Tribunales Ambientales de Chile
Los Tribunales Ambientales de Chile son órganos jurisdiccionales especiales de Chile, dedicados a resolver controversias relacionadas con el medio ambiente. No forman parte del Poder Judicial de Chile, aun cuando están bajo la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.
Fueron creados por Ley Nº 20600 del 28 de junio de 2012.[1] Son tres tribunales ambientales, con asiento en las comunas de Antofagasta, Santiago y Valdivia; el segundo (correspondiente a Santiago) entró en funcionamiento el 28 de diciembre de 2012, mientras que el tercero (correspondiente a Valdivia) lo hizo el 09 de diciembre de 2013. El primer tribunal (correspondiente a Antofagasta) aun no entra en funcionamiento, a pesar de que debía hacerlo el 28 de junio de 2013, puesto que aun no se designan a sus Ministros.[2]
Composición
Cada tribunal está integrado por tres ministros titulares, nombrados por el Presidente de la República, con acuerdo del Senado, de una cinquena propuesta por la Corte Suprema, la que a su vez los elige de una nómina de entre 6 y 8 candidatos que postularon por el sistema de Alta Dirección Pública.[3] Dos de los ministros deberán tener título de abogado, haber ejercido la profesión durante 10 años como mínimo, y haberse destacado en la actividad profesional o académica especializada en materias de Derecho administrativo o ambiental. El tercer ministro será un licenciado en Ciencias con especialización en materias medioambientales y con, a lo menos, 10 años de ejercicio profesional.
Entre los dos ministros abogados se elegirá un presidente de tribunal por acuerdo de los ministros del mismo, el cual ejercerá el cargo por un plazo de dos años.
Además, habrá dos ministros suplentes por tribunal, uno abogado y otro licenciado en Ciencias, con las mismas exigencias que los ministros titulares, excepto por la de ejercicio de la profesión, que en este caso se rebaja a 8 años.
Competencia
Los tribunales ambientales deberán:
- Conocer de las reclamaciones que se interpongan en contra de los decretos supremos que establezcan las normas primarias o secundarias de calidad ambiental y las normas de emisión, los que declaren zonas del territorio como latentes o saturadas y los que establezcan planes de prevención o de descontaminación.
- Conocer de las demandas para obtener la reparación del medio ambiente dañado.
- Conocer de las reclamaciones en contra de las resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente.
- Autorizar las medidas provisionales, suspensiones y la aplicación de sanciones por la Superintendencia del Medio Ambiente.
- Conocer de la reclamación que se interponga en contra de la resolución del Comité de Ministros o del Director Ejecutivo.
- Conocer de las reclamaciones que interponga cualquier persona natural o jurídica en contra de la determinación del Comité de Ministros o Director Ejecutivo que resuelva el recurso administrativo cuando sus observaciones no hubieren sido consideradas en el procedimiento de evaluación ambiental.
- Conocer de las reclamaciones que se interpongan en contra de los actos administrativos que dicten los ministerios o servicios públicos para la ejecución o implementación de las normas de calidad, de emisión y los planes de prevención o descontaminación, cuando estos infrinjan la ley, las normas o los objetivos de los instrumentos señalados.
- Conocer de las reclamaciones en contra de la resolución que resuelva un procedimiento administrativo de invalidación de un acto administrativo de carácter ambiental.
- Conocer de los demás asuntos que señalen las leyes.
Zonas de Competencia de los distintos tribunales
Existen tres tribunales ambientales, que tienen competencia sobre las zonas norte, centro, y sur-austral de Chile, respectivamente.
Segundo Tribunal Ambiental
Ministro | Nombre | Profesión | Periodo |
---|---|---|---|
Titular | José Ignacio Vásquez | Abogado | 2012-2014 |
Titular | Rafael Asenjo | Abogado | 2012-2018 |
Titular | Sebastián Valdés | Licenciado en Ciencias | 2012-2016 |
Suplente | Ximena Fuentes | Abogado | 2012-2016 |
Suplente | Juan Escudero | Licenciado en Ciencias | 2012-2018 |
Tercer Tribunal Ambiental
Ministro | Nombre | Profesión | Periodo |
---|---|---|---|
Titular | Michael Hantke | Abogado | 2013-2019 |
Titular | Jorge Retamal | Abogado | 2013-2015 |
Titular | Roberto Pastén | Licenciado en Ciencias | 2013-2017 |
Suplente | Pablo Miranda | Abogado | 2013-2017 |
Suplente | Sibel Villalobos | Licenciado en Ciencias | 2013-2019 |
Véase también
- Ministerio de Medio Ambiente de Chile
- Servicio de Evaluación Ambiental
- Superintendencia del Medio Ambiente de Chile
Referencias
- ↑ MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE (6 de mayo de 2024), «Ley 20600: CREA LOS TRIBUNALES AMBIENTALES», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 11 de agosto de 2013.
- ↑ La Tercera (28 de junio de 2013). «Retraso en nombramiento de ministros posterga partida de dos tribunales ambientales». Consultado el 11 de agosto de 2013.
- ↑ «La compleja puesta en marcha de los tribunales ambientales». La Tercera. 15 de julio de 2012. Consultado el 28 de noviembre de 2012.