según la Ley Orgánica 2/1986 al CNP le será encomendadas las siguientes funciones exclusivas en todo el territorio nacional:

  1. La expedición del Documento Nacional de Identidad y de los pasaportes.
  2. El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
  3. Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.
  4. La vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia del juego.
  5. La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
  6. Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, conforme a lo establecido en los tratados o acuerdos internacionales sobre las leyes, bajo la superior dirección del Ministerio del Interior. Mediante Interpol y Europol. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 31 marzo de 1998 y STS 4 de marzo de 2010) ha interpretado que esta competencia no puede considerarse exclusiva del CNP.
  7. El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
  8. Aquellas otras que le atribuya la legislación vigente.

Y las siguientes funciones generales en las capitales de provincia y en otras poblaciones determinadas por el gobierno:

Mercedes-Benz Sprinter de las Unidades de Intervención Policial (UIP).
  1. Velar por el cumplimiento de las leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias.
  2. Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
  3. Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran.
  4. Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.
  5. Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
  6. Prevenir la comisión de actos delictivos.
  7. Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del juez o tribunal competente, y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes.
  8. Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.
  9. Colaborar con los servicios de Protección Civil, en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en los términos en que se establezcan en la legislación de protección civil.

Normativa que rige al Cuerpo Nacional de Policía

  • ORDEN INT/2103/2005, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
  • ORDEN 3117/2007, de 26 octubre. Por la que se modifica la Orden INT/2103/2005, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, para incorporar la nueva Comisaría Local de Policía de San Andrés de Rabanedo.
  • ORDEN 161/2008, de 29 enero. Por la que se modifica la Orden INT/2103/2005, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, al objeto de adecuar determinadas unidades de la Jefatura Superior de Policía de Cataluña.
  • ORDEN 2606/2008, de 15 septiembre. Por la que se modifica la Orden INT/2103/2005, de julio por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
  • ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
  • LEY ORGÁNICA 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
  • ORDEN INT/2678/2015, de 10 de octubre, por la que modifica la ORDEN INT/28/2013.

Estructura Central

Motocicletas Honda Deauville de la Policía Nacional
Patrulla a caballo.
Nissan Patrol largo remolcando una patrullera (UIP).
Tanqueta Thyssen-Henschel UR-416.
Camión Renault Kerax 4x4 Laboratorio de Actuaciones Especiales de la Policía Científica.

La estructura de la Organización Central del Cuerpo Nacional de Policía según las últimas reestructuraciones del Ministerio del Interior, operadas a través del R.D. 991/2006, de 8 de septiembre; el R.D. 1571/2007, de 30 de noviembre; el R.D. 1181/2008, de 11 de julio; y el Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, que continúa el proceso de reestructuración iniciado por el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en el que se crean las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, suprimiéndose la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Actualmente la estructura de la DGP viene regulada por ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero, modificada por ORDEN INT/2678/2015, donde se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos. La Dirección General de la Policía se compone de:

  • Dirección Adjunta Operativa.
  • Subdirección General de Recursos Humanos.
  • Subdirección General de Gestión Económica, Técnica y Documental.
  • Unidad de Coordinación.

Dirección Adjunta Operativa

Es la encargada de la colaboración con el director general en la dirección, coordinación y supervisión de las unidades operativas supraterritoriales y territoriales, así como en el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos y en la definición de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas.

Los órganos encargados de prestar apoyo y asistencia a la DAO son;

- Jefatura Central de Operaciones. Dependen las Comisarias Especiales (de Casa Real,Presidencia de Gobierno,Congreso, Senado, Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Defensor del Pueblo, y Tribunal de Cuentas), así como las Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas.[7]

- Unidad Planificación Estratégica y Coordinación. Entre otras funciones, aglutina toda la coordinación, recepción, tratamiento y análisis de la información en materia de inteligencia.[8]

- Unidad de Asuntos Internos. Vigila e investiga infracciones penales y conductas contrarias a la ética profesional por parte de los policías del CNP.

- Grupo Especial de Operaciones (GEO). Unidad de élite preparada para intervenir en situaciones que requieran una especial cualificación en su ejecución , particularmente de carácter terrorista, y otras que supongan grave riesgo para la vida y bienes de las personas (liberación toma de rehenes, protección de personas y bienes como son las Embajadas y Consulados de España en el extranjero).

