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Diferencia entre revisiones de «Ramón Berenguer IV de Barcelona»

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'''Ramón Berenguer IV''' ''' ''el Santo'' ''' ([[Barcelona]] [[1113]]/[[1114]]-[[Borgo San Dalmazzo]], {{Fecha|6|8|1162}}){{Harvnp|Ubieto Arteta|1987|p=188}} fue [[conde]] de [[Condado de Barcelona|Barcelona]], [[Condado de Gerona|Gerona]], [[Condado de Osona|Osona]] y [[Condado de Cerdaña|Cerdaña]], y ''princeps'' de [[Reino de Aragón|Aragón]] (o a veces también de [[Condado de Sobrarbe|Sobrarbe]] y [[Condado de Ribagorza|Ribagorza]]),<ref>{{cita web |url=http://www.iea.es/_docum/77_OTP_Historia_del_condado_de_Ribagorza.pdf |título=Historia del condado de Ribagorza |fechaacceso=24 de septiembre de 2011 |apellido=Iglesias Costa |nombre=Manuel |año=2001 |formato=pdf |editor=Instituto de Estudios Altoaragoneses |ubicación=Huesca |página=215 |isbn=84-8127-121-7 |cita=Ramón Berenguer IV se tituló siempre conde de Barcelona y príncipe de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, o de Aragón a secas. |urlarchivo=https://web.archive.org/web/20120111140621/http://www.iea.es/_docum/77_OTP_Historia_del_condado_de_Ribagorza.pdf |fechaarchivo=11 de enero de 2012 }}</ref> que en la época significaba soberano.
'''Ramón Berenguer IV''' ''' ''el Santo'' ''' ([[Barcelona]] [[1113]]/[[1114]]-[[Borgo San Dalmazzo]], {{Fecha|6|8|1162}}){{Harvnp|Ubieto Arteta|1987|p=188}} fue [[conde]] de [[Condado de Barcelona|Barcelona]], [[Condado de Gerona|Gerona]], [[Condado de Osona|Osona]] y [[Condado de Cerdaña|Cerdaña]], y ''princeps'' de [[Reino de Aragón|Aragón]] (o a veces también de [[Condado de Sobrarbe|Sobrarbe]] y [[Condado de Ribagorza|Ribagorza]]),<ref>{{cita web |url=http://www.iea.es/_docum/77_OTP_Historia_del_condado_de_Ribagorza.pdf |título=Historia del condado de Ribagorza |fechaacceso=24 de septiembre de 2011 |apellido=Iglesias Costa |nombre=Manuel |año=2001 |formato=pdf |editor=Instituto de Estudios Altoaragoneses |ubicación=Huesca |página=215 |isbn=84-8127-121-7 |cita=Ramón Berenguer IV se tituló siempre conde de Barcelona y príncipe de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, o de Aragón a secas. |urlarchivo=https://web.archive.org/web/20120111140621/http://www.iea.es/_docum/77_OTP_Historia_del_condado_de_Ribagorza.pdf |fechaarchivo=11 de enero de 2012 }}</ref> que en la época significaba ''[[primus inter pares]]''.


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Gracias al apoyo mostrado a [[Ramiro II de Aragón]] en contra de Alfonso VII de León, aquel le ofreció a su hija [[Petronila de Aragón|Petronila]], de un año de edad, en matrimonio.
Gracias al apoyo mostrado a [[Ramiro II de Aragón]] en contra de Alfonso VII de León, aquel le ofreció a su hija [[Petronila de Aragón|Petronila]], de un año de edad, en matrimonio.


La boda (a pesar de la enorme diferencia de edad) se celebró en [[Lérida]], mucho más tarde, en el mes de agosto de 1150. El 13 de noviembre de 1137, Ramiro depositó en su yerno el reino y su hija de un año, firmando este en adelante como ''Conde de Barcelona y Príncipe de Aragón'' (la reina era su mujer Petronila). Luego se retiró a la vida monástica, en tanto que su nieto [[Alfonso II de Aragón|Alfonso]] no cumpliera la mayoría de edad. De esta manera, Ramiro cumplió la misión de salvar la monarquía y así también se uniría dinásticamente el [[Reino de Aragón]] con el [[Condado de Barcelona]].
La boda (a pesar de la enorme diferencia de edad) se celebró en [[Lérida]], mucho más tarde, en el mes de agosto de 1150. El 13 de noviembre de 1137, Ramiro depositó en su yerno el reino pero no la dignidad real, firmando este en adelante como ''Conde de Barcelona y Príncipe de Aragón'' (la reina era su mujer Petronila). Luego renunció al gobierno (aunque no a su título de 'Señor Mayor de la Casa de Aragón'), en tanto que su nieto [[Alfonso II de Aragón|Alfonso]] no cumpliera la mayoría de edad y volvió al convento. De esta manera, Ramiro cumplió la misión de salvar la monarquía y así también se uniría dinásticamente el [[Reino de Aragón]] con el [[Condado de Barcelona]].


