Las elecciones al Parlamento de las Islas Baleares son las elecciones autonómicas en las que los ciudadanos de las Islas Baleares eligen a los miembros del Parlamento de las Islas Baleares. Estas elecciones se celebran el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. El Parlamento de las Islas Baleares está formado por cincuenta y nueve parlamentarios. Las últimas elecciones al Parlamento de las Islas Baleares se celebraron en 2019.
Convocatoria
Las elecciones autonómicas son convocadas por el presidente de las Islas Baleares. Se celebran el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones municipales y las elecciones autonómicas de la mayoría de comunidades autónomas de España. Desde la reforma del Estatuto de autonomía de 2007, el presidente de las Islas Baleares puede disolver de forma anticipada el Parlamento y convocar elecciones. No obstante, no puede disolver el Parlamento de forma anticipada durante el primer año de legislatura, ni durante la tramitación de una moción de censura.[1] El nuevo Parlamento no está limitado por el término natural de la legislatura original, sino que dispone de una nueva legislatura completa de cuatro años. Nunca se han adelantado las elecciones al Parlamento de las Islas Baleares.
Las circunscripciones electorales del Parlamento de las Islas Baleares se corresponden con las cuatro islas de las Islas Baleares.[2] La ley electoral balear establece el reparto de escaños a cada circunscripción. Al contrario que en las elecciones autonómicas de otras comunidades, el número de escaños de cada circunscripción es fijo, sin tener en cuenta las variaciones de población. El reparto es el siguiente: 33 diputados en Mallorca, 13 en Menorca, 12 en Ibiza y 1 en Formentera.[3] La asignación de escaños a las listas electorales se realiza mediante el sistema D'Hondt.[3] La barrera electoral es del 5% de los votos válidos de la circunscripción.[3]
Desde la reforma de la LOREG de 2007 en las elecciones autonómicas de todas las comunidades autónomas las candidaturas deben presentar listas electorales con una composición equilibrada de hombres y mujeres, de forma que cada sexo suponga al menos el 40% de la lista.[4] Esta reforma fue recurrida por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados ante el Tribunal Constitucional, que en 2008 concluyó que la reforma sí era constitucional.[5]