Así mismo la Dirección Adjunta Operativa es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del director general, de la dirección, impulso y coordinación de las funciones policiales operativas, que en el nivel central serán realizadas por las Comisarías Generales de Información, de Policía Judicial, de Seguridad Ciudadana, de Extranjería y Fronteras y de Policía Científica, todas ellas con nivel orgánico de subdirección general, junto con la División de Cooperación Internacional .

Comisarías Generales

- Captación, recepción, tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la seguridad pública.

- Utilización operativa de la información, específicamente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional.

Está integrada entre otros por:[9]
- Unidad Central de Inteligencia.

- Unidad Central de Información Interior.

- Unidad Central de Información Exterior.

- Unidad Central de Apoyo Operativo.

- Unidad Central de Desactivación de Explosivos. Formada por los TEDAX-NRBQ (Nuclear, Radiológico, Biológico y Químico). Sus funciones son las de intervenir y actuar ante la presencia y detección de supuestos artefactos explosivos e incendiarios y todo tipo de agentes NRBQ, así como la recogida, transporte, análisis e investigación de los mecanismos, elementos y restos de dichos artefactos y de las sustancias o agentes.
El equipo mínimo de actuación ante un incidente con explosivos, es el compuesto por 2 policías T.E.D.A.X., al que se denomina Equipo de Desactivación de Explosivos (E.D.E.). Estos equipos dependen orgánica y funcionalmente de sus respectivos mandos policiales territoriales.
Los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28.11.1986 y 16.02.1996 otorgan el carácter de Secreto a la estructura, organización, medios y procedimientos operativos específicos de los Servicios de información, así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos puedan revelarlas.

Le corresponde la investigación y persecución de las infracciones supraterritoriales, especialmente los delitos relacionados con las drogas, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar, así como la colaboración con las Policías de otros países. Asimismo, le corresponderá la dirección de los servicios encargados de la investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, así como la colaboración con los servicios correspondientes del Banco de España en estos asuntos.[10]

- Unidad Central de Inteligencia Criminal (U.C.I.C). Encargada de la captación, recepción, análisis relacionadas con la actividad criminal, coordinando las investigaciones criminales para evitar duplicidades entre los grupos investigadores.
- Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (U.D.E.F Central).Encargada de la investigación en materia de delincuencia económica y fiscal, incluyendo investigaciones de Blanqueo de Capitales y anticorrupción.
- Unidad de Investigación Tecnológica ( U.I.T.). Asume la investigación de actividades delictivas complejas que utilizan las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), relacionadas con los fraudes por internet, la protección al menor (pornografía infantil,grooming) delitos contra la propiedad intelectual e industrial (piratería informática) y seguridad lógica mediante las intrusiones informáticas, virus y daños.
- Unidad de Droga y Crimen Organizado (U.D.Y.C.O Central). Encargada de la investigación del tráfico ílícito de drogas y modalidades delictivas cometidas por el crimen organizado.
- Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (U.D.E.V Central). Investigación de delitos especialmente graves contra las personas(homicidios, desaparecidos), patrimonio(atracos, robos), con especial significación del patrimonio histórico artístico, delitos relativos al derecho de autor, o del consumo y medio ambiente, incluyendo las infracciones delictivas en materia de dopaje en el deporte y la vigilancia e inspección del juego de azar.
- Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (U.F.A.M.). Tiene competencias en la investigación y persecución de los delitos en el ámbito de la violencia de género, doméstica y todos los delitos sexuales, así como la coordinación de la protección de las víctimas de violencia de género.

- La organización y gestión de lo relativo a la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana.
- El control de las empresas y del personal de la seguridad privada.
- La vigilancia de los espectáculos públicos, dentro del ámbito de competencia del Estado.
- La protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su interés lo requieran.

Las unidades que las componen son:

- Secretaría General de la C.G.S.C.
- Jefatura de las Unidades de Intervención Policial. Coordina y controla todas las Unidades de Intervención Policial (U.I.P.),teniendo como misión específica la prevención, mantenimiento y restablecimiento del orden público.
- Unidad Central de Protección. Su función es organizar, gestionar y ejecutar, a nivel central la protección de altas personalidades, edificios e instalaciones de interés.
- Jefatura de las Unidades Especiales. Se considera Unidades Especiales a las de Subsuelo, Guías Caninos y Caballería.
- Unidad Central de Seguridad Privada. Encargada de la inspección y control de empresas y personal de seguridad privada.
- Unidad Central de Participación Ciudadana y Programas. Canaliza las relaciones con los colectivos ciudadanos para atención de sus demandas sociales en materia policial.