Los acuerdos matrimoniales por los que se rigió el enlace se establecieron según el derecho aragonés y, según algunos historiadores, se establecieron bajo la forma de ''Matrimonio en Casa'' <ref>El historiador Cristian Palomo ha publicado el estudio ''A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137'' La segunda teoría, que asume plenamente la del casamiento en casa, considera el ahijamiento de Ramon Berenguer IV por parte de Ramiro II y la extinción de la línea troncal del linaje condal barcelonés. A continuación se analizan tanto los hechos como la documentación de la época y la bibliografía reciente sobre la temática. Finalmente, se ponen de relieve con detalle las conclusiones erróneas y la falta de método científico de ambas tesis. Véase su artículo [https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6951313 ''A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137''] Revista de Dret Històric Català, ISSN-e 1578-5300, Nº. 17, 2018, págs. 11-58.</ref>. Por este contrato de esponsales, y su reflejo en la documentación posterior de Petronila, el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. A partir de este contrato, quien tiene la última potestad no es el esposo, sino el ''Señor Mayor de la Casa de Aragón'', hasta que el heredero legítimo adquiera la potestad (y en el caso del reino de Aragón, el reino, título de rey y cabeza de la [[Casa de Aragón]]) y, por tanto, asumía el linaje de la Casa de Aragón él y sus herederos ''in saecula saeculorum'', por lo que, desde ese mismo momento<ref>Antonio Ubieto Arteta desarrolla esta cuestión en ''La creación de la Corona de Aragón'', Zaragoza, Anubar (Alcorces, 2), 1977; ''Historia de Aragón: La formación territorial'', Zaragoza, Anubar, 1981; ''Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón'', Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987; y en [http://www.derechoaragones.es/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?posicion=164&path=1457&forma=&presentacion=pagina ''Historia de Aragón: Creación y desarrollo de la Corona de Aragón''], Zaragoza, Anubar, 1987.</ref><ref name=Fatas>Como señalan Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, en ''Blasón de Aragón: El escudo y la bandera'', Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59:{{Cita|Ramón Berenguer, pues, al aceptar estas condiciones y sólo por aceptarlas [tratados de esponsales con Ramiro II de Aragón], lo que sucedió el once de agosto de 1137, pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos.|Fatás y Redondo, ''op. cit.'', pág. 59}}</ref><ref name="Montaner">Por otro lado, se puede ver un buen resumen de la cuestión en Alberto Montaner Frutos, ''El señal del rey de Aragón: Historia y significado'', Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27. ISBN 84-7820-283-8</ref><ref name="Navascues">Las implicaciones del enlace han sido aceptadas por genealogistas de la talla de Faustino Menéndez Pidal de Navascués, en la obra ''Símbolos de España'', Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000, págs. 95-138, ISBN 978-84-259-1110-1{{Cita|[Ramón Berenguer IV] era miembro de pleno derecho de la Casa Real de Aragón, según la fórmula jurídica tradicional del «casamiento en casa».|Faustino Menéndez Pidal de Navascués, ''loc. cit.'', 2000, pág. 99.}} Este autor repetirá esta misma frase en ''El Escudo de España'', Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, Madrid, 2004, págs. 104-105, ISBN 84-88833-02-4, si bien en ibídem, [http://books.google.com/books?id=cCLL5mbUA-wC&pg=PA99 pág. 99], señala la existencia de un cambio de dinastía tras la unión dinástica con el condado de Barcelona: {{Cita|La cuestión de sus orígenes [del emblema de los reyes de Aragón] ha interesado desde tiempos antiguos, sobre todo porque coinciden con el cambio de dinastía en el preciso momento de la aparición de los emblemas heráldicos.|Faustino Menéndez Pidal de Navascués, ''loc. cit.'', 2004, pág. 99.}}</ref> se extingue el linaje de la [[Casa de Barcelona]], tras el Casamiento en Casa en que se subsume en la [[Casa de Aragón]] en [[1137]], o bien se considera que perdura hasta la muerte sin descendencia masculina de [[Martín el Humano]] en el año 1410, según otros historiadores.<ref name = "Martín">{{Cita libro|editor=Urusaragón|título=El final de la Casa de Barcelona|año=2001|publicación=Gran Enciclopedia Aragonesa|ubicación=Zaragoza, Aragón|isbn=8460568113|urlcapítulo=http://www.enciclopedia-aragonesa.com/monograficos/historia/corona_de_aragon2/introduccion.asp}}</ref><ref>{{cita libro|apellidos=Guerrero Navarrete|nombre=Yolanda|título=Los primeros Trastámara castellanos y su época|año=2006|editorial=Madrid: Liceus|isbn= 84-9822-512-4}}
Los acuerdos matrimoniales por los que se rigió el enlace se establecieron según el derecho aragonés y, según algunos historiadores, se establecieron bajo la forma de ''Matrimonio en Casa'' <ref>El historiador Cristian Palomo ha publicado el estudio ''A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137'' La segunda teoría, que asume plenamente la del casamiento en casa, considera el ahijamiento de Ramon Berenguer IV por parte de Ramiro II y la extinción de la línea troncal del linaje condal barcelonés. A continuación se analizan tanto los hechos como la documentación de la época y la bibliografía reciente sobre la temática. Finalmente, se ponen de relieve con detalle las conclusiones erróneas y la falta de método científico de ambas tesis. Véase su artículo [https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6951313 ''A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137''] Revista de Dret Històric Català, ISSN-e 1578-5300, Nº. 17, 2018, págs. 11-58.</ref>. Por este contrato de esponsales, y su reflejo en la documentación posterior de Petronila, el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. A partir de este contrato, quien tiene la última potestad no es el esposo, sino el ''Señor Mayor de la Casa de Aragón'', hasta que el heredero legítimo adquiera la potestad (y en el caso del reino de Aragón, el reino, título de rey y cabeza de la [[Casa de Aragón]]) y, por tanto, asumía el linaje de la Casa de Aragón él y sus herederos ''in saecula saeculorum'', por lo que, desde ese mismo momento<ref>Antonio Ubieto Arteta desarrolla esta cuestión en ''La creación de la Corona de Aragón'', Zaragoza, Anubar (Alcorces, 2), 1977; ''Historia de Aragón: La formación territorial'', Zaragoza, Anubar, 1981; ''Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón'', Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987; y en [http://www.derechoaragones.es/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?posicion=164&path=1457&forma=&presentacion=pagina ''Historia de Aragón: Creación y desarrollo de la Corona de Aragón''], Zaragoza, Anubar, 1987.</ref><ref name=Fatas>Como señalan Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, en ''Blasón de Aragón: El escudo y la bandera'', Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59:{{Cita|Ramón Berenguer, pues, al aceptar estas condiciones y sólo por aceptarlas [tratados de esponsales con Ramiro II de Aragón], lo que sucedió el once de agosto de 1137, pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos.|Fatás y Redondo, ''op. cit.'', pág. 59}}</ref><ref name="Montaner">Por otro lado, se puede ver un buen resumen de la cuestión en Alberto Montaner Frutos, ''El señal del rey de Aragón: Historia y significado'', Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27. ISBN 84-7820-283-8</ref><ref name="Navascues">Las implicaciones del enlace han sido aceptadas por genealogistas de la talla de Faustino Menéndez Pidal de Navascués, en la obra ''Símbolos de España'', Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000, págs. 95-138, ISBN 978-84-259-1110-1{{Cita|[Ramón Berenguer IV] era miembro de pleno derecho de la Casa Real de Aragón, según la fórmula jurídica tradicional del «casamiento en casa».|Faustino Menéndez Pidal de Navascués, ''loc. cit.'', 2000, pág. 99.}} Este autor repetirá esta misma frase en ''El Escudo de España'', Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, Madrid, 2004, págs. 104-105, ISBN 84-88833-02-4, si bien en ibídem, [http://books.google.com/books?id=cCLL5mbUA-wC&pg=PA99 pág. 99], señala la existencia de un cambio de dinastía tras la unión dinástica con el condado de Barcelona: {{Cita|La cuestión de sus orígenes [del emblema de los reyes de Aragón] ha interesado desde tiempos antiguos, sobre todo porque coinciden con el cambio de dinastía en el preciso momento de la aparición de los emblemas heráldicos.|Faustino Menéndez Pidal de Navascués, ''loc. cit.'', 2004, pág. 99.}}</ref> se extingue el linaje de la [[Casa de Barcelona]], tras el Casamiento en Casa en que se subsume en la [[Casa de Aragón]] en [[1137]], o bien se considera que perdura hasta la muerte sin descendencia masculina de [[Martín el Humano]] en el año 1410, según otros historiadores.<ref name = "Martín">{{Cita libro|editor=Urusaragón|título=El final de la Casa de Barcelona|año=2001|publicación=Gran Enciclopedia Aragonesa|ubicación=Zaragoza, Aragón|isbn=8460568113|urlcapítulo=http://www.enciclopedia-aragonesa.com/monograficos/historia/corona_de_aragon2/introduccion.asp}}</ref><ref>{{cita libro|apellidos=Guerrero Navarrete|nombre=Yolanda|título=Los primeros Trastámara castellanos y su época|año=2006|editorial=Madrid: Liceus|isbn= 84-9822-512-4}}

