Secretaría de Salud (México)

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Secretaría de Salud


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Sede de la Secretaría de Salud en México, D.F.
Localización
País México México
Información general
Sigla SALUD
Jurisdicción México
Tipo Secretaría de Estado
Sede Ciudad de México
Organización
Secretario Mercedes Juan López
Entidad superior Presidente de México
Dependencias Seguro Popular
Instituto Mexicano del Seguro Social
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Historia
Fundación 1938
Sucesión
Secretaría de Salubridad y Asistencia Secretaría de Salud
Sitio oficial

La Secretaría de Salud de México es una secretaría de estado del poder ejecutivo federal, encargada de la salud del pueblo mexicano; así como de su educación, cuidado a través de campañas de vacunación y fomento a través de diversos programas de salud. Además, se encarga de la manutención de los centros dedicados tanto públicos como privados (Centros de Salud, Hospitales, Sanatorios, Clínicas, Consultorios Médicos); y tiene en su control los registros de los sitios médicos, personal médico, personas afiliadas a sus distintos programas, alimentos y bebidas de consumo y el catálogo de todas las medicinas utilizadas tanto en libre venta como las preescritas; con excepción de todo lo anterior aplicado para animales, de las que se encarga la SAGARPA.

Funciones

Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su Artículo 39, le corresponde el despacho de las siguientes funciones:

  • Conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente; y coordinar los programas de servicios a la salud de la administración pública federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen.
  • Crear y administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de terapia social en cualquier lugar del territorio nacional y organizar la asistencia pública en el Distrito Federal.
  • Aplicar a la Asistencia Pública los fondos que le proporcionen la Lotería Nacional y los Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública; y administrar el patrimonio de la Beneficencia Pública en el Distrito Federal, en los términos de las disposiciones legales aplicables, a fin de apoyar los programas de servicios de salud.
  • Organizar y vigilar las instituciones de beneficencia privada, en los términos de las leyes relativas, e integrar sus patronatos, respetando la voluntad de los fundadores.
  • Planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y proveer a la adecuada participación de las dependencias y entidades públicas que presten servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento del derecho
  • Ejecutar el control sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de drogas y productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario que no estén comprendidos en la Convención de Ginebra.
  • Poner en práctica las medidas tendientes a conservar la salud y la vida de los trabajadores del campo y de la ciudad y la higiene industrial, con excepción de lo que se relaciona con la previsión social en el trabajo.

Artículo 26.- A la Secretaría de Salud corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Ejercer las atribuciones que en materia de salud le correspondan al titular del Ejecutivo Estatal, de acuerdo a la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado de México, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;

II. Conducir la política estatal en materia de salud, en los términos de la Ley de Salud del Estado de México y demás disposiciones aplicables, de conformidad con el Sistema Nacional de Salud;

III. Elaborar en coordinación con las autoridades competentes los programas de salud y presentados a la aprobación del Gobernador del Estado;

IV. Coordinar la participación de todas las instituciones de los sectores público, social y privado en la ejecución de las políticas de salud de la entidad;

V. Planear, organizar, dirigir, coordinar y evaluar el Sistema Estatal de Salud, con base en la legislación en la materia;

VI. Coordinar la prestación de servicios de atención médica, salud pública y regulación sanitaria en el Estado; y convenir en lo conducente, con cualquier otro sector que promueva acciones en estas materias;

VII. Planear, operar, controlar y evaluar el Sistema Estatal de Donación de Órganos Humanos para trasplante;

VIII. Planear, operar, controlar y evaluar el Sistema de Información de Salud del Estado de México, participando todas las dependencias y organismos auxiliares que proporcionen servicios de salud, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

IX. Impulsar la descentralización y desconcentración de los servicios de salud a los municipios, mediante los convenios que al efecto se suscriban, en términos de la Ley de Salud del Estado de México y demás disposiciones legales en la materia;

X. Proponer al Ejecutivo Estatal, para su aprobación, acuerdos de coordinación con las instituciones del sector salud, tendientes a promover y apoyar los programas de medicina preventiva;

XI. Proponer e implementar la infraestructura sanitaria necesaria que procure niveles de sanidad mínimos entre la población;

XII. Dictar las medidas de seguridad sanitaria que sean necesarias para proteger la salud de la población;

XIII. Proponer al Gobernador del Estado las normas sanitarias a las que deberá sujetarse la salubridad local y aplicar las relativas a salubridad general, en los términos de los acuerdos de coordinación que al efecto se celebren entre el Gobierno del Estado y la Secretaría de Salud del Gobierno Federal;

XIV. Coordinar la realización de campañas para prevenir y atacar las epidemias y enfermedades que por su naturaleza requieran de atención y cuidados especiales;

XV. Realizar, en coordinación con otras instancias públicas, sociales y privadas, campañas de concientización, educación, capacitación sanitaria y de salud, que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de la población del Estado;

XVI. Desarrollar acciones encaminadas a erradicar las enfermedades transmisibles, así como los factores que afecten la salud, o propicien el alcoholismo, las toxicomanías y otros vicios sociales;

XVII. Establecer, coordinar y ejecutar, con la participación de otras instituciones asistenciales públicas y privadas, programas para la asistencia, prevención, atención y tratamiento a las personas discapacitadas;