Organiza y gestiona los servicios de expedición de las tarjetas de extranjero, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros, la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal, y en general, el régimen policial de extranjería, asilo, emigración e inmigración.

Las unidades que las componen son:

- Centro Nacional de Inmigración y Fronteras. Canaliza y realiza el seguimiento en materia de extranjería del Derecho Comunitario e Internacional.Así como la colaboración con la Agencia Europea de Fronteras (FRONTEX).
- Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales (UCRIF).Investiga los delitos relacionados con el tráfico de personas y la trata de seres humanos,así como las falsedades documentales vinculados con esa actividad.
- Unidad Central de Fronteras (UCF). Efectúa el control fronterizo de personas.
- Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER). Tiene la dirección, coordinación, organización, control y ejecución de expulsiones, devoluciones y repatriaciones. ASí como como el control y la coordinación de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

Tiene como funciones la prestación de los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como la elaboración de los informes periciales y documentales que le sean encomendados.

Las unidades que las componen son:

- Unidad Central de Identificación. Obtiene las reseñas dactilares y muestras biológicas de hechos criminales, alimentando bases de datos policiales nacionales (PERPOL, SAID, PEDYRH)), e internacionales (EURODAC)
- Unidad Central de Criminalística. Su función es estudiar y realizar informes periciales en materia de falsificación documental, grafoscopia, balística,acústica y pericias informáticas.
- Unidad Central de Análisis Científicos. Gestiona los laboratorios de ADN, Química y Toxicología.
- Unidad Central de Investigación Científica y Tecnológica. Dedicados a la verificación de los estándares de calidad y a las relaciones internacionales en materia de Policía Cientifica.
- Unidad Central de Coordinación Operativa. Coordina a las unidades de Policía Científica a nivel territorial.

División

División De Cooperación Internacional

Esta División se encarga de la coordinación y cooperación internacional, colabora con los policías de otros países, y apoya al personal policial que presta servicio en el extranjero. En ella se encuentra la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina Sirene.

Estructura Periférica

Está intregada por las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales, Comisarías Locales, Comisarías de Distrito, Centros de Cooperación Policial y Aduanera.

Jefaturas Superiores

Las Jefaturas Superiores son lo más parecido a los Órganos Centrales de la Dirección General, pero a escala regional, teniendo bajo su circunscripción, toda las funciones del CNP de una determinada zona, o como es conocida en el "argot", Región Policial, bajo la dependencia funcionarial del respectivo Delegado o Subdelegado del Gobierno. Suelen estar situadas en cada capital de Comunidad autónoma (aunque no siempre). Está compuesta por diferentes brigadas operativas:

Vehículos utilizados en aeropuertos y estaciones. Estación de Atocha.
Puesto fronterizo policial España-Andorra.
Nissan Patrol GR largo de los TEDAX-NRBQ remolcando un robot AUNAV.
Robot usado por los TEDAX presentado en el Homsec 2015.
  • Brigada de Seguridad Ciudadana:
    • Prevención y mantenimiento de la Seguridad Ciudadana (orden público).
    • Seguridad privada y espectáculos.
    • Protección de personalidades y edificios.
    • Custodia y traslado de detenidos.
  • Brigada Policía Judicial:
    • Investigación y persecución de delitos y faltas.
    • Explotación de información.
    • Auxilio a las Autoridades Judicial y Fiscal.
  • Brigada de Información:
    • Captación y recepción de información.
    • Gestión y desarrollo de información.
  • Brigada de Extranjería y Fronteras:
    • Control entrada/salida de extranjeros.
    • Tramitación de expedientes de Refugio y Asilo.
    • Vigilancia de la emigración e inmigración.
  • Brigada de Policía Científica:
    • Recogida y tratamiento de indicios.
    • Elaboración de informes.
    • Reseñas de detenidos.

Comisarías Provinciales

En cada capital de provincia.

Comisarías Locales

En grandes núcleos poblacionales. Son un total de 125.

Comisarías de Distrito

En los distritos Policiales que se determinen debido al gran volumen de población.

Centros de Cooperación Policial y Aduanera

Son instalaciones policiales del Ministerio del Interior en zonas fronterizas en las que miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional que comparten las dependencias con policías del país con el que se comparte dicha frontera (Francia, Portugal o Marruecos).