Revisión del 09:12 9 feb 2023

Ramón Berenguer IV de Barcelona
Conde de Barcelona, Gerona, Osona, Cerdaña y Princeps de Aragón

Estatua de Ramón Berenguer IV en el Retiro de Madrid, España
Conde de Barcelona, Gerona, Osona y Cerdaña
19 de agosto de 1131-7 de agosto de 1162
Predecesor Ramón Berenguer III
Sucesor Alfonso II (Alfonso I como conde de Barcelona)
Príncipe de Aragón
Reinando Ramiro II y Petronila
13 de noviembre de 1137-7 de agosto de 1162
Predecesor Ramiro II, rey de Aragón
Sucesor Alfonso II, rey de Aragón
Información personal
Nacimiento 1113 o 1114
Barcelona, Condado de Barcelona
Fallecimiento 7 de agosto de 1162
Borgo San Dalmazzo, Piamonte
Sepultura Monasterio de Santa María de Ripoll
Familia
Dinastía Casa de Barcelona
Padre Ramón Berenguer III de Barcelona
Madre Dulce de Provenza
Consorte Petronila de Aragón

Ramón Berenguer IV el Santo (Barcelona 1113/1114-Borgo San Dalmazzo, 6 de agosto de 1162)[1]​ fue conde de Barcelona, Gerona, Osona y Cerdaña, y princeps de Aragón (o a veces también de Sobrarbe y Ribagorza),[2]​ que en la época significaba primus inter pares.

Vida

Orígenes familiares

Signum de Ramón Berenguer IV de Barcelona

Hijo de Ramón Berenguer III y de Dulce I de Provenza. Era nieto por línea paterna de Ramón Berenguer II y de Mafalda de Apulia-Calabria, y por línea materna de Gilberto de Gévaudan y Gerberga de Provenza.

A la muerte de su padre en 1131 recibe el Condado de Barcelona, mientras que su hermano gemelo Berenguer Ramón le sucede en Provenza. Fue caballero templario, como lo había sido su padre, aunque con carácter temporal (miles ad terminum).[3][4]

El 26 de mayo de 1135 acudió a León para la coronación de su cuñado Alfonso VII como Imperator totius Hispaniae (Emperador de toda España) ante el legado pontificio y los principales nobles de la península ibérica y el sur de Francia, incluyendo musulmanes.

