Capitalización individual

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En seguridad social se denomina capitalización individual a un sistema de ahorro personal para la vejez. Como estrategia para prevenir la incapacidad laboral que produce la vejez, el sistema se distingue del régimen de reparto público en que mientras este último está organizado a partir de un mecanismo en que los trabajadores activos financian a los pasivos, el sistema de capitalización está apoyado en un mecanismo de ahorro individual en cuentas personales de retiro. En efecto, bajo este sistema los cotizantes traspasan mes a mes un porcentaje de sus ingresos a una cuenta individual que es de su propiedad, administrada por una empresa privada que invierte tales recursos en diversos instrumentos financieros, los cuales están determinados y regulados específicamente por la ley, con el fin de incrementar el monto acumulado por el individuo a través del interés compuesto (es decir, ganar todos los meses, interés por sobre interés), de manera de que éste pueda optar a mejores condiciones de pensión al momento de la jubilación. En varios países el sistema de capitalización individual existe como opción voluntaria, organizado por empresas de seguro privadas, con objeto de complementar el sistema público de reparto.

Historia

En 1981, durante la dictadura militar de Augusto Pinochet, el entonces ministro del Trabajo y Previsión Social, José Piñera Echenique, creó en Chile un sistema de pensiones de capitalización individual en que cada trabajador chileno es propietario de una cuenta de ahorro para la vejez, donde mes a mes va depositando parte de su remuneración con el fin de ir ganando intereses producto de la inversiones que se realizan con sus ahorros, que son administrados por empresas privadas.

A partir de la década de 1990, el modelo de capitalización chileno empezó a ser replicado total o parcialmente por varios países del mundo. Entre otros figuran naciones de América Latina como Perú, Colombia y México. En numerosos países latinoamericanos se impusieron las políticas económicas de corte liberalismo del Fondo Monetario Internacional, que impulsaron la privatización de los fondos de pensiones. Este modelo presentó varios problemas en su desarrollo, entre ellos los inconvenientes de ser vulnerables a la inestabilidad cíclica del capitalismo financiero y las variaciones de los mercados mundiales, en las que pueden obtenerse grandes beneficios o cosechar importantes pérdidas que podrían poner en riesgo los ahorros de jubilados y pensionados que no cuentan con otro ingreso para subsistir. Se ha verificado además, que en los casos de Argentina y de Nicaragua, que con la privatización de los fondos no se logró aumentar la cobertura de la seguridad social, premisa fundamental de la defensa de los sistemas privados sobre los estatales.[1][2][3][4]​ En Bolivia, debido a la descapitalización de los fondos privados y sus múltiples atrasos en el pago de jubilaciones, desde el 10 de diciembre de 2010 se inició el retorno de la administración de los fondos de pensiones al Estado.[5]

Principios y características generales

En mayor o menor grado, los sistemas de pensiones basados en capitalización individual comparten los siguientes principios y características generales:

Propiedad privada

Cada trabajador es propietario de una cuenta individual de ahorro para su vejez, la cual está protegida y en la que se depositan sus cotizaciones. Estos depósitos se capitalizan de acuerdo al rendimiento del Fondo de Pensiones durante su vida de trabajo. Al final de su vida laboral, el monto acumulado en la cuenta sirve para financiar la pensión del jubilado.

Responsabilidad individual

La característica fundamental de este sistema es que la pensión que a futuro recibirá el trabajador depende de los ahorros acumulados en su cuenta de ahorro para la vejez durante toda su vida de trabajo.

Sistema de capitalización individual

En Chile, donde el sistema nació, todo trabajador del sector privado, desde el año 1980, cotizará automáticamente en el «nuevo sistema de pensiones» (como fue denominado) a diferencia de los empleados públicos que cotizarían en el sistema de su elección, las fuerzas armadas mantendrían su sistema anterior de pensiones.[6][1] Además, los trabajadores pueden elegir la empresa que administrará sus ahorros, de realizar los aportes voluntarios para mejorar su pensión o adelantarla, de escoger la modalidad de pensión entre las opciones que le entrega la ley. Junto con ello, por las características del sistema, la edad de jubilación no es obligatoria. Cada trabajador es libre de decidir si jubila a la edad legal o si decide postergar o anticipar el momento de su jubilación, lo cual tomando en cuenta las pensiones entregadas obligan a más del 85 % de los pensionados a trabajar hasta los 80-85 años.[7]​ En el ámbito de las empresas administradoras de los ahorros previsionales, existe un amplia libertad de entrada al mercado de la administración de fondos de pensiones.

