Diferencia entre revisiones de «Salario mínimo»

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En [[México]], el salario mínimo por día lo establece la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resoluciones publicadas en el [[Diario Oficial de la Federación]], según lo disponen los artículos 123 de [[Constitución|Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos]] y 570 de la [[Ley Federal del Trabajo]]. La asignación de Salarios Mínimos Generales y Profesionales se divide en 3 zonas geográficas.<ref>[http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/ Salarios mínimos 2007] Servicio de Administración Tributaria, México.</ref>
En [[México]], el salario mínimo por día lo establece la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resoluciones publicadas en el [[Diario Oficial de la Federación]], según lo disponen los artículos 123 de [[Constitución|Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos]] y 570 de la [[Ley Federal del Trabajo]]. La asignación de Salarios Mínimos Generales y Profesionales se divide en 3 zonas geográficas.<ref>[http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/ Salarios mínimos 2007] Servicio de Administración Tributaria, México.</ref>


A fecha de 2009, el salario mínimo diario es de 54,80 [[peso mexicano|pesos]] en la zona A, 53,26 en la zona B y 51,95 en la zona C.oraaaaa
A fecha de 2009, el salario mínimo diario es de 54,80 [[peso mexicano|pesos]] en la zona A, 53,26 en la zona B y 51,95 en la zona C.


=== Perú ===
=== Perú ===

Revisión del 23:28 11 ago 2009

El salario mínimo es el mínimo establecido legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX.[1]​ Los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate.

Generalmente se expresa en unidades monetarias por jornada de trabajo; por ejemplo, que no se puede pagar menos de 6 euros/dólares/libras a un trabajador por cada hora de trabajo. Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual.

Efectos económicos de las leyes de salario mínimo

Hay diversas teorías económicas acerca de las consecuencias del salario mínimo. Según ellas, las consecuencias pueden ser positivas o negativas.

Consecuencias positivas que se suelen atribuir al salario mínimo:

  • Reducción del trabajo mal pagado, que puede ser visto como explotación laboral, es decir injusto y de explotación.
  • Reducción de la dependencia de los que perciben salarios bajos en las ayudas estatales, que puede dar lugar a una reducción de impuestos.
  • Aumento de la productividad, ya que se fomenta la inversión en capital y formación, desincentivando el empleo de mucha mano de obra.

Consecuencias negativas que se suelen atribuir al salario mínimo:

  • Aumento del desempleo para los que perciben sueldos bajos, ya que los costes de los sueldos más altos incentivan la reducción del número de empleados.
  • Aumento del subempleo o de la economía informal, especialmente en aquellos países donde no existe seguro de desempleo.
  • Aumento de los precios de los bienes y servicios básicos: gran parte del coste corresponde a mano de obra.

Consecuencias ambivalentes, positivas y negativas.

  • Política social.
  • Política fiscal.

Regulación por países

Argentina

En Argentina, se denomina "Salario Mínimo, Vital y Móvil", el cual es fijado por el Ejecutivo y acordado por el "Consejo del Salario" (compuesto por gremios, empresarios y funcionarios del gobierno).

Antes del 1ero de agosto de 2008 el salario mínimo era $980 por mes. Fue aprobado elevarlo de $980 a $1.200 a partir del 1° de agosto de 2008 y a $1.240 en diciembre de 2008.

Asimismo, el valor mínimo por hora para los trabajadores jornalizados es a partir de agosto de 2008 de $ 6 y $ 6,2 desde diciembre 2008.

Tipo de Cambio: $3,80/US$ 1(Julio 2009)

Brasil

El salario mínimo en Brasil (en portugués salário mínimo) se fija para periodos de un año y su periodicidad de pago es mensual. A partir de febrero de 2009, el salario mínimo es de 465 reales, es decir, unos 280 dólares USA o unos 170 euros.

Chile

En Chile, el sueldo mínimo se denomina Ingreso Mínimo Mensual, que es el monto mensual mínimo de la remuneración por una jornada ordinaria de trabajo (que no puede exceder de 45 horas semanales). Es fijado por ley por el Congreso, en base a una propuesta del gobierno acordada con representantes de los empleadores y los trabajadores. Generalmente entra en vigor cada 1º de julio de cada año y dura un año. Chile ha ratificado el Convenio 131 sobre fijación de salarios mínimos de la Organización Internacional del Trabajo.

Colombia

El salario mínimo en Colombia es el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente el cual se fija para periodos de un año y su periodicidad de pago es mensual. Al auxilio de transporte tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente.

Ecuador

Tabla del salario mínimo en Ecuador:

2007 2008 2009
170 US$/mes 200 US$/mes 218 US$/mes

España

En España, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el sueldo mínimo legal que un trabajador puede cobrar independientemente de la dedicación profesional de la persona. Se expresa en unidades monetarias por hora de trabajo. Se publica anualmente en el BOE.