Matrimonio con Petronila de Aragón

Retratos de la reina Petronila de Aragón y el conde Ramón Berenguer IV de Barcelona, óleo de 1634 (Museo del Prado), copia de un original de Filippo Ariosto de 1586.

Gracias al apoyo mostrado a Ramiro II de Aragón en contra de Alfonso VII de León, aquel le ofreció a su hija Petronila, de un año de edad, en matrimonio.

La boda (a pesar de la enorme diferencia de edad) se celebró en Lérida, mucho más tarde, en el mes de agosto de 1150. El 13 de noviembre de 1137, Ramiro depositó en su yerno el reino pero no la dignidad real, firmando este en adelante como Conde de Barcelona y Príncipe de Aragón (la reina era su mujer Petronila). Luego renunció al gobierno (aunque no a su título de 'Señor Mayor de la Casa de Aragón'), en tanto que su nieto Alfonso no cumpliera la mayoría de edad y volvió al convento. De esta manera, Ramiro cumplió la misión de salvar la monarquía y así también se uniría dinásticamente el Reino de Aragón con el Condado de Barcelona.

Los acuerdos matrimoniales por los que se rigió el enlace se establecieron según el derecho aragonés y, según algunos historiadores, se establecieron bajo la forma de Matrimonio en Casa [5]​. Por este contrato de esponsales, y su reflejo en la documentación posterior de Petronila, el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. A partir de este contrato, quien tiene la última potestad no es el esposo, sino el Señor Mayor de la Casa de Aragón, hasta que el heredero legítimo adquiera la potestad (y en el caso del reino de Aragón, el reino, título de rey y cabeza de la Casa de Aragón) y, por tanto, asumía el linaje de la Casa de Aragón él y sus herederos in saecula saeculorum, por lo que, desde ese mismo momento[6][7][8][9]​ se extingue el linaje de la Casa de Barcelona, tras el Casamiento en Casa en que se subsume en la Casa de Aragón en 1137, o bien se considera que perdura hasta la muerte sin descendencia masculina de Martín el Humano en el año 1410, según otros historiadores.[10][11]

Aqueste muy noble varon, prissó por muller la filla de Don Remiro rey de Aragon nombrada Peronella et después fue nombrada Vrracha, con la qual prisó el dito Regno en axuar en el año de nuestro Senyor M.C.XXX.VII... et se clamaua Princep de Aragón et Conte de Barçelona, que non quisieron consentir los aragoneses que se clamasse Rey mas su fillo Don Alfonso se clamó Rey.
Crónica de San Juan de la Peña en aragonés. Edición digital a partir de la edición de Tomás Ximénez, Biblioteca Virtual Joan Lluís Vives, Alicante, 2004, pág. 127.

El profesor J. Serrano Daura ha cuestionado la teoría del casamiento en casa aplicada a los esponsales de Ramón Berenguer IV y Petronila de Aragón, basándose en la ausencia de referencias a esta institución consuetudinaria del derecho aragonés antes del siglo XV, y que las cláusulas que fueron establecidas por Ramiro II sobre la sucesión a la corona de Aragón no se ajustan a las peculiaridades de esta institución, por lo que no sería trasladable a los pactos de 1137.[12]

El historiador Percy E. Schramm considera que la relación que se estableció entre Ramiro II y Ramón Berenguer IV tras el documento de esponsales de agosto de 1137 «quedaba sujeta a las condiciones consuetudinarias del juramento de fidelidad» y que el documento de noviembre del mismo año revela el deseo definitivo del rey Ramiro de volver al monasterio, por lo que declara «por libre voluntad» que sus vasallos pasan a depender de Ramón Berenguer y que le habrán de obedecer a partir de entonces como su rey (tanquam regi), aunque Ramón Berenguer no quiso ofender la sensibilidad de sus nuevos súbditos, por lo que prefirió mantener la ficción de que la dignidad real no pasaría a la nueva dinastía hasta la siguiente generación.[13]

Por su parte, José Luis Villacañas define el acuerdo como «una filiación con encomienda de principado, esto es, de los derechos políticos sobre los hombres de la tierra».[14]​ Aunque Ramiro II conservó un dominium nominal, encomendó todos sus hombres a quien será marido de su hija, incluyendo también su afiliación. Así transfirió el poder pero no la propiedad, que conservó mientras viviesen él o su hija.

El papel de Ramón Berenguer IV a partir de los esponsales de 1137 fue el de administrador de la Casa de Aragón como regente del Reino de Aragón, y en la documentación se intituló princeps y dominador, pero nunca rey. Fue Ramiro II quien siguió siendo «señor, padre y rey» como reza la documentación aducida («Y yo predicho Ramiro sea rey, señor y padre en el citado reino y en todos tus condados mientras me plazca»32 e «in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum» 'en toda mi vi vida me tengas como padre y señor'), y ostentando el título de Rey de Aragón hasta su muerte en 1157, con lo que Ramón Berenguer IV se integraba en la Casa de Aragón al ser pactadas sus capitulaciones matrimoniales de acuerdo a las instituciones jurídicas del derecho aragonés, y dando lugar, tras el reinado de Ramiro II, a que la reina fuera su hija Petronila, hasta que el 18 de junio de 1164 esta abdica en favor de Alfonso II, transcurridos dos años desde la muerte de su marido.

