Diferencia entre revisiones de «Hipoteca»

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La '''[[hipoteca]]''' es un [[derecho real]] de garantía, constituido para asegurar la devolución de [[crédito]]s y [[préstamo]]s, que confiere a su titular el poder de realización del valor de los [[bien]]es [[inmueble]]s sobre los que recae, que siguen perteneciendo y permanecen en poder de su [[propietario]], pudiendo el [[acreedor]] hipotecario, en caso de impago de las obligaciones garantizadas en el plazo pactado, promover la venta forzosa de los bienes gravados, cualquiera que sea su titular en ese momento ('''reipersecutoriedad''') para, con su importe, hacerse pago de todo lo '''debitado'''.
La '''[[hipoteca]]''' es un [[derecho real]] constituido en garantía de un [[crédito]] sobre un [[bien]] (generalmente [[inmueble]]) que permanece en poder de su [[propietario]], pudiendo el [[acreedor]], en caso de que la [[cuenta por pagar|deuda]] no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta del bien gravado, cualquiera que sea su titular en ese momento para, con su importe, hacerse pago de su crédito.

== Funcionamiento de una hipoteca ==
== Funcionamiento de una hipoteca ==
Una hipoteca es un derecho real que se constituye mediante [[contrato]] formalizado en escritura pública autorizada por [[notario]] -que debe inscribirse en el [[Registro de la propiedad]] para que la hipoteca nazca y adquiera eficacia frente a terceros- y que sirve para garantizar una deuda u obligación y, por tanto, es un contrato accesorio a otro que es el principal. Así las cosas, en el supuesto de que hubiere un contrato de crédito entre un banco como acreditante y un acreditado, la hipoteca garantiza al acreditante el pago del crédito mediante el remate judicial del bien, previa demanda y sentencia condenatoria en contra del acreditado. Generalmente, el bien hipotecado suele ser el inmueble objeto del crédito o préstamo, o bien un inmueble distinto de propiedad del acreditado o de un tercero que hubiere aceptado constituir la hipoteca sobre su bien.
Una hipoteca es un derecho real que se constituye mediante contrato -que debe ser inscrito en el Registro de la Propiedad para que tenga valor frente a terceros- y que sirve para garantizar una deuda u obligación y por tanto es un contrato accesorio a otro que es el principal. Así las cosas, en el supuesto de que hubiere un contrato de crédito entre un banco como acreditante y un acreditado, la hipoteca garantiza al acreditante el pago del crédito mediante el remate judicial del bien, previa demanda y sentencia condenatoria en contra del acreditado. Generalmente, el bien hipotecado suele
ser el inmueble objeto del crédito o bien un inmueble distinto de propiedad del acreditado o de un tercero que hubiere aceptado constituir la hipoteca sobre su bien.


Un préstamo se define empleando 3 parámetros:
Un préstamo se define empleando 3 parámetros:
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== La hipoteca en España ==
== La hipoteca en España ==
Aproximadamente el 93% de las hipotecas españolas eran hipotecas vinculadas a [[préstamo]]s de [[tipo de interés]] variable en el 2006 mientras que la media en [[Europa]] se sitúa en el 53%.<ref>García-Montalvo ''Papeles de Economía Española nº109 (2006)''</ref> Eso vuelve el mercado hipotecario español particularmente sensible a cambios en el [[Euribor]], que se derivan de cambios en los tipos de interés del [[Banco Central Europeo]]. El [[Banco Santander]] estima que las hipotecas formalizadas antes del 2002 son un 20% de las que hay en el 2008 en el mercado.
Aproximadamente el 93% de las hipotecas españolas eran hipotecas vinculadas a préstamos de tipo de interés variable en el 2006 mientras que la media en Europa se sitúa en el 53%.<ref>García-Montalvo ''Papeles de Economía Española nº109 (2006)''</ref> Eso vuelve el mercado hipotecario español particularmente sensible a cambios en el [[Euribor]], que se derivan de cambios en los tipos de interés del [[Banco Central Europeo]]. El Banco Santander estima que las hipotecas formalizadas antes del 2002 son un 20% de las que hay en el 2008 en el mercado.


En España, el [[Euribor]] a un año es el índice más empleado para referenciar los préstamos hipotecarios de tipo de interés variable, y en menor medida también se emplea el [[IRPH]].
En España, el [[Euribor]] a un año es el índice más empleado para referenciar los préstamos hipotecarios de tipo de interés variable, y en menor medida también se emplea el [[IRPH]].


