Discusión:Cristina Fernández de Kirchner/2015

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Causa Hotesur[editar]

Como en absolutamente todas las biografías de los políticos de la oposición, aparecen sus causas judiciales, sin embargo en el artículo de la presidente no figuran, quize poner como acusación el caso "hotesur" en el cual CFK es acusada por lavado de dinero, la edición fue borrada una y otra vez por no respetar, supuestamente, el WP:BPV, leí el articulo y no me pareció improcedente, y menos coherente que los mismos usuarios que descartan esta información editan artículos de otros funcionarios agregando datos sobre causas judiciales, no sería coherente que agregue este inciso? saludos Gmenini.92

Me temo que WP:BPV se aplica a todos los artículos incluidos este. Si hace falta modificar otros artículos para que se ajusten a esa política, lo animo a que lo haga, pero no que introduzca texto improcedente en este. Banfield - ¿Reclamos? 19:53 10 ene 2015 (UTC)
Lo que pasa es que la «Causa Hotesur», si bien tiene claros indicios de la participación de la Sra. Cristina Fernández de Kirchner, no es directamente con ella, es para con la Flia. Kirchner.--Yaircohen90 (discusión) 03:20 4 feb 2015 (UTC)

::: Gmenini veo que varios usuarios le han advertido que desista de sus vandalismos, le advierto que si sigue agregando datos manipulados como aquí http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Desempleo_en_Argentina&diff=80085410&oldid=80011337 por favor le pido aquí no venimos a ·hacer equipo con Mauricio" como hace usted en su facebook, esto es una enciclopedia sería, no una red de militantes pagos del PRO como figura usted en su propia página de facebook y de la cual se enorgullese.200.45.139.33 (discusión) 20:12 18 feb 2015 (UTC)Debido a violaciones de la etiqueta, presunción de mala fe, amenazas legales o por su irrelevancia, se han suprimido parcial o totalmente los comentarios realizados aquí por 200.45.139.33 (d · c · r). Se trata de la IP de un usuario expulsado--JALU    15:37 18 dic 2015 (UTC)

Muerte Dudosa del Fiscal Alberto Nisman[editar]

Dada la popularidad de este portal y la cantidad de personas que se informan a partir del mismo, considero de suma importancia que se incorpore debajo del título "Acusaciones y Movilizaciones" la denuncia del Fiscal Alberto Nisman a la Presidenta y a su Canciller, Héctor Timerman por encubrimiento de los iraníes acusados de haber perpetrado el Atentado Terrorista a la AMIA el 18 de julio de 1994. Nisman presentó la denuncia el día 14/01/2015 y apareció muerto en su departamento 5 días después de denunciar a la Presidenta. Aun se siguen investigando las causas de muerte del Fiscal y hay dos jueces, Ariel Lijo y Daniel Rafecas, que se han declarado "incompetentes" para tomar el caso de la Denuncia a la Presidenta efectuada por el mismo. El caso de la extraña muerte del fiscal 5 días después de haber denunciado a la jefa de estado ha tenido repercusión mundial.

Artículo en inglés[editar]

Estuve mirando el artículo en ingles, y realmente es asqueroso lo tendencioso que es. Noté que el único usuario registrado que lo "vigila" es uno que deshace cualquier intento de volverlo un poco mas neutral, y hay otro que secunda al anterior. Me parece que, en pos de la neutralidad de Wikipedia, y de que haya una mayor correspondencia entre la versión en inglés y en castellano (que sería beneficioso porque la última es la más completa y neutral), estaría bueno que editores de este artículo contribuyeran también en la versión en inglés.

— El comentario anterior sin firmar es obra de 168.96.255.104 (disc.contribsbloq). 18:19 19 feb 2015

Agregados eliminados[editar]

Hoy la Usuaria:Jaluj ha cambiado dos frases. La primera decía

Las consignas y reclamos de los manifestantes fueron muy heterogéneas y en algunas ocasiones contradictorios entre sí. Algunos de las más reiterados consistían solamente en insultos contra la presidenta y sus funcionarios, entre muchos otros.

