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La Santa Sede[Nota 1]​ (en latín, Sancta Sedes) es la sede del obispo de Roma, el papa, que ocupa un lugar preeminente entre las demás sedes episcopales de la Iglesia católica; constituye el gobierno central de la Iglesia,[2]​ por quien actúa y habla, y es reconocida internacionalmente como una entidad soberana.[3]​ La Santa Sede es a su vez la expresión con la que se alude a la posición del papa como cabeza suprema de la Iglesia católica,[2]​ cuyos orígenes se remontan a los primeros tiempos del cristianismo.

La Santa Sede se encuentra formada por el papa y los distintos organismos de la Curia Romana.[4]​ El papa se sirve y tramita a través de la Curia los asuntos eclesiales, por lo que esta realiza su labor en nombre y bajo la autoridad del sumo pontífice, para el correcto funcionamiento de la Iglesia y el logro de sus objetivos.[5]​ La Curia Romana está compuesta por un grupo de instituciones, denominadas genéricamente dicasterios,[6]​ entre los que se encuentran la Secretaría de Estado, las Congregaciones, los Tribunales y los Consejos pontificios.

La Curia Romana tiene la función de ayudar al papa en su gobierno de la Iglesia universal y de las iglesias particulares; no tiene, sin embargo, una misión pastoral específica para la diócesis de Roma, por lo que para las necesidades espirituales de la diócesis existe el vicariato de Roma, frente al que se sitúa el cardenal vicario, que gobierna el territorio italiano de dicha diócesis con potestad vicaria del sumo pontífice. Para el territorio concreto de la Ciudad del Vaticano, dentro de la diócesis, existe otro vicariato a cuyo frente se encuentra otro vicario general.[7]

La personalidad jurídica de la Santa Sede le permite mantener relaciones diplomáticas con otros Estados, firmar tratados y enviar y recibir representantes diplomáticos, algo que se remonta a varios siglos atrás. Ya desde finales del siglo XV comenzó a recibir con cierta estabilidad enviados diplomáticos, y en el siglo XVI empezaron a constituirse representaciones permanentes.[2]​ En la actualidad, además, participa en organismos internacionales como las Naciones Unidas.[8]

La Santa Sede posee plena propiedad y soberanía exclusiva sobre la Ciudad del Vaticano,[2]​ un Estado establecido en 1929, tras la firma de los Pactos de Letrán, con el objeto de ser instrumento de la independencia de la Santa Sede y de la Iglesia católica respecto a cualquier otro poder externo.[9]​ De forma abstracta, además de ser la Santa Sede el supremo gobierno y representación de la Iglesia, también lo es de la Ciudad del Vaticano.[Nota 2]​ Otros territorios fuera de la Ciudad del Vaticano también cuentan con estatus de extraterritorialidad en favor de la Santa Sede.

Soberanía territorial[editar]

A lo largo de la historia, los papas han tenido poder sobre distintos territorios. Desde la institución de la Santa Sede, los fieles fueron donando bienes y territorios que pasarían a formar parte de los dominios papales.[10]​ En el siglo XVIII los papas dominaban la franja central de la península italiana, además de enclaves como Avignon y Venassino, en Francia, y Pontecorvo y Benevento, en Nápoles.[10]​ En la actualidad, sin embargo, el territorio bajo soberanía de la Santa Sede se reduce a la Ciudad del Vaticano, un enclave de apenas 0,44 km² en la ciudad de Roma, y a otras áreas de Italia con derecho de extraterritorialidad, además de las nunciaturas repartidas por todo el mundo.

Ciudad del Vaticano[editar]

Firma de los pactos de Letrán por el Secretario de Estado de la Santa Sede, Pietro Gasparri, y el primer ministro italiano, Benito Mussolini. Posteriormente serían ratificados por el papa Pío XI y el rey Víctor Manuel III.

Los Estados Pontificios, en los que había gobernado el papa hasta 1870, habían sido absorbidos por el Reino de Italia en el proceso de Reunificación italiana y, como consecuencia de ello, el Papa y la Santa Sede habían quedado sometidos a la soberanía italiana para todos los efectos prácticos, generando un ambiente de hostilidad entre la Iglesia católica y el Estado italiano, situación denominada la «cuestión romana».

La Santa Sede creía que no era posible ejercer su misión sin la independencia de los poderes políticos que le daba el poder temporal. Debido a la imposibilidad de restituir los antiguos territorios papales anexionados por el Reino de Italia o que la sede pontificia fuese trasladada a otra ubicación, la solución a la cuestión romana fue la creación de un Estado bajo poder papal reducido a la mínima expresión territorial.[10]

Jamás dejaremos de exigir que se respete nuestra autoridad, que nuestro ministerio y nuestra potestad sean plenamente libres e independientes, y que se nos restituya la posición que la Sabiduría divina desde hace mucho tiempo había otorgado a los Pontífices de Roma.
León XIII, en su primera encíclica.[11]

Los pactos de Letrán, firmados el 11 de febrero de 1929 por el cardenal secretario de Estado Pietro Gasparri, en nombre del papa Pío XI, y por el primer ministro de Italia, Benito Mussolini, en nombre del rey Víctor Manuel III, supusieron la independencia política de la Santa Sede del Reino de Italia, mediante la creación del Estado de la Ciudad del Vaticano, así como el restablecimiento pleno de las relaciones entre los representantes de Italia y de la Iglesia católica, rotas desde 1870.