Para el establecimiento del salario mínimo de cada año se consideran de manera conjunta el Índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la situación económica analizada de forma general. Podrá ser modificado semestralmente si hay variaciones sobre el presupuesto de IPC.

A fecha de 2009, el salario mínimo es de 20,80 €/día, 624 €/mes y 8.736 €/año (14 pagas mensuales).

Según la categoría profesional y los convenios empresariales adoptados podrá ser aumentada dicha cantidad o también podrá ser reducida si el trabajador se encuentra en ciertas situaciones de formación. Las relaciones laborales y precisiones se encuentran expresadas en el Estatuto de los trabajadores

Estados Unidos

En Estados Unidos, la Ley de Normas Razonables de Trabajo (Fair Labor Standards Act, FLSA) establece el salario mínimo, la remuneración por sobretiempo, el mantenimiento de registros, y las condiciones para el trabajo de jóvenes que afectan a los trabajadores de jornada completa y parcial en el sector privado así como en el gobierno federal, estatal y local.

Los trabajadores sin excepciones tienen derecho a recibir un salario mínimo no menor a US$ 7,25/HR desde 2009; antes US$ 5,15. La remuneración por horas extras debe ser no menor de una y media veces su salario regular después de 40 horas de trabajo en una semana laboral.[2]

Francia

En Francia, el salario mínimo a febrero de 2009 es de 1321,02 brutos por mes, es decir 8,71 euros/hora. para 35 horas semanales

México

En México, el salario mínimo por día lo establece la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resoluciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, según lo disponen los artículos 123 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 570 de la Ley Federal del Trabajo. La asignación de Salarios Mínimos Generales y Profesionales se divide en 3 zonas geográficas.[3]

A fecha de 2009, el salario mínimo diario es de 54,80 pesos en la zona A, 53,26 en la zona B y 51,95 en la zona C.

Perú

En Perú el salario mínimo se denomina Remuneración Mínima (se eliminó la expresión "Vital" en la Constitución de 1993), que actualmente equivale a S/. 550 nuevos soles mensuales (aproximadamente 183.30 dólares estadounidenses, Tipo de cambio en Abril de 2009) mensuales. Dicha remuneración es fijada por el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual regula su variación en función a diferentes variables económicas, y es aprobada mediante decretos de urgencia de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Venezuela

En Venezuela, el salario mínimo lo establece directamente el gobierno nacional con su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. A partir de mayo de 2009 será de 879,15 Bs.F (409 dólares estadounidenses al cambio oficial); en el mes de septiembre habrá un nuevo aumento del salario mínimo hasta 967,5 Bs.F (450 dólares estadounidenses al cambio oficial) por una jornada de 40 horas semanales. A ésto se le agrega además el beneficio de bono de alimentación para empresas de más de 20 empleados (como mínimo Bs.F 11,5 por día laborado para 2008 (25% de la Unidad Tributaria)).

Centroamérica

Tabla del salario mínimo en Centro América:

País Salario por hora Salario diario Salario Mensual
Panamá 1,89 Balboas =1,89 US $ 15,09 Balboas = 15,09 US $ 332 Balboas = 332 us $
Costa Rica 805 Colones (cambio diario fluctuante) 6.446 Colones (cambio diario fluctuante) 192.385 Colones = 315 US $
Honduras 31,25 Lps (1,65 US $) 250 Lps (13,22 US $) 5.500 Lps (291 US $)[4]
El Salvador $0,87 por hora $6,92 diarios $207.68 Equivalente en 1817.20 Colones
Guatemala 5,94 Quetzales (0,80 US $) 47,5 Quetzales (6,36 US $) 1.425 Quetzales (190,76 US $)[5]
Nicaragua 7,5 Córdovas (0,39 US $) 62 Córdovas (3,1 US $) 1.801 Córdovas Sect Gobierno(91,48 US $) acuerdo ministerial JCHG-010-09-08

Referencias

  1. American Academy of Political and Social Science. "The Cost of Living." Philadelphia, 1913.
  2. United States Department of Labor (2006), Minimum Wage Laws in the States, Employment Standards Administration Wage and Hour Division.
  3. Salarios mínimos 2007 Servicio de Administración Tributaria, México.
  4. Diario La Prensa, Aumento al salario mínimo en el gobierno de Honduras aumenta a 5.500 Lemprias.
  5. Prensa Libre, Aumento salarial de 142%, 12 de Noviembre de 2008 (Mas el Bono de ley de Q 250,00 ($ 33,47); Salario Mínimo equivalente a 1700,00 ($227,58); Tasa de cambio a Q 7,47 x $1,00

Véase también

Enlaces externos