Ganancias

El sistema de capitalización está estructurado para que los fondos de pensiones tengan la máxima seguridad en su inversión para las aseguradoras, entregando como utilidades, solo el año 2017 de 116 mil millones de pesos, es decir un crecimiento del 42 %[8]​ y de 8 % (total) en los multifondos.[9]​ Por lo anterior, las empresas administradoras tienen un patrimonio y una personalidad jurídica distinta a los fondos que administran. Además, las administradoras solo pueden realizar las inversiones en los instrumentos financieros señalados por la ley.

Seguro de invalidez y Seguro de vida|sobrevivencia

El sistema de capitalización contempla la existencia de una Seguro de Invalidez y Sobrevivencia que financien las pensiones en caso de muerte o invalidez del trabajador y que deben ser contratados por las AFP, para sus afiliados, a una Compañía de Seguros, filiales de las mismas.

Modalidades de pensión

En general, existen dos modalidades de pensión. Como primera opción, el trabajador puede optar por comprar con sus ahorros, a una compañía de seguros, una renta vitalicia que es una pensión de por vida para él y que en caso de fallecimiento, se continua pagando a su viudo o viuda y/o a sus hijos en conformidad a los señalado en la ley. Como segunda opción, el trabajador puede optar por mantener sus ahorros en la empresa que administra sus ahorros y realizar giros durante toda su vida laboral y los cuales serán su pensión. En caso de fallecimiento, los ahorros restantes que no han sido utilizados en su cuenta, pasan a ser herencia para sus sucesores.[cita requerida]

Rol del Estado

El aparato estatal tiene dos funciones importantes en el sistema de capitalización. La primera es la regulación y supervisión de cumplimiento, por parte de las administradoras, de las normas legales que regulan el sistema, todo esto por medio de un órgano estatal independiente que en Chile recibe el nombre de Superintendencia de Pensiones. La segunda es la de garantizar pensiones mínimas para las personas, que por diversos motivos , no hayan podido acumular suficientes ahorros para poder tener una pensión digna las cuales ascienden a 1601 millones de dólares en fondos de pensiones solidarias (110.000 pesos chilenos , aproximadamente 158 dólares).[10]

Efectos

Las AFP pagan cerca de 2 millones de pensiones. Al mes de abril de 2014, el monto promedio de las pensiones pagadas fue de $192.561. Bajo la modalidad de retiro programado, 9 de cada 10 jubilados/as (el 90 %) percibe menos de $142.638.

Críticas

Algunos críticos del sistema señalan que estatizar los fondos de pensiones, con el fin de retener ese excedente de 4,7 billones de pesos anuales, que equivalen al 3,6 % del Producto Interno Bruto de 201, permitiría duplicar todas las pensiones que paga el sistema de AFP, para igualarlas con las que paga el sistema público. El resultado es que el Estado recibiría un 3,6 % del PIB, lo que equivale a aumentar en 10 % los ingresos fiscales generales. Con esto, el Estado podría duplicar las pensiones, que hoy cobra del millón de personas que hoy reciben pensiones del sistema de AFP. Se prevé que la crisis se agrave en 2016 cuando jubile la primera generación de trabajadores nativa del sistema actual, que no contarán con el bono de reconocimiento de quienes transitaron ambos sistemas de pensión. Sin embargo, esta crítica es simplista y con poco análisis intertemporal. Es importante notar que duplicar las pensiones hoy implicaría tener un estricto sistema de reparto. Al hablar de duplicar las pensiones hoy se están comparando fondos acumulados de distintas décadas. Los fondos que se acumulan hoy crecerán en las próximas décadas de acuerdo a las inversiones realizadas, lo que significa que de cada 100 que recibe o recibirá un trabajador, el cotizante a lo largo de su vida solo habrá puesto 30. Es decir, independiente de si ahorró gran volumen de dinero o poco, la rentabilidad que genera el sistema respecto a la cantidad que el pensionado ahorró es de 70 sobre cada 100 pagado en pensiones. Esto demuestran todos los datos históricos de la Superintendencia de Pensiones de Chile. [11][12]

Véase también

Referencias

Bibliografía

  • Rivadeneira Martínez, Carlos, «Aquí se fabrican pobres», LOM Ediciones, Santiago de Chile, 2016.
  • Grisolía, Julio Armando (2001), Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Buenos Aires, Depalma.