Territorio de la Ciudad del Vaticano en los pactos de Letrán.

En dichos acuerdos, el Reino de Italia reconoció en primer lugar la soberanía de la Santa Sede en el campo internacional «como atributo inherente a su naturaleza, conforme a su tradición y a las exigencias de su misión en el mundo»,[12]​ admitiéndole «la plena propiedad, y la exclusiva y absoluta potestad y jurisdicción soberana» sobre el territorio de la Ciudad del Vaticano, lo que «supone que en la misma no haya alguna injerencia por parte del Gobierno italiano y que no haya otra autoridad que no sea la de la Santa Sede».[12]​ La consecuencia de los pactos para el papado fue una ganancia tanto en autoridad moral como en independencia política para el libre ejercicio de su actividad pastoral.[13]

Si bien la Ciudad del Vaticano es un Estado soberano, no posee todas las habituales características de una comunidad política.[14]​ Se trata de un Estado atípico con una función instrumental,[15]​ que «existe para la conveniente garantía del ejercicio de la libertad espiritual de la Sede Apostólica, esto es, como medio para asegurar la independencia real y visible de la misma en su actividad de gobierno en favor de la Iglesia universal, como también de su obra pastoral dirigida a todo el género humano; no posee una sociedad propia para la cual haya sido constituido, ni siquiera se basa sobre las formas de acción social que determinan de ordinario la estructura y la organización de cualquier otro Estado. Además, las personas que colaboran con la Sede Apostólica, o incluso cooperan en el gobierno dentro del Estado de la Ciudad del Vaticano, no son, salvo pocas excepciones, ciudadanos de éste, ni, en consecuencia, tienen los derechos y las obligaciones (en particular las tributarias) que ordinariamente nacen de la pertenencia a un Estado».[14]

Fachada de la basílica de San Pedro, en la Ciudad del Vaticano.

La forma de gobierno de la Ciudad del Vaticano es la monarquía absoluta, siendo el papa el Jefe del Estado, quien ostenta la plenitud de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. El poder legislativo es ejercitado por la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano; el poder ejecutivo lo ejerce Presidente del Governatorato y de él dependen las direcciones y las oficinas centrales en que se encuentra organizado el Governatorato. Finalmente, el poder judicial es ejercitado en nombre del sumo pontífice por un juez único, un tribunal de primera instancia, una corte de apelaciones y una corte de casación.[16][17]

En la Ciudad del Vaticano se encuentra el Palacio Apostólico, la residencia oficial del papa. El papa Francisco decidió sin embargo, tras su elección, que su vivienda habitual estuviese en la Domus Sanctae Marthae, empleando el palacio para audiencias y recepciones a autoridades y para el habitual rezo dominical del ángelus.[18]​ El principal edificio religioso en el territorio es la basílica de San Pedro, edificada sobre la tumba del apóstol considerado por la Iglesia católica como el primer papa.

Representación del Vaticano por la Santa Sede. Relaciones diplomáticas ejercidas por el papa (y por tanto, la Santa Sede).

"Italia reconoce a la Santa Sede el derecho de legación activo y pasivo según las reglas generales del derecho internacional (art. 12)

Otros territorios[editar]

Basílica de San Juan de Letrán, catedral de Roma y Madre y Cabeza de todas las iglesias del Mundo, por su condición de sede del Romano Pontífice.[19]

La Santa Sede también posee bienes en Italia que gozan del derecho de extraterritorialidad y que en conjunto ocupan una extensión de 0,7 km². Salvo el Seminario Menor, todos esos bienes de la Santa Sede en la ciudad de Roma, además de la propia Ciudad del Vaticano, se encuentran inscritos en la lista de Patrimonio de la Humanidad.[20][21]

> Pacto de Letrán. Extraterritorialidad en Roma. Patrimonio de la Humanidad. http://whc.unesco.org/es/list/91#top

> Pacto de Letrán. Además: Anexo:Áreas de Italia con extraterritorialidad a favor de la Santa Sede (Castel Gandolfo)

> Nunciaturas por todo el mundo.