Jaluj lo ha cambiado por

Las consignas y reclamos de los manifestantes fueron muy heterogéneas. Según los medios oficialistas hubo solamente insultos contra la presidenta y sus funcionarios.

Pero resulta que de la fuente no se desprende que "hubo solamente insultos contra la presidenta y sus funcionarios". Sí dice que hubo insultos contra la presidenta, y parte de las frases que se citan consisten únicamente en insultos. Pero la misma fuente agrega que se pronunciaron otras consignas, como "no a la inseguridad", "no a la corrupción" y "no a la re-reelección". De lo que se desprende que no es cierto que se afirme que "hubo solamente insultos contra..."

En segundo lugar, se afirma que "según los medios oficialistas". ¿Qué pasó? ¿Ya podemos empezar a hablar de medios oficialistas y medios opositores? Porque puedo tardar veinte minutos en agregar "según el opositor diario Clarín", "según el diario opositor La Nación" y algunos otros a cada párrafo referenciado por esos medios. ¿Eso mejoraría el artículo? Los hechos son los hechos, y las fuentes que los respaldan se pueden mencionar o no. Pero no empecemos a condicionar las fuentes con adjetivos, porque el artículo va a quedar hecho un mamarracho y el lector no estará seguro de nada.

En tercer lugar, se afirma que el famoso cuadro de los funcionarios colgando de horcas sería de funcionarios "denunciados por corrupción". Lo cual no sólo es intrascendente —la corrupción no se castiga con la pena de muerte— sino que además no es cierto: Aníbal Fernández no estaba denunciado por nada, que yo sepa. Y si Moreno estaba denunciado de varias cosas, no era por corrupción.

Por consiguiente, y pidiendo públicamente disculpas a Jaluj, he revertido su edición. --Marcelo (Libro de quejas) 23:23 17 sep 2015 (UTC)

Disculpá, no había visto tu corrección ni había leído correctamente lo que decía la fuente.
La frase que decía "las consignas y reclamos de los manifestantes fueron muy heterogéneas y en algunas ocasiones contradictorios entre sí. Algunos de las más reiterados consistían solamente en insultos contra la presidenta y sus funcionarios, entre muchos otros., era incorrecta porque la fuente no decía eso. En ningún momento la fuente afirma que Algunos de las más reiterados consistían solamente en insultos contra la presidenta y sus funcionarios. Eso fue la opinión personal de alguno.
Espero haberlo mejorado ahora.

--JALU    23:25 17 sep 2015 (UTC).

Sí, ha mejorado bastante. Gracias. --Marcelo (Libro de quejas) 23:33 17 sep 2015 (UTC)

Caso Nisman[editar]

Menciona la bio de Cfk que agrupación de víctimas de amia dijeron que era una operación . Esto no es así. También dicen que el juez rafecas desestimó pero no mencionan que se archivó sin más sin siquiera investigar de acuerdo a lo grave de la acusacion. Pres0978 (discusión) 11:04 21 nov 2015 (UTC)

Sobre lo primero, la frase tiene una referencia (esta), que muestra que los miembros de Memoria Activa, una asociación civil sin fines de lucro argentina, creada con el fin de esclarecer las responsabilidades de los atentados terroristas a la embajada de Israel y el de la AMIA, afirmaron que la denuncia de Nisman "ensucia[ba] la causa".
Sobre lo segundo, se aclara con suficiente detalle por qué se desestimó sin iniciar una investigación: porque el supuesto delito nunca se cometió, y porque la evidencia reunida por la parte acusadora desmiente lo mismo que se afirmaba en la denuncia. Como comprenderás, si los juzgados estuvieran obligados a investigar cualquier denuncia hecha sin fundamente, sería demasiado sencillo acusar a cualquiera de cualquier cosa, y desviar enormes recursos del poder judicial para investigar hechos que no se cometieron con pruebas que prueban la inexistencia de delito. Por ejemplo, si yo te acusara a vos de matar a JFK, ¿tendría el juzgado que recibe la denuncia la obligación de investigarte? ¿Aún cuando posiblemente en 1963 vos no habías nacido y nunca estuviste en Dallas? Pero mirá que la acusación es grave, ¿eh?
No veo que haya error en lo que se informa en el artículo. Gracias igualmente por tu opinión. --Marcelo (Libro de quejas) 14:28 21 nov 2015 (UTC)

