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Diferencia entre revisiones de «Organización territorial de Costa Rica»

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Con la instauración de la república y la declaración de Costa Rica como ''República libre, soberana e independiente'', se aprobó la [[Constitución Política de Costa Rica Reformada de 1848|Constitución Política de 1848]] el [[30 de noviembre]] de ese año, y según la Ley No. 36 del [[7 de diciembre]] de [[1848]], se estableció por primera vez las denominaciones de ''[[provincia]]'', ''[[Cantón (entidad subnacional)|cantón]]'' y ''[[distrito]]''.<ref>[http://web.archive.org/web/http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1541/14.pdf Constitución Política de la República de Costa Rica de 1848: Del territorio de Costa Rica].</ref> Según la mencionada ley, se crearon las provincias de:
Con la instauración de la república y la declaración de Costa Rica como ''República libre, soberana e independiente'', se aprobó la [[Constitución Política de Costa Rica Reformada de 1848|Constitución Política de 1848]] el [[30 de noviembre]] de ese año, y según la Ley . 36 del [[7 de diciembre]] de [[1848]], se estableció por primera vez las denominaciones de ''[[provincia]]'', ''[[Cantón (entidad subnacional)|cantón]]'' y ''[[distrito]]''.<ref>[http://web.archive.org/web/http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1541/14.pdf Constitución Política de la República de Costa Rica de 1848: Del territorio de Costa Rica].</ref> Según la mencionada ley, se crearon las provincias de:


* San José, con un cantón y diez distritos parroquiales.
* San José, con un cantón y diez distritos parroquiales.

Revisión del 20:14 11 nov 2017

Provincias de Costa Rica.

Según la Constitución Política en su artículo 168,[1]​ la división territorial de Costa Rica está organizada por ley en tres tipos de entidad subnacional:

"Para los efectos de la Administración Pública el territorio nacional se divide en provincias, éstas en cantones y los cantones en distritos."

Al 2017 la organización territorial comprende de 7 provincias, 82 cantones y 484 distritos.

Historia de la misma

Escudo de Costa Rica. Las 7 estrellas representan las 7 provincias.

Con la instauración de la república y la declaración de Costa Rica como República libre, soberana e independiente, se aprobó la Constitución Política de 1848 el 30 de noviembre de ese año, y según la Ley N°. 36 del 7 de diciembre de 1848, se estableció por primera vez las denominaciones de provincia, cantón y distrito.[2]​ Según la mencionada ley, se crearon las provincias de:

  • San José, con un cantón y diez distritos parroquiales.
  • Alajuela, con dos cantones y ocho distritos parroquiales.
  • Cartago, con dos cantones y trece distritos parroquiales.
  • Heredia, con un cantón y siete distritos parroquiales.
  • Guanacaste, con cuatro cantones y ocho distritos parroquiales.

Dicha ley catalogaba a Puntarenas como comarca, categoría hoy en desuso. El decreto legislativo No. 10 del 17 de septiembre de 1858 confiere a Puntarenas el título de provincia.

El decreto No. 27 del 6 de junio de 1870 creó la Comarca de Limón a partir del territorio más oriental de la Provincia de Cartago, y permitió el establecimiento de un ayuntamiento. No sería hasta 1902, bajo el decreto legislativo No. 59 del 1 de agosto que se constituyó en la séptima y última de las provincias que comprende el territorio nacional.

De 1848 a 2017 la cifra de cantones en el país ha pasado de 10 a 82. El último cantón en ser constituido es el de Río Cuarto (antiguo distrito de Grecia en la provincia de Alajuela). Los distritos, por su parte, han experimentado mayor flexibilidad en su proceso de constitución, por lo que su número cambia constantemente. Por ejemplo, en la actualidad se tienen 470 distritos, cuando en el año 2000, al realizarse el censo de población los distritos eran 463.

Organización provincial

Política y administrativamente, Costa Rica está conformada por 7 provincias:

Provincias de Costa Rica
Provincia ISO 3166-2[3] Cabecera Cantones Distritos Habitantes[4] Extensión
km²
 San José CR-SJ San José 20 123 1 404 242 4 965,90
 Alajuela CR-A Alajuela 16 115 848 146 9 757,53
 Cartago CR-C Cartago 8 51 490 903 3 124,67
 Heredia CR-H Heredia 10 47 433 677 2 656,98
 Guanacaste CR-G Liberia 11 59 326 953 10 140,71
 Puntarenas CR-P Puntarenas 11 60 410 929 11 265,69
 Limón CR-L Limón 6 29 386 862 9 188,52



Organización cantonal

El concepto de Municipalidad o Ayuntamiento recae en la entidad subnacional de segundo nivel (los cantones), gobernados por un alcalde elegido cada cuatro años en elecciones generales, así como un Concejo Municipal (ver régimen municipal de Costa Rica). Según la Constitución Política, artículo 169:[1]

La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.

Organización distrital

Cada cantón se encuentra dividido en distritos cuyo número varía de cantón en cantón. Cada distrito tiene un Concejo de Distrito presidido por un síndico, todos de elección popular. El Concejo de Distrito es el interlocutor entre el distrito y el gobierno municipal y vela por los intereses comunales y vecinales ante el Concejo Municipal, si bien la administración directa del distrito recae en el municipio, los Concejos de Distrito ejercen también funciones administrativas como remitir proyectos al Concejo y supervisar las labores del alcalde.

Territorios indígenas

En Costa Rica existen 24 territorios indígenas debidamente delimitados por el gobierno central y que tienen autonomía limitada. Estos territorios son administrados por las Asociaciones de Desarrollo Indígena como gobierno local según Decreto No. 13568-G del Poder Ejecutivo.

Referencias

Véase también