El importe medio de los préstamos hipotecarios en España en noviembre de 2007 alcanzó los 147.018 euros, en primer lugar se sitúa la [[Comunidad de Madrid]], con 217.781 euros, seguida del [[País Vasco]] con 207.135 euros y el tercer lugar lo ocupa Cataluña con un importe medio de 196.886 euros.{{Añadir referencias}}
El importe medio de los préstamos hipotecarios en España en noviembre de 2007 alcanzó los 147.018 euros, en primer lugar se sitúa la Comunidad de Madrid, con 217.781 euros, seguida del País Vasco con 207.135 euros y el tercer lugar lo ocupa Cataluña con un importe medio de 196.886 euros.{{Añadir referencias}}


=== Comparar hipotecas en España ===
=== Comparar hipotecas en España ===
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*[[Subprime]]
*[[Subprime]]
*[[Crisis hipotecaria de 2007]]
*[[Crisis hipotecaria de 2007]]
*[[Ley Hipotecaria (España)]]
*[[Ley Hipotecaria]]
*[[Hipoteca condicional]]
*[[Hipoteca condicional]]
*[[Hipoteca del derecho al aprovechamiento urbanístico]]
*[[Hipoteca de máximo]]
*[[Hipoteca de seguridad]]
*[[Hipoteca flotante]]
*[[Hipoteca inversa]]
*[[Hipoteca inversa]]
*[[Hipoteca omnibus]]
*[[Hipoteca recarga]]
*[[Hipoteca recarga]]
*[[Hipoteca recargable]]
*[[Nahrep]]
*[[Nahrep]]



Revisión del 16:14 18 ene 2010

La hipoteca es un derecho real constituido en garantía de un crédito sobre un bien (generalmente inmueble) que permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor, en caso de que la deuda no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta del bien gravado, cualquiera que sea su titular en ese momento para, con su importe, hacerse pago de su crédito.

Funcionamiento de una hipoteca

Una hipoteca es un derecho real que se constituye mediante contrato -que debe ser inscrito en el Registro de la Propiedad para que tenga valor frente a terceros- y que sirve para garantizar una deuda u obligación y por tanto es un contrato accesorio a otro que es el principal. Así las cosas, en el supuesto de que hubiere un contrato de crédito entre un banco como acreditante y un acreditado, la hipoteca garantiza al acreditante el pago del crédito mediante el remate judicial del bien, previa demanda y sentencia condenatoria en contra del acreditado. Generalmente, el bien hipotecado suele ser el inmueble objeto del crédito o bien un inmueble distinto de propiedad del acreditado o de un tercero que hubiere aceptado constituir la hipoteca sobre su bien.

Un préstamo se define empleando 3 parámetros:

  • El capital, que es la cantidad de dinero prestada por el banco. El capital prestado suele ser menor que el valor del bien hipotecado, de manera que éste pueda responder por el capital en la subasta en caso de producirse un impago.
  • El plazo, que es el tiempo que tomará la devolución del préstamo. La devolución del préstamo se realiza mediante pagos periódicos (generalmente mensuales), hasta devolver el capital solicitado más todos los intereses acumulados durante el tiempo que hayamos tardado en devolver el préstamo.
  • El tipo de interés, que indica un porcentaje extra anual que se debe abonar al banco anualmente en concepto de ganancias del mismo.

El tipo de interés puede a su vez ser:

  • Fijo: Mantiene su valor a lo largo de todo el plazo del préstamo.
  • Variable: Su valor es revisado periódicamente con el fin adaptar su valor al estado actual de la economía. Generalmente se emplea algún índice económico como el euribor, el Libor o el IRPH, al cual se le añade un diferencial de forma que el interés de la hipoteca siempre sea superior al índice de referencia.

Una vez conocidos los 3 parámetros anteriores es posible realizar los cálculos para conocer cuales serán las ganancias del banco por la concesión del préstamo y cual será la cuota que debemos abonar mensualmente hasta amortizarlo (devolución del dinero al banco).

Fórmulas matemáticas de un préstamo

Hay varios modelos diferentes para realizar estas estimaciones, siendo el más común el modelo francés, que es el que aquí se explica. En este modelo, la mayor parte de los intereses del préstamo se pagan al banco durante las primeras cuotas del préstamo, de forma que si en un momento dado se decidiese devolver toda la deuda pendiente al banco, éste ya habrá cobrado una parte importante de sus beneficios.