XVIII. Vigilar que se apliquen las normas oficiales mexicanas, en materia de salud, que emitan las autoridades federales;

XIX. Coordinar, supervisar e inspeccionar los centros educativos, para proteger la salud del educando y de la comunidad escolar, los servicios de medicina legal de salud en apoyo a la procuración de justicia, así como la atención médica a la población interna en los centros preventivos y de readaptación social;

XX. Participar con las dependencias competentes y con las autoridades federales y municipales en la prevención o tratamiento de problemas ambientales;

XXI. Organizar congresos, talleres, conferencias y demás eventos que coadyuven a la capacitación y actualización de los conocimientos del personal médico en materia de salud;

XXII. Verificar el cumplimiento de las normas establecidas para la prestación de servicios de salud, por parte de los sectores público, social y privado en el Estado, vigilando que se aplique el cuadro básico de insumos para la salud;

XXIII. Vigilar, en coordinación con las autoridades educativas, al ejercicio de los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en la prestación de sus servicios;

XXIV. Efectuar el control higiénico e inspección sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y circulación de comestibles y bebidas;

XXV. Controlar la preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario;

XXVI. Vigilar y supervisar la operación de clínicas, hospitales y consultorios públicos y privados, a fin de que operen conforme a los términos de las leyes en la materia;

XXVII. Adquirir, con sujeción a las bases y procedimientos relativos, el equipo instrumental médico que requieran las unidades aplicativas, así como contratar, en su caso, los servicios para su reparación y mantenimiento, observando las disposiciones en la materia;

XXVIII. Participar en el establecimiento y expedición, en coordinación con las dependencias competentes del Ejecutivo Estatal, de las bases y normas a las que deben sujetarse los concursos para la ejecución de obras del sector salud; y

XXIX. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y disposiciones en la materia.

Fuente: Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.

Organigrama

Órganos administrativos desconcentrados y entidades

Para llevar a cabo dichas funciones, la Secretaría cuenta con las siguientes unidades:

Artículo 25.- La Secretaría de Salud es la dependencia encargada de conducir la política estatal en materia de salud en los términos de la legislación aplicable.

Denominaciones anteriores

Desde su creación en 1938 como Secretaría de Asistencia Social la secretaría ha tenido los siguientes cambios de denominación:

  • (1938 - 1940): Secretaría de Asistencia Social
  • (1940 - 1982): Secretaría de Salubridad y Asistencia
  • (1982 - ): Secretaría de Salud

Lista de secretarios de Salud de México

Archivo:Foto secretario jose cordov.jpg
José Ángel Córdova, 2006-2011.
Julio Frenk Mora, 2000-2006.
Juan Ramón de la Fuente, 1994-1999.
Secretario Partido Periodo Presidente Denominación
Enrique Hernández Álvarez PNR/PRM 1938 - 1939 Lázaro Cárdenas del Río Secretaría de Asistencia Social
Silvestre Guerrero PRM 1939 - 30 de noviembre de 1940
Gustavo Baz Prada PRM/PRI 1 de diciembre de 1940 - 30 de noviembre de 1946 Manuel Ávila Camacho Secretaría de Salubridad y Asistencia
Rafael Pascasio Gamboa PRI 1 de diciembre de 1946 - 30 de noviembre de 1952 Miguel Alemán Valdés
Ignacio Morones Prieto PRI 1 de diciembre de 1952 - 30 de noviembre de 1958 Adolfo Ruiz Cortines
José Álvarez Amézquita PRI 1 de diciembre de 1958 - 30 de noviembre de 1964 Adolfo López Mateos
Rafael Moreno Valle PRI 1 de diciembre de 1964 - 1968 Gustavo Díaz Ordaz
Salvador Aceves Parra PRI 1968 - 30 de noviembre de 1970
Jorge Jiménez Cantú PRI 1 de diciembre de 1970 - 4 de marzo de 1975 Luis Echeverría Álvarez
Ginés Navarro Díaz de León PRI 4 de marzo de 1975 - 30 de noviembre de 1976
Emilio Martínez Manatou PRI 1 de diciembre de 1976 - 5 de junio de 1980 José López Portillo
Mario Calles López Negrete PRI 5 de junio de 1980 - 30 de noviembre de 1982
Guillermo Soberón Acevedo PRI 1 de diciembre de 1982 - 30 de noviembre de 1988 Miguel de la Madrid Hurtado Secretaría de Salud
Jesús Kumate Rodríguez PRI 1 de diciembre de 1988 - 30 de noviembre de 1994 Carlos Salinas de Gortari
Juan Ramón de la Fuente IND 1 de diciembre de 1994 - 17 de noviembre de 1999 Ernesto Zedillo Ponce de León
José Antonio González Fernández PRI 17 de noviembre de 1999 - 30 de noviembre de 2000
Julio Frenk Mora IND 1 de diciembre de 2000 - 30 de noviembre de 2006 Vicente Fox Quesada
José Ángel Córdova Villalobos PAN 1 de diciembre de 2006 - 9 de septiembre de 2011 Felipe Calderón Hinojosa
Salomón Chertorivski Woldenberg IND 9 de septiembre de 2011 - 30 de noviembre de 2012
Mercedes Juan López PRI 1 de diciembre de 2012 - Enrique Peña Nieto

Véase también

Enlaces externos