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Diferencia entre revisiones de «Pueblo español según la Constitución»

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la [[soberanía nacional]], del que emanan los [[separación de poderes|poderes]] del [[Estado]]. Son los [[representante]]s del [[pueblo]] español, [[Sufragio universal|elegidos democráticamente]], los depositarios de esa [[soberanía]] en las [[Cortes Generales]]: el [[Congreso de los Diputados (España)|Congreso de los Diputados]] y el [[Senado de España|Senado]].
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La formulación de los conceptos del [[constitucionalismo]] clásico, que desde la [[Revolución francesa]] (''Qué es el Tercer Estado'' de [[Emmanuel Joseph Sieyès|Sieyès]]) alternaba en ubicar la soberanía, una vez extraída de [[Dios]], en la [[nación]] ([[soberanía nacional]], más moderada) o el pueblo ([[soberanía popular]], más radical); quedan pues en la Constitución española resueltos de tal manera: la soberanía es permanentemente nacional, y reside coyunturalmente en el pueblo (por ejemplo, el [[censo electoral]] a 14 de marzo de 2004) que la deposita interinamendfovbhsvahyuesndvuiiiiaz<byte en las Cortes Generales.
{{otros usos|Pueblo español (desambiguación)}}
El '''pueblo español''', según el artículo primero de la [[Constitución española de 1978|Constitución de 1978]], es el [[sujeto (filosofía)|sujeto]] de la [[soberanía nacional]], del que emanan los [[separación de poderes|poderes]] del [[Estado]]. Son los [[representante]]s del [[pueblo]] español, [[Sufragio universal|elegidos democráticamente]], los depositarios de esa [[soberanía]] en las [[Cortes Generales]]: el [[Congreso de los Diputados (España)|Congreso de los Diputados]] y el [[Senado de España|Senado]].

La formulación de los conceptos del [[constitucionalismo]] clásico, que desde la [[Revolución francesa]] (''Qué es el Tercer Estado'' de [[Emmanuel Joseph Sieyès|Sieyès]]) alternaba en ubicar la soberanía, una vez extraída de [[Dios]], en la [[nación]] ([[soberanía nacional]], más moderada) o el pueblo ([[soberanía popular]], más radical); quedan pues en la Constitución española resueltos de tal manera: la soberanía es permanentemente nacional, y reside coyunturalmente en el pueblo (por ejemplo, el [[censo electoral]] a 14 de marzo de 2004) que la deposita interinamente en las Cortes Generales.

[[Archivo:WisconsinScenery.jpg|thumb|right|350px|La imagen del tronco de un árbol se usa en la retórica romántica y nacionalista como la metáfora del pueblo, simbolizando al presente visible de la nación, cuyo pasado (religión, lengua, cultura) hunde sus raíces y cuyo futuro se proyecta en las hojas y frutos.]]


Durante el proceso constituyente, distintos representantes políticos consideraron el artículo 1.2 de la Constitución contradictorio en tanto que consideraban que se refería simultáneamente a los conceptos político-jurídicos de soberanía nacional y soberanía popular. [[Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón]] defendió, durante el debate constituyente en [[1978]], la idoneidad de incluir el adjetivo ''nacional'' para recalcar la indivisibilidad o la partición de la misma, alejándola del sentido clásico del término. En este último sentido, algunos propusieron su sustitución por soberanía ''estatal''.
Durante el proceso constituyente, distintos representantes políticos consideraron el artículo 1.2 de la Constitución contradictorio en tanto que consideraban que se refería simultáneamente a los conceptos político-jurídicos de soberanía nacional y soberanía popular. [[Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón]] defendió, durante el debate constituyente en [[1978]], la idoneidad de incluir el adjetivo ''nacional'' para recalcar la indivisibilidad o la partición de la misma, alejándola del sentido clásico del término. En este último sentido, algunos propusieron su sustitución por soberanía ''estatal''.


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== El pueblo español y los pueblos de España ==
== El pueblo español y los pueblos de España ==



Revisión del 16:20 10 mar 2017

la soberanía nacional, del que emanan los poderes del Estado. Son los representantes del pueblo español, elegidos democráticamente, los depositarios de esa soberanía en las Cortes Generales: el Congreso de los Diputados y el Senado.

La formulación de los conceptos del constitucionalismo clásico, que desde la Revolución francesa (Qué es el Tercer Estado de Sieyès) alternaba en ubicar la soberanía, una vez extraída de Dios, en la nación (soberanía nacional, más moderada) o el pueblo (soberanía popular, más radical); quedan pues en la Constitución española resueltos de tal manera: la soberanía es permanentemente nacional, y reside coyunturalmente en el pueblo (por ejemplo, el censo electoral a 14 de marzo de 2004) que la deposita interinamendfovbhsvahyuesndvuiiiiaz<byte en las Cortes Generales.

Durante el proceso constituyente, distintos representantes políticos consideraron el artículo 1.2 de la Constitución contradictorio en tanto que consideraban que se refería simultáneamente a los conceptos político-jurídicos de soberanía nacional y soberanía popular. Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón defendió, durante el debate constituyente en 1978, la idoneidad de incluir el adjetivo nacional para recalcar la indivisibilidad o la partición de la misma, alejándola del sentido clásico del término. En este último sentido, algunos propusieron su sustitución por soberanía estatal.

El pueblo español y los pueblos de España

En la misma Constitución, desde su Preámbulo, se habla de la existencia simultánea de los pueblos de España, como entidades protegidas por la Nación Española «en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones». La ambigüedad que trae la coexistencia de ambos términos se continúa con la pareja de conceptos nación y nacionalidad.

El mismo preámbulo pone en relación al pueblo español con todos los pueblos de la Tierra en términos de paz y cooperación.

Véase también