Cesión de los derechos de las órdenes militares sobre Aragón

Tras la concesión del rey Ramiro a Ramón Berenguer, quedaba pendiente la cuestión de los derechos sobre el territorio de Aragón estipulados en el testamento del rey Alfonso el Batallador, quien había querido dar el reino a las órdenes del Santo Sepulcro, los caballeros Templarios y los Hospitalarios, si bien los barones feudales no respetaron este testamento en todos sus términos. Una de las prioridades del príncipe Ramón Berenguer fue la de resolver la cuestión de la posesión de los derechos sobre el reino. Así, se iniciaron negociaciones entre el príncipe y representantes de la Orden del Hospital, alcanzándose en 1140 un acuerdo por el que la Orden hacía cesión a Ramón Berenguer, conde de Barcelona (venerande Barchinonensium comes), y a sus legítimos sucesores y descendientes, de la parte del reino de Aragón que le correspondía según el testamento del rey Alfonso, con la condición de que se le concediesen derechos para construir iglesias y centros propios en diversas poblaciones del reino y que, si el príncipe muriese sin descendencia, dicho territorio sería devuelto a los Hospitalarios. Acuerdos de cesión similares fueron concertados posteriormente con los caballeros del Santo Sepulcro (1141) y con los Templarios. Esta cesión de las tres órdenes fue confirmada por bula del papa Adriano IV en 1158.[15][16]

Sin embargo, es un hecho que los barones del Reino de Aragón y del Reino de Pamplona (pues los dos reinos estaban incluidos en el testamento de Alfonso I el Batallador) juraron fidelidad respectivamente a Ramiro II el Monje y a García el Restaurador. No se puso en discusión que las Órdenes militares tuvieran que negociar con el rey de Navarra la herencia de Alfonso I el Batallador. También es un hecho que Ramón Berenguer IV había pactado en los documentos de esponsales de 1137 con Ramiro II de Aragón su condición de princeps en Aragón, y venía ejerciendo la potestad real en el reino aragonés como dominator, antes de las negociaciones con las Órdenes militares de 1140 en adelante. La historiografía actual conviene mayoritariamente en aceptar que, sencillamente, el testamento de Alfonso I el Batallador no fue respetado y, así, Ramiro II de Aragón no solo ejerció la potestad regia entre 1134 y 1137, sino que se reservó la dignidad de rey hasta su muerte en 1157, circunstancia que no consta que fuera cuestionada durante el gobierno de Ramón Berenguer IV. Una interpretación distinta de los pactos con las Órdenes militares la hace Antonio Ubieto Arteta, que considera que, en un periodo en que tenían problemas económicos, y urgidas por el Papado seis años después de que hubiera sido promulgado el testamento, vieron la ocasión de obtener ciertas prebendas y establecimientos en los territorios de Aragón y Cataluña a cambio de zanjar la cuestión testamentaria de Alfonso I.[17]

Según el profesor Villacañas, el problema radicaba en que el Papa Inocencio II no estaba dispuesto a que el testamento del Batallador fuese ignorado. Así pues, no reconoció ni el matrimonio de Ramiro ni la legitimidad de Petronila. En cambio, estaba interesado en un equilibrio de poderes en tierras hispánicas, por lo que no iba a propiciar los afanes imperiales de Alfonso VII respaldando sus derechos. Por ello, favoreció que la renuncia de las órdenes militares a la herencia se hiciera directamente en favor del conde de Barcelona. Así, Ramón Berenguer encontró la manera de unir el derecho transferido por la Iglesia con el transferido por el pueblo de Aragón.[18]

Palacio condal

Ramón Berenguer IV y su esposa Petronila residieron en el palacio condal de San Pedro de Vilamajor (Comarca del Vallés Oriental, Barcelona).[19]​ Había sido hecho construir por los condes de Barcelona, los gemelos Ramón Berenguer y Berenguer Ramón, en el siglo XI. De este, actualmente solo queda la Torre Roja, torre de 25 m de altura, situada delante de la iglesia, de la que se cree que fue parte inferior de la torre de homenaje del antiguo castillo-palacio condal. Aquí se crio el futuro rey Alfonso II[20]​ e incluso se creyó que había nacido en este lugar, aunque investigaciones posteriores indican que seguramente nació en Huesca.[21]

Acuerdos con Alfonso VII

Ramón Berenguer IV negocia con Alfonso VII, el retorno de las tierras ocupadas por las tropas castellano-leonesas a la muerte de Alfonso I de Aragón, el Batallador, tío de su mujer. Además, quería recibir ayuda para reincorporar el reino de Navarra a la Corona de Aragón, territorio que se había independizado en las mismas circunstancias.

En 1140 firmó en Carrión un pacto de ayuda mutua y de retirada de las tropas de Alfonso VII del Ebro, a cambio del vasallaje del conde-príncipe. También se realiza una acción conjunta contra Navarra que no tiene efecto.

En 1151 Alfonso VII y Ramón Berenguer IV firmaron el Tratado de Tudilén que, aparte de renovar la alianza anti-navarra, pretendía repartirse el Al-Ándalus. De modo que para la Corona de Aragón se reservan las tierras de Valencia, Denia y Murcia, por las cuales Ramón Berenguer habría de rendir homenaje a Alfonso VII.

Lucha contra el islam

Los territorios peninsulares del Reino de Aragón y Condado de Barcelona a la muerte de Ramón Berenguer IV. El hijo que tuvo con Petronila, Alfonso, sería el primer titular de la unión de ambos territorios, conocida como Corona de Aragón.