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 06:22 3 dic 2015 (UTC)

Información incorrecta sobre el cargo protocolario Primera dama de la Nación Argentina[editar]

En el cuadro aparece como sucesor en el cargo Néstor Kirchner que es, obviamente, incorrecto. Edmarinuk (discusión) 14:06 9 dic 2015 (UTC)

Sucesión[editar]

Butoro, Faqu tiene razón. Tal como lo expresé aquí, Pinedo no es Presidente de la Nación. Es Presidente Provisional del Senado "en ejercicio del Poder Ejecutivo", tal como puede verse en el artículo 5º de la ley 25 716 de Acefalía presidencial. Por lo tanto, Cristina terminój su mandato a las 0 horas, y la va a suceder Macri cuando jure. Mientras tanto, por acefalía el poder ejecutivo es ejercido por el senador, pero sin que esto lo haga Presidente. Lo mismo que sucede cuando queda a cargo el o la vicepresidente por viaje de el o la presidente: no deja de ser vice, sólo cumple las funciones de administrar el PEN.

Exacto, Incluso si Pinedo firmarse un decreto este lo haría como 'Presidente Provisional del Senado'... Pinedo no es Presidente es un título mediático, solo tiene las facultades del PEN, el título de Presidente de la Nación Argentina y Sucesor de CFK le corresponde a Mauricio Macri. Dejemos de cosas infantiles y seamos objetivos con la información. Saludos.
Faqu 10 dic 2015 05:19 utc
Nadie afirma que sea presidente, tanto es así que nunca consideré agregarlo a esta lista (donde no está Puerta, por ejemplo, pero sí Lastiri). En su función como Presidente Provisional del Senado, en los hechos, es el sucesor. Por otra parte, mi edición respeta a rajatabla la política de verificabilidad de Wikipedia. Saludos.
Osvaldo (discusión) 05:24 10 dic 2015 (UTC)
Osvaldo, Eloy :
http://www.lanacion.com.ar/1852852-que-dijo-federico-pinedo-minutos-antes-de-asumir-la-presidencia-de-la-nacion
Acá el mismo Pinedo lo explico:"Cuando el presidente no está en ejercicio, hay una ley que dice que debo realizar esa función, pero no soy presidente, ni cautelar"
Asi que, Pinedo no sucede a CFK, Macri lo hace, "presidencia de pinedo" es un titulo mediático.
Faqu
Volvamos de nuevo: en el artículo dice sucesor, no dice en calidad de qué. ¿En qué lugar está dicho que Pinedo sea presidente?
Saludos. Osvaldo (discusión) 05:58 10 dic 2015 (UTC)
El problema es, Osvaldo, que estás confundiendo sucesión de ejercicio del poder ejecutivo (que es la línea de sucesión que manda la Ley de acefalía), con sucesión del cargo de presidente (que es lo que se indica en el cuadro). Por ejemplo, las veces que Cristina se fue del país, no se marcó en Wikipedia ni a Cobos ni a Boudou como sucesores, porque siguieron siendo vices. Vicepresidentes con los poderes y deberes de quien ejerce el poder ejecutivo, pero no presidentes. De lo contrario, habría que marcar cada vez que se va del país como una nueva sucesión, lo cual es completamente impráctico y en especial confuso.
Dice la ley (las negritas son mías):
ARTICULO 5º — Modifícase el artículo 6° de la Ley N° 20.972 de Acefalía Presidencial, el que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 6°. — El funcionario que ha de ejercer el Poder Ejecutivo en los casos del artículo 1° de esta ley actuará con el título que le confiere el cargo que ocupa, con el agregado "en ejercicio del Poder Ejecutivo". Para el caso del artículo 4° el funcionario designado para ejercer la Presidencia de la Nación o el Presidente y Vicepresidente electos deberán prestar el juramento que prescribe el artículo 93 de la Constitución Nacional ante el Congreso y en su ausencia, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Wikipedia no es fuente primaria. Entre CFK y Macri, está Pinedo, y eso dicen las referencias. Saludos.
Osvaldo (discusión) 06:14 10 dic 2015 (UTC)
No, lo que dicen es que como sucesor en el mandato de presidente está Macri, acabo de marcar en negrita bien claro que actúa con el título que le confiere el cargo, no es un mandato de presidente nuevo, sino en ejercicio del Poder Ejecutivo.
--Eloy (discusión) 06:20 10 dic 2015 (UTC)
De todas formas, viendo que la diferencia entre el mandato que sucede, y quién ejerce el poder ejecutivo es elusiva para Osvaldo, es posible sospechar que puede serlo para otros. Por lo que me parece que la mejor solución es aclarar ambas cosas y listo. Así el que lo leé es más probable que le quede en claro que Pinedo no es presidente, pero que ejerce el poder ejecutivo.
Es totalmente falso decir que Pinedo sucede a CFK, entiendase por favor que el SUCESOR de CFK TIENE QUE SER EL PRESIDENTE ELECTO! Pinedo NO ES PRESIDENTE. Esta discusión sería como decir que Francisco no es sucesor de Benedicto XIV sino que es el cardenal que ocupo el papado... El sucesor tiene que tener el mismo cargo y Pinedo nunca fue presidente.

