Secretaría de Hacienda y Crédito Público (México)

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Secretaría de Hacienda y Crédito Público
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Información
Acrónimo S.H.C.P.
"Hacienda" (nombre popular)
Tipo Secretaría de Estado
Fundación 1821
Ámbito Flag of Mexico.svg México
Sede Coat of arms of Mexican Federal District.svg México, D. F. Palacio Nacional s/n. Col Centro, Del. Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06000
19°26′01″N 99°07′52″O / 19.43361, -99.13111
Secretario Luis Videgaray Caso
Entidad superior Presidencia de la República
Dependencias Servicio de Administración Tributaria
Procuraduría Fiscal de la Federación
Tesorería de la Federación
Subsecretaría de Egresos
Subsecretaría de Ingresos
Cronología
Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda ◄ Actual ►
Sitio web
Sitio oficial

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México (comúnmente conocida simplemente como Hacienda) es la Secretaría de Estado a la que según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 31 le corresponde el despacho de las siguientes funciones:

Índice

Funciones [editar]

I. Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente;

II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la Administración Pública Federal; III. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal;

IV. (Derogada D.O.F. 23-XII-1993);

V. Manejar la deuda pública de la Federación y del Departamento del Distrito Federal;

VI. Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público;

VII. Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito; (Reformada D.O.F. 23-XII-1993);

VIII. Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y de organizaciones y actividades auxiliares del crédito;

IX. Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría; X. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que corresponda;

IX. Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales; XII. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera; (Reformada D.O.F. 4-I-1999);

XIII. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales;

XIV. Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la Administración Pública Paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;

XV. Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos, junto con el del Departamento del Distrito Federal, a la consideración del Presidente de la República; XVI. Evaluar y autorizar los programas de inversión pública de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

XVII. Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera la vigilancia y evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los presupuestos de egresos;

XVIII. Formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal;

XIX. Coordinar y desarrollar los servicios nacionales de estadística y de información geográfica así como establecer las normas y procedimientos para su organización, funcionamiento y coordinación; (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);

XX. Fijar los lineamientos que se deben seguir en la elaboración de la documentación necesaria para la formulación del Informe Presidencial e integrar dicha documentación;

XXI. Opinar, previamente a su expedición, sobre los proyectos de normas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y desincorporación de activos, servicios y ejecución de obras públicas de la Administración Pública Federal; (Reformada D.O.F. 28-XII-1994);

XXII. (Derogada D.O.F. 28-XII-1994);

XXIII. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y evaluación;

XIV. Ejercer el control presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control de gasto en ese rubro, y (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);

XV. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Organigrama [editar]

Oficinas centrales del S. A. T. en el D. F.

Para llevar a cabo dichas funciones la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuenta con las siguientes unidades:

  • Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público
  • Subsecretaría de Ingresos
  • Subsecretaría de Egresos
  • Procuraduría Fiscal de la Federación
  • Tesorería de la Federación

Órganos dependientes, descentralizados y Entidades [editar]

Lista de Secretarios de Hacienda y Crédito Público de México [editar]

Agustín Carstens Carstens, 2006-2009
Francisco Gil Díaz, 2000-2006
Guillermo Ortiz Martínez, 1994-1998
Mario Ramón Beteta, 1975-1976
José López Portillo, 1973-1975

Enlaces externos [editar]