Hay que tener en cuenta que si el tipo de interés es variable será necesario repetir los cálculos cada vez que se revise el valor del interés, generalmente una vez al año.

Cálculo de la cuota periódica

Para calcular cuál es la cuota que debemos abonar periódicamente al banco se emplea la fórmula siguiente:

El interés debe ser el valor que se aplica durante cada periodo. Así, si las cuotas se pagan mensualmente es necesario dividir el interés anual entre 12, para conocer cuál es el tipo de interés mensual.

Ejemplo de simulación de una hipoteca

Por ejemplo, para calcular la cuota de un préstamo hipotecario de 100.000 unidades de capital, de 20 años de plazo y un tipo de interés fijo del 4% anual en el que los pagos se realizan mensualmente, empleamos los siguientes cálculos:

  • Como los pagos son mensuales, comenzamos calculando el plazo expresado en meses y el tipo de interés mensual
  • La cuota que debemos ingresar mensualmente será:
  • Ahora vamos a calcular qué parte de esta cuota se dedica al pago de los intereses y qué otra parte se dedica a reducir la deuda que tenemos con el banco. El primer mes, el reparto se efectúa de la siguiente manera:
A partir del segundo mes, el interés se aplicará sólo sobre el capital pendiente, con lo que disminuirá la fracción de cuota que se dedica a pagar intereses, y aumentará la porción que se dedica a amortizar el capital.
  • Al final del préstamo, habremos pagado al banco 240 cuotas de 605,96, por lo que el beneficio que obtiene el banco por la concesión del préstamo será:
  • Si el tipo de interés fuese variable en lugar de fijo, la simulación se realiza de forma idéntica y se repite al año siguiente, actualizando los valores del tipo de interés, plazo pendiente y capital pendiente.

Demostración matemática de la fórmula de la cuota periódica

Del capital total de la hipoteca (), en cada período:

  • se debe pagar al banco una determinada cantidad fija ()
  • el banco obtiene un beneficio por el capital que aún no ha sido amortizado.

Este beneficio del banco viene determinado por el interés que el banco aplica en ese momento. En estos cálculos, si el interés sobre 100 es (p.ej. 0.33 para indicar un 0.33%), se tomará como:

para obtener así directamente el incremento en la deuda sumado al capital.

Téngase en cuenta que como se hace un cálculo por cada período de pago, al ser el interés indicado normalmente anual, habrá que dividirlo por el número de períodos del año (meses, habitualmente). Así, para un 4% anual, sería:

Inicialmente, se conoce el capital de la hipoteca (), el interés (), y el plazo total en el que se debe pagar la hipoteca (, correspondiente al número de períodos; meses, normalmente).

Interesa determinar la cuota () por cada período (mes).

De esta forma, en cada período se adeuda al banco:

  • el capital no devuelto hasta ese momento,
  • más los intereses devengados a favor del banco obtenidos sobre el capital aún no devuelto,
  • menos el pago que se haga al final de ese período (, la cantidad a averiguar).

Por tanto, al finalizar el primer período, se adeuda al banco:

Posteriormente, los cálculos se hacen sobre lo adeudado hasta ese momento:

Y continuando así, al finalizar el último período (), y por tanto haber saldado la deuda con el banco (el último pago se corresponde con lo adeudado en ese momento más sus intereses ()), ya no se debe nada:

Como el último término se corresponde con una progresión geométrica, se puede reducir a:

Y despejando , el pago por período, que es lo que interesaba averiguar:

Esta fórmula se puede reducir aún más, dividiendo numerador y denominador por , y sustituyendo por la primera fórmula:

Recordando que es la cuota periódica, el capital, el número de plazos, y el interés de cada período:

Q.E.D.

Características legales del Contrato de Hipoteca

  • Como Contrato
    • Es un contrato nominado, ya que se encuentra reglamentado en la ley.
    • Es un contrato unilateral, debido a que sólo se obliga el deudor hipotecario a transferir al acreedor hipotecario el derecho real de hipoteca. El acreedor no contrae obligación alguna.
    • Es un contrato accesorio, porque supone la existencia de una obligación principal cuyo cumplimiento asegura.
    • Es un contrato oneroso, por regla general.
  • Como Derecho Real
    • Es un derecho real, o sea, es un derecho que se ejerce sobre la cosa y no respecto a determinada persona, pero se ejerce de forma indirecta ya que este derecho consiste básicamente en pedir la venta de la cosa hipotecada en caso de que el deudor no cumpla la obligación garantizada con la hipoteca.
    • Es un derecho inmueble, es decir, se ejerce sobre bienes raíces.
    • Es un derecho accesorio, puesto que sigue la suerte del derecho principal al que garantiza, si la obligación principal es nula, la hipoteca constituida no es válida.
    • El deudor hipotecario no pierde la posesión de la cosa.
    • Constituye una limitación al derecho de dominio o propiedad, es decir, el deudor puede servirse del inmueble con la restricción de los derechos del acreedor hipotecario.