Relaciones diplomáticas[editar]

Si bien ambos son sujetos del orden internacional, el Estado de la Ciudad del Vaticano se encuentra subordinado a la Santa Sede. Esta relación, sin embargo, no impide que ambos ejerzan su personalidad jurídica en el exterior, siendo ejemplo de esto el que tanto la Santa Sede como la Ciudad del Vaticano formen parte de de organismos internacionales.[8][22]


Notas[editar]

  1. También recibe los nombres de Sede Apostólica, Sede de Pedro o Sede de Roma, entre otras variantes. Si bien todas las sedes episcopales son consideradas "santas", la expresión "Santa Sede" (sin más especificación) se utiliza normalmente en las relaciones internacionales y en el Derecho canónico de la Iglesia católica como una metonimia para referirse a la Sede de Roma, considerada como el gobierno central de la Iglesia católica.[1]
  2. Aun así, la principal representación de la Santa Sede es a la Iglesia católica. Esta doble representación, tanto la Iglesia como la Ciudad del Vaticano, no evita que estos dos entes puedan ejercer como tales su personalidad jurídica en el exterior. Por ejemplo, es el Estado de la Ciudad del Vaticano el que es miembro de la Unión Postal Universal o de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.[8]

Referencias[editar]

  1. Miller, Frederic P.; Vandome, Agnes F.; McBrewster, John (2010). Holy See (en inglés). 148 pp. VDM Publishing House Ltd. ISBN 978-6-13-028598-2. 
  2. a b c d «Santa Sede. Estado de la Ciudad del Vaticano. Información general». Santa Sede. 15 de septiembre de 2006. Consultado el 14 de septiembre de 2016. 
  3. Crawford, James (2006). The Creation of States in International Law (en inglés) (1a edición). Oxford: Clarendon Press. pp. 226-233. ISBN 0-19-826002-4. 
  4. «Canon 361». Código de Derecho Canónico. Libreria Editrice Vaticana. 25 de enero de 1983. Consultado el 18 de julio de 2016. 
  5. «Canon 360». Codigo de Derecho Canónico. Libreria Editrice Vaticana. 25 de enero de 1983. Consultado el 20 de julio de 2016. 
  6. «Dicasterio». Diccionario de la Real Academia Española. Consultado el 20 de julio de 2016. 
  7. Reyes Vizcaíno, Pedro María. «La Curia Romana». Catholic.net. Consultado el 1 de agosto de 2016. 
  8. a b c Corral Salvador, Carlos; Sánchez Patrón, José Manuel (2005). «La participación de la Santa Sede en las Naciones Unidas: su nuevo estatuto de "Estado observador permanente"». Anuario de derecho internacional (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra) XXI: 449-474. ISSN 0212-0747. 
  9. «Origen y naturaleza». Estado de la Ciudad del Vaticano. Consultado el 14 de septiembre de 2016. 
  10. a b c Puchol Sancho, Vicente (2011). «Los Estados Pontificios desde la Revolución Francesa a los Pactos de Letrán (1789-1922)». Miscelánea Comillas 69 (134): 207-227. ISSN 0210-9522. Consultado el 11 de julio de 2018. 
  11. «León XIII y la conciencia social de la Iglesia». L'Osservatore Romano (Ciudad del Vaticano). 28 de febrero de 2010. Consultado el 15 de julio de 2018. 
  12. a b «Tratado entre la Santa Sede e Italia». 11 de febrero de 1929. 
  13. Puchol Sancho, Vicente (2011). «Los Estados Pontificios desde la Revolución Francesa a los Pactos de Letrán (1789-1922)». Miscelánea Comillas 69 (134): 207-227. ISSN 0210-9522. Consultado el 11 de julio de 2018. 
  14. a b Juan Pablo II (20 de noviembre de 1982). «Carta al Card. Casaroli, Secretario de Estado, sobre el significado del trabajo prestado a la Sede Apostólica». La Santa Sede. Ciudad del Vaticano. 
  15. Mosquera Monelos, Susana (2014). «La subjetividad internacional de la Santa Sede». Foro Jurídico: revista de derecho 13 (XI): 105-112. Consultado el 11 de julio de 2018. 
  16. «La actual Ciudad del Vaticano». Estado de la Ciudad del Vaticano. Consultado el 12 de julio de 2018. 
  17. Lancho García, Rocío (13 de marzo de 2013). «Así funciona el Estado de la Ciudad del Vaticano». ZENIT. Consultado el 12 de julio de 2018. 
  18. «El Papa seguirá viviendo en la Casa Santa Marta y no en el apartamento pontificio». ABC. Europa Press. 26 de marzo de 2013. 
  19. «La Iglesia está fundada sobre la "Piedra Angular" que es Cristo, dice el Papa». Aciprensa. 9 de noviembre de 2008. Consultado el 12 de julio de 2018. 
  20. «Zone extraterritoriali vaticane». Sala Stampa della Santa Sede. 
  21. «Centro Histórico de Roma, los bienes de la Santa Sede beneficiarios del derecho de extraterritorialidad situados en la ciudad y San Pablo Extramuros». Unesco. 
  22. Rodoreda, Tomás Juan. «La Santa Sede y la Ciudad del Vaticano como sujetos del derecho internacional». Programa de Europa (Centro Argentino de Estudios Internacionales) (22). Consultado el 11 de julio de 2018.