Junta de Gobierno de Chile (1973-1990)

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Junta Militar de Chile
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Miembros de la Junta de Gobierno, entre 1973 y 1978: César Mendoza, José Toribio Merino, Augusto Pinochet y Gustavo Leigh Guzmán (de izquierda a derecha).
Localización
País Chile
Información general
Jurisdicción Bandera de Chile República de Chile
Tipo junta militar y Gobierno de Chile
Sede Centro Cultural Gabriela Mistral
Organización
Presidente de la Junta
  • Composición Augusto Pinochet, José Toribio Merino, Gustavo Leigh, César Mendoza Durán, Fernando Matthei, César Benavides, Rodolfo Stange, Julio Canessa Robert y Santiago Sinclair
    Historia
    Fundación 11 de septiembre de 1973
    Disolución 11 de marzo de 1990
    Firmas de la Junta en el libro blanco de Chile

    La Junta de Gobierno (también conocida como Junta Militar) fue un organismo que asumió el poder público en Chile mediante el Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973. Primero desempeñó el "mando supremo de la nación" y, posteriormente, ejerció sólo las funciones constituyente y legislativa. Se mantuvo en funciones hasta el 11 de marzo de 1990.

    Al constituirse, estuvo integrada por el Comandante en Jefe del Ejército, Augusto Pinochet Ugarte, el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Gustavo Leigh Guzmán, el Comandante en Jefe de la Armada, José Toribio Merino, y por el General Director de Carabineros, César Mendoza Durán (los dos últimos toman los cargos de sus Casas Matrices gracias al Golpe).

    El 24 de julio de 1978, el general Gustavo Leigh fue destituido por los demás integrantes de la junta y reemplazado por Fernando Matthei Aubel, que asumió la comandancia de la Fuerza Aérea; y el 2 de agosto de 1985, el general César Mendoza renunció a la Dirección de Carabineros, siendo reemplazado por el general Rodolfo Stange, que pasó a integrar por tanto la junta. Además, en 1981, el general Pinochet dejó de ser miembro de la junta, de acuerdo a la Constitución de 1980, que estableció en su norma transitoria decimocuarta que, atendido que ejercía a la vez como Presidente de la República, no integraría la Junta de Gobierno y lo haría en su lugar, como miembro titular, el oficial General de Armas del Ejército que le siguiera en antigüedad (aunque podía reemplazar a dicho integrante en cualquier momento, por otro oficial general siguiendo el orden de antigüedad). En aplicación de dicha disposición, el Ejército estuvo representado en la junta de gobierno por los Tenientes Generales César Benavides (1981-1985), Julio Canessa Robert (1985-1986), Humberto Gordon (1986-1988), Santiago Sinclair (1988-1990) y Jorge Lucar Figueroa (1990).

    Etapas de la Junta de Gobierno

    11 de septiembre de 1973

    El Decreto Ley N.º 1, suscrito por los cuatro integrantes de la junta de gobierno y fechado el mismo día del golpe, expresaba en sus considerandos que "la Fuerza Pública representa la organización que el Estado se ha dado para el resguardo de su integridad física y moral" y que "su misión suprema es la de asegurar [...] la supervivencia de dichas realidades y valores".

    En su parte resolutiva establecía que los Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros "se contituyen en Junta de Gobierno" y "asumen el mando supremo de la Nación con patriotismo compromiso de restaurar la chilenidad, la justicia y la institucionalidad quebrantadas, conscientes de que ésta es la única forma de ser fieles a las tradiciones nacionales, al legado de los padres de la Patria y a la historia de Chile, y de permitir que la evolución y el progreso del país se encaucen vigorosamente por el camino en que la dinámica de los tiempos actuales exigen a Chile en el concierto internacional de que forma parte" (N.º 1) y "designan al General de Ejército don Augusto Pinochet como Presidente de la Junta" (N.º 2), por ser el Comandante en Jefe de la rama más antigua de las Fuerzas Armadas.

    Al día siguiente, la Junta dispuso en el Decreto Ley N.º 9 que los decretos supremos podrían llevar la sola firma del Presidente de la Junta de Gobierno, precedida de la mención "Por la Junta de Gobierno" y la firma del Ministro del ramo.