Origen histórico de la hipoteca

Si bien el término hipoteca procede del griego, la regulación y la idea de la hipoteca es heredada del derecho romano. Concretamente, en la antigua Roma había dos formas principales de garantizar una deuda:

  • Fiducia: Que consistía en que el deudor traspasaba la propiedad de un bien al acreedor para garantizar la deuda. Generaba una gran desprotección para el deudor.
  • Prenda o pignus, con una regulación muy parecida a la actual.

Como en ocasiones el deudor necesitaba sus bienes para poder pagar la deuda, surgió la prenda sin desplazamiento. Se utilizaba para que los arrendadores de la tierra garantizasen el pago al arrendatario, ignorando sus aperos de labranza (que iban a necesitar en todo caso para trabajar, por lo que no podían ceder al acreedor).

Fue esta figura el germen de la hipoteca actual. Sin embargo, por motivos de seguridad jurídica, no fue sino hasta la invención de los Registros, cuando empezó a utilizarse de forma generalizada.

La hipoteca en España

Aproximadamente el 93% de las hipotecas españolas eran hipotecas vinculadas a préstamos de tipo de interés variable en el 2006 mientras que la media en Europa se sitúa en el 53%.[1]​ Eso vuelve el mercado hipotecario español particularmente sensible a cambios en el Euribor, que se derivan de cambios en los tipos de interés del Banco Central Europeo. El Banco Santander estima que las hipotecas formalizadas antes del 2002 son un 20% de las que hay en el 2008 en el mercado.

En España, el Euribor a un año es el índice más empleado para referenciar los préstamos hipotecarios de tipo de interés variable, y en menor medida también se emplea el IRPH.

El importe medio de los préstamos hipotecarios en España en noviembre de 2007 alcanzó los 147.018 euros, en primer lugar se sitúa la Comunidad de Madrid, con 217.781 euros, seguida del País Vasco con 207.135 euros y el tercer lugar lo ocupa Cataluña con un importe medio de 196.886 euros.[cita requerida]

Comparar hipotecas en España

La hipoteca es un producto financiero difícil de comparar. La falta de información detallada sobre cada producto y/o el conocimiento para comprender las implicaciones de las características de cada una pueden dificultar el proceso. No obstante, es posible establecer una comparación que permita entender cual es mejor y por qué.

Para poder establecer una comparación deben conocerse primero las necesidades de la persona y su perfil financiero, ya que la hipoteca es un producto muy personal que no puede compararse sólo a nivel del tipo de interés.

Hay múltiples factores que deben contemplarse en cualquier comparación de hipotecas: (1) el porcentaje de financiación y la determinación de la cuota, (2) el tipo de préstamo (fijo o variable), (3) la flexibilidad de pago, como por ejemplo, los períodos de carencia que ésta contemple (4) los tipos de intereses y de comisiones; (5) la cantidad y el precio de los productos vinculados, etc.

Es esencial entender las necesidades de la/s persona/s

Hay algunas necesidades de la/s persona/s que es importante conocer para saber si es conveniente que la hipoteca tenga un coste bajo o una cuota baja o bien si debería contemplar la posibilidad de tener flexibilidad en la cuota.

Después, según tus ahorros y tu capacidad de pago mensual, tienes que definir el importe de la hipoteca y su plazo. Cuanto más largo sea el plazo, más baja será la cuota. Y viceversa, a menor plazo, más alta será la cuota.

Para determinar el importe de la hipoteca, debes tener en cuenta que necesitas aportar ahorros, ya que el banco no suele financiar más del 80-70% del valor del inmueble, según se trate de una primera vivienda o de una segunda residencia.

Una vez determinados el importe y el plazo, y analizadas las necesidades, se pueden estudiar las características de la hipoteca según
  • Si la persona quiere contratar una hipoteca a tipo fijo o variable.