PD: Creo que se ha dejado bastante claro que Pinedo no sucede, no quiero recurrir a los bibliotecarios para que sancionen a los que siguen cambiando las cosas de forma infantil... dudo que quiera recibir una sanción por parte de Wikipedia.

Saludos.
Faqu 10 dic 2015 11:25 utc

Pregunta: Si se considera a Macri como sucesor de CFK, ¿No es Adolfo Rodríguez Saá el sucesor de Fernando de la Rúa y no Ramón Puerta? ¿O Eduardo Duhalde el sucesor de Adolfo Rodríguez Saá y no Camaño? Porque sino, se tendrían que arreglar los articulos de los mandatarios mencionados. Además, según el fallo de Servini de Cubría, Pinedo fue encargado del ejecutivo entre las 00:00 del 10 de diciembre y el momento de jura. --Mega-buses - Necesitás consultarme algo? 01:00 11 dic 2015 (UTC)

Desgraciadamente ambos puntos de vista tienen una parte de razón y eso se debe al desastre jurídico de la decisión cautelar de la jueza Servini de Cubría. La ley de acefalía, ley en virtud de la cual asumió Pinedo, dice que "en caso de existir Presidente y Vicepresidente de la Nación electos, éstos asumirán los cargos acéfalos." Pero el fallo de Servini de Cubría dice a su vez que Macri y Michetti comenzaron sus mandatos a la 0:00 del 10 de diciembre, y por lo tanto nunca hubo acefalía. Sin embargo, si no hubo acefalía, entonces no debería haber asumido Pinedo, porque la única norma que le pudo haber permitido a Pinedo ejercer el Poder Ejecutivo es la ley de acefalía y la existencia de una situación de acefalía. Entonces, para la justicia (Servini de Cubría) no hubo acefalía, pero para el Poder Legislativo (Pinedo) si hubo acefalía. Se trata de dos situaciones incompatibles, que no tiene solución en términos institucionales. Para informar adecuadamente, propongo que se adopte la solución que se adopte, se aclare siempre las características fácticas absolutamente irregulares de esta situación.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 20:31 12 dic 2015 (UTC)
PD: Estuve pensando y en términos estrictamente institucionales la inédita situación creada por Servini de Cubría (no sirve compararlo con ningún otro caso anterior) genera una doble sucesión: a) Macri sucede a CFK como titular del PEN; b) Pinedo sucede a CFK en el ejercicio del PEN. A su vez Macri fue titular del PEN antes de asumir su ejercicio por incapacidad constitucional, algo que nunca había pasado y sucedió a Pinedo en su ejercicio. Solo se me ocurre asimilar el caso a los reyes menores de edad, que eran reyes pero no podían ejercer el mando y eran sustituídos por regentes. Pinedo fue en realidad un regente de hecho, porque acefalía no hubo nunca.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 20:41 12 dic 2015 (UTC)
Estuve revisando qué se había hecho en otros casos y verifiqué que es cierto lo que dice Mega-buses (disc. · contr. · bloq.): en los casos anteriores de Ramón Puerta y Eduardo Camaño, se los ubicó en Wikipedia en la línea sucesoria. Por lo tanto me parece que el tema excede este artículo, porque hay que establecer primero si se cambia el criterio que se traía hasta ahora de que los funcionarios que ejercían el Poder Ejecutivo se ubican efectivamente en la línea sucesoria. Por otra parte señalo que no me parece bien descalificar ninguna opinión, en este tema. Se trata de una cuestión muy opinable, desde ambos puntos de vista, como para que descalifiquemos la opinión que no apoya la que cada uno sostiene. Discutamos primero a fondo los que tenemos conocimientos jurídico-técnicos, busquemos referencias serias y luego, eventualmente adoptemos por consenso un criterio para todos los casos, que además tenga en cuenta la singularidad única de este.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 21:05 12 dic 2015 (UTC)