Por el lado aragonés, la nobleza de este territorio, las órdenes militares y la caballería popular luchan por recuperar las posesiones perdidas a manos de los almorávides en la batalla de Fraga en 1134. Se recuperan de este modo: Alcolea de Cinca, Chalamera y Sariñena en 1141; Daroca en 1142; y Ontiñena en 1147.

Por el lado catalán, con la ayuda del conde Ermengol VI de Urgel, Ramón conquista las taifas de Tortosa (1148) y de Lérida (1149) a al-Muzaffar. Ciurana, encumbrada en las Montañas de Prades, fue el último reducto musulmán en Cataluña, ya que, gobernada por el walí Almira Almemoniz, resiste hasta 1153 cuando es conquistada por Beltrán de Castellet. Estas conquistas forman el territorio que más tarde se llamaría Catalunya Nova (Cataluña Nueva). La expansión territorial no fue obstáculo para la realización de grandes expediciones por tierras de Murcia (1144) y Valencia (1146), y una brillante participación en la conquista de Almería (1147).

Política occitana

En 1143 ayudó a Guillermo VI a recuperar Montpellier de la cual había sido expulsado por una revuelta nobiliaria.

En 1153 funda el monasterio de Poblet, en celebración de su reciente reconquista de Tortosa.[22]

A la muerte de su hermano Berenguer Ramón I de Provenza, asume la regencia de su sobrino, Ramón Berenguer III de Provenza. Continúa las luchas contra el linaje de los Baus (1145/46-1150), aliados de Tolosa. En 1156 colabora con Enrique II, rey de Inglaterra y duque de Aquitania, en la contienda contra Tolosa.

En 1154 recibió la regencia del vizcondado de Bearn.

Luego de aliarse con Inglaterra —según algunos historiadores, el Condado de Barcelona e Inglaterra estaban tan aliados que llegaban a actuar como un solo conjunto político—,[23]​ decide orientar su política hacia el bando gibelino, fraguando la boda de su sobrino Ramón Berenguer III de Provenza con una princesa de dicha facción. Concertó un encuentro con Federico Barbarroja, el cual le había cedido —al sobrino— los derechos sobre Provenza, pero murió de camino a Turín, el 6 de agosto de 1162, en el burgo de San Dalmacio de Génova —y no en Dalmau de Gerona como aseguraban algunas fuentes incorrectamente—.[24][25]

Declaración de últimas voluntades

Hizo declaración de sus últimas voluntades el 4 de agosto, dos días antes de morir, las cuales fueron transmitidas por quienes le asistieron en ese periodo y finalmente publicadas en la ciudad de Huesca el 11 de octubre del mismo año, en presencia de la reina Petronila y varios magnates aragoneses y catalanes, eclesiásticos y seglares.[24][26]

En dicho testamento nombra a su hijo Ramón o Alfonso (que por ambos nombres fue llamado desde su nacimiento).[27]​ Conde heredero universal de todos sus Estados y honores de Aragón, Barcelona y demás, excepto el Condado de Cerdaña, que da a su segundo hijo Pedro —nombre con el que era conocido Ramón Berenguer IV de Provenza—, junto con el señorío de Carcasona y otros dominios, con la condición de que Pedro rinda homenaje a su hermano Ramón (Alfonso II de Aragón), y detallando en qué orden tenían que heredarse los honores entre los hijos en caso de muerte de alguno o falta de ellos a la de heredar. Establecía que, de morir Alfonso sin descendencia, el trono pasase a Pedro. Si feneciere la vida de este sin posteridad, quien sería el heredero de los dominios de Ramón Berenguer IV sería Sancho, su hijo menor.[24]​ A su esposa la reina Petronila le dejó para manutención las villas y castillos de Besalú y Ribas.[24]​ Su capilla la deja a la iglesia de San Rufo de Lérida.[24]​ Finalmente, deja a sus hijos bajo la tutela de Dios y de Enrique, rey de Inglaterra, gran amigo suyo.[24]

En 1164 la reina Petronila hizo donación del Reino de Aragón a Alfonso, completando la unión de los dos territorios en la persona del hijo mayor de Berenguer, el futuro rey de Aragón y conde de Barcelona Alfonso II.[28]

Entierro en Ripoll

Su cuerpo fue trasladado de Génova al Monasterio de Santa María de Ripoll donde fue enterrado, tal y como dispuso ya Berenguer en 1141, en la donación que hizo a dicho monasterio de la dominicatura de Mojón o Mollou.[29]

Cenotafio de Ramón Berenguer IV, colocado en el año 1893.

La Gesta Comitum Barcinonensium y otros textos antiguos dicen que el sarcófago estaba adornado y recubierto de muchas planchas de plata, que fueron saqueadas por los franceses en la invasión de junio de 1749, además de remover el cuerpo incorrupto y una espada muy larga que encontraron dentro.[29]​ Quedó solo el esqueleto íntegro del conde, dentro de una caja de madera,[29]​ y el epitafio fúnebre original,[30]​ conservado todo hasta 1835, cuando los indisciplinados migueletes de Isabel II de España pegaron fuego al monasterio y sacaron el cuerpo momificado de su tumba para «llamarlo a juicio» y «condenarlo» a la hoguera por haber propagado el cristianismo y combatir contra el islam.[31]​ En 1893, en el mismo año en que se trasladaron los restos se hizo un monumento conmemorativo que recordase por qué se llamó El Santo, así como recordar la cesión que le hicieron en 1140 las Órdenes militares del Santo Sepulcro, del Hospital y del Temple en Jerusalén del derecho que les perteneciera de poseer el reino de Aragón en virtud del testamento de Alfonso I el Batallador.[31]