El interés fijo se mantiene igual a lo largo de la hipoteca, en un primer momento es más caro que el interés variable, pero no depende de las fluctuaciones del mercado. En cambio, el interés variable está relacionado con las oscilaciones de mercado. Generalmente los tipos de interés variables suben en épocas de expansión económica y bajan en tiempos de crisis o contracción económica. En España, el 95% de las hipotecas son a tipo variable. Ten en cuenta, que sólo son comparables las hipotecas del mismo tipo.

  • Si la persona parte de una situación estable o no. Si una persona no tiene trabajo fijo; posee unos ingresos muy bajos, o se encuentra en una situación económica inestable, las hipotecas más adecuadas son las que ofrecen opciones de flexibilidad. Estas incluyen (1) un período inicial con carencial que permita pagar únicamente intereses sin reembolsar el capital de la hipoteca y también (2) periodos de reembolso libre en los que puedes optar por períodos de carencia cuando la necesites. En general, existe un límite de meses por año y otro límite para toda la vida del préstamo. Pero se debe saber que cuanto más baja sea la cuota, más intereses se habrán pagado al final del préstamo.

En cambio, si la persona parte de una situación estable, contrato de trabajo indefinido o ingresos estables/elevados, las hipotecas más adecuadas son las más baratas, si la persona se puede permitir pagar una cuota más elevada se amortiza capital más rápidamente y al final del préstamo se habrán pagado menos intereses y, por lo tanto, el coste financiero de la vivienda habrá sido inferior.

Comparación según el precio de cada una de ellas

Los productos vinculados impactan en la cuota de la hipoteca

Muchas entidades en España ofrecen hipotecas a un interés bajo pero condicionan su concesión a contratar algunos productos vinculados de la entidad, como pueden ser un seguro de vida o de desempleo, un plan de pensiones, una tarjeta de crédito con un uso mínimo anual, un seguro multiriesgo de hogar, etc. Algunos de estos productos tienen un coste alto que se suma al precio total de la hipoteca (incluyendo su coste en la cuota mensual de esta o sumando su importe total al firmar el contrato) y pueden aumentar su precio sensiblemente.

La aplicación de la T.A.E. y el diferencial

Las hipotecas pueden compararse a través de la T.A.E. (Tasa Anual Equivalente) o a través del tipo de interés que se suma al diferencial (en el caso de las hipotecas a tipo variable, que en España son la mayoría). La mejor forma de comparar es utilizando la T.A.E. como base porqué incluye más parámetros de análisis (además del tipo de interés, incluye comisiones como la de apertura o estudio). A ella se le deben sumar siempre, posteriormente, el precio de la cuota mensual o anual de los productos vinculados que la entidad bancaria pueda pedir. El coste de éstos puede considerarse como parte del coste de financiación. Es importante recordar que las hipotecas que se quieren comparar mediante la T.A.E deben tener el mismo plazo de devolución.

Resumiendo, para comparar hipotecas, tienes que, primero, definir tus necesidades, a nivel de estructura de hipoteca y, DESPUÉS, teniendo en cuenta todos los parámetros tratados, se puede finalmente realizar una comparación de precio de hipotecas tomando en cuenta la T.A.E y el precio de los productos vinculados. Compara únicamente las hipotecas que el banco te va a conceder porque cumples los requisitos exigidos.

La hipoteca en los Estados Unidos

Una hipoteca es un préstamo que se hace para financiar la compra de bienes raíces, normalmente con periodos de pago específicos y tasas de interés. El comprador (deudor hipotecario) le da al prestamista (acreedor hipotecario) un derecho de embargo sobre la propiedad como garantía para el préstamo.

Saldo principal original: Es la cantidad de dinero que el prestamista le presta o provee para su inversión. Generalmente el dinero que el prestamista le provee como capital suele tener un valor menor que el valor de la propiedad hipotecada, de tal manera que si usted incumple con los pagos y se procede a la respectiva ejecución hipotecaria, el dinero que se obtenga por la venta en una subasta, se utiliza para pagar la deuda.

Plazo: Es el periodo de tiempo que se establece para el pago de la deuda. La deuda se paga periódicamente, según se acuerde, generalmente en pagos mensuales, hasta cancelar el saldo principal, los intereses que se acumulen durante el tiempo que dure pagando y los recargos establecidos.

Interés: Es una cantidad adicional que usted paga a quien le provee los fondos del préstamo como ganancia por utilizar su dinero en inversiones como su casa propia.

El interés puede ser:

Fijo: Se establece un porcentaje extra anual, que no varía durante el periodo que se acordó para la cancelación del préstamo.