Fin del mandato[editar]

El artículo, en mi opinión, debería decir que su mandato termina el 10 de diciembre, no el 9. Aunque por un minuto no terminó teóricamente el 10, se desprende que sí ya que releva el mando a Macri, que asume el 10. Aparte, es mejor escribir '10 de diciembre' antes que '9' para que se muestre que completó todo su mandato constitucional, más allá de las controversias judiciales que envuelven la 'presidencia' interina de Pinedo.— El comentario anterior sin firmar es obra de MegaTom50 (disc.contribsbloq). --Lcsrns (Discusión) 02:56 11 dic 2015 (UTC)

Estoy de acuerdo con lo que dice la IP arriba. Cristina Fernández terminó su mandato el 10 de diciembre a las 00:00 hrs. A las 00:00 hrs es ya 10 de diciembre, no 9 de diciembre. Lo que dice el artículo ahora de 9 de diciembre a la medianoche es un día antes, y de cualquier modo no tiene porque decir la hora. Y de nuevo, la sentencia hizo que termine horas antes, pero sigue siendo el 10 de diciembre. Un saludo, --Lcsrns (Discusión) 02:56 11 dic 2015 (UTC)
Según el fallo de Servini de Cubría, el mandato de Cristina terminaba el 9 de diciembre a la medianoche (a las 24:00 hs). Si, teóricamente es a las 0:00 del 10, pero legal-cautelarmente terminó el 9 de diciembre. Mi voto es en contraligeramente Algo en contra --Mega-buses - Necesitás consultarme algo? 03:26 11 dic 2015 (UTC)
A la medianoche es algo ya obvio que es el día siguiente. Estoy A favor A favor de poner 10 de diciembre de 2015 como fecha de fin de su mandato.--186.182.228.19 (discusión) 21:42 11 dic 2015 (UTC)
No estoy de acuerdo y no creo que sea algo que deba votarse, porque se trata de una cuestión estrictamente técnica-jurídica para lo que se necesita conocimientos especializados. Técnicamente el argumento del fallo de Servini de Cubría es que el mandato de CFK comenzó a las 0:00 del día 10 de diciembre de 2011 y que, como se trata de un mandato de cuatro años, si durase un segundo más del último segundo del día 9 de diciembre de 2015, estaría superando los cuatro años y por lo tanto sería inconstitucional. Más allá del debate doctrinario que merece el fallo, eso es lo que dijo. Si CFK hubiera extendido su mandato un solo segundo en el día 10 de diciembre, hubiera excedido su mandato constitucional, según el fallo cautelar de Servini de Cubría. Según el mismo fallo, CFK terminó su mandato en el último microsegundo del día 9 de diciembre y Macri inició su mandato a las 0:00 del día 10 de diciembre. Si CFK hubiera sido presidenta aunque sea un minuto en el día 10 de diciembre, Argentina hubiera tenido dos presidentes simultáneos lo que es imposible. Por lo tanto CFK terminó su mandato antes de las 0:00 del día 10 de diciembre, es decir, cuando aún era 9 de diciembre.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 23:08 11 dic 2015 (UTC)
Dicho de otro modo: según el fallo todo el día 9 de diciembre fue presidenta CFK y todo el día 10 de diciembre fue presidente Macri.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 23:13 11 dic 2015 (UTC)