En Ripoll habían sido enterrados hasta entonces varios Condes de Barcelona desde Wifredo el Velloso,[31]​ siendo Berenguer el último enterrado allí.[32]​ Su hijo Alfonso, teniendo que escoger ser enterrado en el mausoleo paterno en Ripoll, o ser enterrado en el mausoleo conyugal del Monasterio de Sijena, escogió el Monasterio de Poblet para no levantar suspicacias.[32]​ Su testamento específica que, en caso de haber conquistado Valencia en vida, debía ser enterrado en El Puig (Valencia), el cual ya había donado al monasterio de Poblet en febrero de 1176,[33]​ deseo expresado también por su hijo Pedro II de Aragón y muerto también sin cumplirlo.[33]

Descendientes

Del matrimonio con Petronila de Aragón tuvo a:

  • El infante Pedro de Aragón (1152-antes de 1158), al que se alude como nasciturus (hijo que va a nacer) en un testamento dado por Petronila de Aragón el 4 de abril de 1152 estando en los trabajos del parto junto a Barcelona (in partu laborans, apud Barchinonam. Murió antes de 1158, quizá poco después del alumbramiento.[34][35]
  • El infante Alfonso II de Aragón (Huesca, 1157-1196), rey de Aragón y conde de Barcelona.[34]
  • El infante Pedro de Aragón (1158-1181), quien en 1173 será nombrado conde de Provenza por su hermano Alfonso II, como Ramón Berenguer IV de Provenza.
  • La infanta Dulce de Aragón (1160-1198), casada en 1175 con el rey Sancho I de Portugal.
  • El infante Sancho de Aragón[36]​(1161-1223), conde de Cerdaña desde 1168, y tenente de Provenza entre 1181 y 1184.

Tuvo también un hijo natural:


Predecesor:
Ramón Berenguer III
Conde de Barcelona
1131-1162
Sucesor:
Petronila de Aragón y Consejo de Regencia
(minoría de edad de Alfonso II de Aragón)
Predecesor:
Ramiro II
(como rey de Aragón)
Príncipe de Aragón
(durante los reinados de Ramiro II y Petronila)

1137-1162
Sucesor:
Petronila de Aragón y Consejo de Regencia
(minoría de edad de Alfonso II de Aragón)[38]
Predecesor:
Berenguer Ramón I
Conde de Provenza
regente