Ajustable: Todo interés es un pago extra de un porcentaje sobre el valor del capital prestado, pero el interés ajustable se revisa periódicamente para adaptar los valores a las condiciones y movimientos del mercado actual.

Una gran mayoría de los nuevos préstamos hipotecarios firmados en los EEUU son de interés fijo por un periodo 3 a 5 años y los restantes 27 ó 25 años son variables. Esto está causando muchas pérdidas hipotecarias que conllevan «foreclosures»: juicios o remates judiciales hipotecarios y que han llevado al mercado inmobiliario norteamericano a lo que se denominó 2007 credit crunch.

Con el fin de evitar la entrega de préstamos hipotecarios de difícil pago, muchas organizaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la industria inmobiliaria de los Estados Unidos han implementado códigos de ética diseñados para definir la entrega de los préstamos en condiciones equitativas y confiables.[2]

Hipoteca multidivisas

Es un tipo de hipoteca en la que el préstamo o crédito se pide en varias divisas incluida la del País donde se firma, en el caso de España el Euro. Normalmente se hace en divisas que tienen un tipo de interés bajo comparando con la moneda local, como por ejemplo el yen japonés o el franco suizo, permitiendo el contrato cambiarse de divisa cada cierto periodo con el fin de aprovechar la divisa más favorable en cada momento. En este caso la hipoteca se suele referenciar empleando el tipo de interés que se fija en el mercado de Londres para cada una de las divisas y que se llama LIBOR, y como variables para calcular la cuota mensual del préstamo hipotecario, se emplean dicho tipo de interés llamado Libor y el tipo de cambio de moneda entre la moneda local de tu país y la divisa escogida.

Al entrar en juego el tipo de cambio entre monedas, la cuota mensual varía cada mes con movimientos que pueden ser muy agresivos, tanto al alta como a la baja, por lo que este tipo de hipotecas se consideran algo arriesgado, no tanto por lo que puede cambiar la cuota mensual sino por el incremento que puede sufrir la deuda total.

Lo podemos entender mejor con un ejemplo: Firmamos una hipoteca de 150.000 euros en un momento en que el euro vale 162,3 yenes. La hipoteca es por tanto de 24.345.000 yenes y a partir de ese momento es nuestro préstamo o deuda en yenes. Si después de firmar, baja la cotización del euro a 152,3 yenes y tuviéramos que liquidar nuestra deuda, los euros necesarios para cancelar la deuda serían 159.849 euros, es decir se habría incrementado la deuda en 9.849 euros y si hubiera sido al contrario, es decir el euro sube el tipo de cambio hasta 172,3 yenes, la deuda se habría reducido hasta 141.294, o, lo que es lo mismo, tendríamos un ahorro de 8.705 euros sin haber hecho amortizaciones.

Juicio Hipotecario - Impago de hipoteca (impago del préstamo garantizado por la hipoteca)

Es el proceso legal o estatuario de pérdida del bien hipotecado. Los acreedores tienen que notificar a los deudores de su intención de rematar la hipoteca por falta de pagos. Los deudores usualmente tienen un plazo de dos a tres meses antes que el banco acreedor inicie el remate. Es recomendable que el deudor trate de vender la propiedad garantizada previo al remate. En ciertos casos los acreedores están dispuestos a negociar una venta corta si la situación es propicia para minimizar sus pérdidas.

Ante una situación de impago de hipoteca, es importante no llegar a tener 3 cuotas impagadas, dada la obligatoriedad que tienen las entidades financieras en España de depositar una cierta cantidad en garantía del impago que se está produciendo. Este hecho hace que al llegar la cuarta cuota impagada, se inicie la demanda o procedimiento ejecutivo que encarece en gran parte la deuda motivada por los gastos de abogados, procuradores, tasadores, intereses de demora, motivo por el cual siempre es mejor proceder a una venta del bien hipotecado aún siendo a bajo precio e incluso sin llegar a cubrir el importe de la hipoteca, siempre con el consentimiento de la entidad hipotecante, que finalizar con la subasta en cuyo caso el precio conseguido siempre será menor, teniendo en cuenta que de cualquier forma, el resto de deuda no satisfecha con el producto de la finca, siempre lo tendremos como deuda pendiente.

Véase también

Referencias

  1. García-Montalvo Papeles de Economía Española nº109 (2006)
  2. Nahrep Código de Confianza (2007)

Enlaces externos