Pepe Robles, ¿especializados? ¿y antes entonces cómo era, teníamos dos presidentes el mismo día? ¿Néstor y Cristina nos gobernaron el mismo día 10 de diciembre de 2007? El fallo se efectuó porque era necesario para las circunstancias del momento, pero respeto también tus argumentos. Todo termina siendo muy confuso, pero lo mejor creo que para no tener un punto de vista regional y ser más "global" sería mejor poner 10 de diciembre de 2015 como fecha de fin de mandato. Son exactamente 8 años (2007-2015), y se me ocurre (no sé si tomarlo como argumento válido) que el día 9 de diciembre no se cumplen 2922 días de mandato presidencial. No lo critico, ni tampoco estoy contradiciendo o ninguneando sus argumentos, simplemente quiero que pueda considerar los míos. Respeto su opinión, y tenga un buen día. 186.182.228.19 (discusión) 01:26 13 dic 2015 (UTC)
Jajaja. Comparto con vos que el fallo de Servini de Cubría es absolutamente absurdo, casi te diría violatoria del orden constitucional. Pero eso es una opinión de foro, no es para Wikipedia. Hoy por hoy, lo que rige es el fallo de Servini de Cubría y el hecho de que Pinedo asumió en virtud de la ley de acefalía. Si mañana se cambia, por supuesto que también debemos cambiar. Y por supuesto que nada nos impide adjuntar toda la información jurídica crítica, que seguramente va a ser mucha.-- Pepe Robles (La palabra es "inclusión") 01:43 13 dic 2015 (UTC)
Hola, yo fui el que empecé la discusión. Quería agregar un argumento: si es que tomamos en cuenta el fallo, también se podría decir que todos los presidentes que terminaron su mandato constitucionalmente (Menem, Néstor Kirchner) un 10 de diciembre, en realidad lo hicieron el 9, por lo que habría que modificar eso también. Por otro lado, creo que merece la pena tomar esta visión global de 8 años y poner 10 de diciembre. — El comentario anterior sin firmar es obra de MegaTom50 (disc.contribsbloq). Osvaldo (discusión) 14:33 17 dic 2015 (UTC)

¿Que significa que hayas empezado la discusión? En cuanto al fondo de la cuestión: por un lado, está más que claro que no le dejaron terminar su mandato constitucional, y, por el otro, no se legisla con retroactividad, en todo caso, el que terminaría su mandato el 9 de diciembre de 2019 es el actual presidente. Saludos. Osvaldo (discusión) 14:33 17 dic 2015 (UTC) P/D: Sería bueno que aprendieras a firmar tus mensajes.

Hola, no se si corresponderia sumar el aspecto que propongo en este marco de discusión, pero me parece un dato objetivo muy particular (que marca cierta especificidad en torno a la figura de Cristina De Kirchner) la circunstancia de haber finalizado su mandato en un acto multitudinario con la Plaza de Mayo repleta de simpatizantes. Entiendo que, mas alla de todo posicionamiento politico, a favor o en contra, es un dato real, facilmente chequeable y resulta inedito en la historia argentina (por lo menos, desde el retorno democratico). saludos.

Condecoraciones[editar]

Estrella de Palestina.

La plantilla dice que recibió la orden de Isabel la Católica, sin embargo en el cuerpo del artículo no lo veo. En 2015 recibió la Estrella de Palestina. En 2010 recibió la orden "El Sol del Perú" (fuente). ¿Alguien puede encargarse de sumar esto y demás condecoraciones? Saludos y felices fiestas! -- Gastón Cuello (discusión) 22:28 27 dic 2015 (UTC)