    1973-1981

    Decreto Ley N.º 128

    El 12 de noviembre de 1973, mediante el Decreto Ley N.º 128, se aclaró el sentido y alcance del artículo 1° del Decreto Ley N.º 1, en cuanto expresaba que la Junta había asumido el "Mando Supremo de la Nación", señalando que dicha asunción suponía "el ejercicio de todas las atribuciones de las personas y órganos que componen los Poderes Legislativos y Ejecutivo, y en consecuencia el Poder Constituyente que a ellos corresponde".

    Este documento, base jurídica del ejercicio del poder de la junta, establecía que ella había asumido desde el 11 de septiembre "el ejercicio de los Poderes Constituyente, Legislativo y Ejecutivo" y afirmaba que el "Poder Judicial ejercerá sus funciones en la forma y con la independencia y facultades que señale la Constitución Política del Estado". Además indicaba que el ordenamiento jurídico contenido en la "Constitución y en las leyes de la República continúa vigente mientras no sea o haya sido modificado".

    Dispuso que el poder constituyente y legislativo, serían ejercidos "mediante decretos leyes con la firma de todos sus miembros y, cuando éstos lo estimen conveniente, con la de él o los Ministros respectivos" y el poder ejecutivo "mediante decretos supremos y resoluciones, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto ley N.º 9".

    El texto del proyecto de este decreto ley fue sometido previamente a la Comisión Ortúzar, donde surgió un debate sobre la referencia al poder constituyente contenida en él. El comisionado Silva Bascuñán argumentó que no era procedente tal distinción, pues el ordenamiento nacional se encontraba en un "proceso de desconstitucionalización de las normas constitucionales, las cuales han pasado a tener vigencia en el mismo grado que las leyes ordinarias.".

    Institución Nombre Inicio de la Representación Fin de la Representación
    Ejército Augusto Pinochet Ugarte
    César Benavides
    Julio Canessa Robert
    Humberto Gordon Rubio
    Santiago Sinclair Oyaneder
    Jorge Lucar Figueroa
    11 de septiembre de 1973
    11 de marzo de 1981
    2 de diciembre de 1985
    31 de diciembre de 1986
    29 de noviembre de 1988
    2 de enero de 1990[1]
    11 de marzo de 1981
    2 de diciembre de 1985
    31 de diciembre de 1986
    29 de noviembre de 1988
    2 de enero de 1990
    11 de marzo de 1990
    Armada José Toribio Merino Castro
    Jorge Martínez Busch
    11 de septiembre de 1973
    8 de marzo de 1990
    8 de marzo de 1990
    11 de marzo de 1990
    Fuerza Aérea Gustavo Leigh Guzmán
    Fernando Matthei Aubel
    11 de septiembre de 1973
    24 de julio de 1978
    24 de julio de 1978
    11 de marzo de 1990
    Carabineros César Mendoza Durán
    Rodolfo Stange Oelckers
    11 de septiembre de 1973
    2 de agosto de 1985
    2 de agosto de 1985
    11 de marzo de 1990

    Estatuto de la Junta

    1981-1990

    Durante el periodo 1981-1990 el almirante José Toribio Merino ostentó la presidencia de la Junta Militar de Gobierno ya que Augusto Pinochet dejó dicho organismo el 11 de marzo de 1981 al asumir la Presidencia de la República según lo estipulado en la Constitución de 1980.

    Además, desde el 11 de marzo de 1981 el Poder Ejecutivo trasladó sus oficinas al Palacio de La Moneda, restaurado tras el bombardeo ocurrido durante el Golpe de Estado de 1973, mientras que la sede del Poder Legislativo se concentró en el Edificio Diego Portales.

    El 11 de marzo de 1990 la Junta de Gobierno se autodisolvió con motivo del regreso a la democracia, en la que Patricio Aylwin asumió como nuevo Presidente de la República.

    Véase también

    Referencias


    Predecesor:
    Salvador Allende
    Presidente de la República de Chile
    Mando Supremo de la Nación
    Presidida por Augusto Pinochet Ugarte

    1973-1974
    Sucesor:
    Augusto Pinochet Ugarte
    Jefe Supremo de la Nación
    Predecesor:
    Congreso Nacional
    XLVII Periodo Legislativo
    Poder Constituyente y Legislativo
    1973-1990
    Sucesor:
    Congreso Nacional
    XLVIII Periodo Legislativo