1144-1162
Sucesor:
Ramón Berenguer III

Véase también

Referencias

  1. Ubieto Arteta, 1987, p. 188.
  2. Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 215. ISBN 84-8127-121-7. Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «Ramón Berenguer IV se tituló siempre conde de Barcelona y príncipe de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, o de Aragón a secas.» 
  3. Damien Carraz y Alain Demurger, L'Ordre du Temple dans la basse vallée du Rhône: 1124-1312: ordres militaires, croisades et sociétés méridionales, Presses Universitaires Lyon, 2005, pág. 110.
  4. Los miles ad terminum eran caballeros que no tomaban la totalidad de los votos de la ordenación, por lo que tenían un estatus inferior y servían solo durante un tiempo limitado. Véase Dominic Selwood, Knights of the Cloister: Templars and Hospitallers in Central-Southern Occitania, C.1100-C.1300, Boydell & Brewer Ltd, 1999, pág. 120.
  5. El historiador Cristian Palomo ha publicado el estudio A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137 La segunda teoría, que asume plenamente la del casamiento en casa, considera el ahijamiento de Ramon Berenguer IV por parte de Ramiro II y la extinción de la línea troncal del linaje condal barcelonés. A continuación se analizan tanto los hechos como la documentación de la época y la bibliografía reciente sobre la temática. Finalmente, se ponen de relieve con detalle las conclusiones erróneas y la falta de método científico de ambas tesis. Véase su artículo A propòsit de les teories de la creació de la corona d'Aragó mitjançant el casamiento en casa i l'extinció del llinatge barceloní el 1137 Revista de Dret Històric Català, ISSN-e 1578-5300, Nº. 17, 2018, págs. 11-58.
  6. Antonio Ubieto Arteta desarrolla esta cuestión en La creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Anubar (Alcorces, 2), 1977; Historia de Aragón: La formación territorial, Zaragoza, Anubar, 1981; Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987; y en Historia de Aragón: Creación y desarrollo de la Corona de Aragón, Zaragoza, Anubar, 1987.
  7. Como señalan Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, en Blasón de Aragón: El escudo y la bandera, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59:
    Ramón Berenguer, pues, al aceptar estas condiciones y sólo por aceptarlas [tratados de esponsales con Ramiro II de Aragón], lo que sucedió el once de agosto de 1137, pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos.
    Fatás y Redondo, op. cit., pág. 59
  8. Por otro lado, se puede ver un buen resumen de la cuestión en Alberto Montaner Frutos, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27. ISBN 84-7820-283-8
  9. Las implicaciones del enlace han sido aceptadas por genealogistas de la talla de Faustino Menéndez Pidal de Navascués, en la obra Símbolos de España, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000, págs. 95-138, ISBN 978-84-259-1110-1
    [Ramón Berenguer IV] era miembro de pleno derecho de la Casa Real de Aragón, según la fórmula jurídica tradicional del «casamiento en casa».
    Faustino Menéndez Pidal de Navascués, loc. cit., 2000, pág. 99.
    Este autor repetirá esta misma frase en El Escudo de España, Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, Madrid, 2004, págs. 104-105, ISBN 84-88833-02-4, si bien en ibídem, pág. 99, señala la existencia de un cambio de dinastía tras la unión dinástica con el condado de Barcelona:
    La cuestión de sus orígenes [del emblema de los reyes de Aragón] ha interesado desde tiempos antiguos, sobre todo porque coinciden con el cambio de dinastía en el preciso momento de la aparición de los emblemas heráldicos.
    Faustino Menéndez Pidal de Navascués, loc. cit., 2004, pág. 99.
  10. Urusaragón, ed. (2001). «El final de la Casa de Barcelona». Gran Enciclopedia Aragonesa (Zaragoza, Aragón). ISBN 8460568113. 
  11. Guerrero Navarrete, Yolanda (2006). Los primeros Trastámara castellanos y su época. Madrid: Liceus. ISBN 84-9822-512-4.  Vista de fragmento en Google Books
  12. Serrano Daura, La donació de Ramir II d'Aragó a Ramon Berenguer IV de Barcelona de 1137 i la institució del "casamiento en casa", Estudis històrics i documents dels arxius de protocols, 15, Barcelona, 1997, págs. 7-14 (traducción al castellano: La donación de Ramiro II de Aragón a Ramón Berenguer IV de Barcelona, de 1137, y la institución del "casamiento en casa", publicada en Higalguía, 270, Madrid, 1998, págs. 709-719).
  13. Percy E. Schramm, "Ramon Berenguer IV", en E. Bagué, J. Cabestany y P. E. Schramm, Els primers comtes-reis, Ed. Vicens-Vives, 3.ª edición, Barcelona, 1985, págs. 10-13.
  14. Villacañas, La formación de los reinos hispánicos, Espasa Calpe, Pozuelo de Alarcón, 2006, pág. 428.
  15. Véase Pujades, Gerónimo. Crónica universal del Principado de Cataluña. Tomo VIII, Libro XVIII, Capítulo VI. Barcelona: Imprenta de José Torner. pp. 363-368. 
  16. Véanse los textos en latín de la concesión de los caballeros del Santo Sepulcro y los Hospitalarios, así como la bula de aprobación de Adriano IV (1158), en el Archivo Virtual Jaume I de la Universidad Jaume I de Castellón.
  17. Ubieto Arteta, 1987, pp. 160 y ss.
  18. Villacañas, op.cit., págs. 429-30.
  19. L'Enciclopèdia: Sant Pere de Vilamajor
  20. Carles Albesa, Postals del Montseny/2, Ediciones de la Abadía de Montserrat, 1990, pág. 16.
  21. Ubieto Arteta, 1987, pp. 177 y ss.
  22. Vicente Salas Merino. La GenealogÍa de Los Reyes de España. Editorial Visión Libros. p. 85. ISBN 8498217679. 
  23. Suárez Fernández, 1976, pp. 597–599.
  24. a b c d e f Bofarull y Mascaró, 1836, pp. 195–198.
  25. Pujades, op. cit., vol. 8, págs. 511-517. Es edición de una crónica del siglo XVII.
  26. Ubieto Arteta, 1987, pp. 188–200.
  27. Ubieto Arteta, 1987, pp. 184 y ss..
  28. Bofarull y Mascaró, 1836, p. 214.
  29. a b c Bofarull y Mascaró, 1836, p. 199.
  30. Bofarull y Mascaró, 1836, pp. 200–205.
  31. a b c José Morgades y Gili, «El sepulcro de D. Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona», Boletín de la Real Academia de la Historia, vol. 26, 1895, págs. 477-486.
  32. a b Joan Carreres, Clara Fernández-Ladreda Aguade María Jesús Ibiricu Jesús Arraiza, Juan José Cebrián Franco, Clara Fernández-Ladreda (1988). Encuentro, ed. María en los pueblos de España. ISBN 9788474902129. 
  33. a b Ubieto Arteta y 1981, Indica como fuente "Pub. PONS, Cartulari de Poblet, p. 19, núm. 41, p. 278.
  34. a b Ubieto Arteta, 1987, p. 178.
  35. Bofarull y Mascaró, 1836, p. 189.
  36. Louis Moreri, El gran diccionario histórico..., París, Hermanos de Tournes, 1753, pág. 645.
  37. Bofarull y Mascaró, 1836, pp. 210-212 y 189 n.2.
  38. La función de princeps (acaudillar el ejército, disponer tenencias, dictar cartas de población...) estaba vedada a la reina por su condición femenina. Por ello, Petronila quedó con la dignidad regia —que se hizo efectiva en sus testamentos y en la abdicación en su hijo Alfonso el 18 de julio de 1164—, en tanto que desde 1162 ejerció el poder un consejo de magnates aragoneses y barceloneses: el arzobispo de Tarragona, altos prelados, ricoshombres y barones de ambas procedencias, y representantes de las principales ciudades. Para ratificar este consejo regente se reunieron las primeras Cortes de Aragón documentadas el 11 de noviembre de 1164 en Zaragoza, pocos meses después de la transmisión de la herencia conjunta del reino y condados por parte de Petronila. La regencia de este consejo de notables en las decisiones de gobierno se extendió desde la muerte de Ramón Berenguer en 1162 hasta 1173, año en que Alfonso II, con dieciséis años, contrajo matrimonio y obtuvo así su mayoría de edad, y pudo legalmente encabezar el gobierno de sus tierras y pueblos. Cfr. Alfonso II, «el Casto», Gran Enciclopedia Aragonesa.

Bibliografía

Enlaces externos