Hay 5 con Portugal: Tuy-Valença do Minho, Vilar Formoso-Fuentes de Oñoro, Caya-Elvas, Vila Real de Santo Antonio-Ayamonte y Quintanilla-Alcañices. Hay otras 4 con Francia: Canfranc-Somport-Urdos, Le Perthus-La Junquera, Melles Pont du Roy-Les y Hendaye-Irún). Hay 1 con Marruecos: Algeciras-Tánger.

Unidades adscritas a Comunidades Autónomas

Citroën Xsara Picasso de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón.

El CNP tiene 4 unidades adscritas a las Comunidades de: Valencia, Andalucía, Galicia, y Aragón. Son las siguientes:

Estos unidades dependerán orgánicamente del Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía, dentro de la Dirección Adjunta Operativa (DAO); dependerán funcionalmente de las autoridades autonómicas competentes; y el mando, dirección y coordinación se ejercerá a través de la Jefatura de cada Unidad.

Especialidades

Miembros del GEO realizan un simulacro de asalto a un edificio utilizando un vehículo URO VAMTAC S3 equipado con un MARS (sistema de rampa móvil ajustable).
Furgoneta de las Unidades de Subsuelo y Protección Ambiental.
Antidisturbios de la UIP.

Cuenta con numerosas especialidades como por ejemplo:[11]

Nota: Existe personal facultativo y técnicos que desempeñan labores muy concretas (sanidad, químicos, biólogos...)

Escalas y categorías

Según establece la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional, el Cuerpo Nacional de Policía se estructura en 4 Escalas y dentro de éstas, en 7 categorías:

  • Escala Superior, con dos categorías:

Primera: Comisario Principal. Entre ellos se nombrarán los componentes de la junta de gobierno (Director Adjunto Operativo, Subdirectores Generales, Comisarios Generales y Jefes de División) y los Jefes Superiores de Policía.

Segunda: Comisario.

  • Escala Ejecutiva, con dos categorías:

Primera: Inspector Jefe.

Segunda: Inspector.

  • Escala de Subinspección, con la categoría de Subinspector.
  • Escala Básica, con dos categorías:

Primera: Oficial de Policía.

Segunda: Policía.

  • En la Policía Nacional existirán las plazas de facultativos y de técnicos que sean necesarias para la cobertura y apoyo de la función policial, y que se cubrirán entre funcionarios de carrera de cualquiera de las administraciones públicas.

Régimen interno

Divisas

Divisa del CNP de la Escala Básica perteneciente a un agente de Policía

Uniformidad

Régimen disciplinario

Regulado por la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo.

Riesgos laborales

El Cuerpo Nacional de Policía en cuanto a las actividades propias del mismo cuenta con su propia normativa de PRL, el Real Decreto 2/2006.[12]

Ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía

Los requisitos para ingresar en el cuerpo son:

  • Estar en posesión de la nacionalidad española.
  • Tener 18 años. (El requisito de edad máxima fue declarado nulo por Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2011)
  • Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
  • Estar en posesión del título de Bachillerato, equivalente o superior.
  • Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
  • No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • Estar en posesión del permiso de conducir de la actual clase B.

Existen dos vías para acceder al Cuerpo Nacional de Policía: Oposiciones a la Escala Básica u oposiciones a la Escala Ejecutiva.

  • Para opositar a la Escala Ejecutiva es necesario además, el título título universitario oficial de Grado. No obstante los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores

a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre donde se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional. [13]

Polémicas

A lo largo de su historia, se ha acusado al CNP de extralimitarse en ciertas ocasiones. Miembros de la policía[14]​ estuvieron implicados en la década de 1980 en los GAL y el terrorismo de Estado contra ETA,[15]​ actuaciones que según las sentencias posteriores estaban dirigidas y financiadas por el propio Ministerio del Interior.[16]​ Uno de sus órganos que más críticas ha recibido son las Unidades de Intervención Policial, que se ocupan de la seguridad de eventos que puedan causar una grave alteración del orden público,[17]​ acusada de abuso de fuerza,[18]​ detenciones aleatorias y la infiltración probada de sus agentes en manifestaciones,[19]​ además de sus polémicas actuaciones en las fronteras y denuncias de torturas.[18]

En la cultura

Desde el año 2009, se organiza un concurso literario únicamente para policías con el nombre Concurso literario policía y cultura, destinado a fomentar la cultura y la literatura entre los miembros del cuerpo, para así intentar borrar y según ellos desmitificar la imagen a veces estereotipada de iletrados.[20]

Símbolos