Diferencia entre revisiones de «Derecho de reunión»
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{{cita|El derecho de manifestación es un derecho que se ejerce molestando. Si no, no tiene sentido. La libertad que te concede el artículo 21 [de la [[Constitución Española de 1978]]] no es solo la de manifestarte, sino la de manifestarte donde tú quieres. Se trata de una cuestión muy delicada, pero el único límite que puede tener este derecho es el que fija la Constitución, el [[orden público]]”, señala Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid. “Se trata de un derecho de libertad. Si comienzas a regularlo demasiado, acabas con él. Por eso la Constitución no lo hace depender de una autorización previa de la administración. Porque, si lo hiciese, sería un derecho prestado, concedido, pero no un [[derecho fundamental]].<ref>[http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/10/03/actualidad/1349294198_717434.html ''El derecho de reunión se ejerce molestando''], El País, 4 de octubre de 2012.</ref>}} |
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"Aguante Vladimir Putin vieja", "Macri gato", "Donald Trump es la ley", son frases concurrentes en estas reuniones. |
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== Internacional == |
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Revisión del 18:09 25 oct 2017
Amendment 15 El derecho de reunión es la libertad pública individual que faculta a un grupo de personas a concurrir temporalmente en un mismo lugar, pacíficamente y sin armas, para cualquier finalidad lícita y conforme a la ley. Se considera una libertad y un derecho humano de primera generación. En España, hasta 1978 se requirió una autorización previa del Gobierno para poder ejercer este derecho.
Es el reconocimiento del pluralismo político y de la libertad de expresar las propias opiniones, aparejado al reconocimiento del derecho a transmitir a otros tales opiniones, escuchar las ajenas y a obrar en consecuencia. La conflictividad del ejercicio del derecho de reunión surge cuando ésta se celebra en lugares abiertos al público y, más precisamente, cuando se desarrolla en la vía pública, en lo comúnmente conocido como manifestación.
En algunos países, la autoridad gubernativa puede prohibir la reunión en caso de alteración al orden público o se ponga en peligro personas o bienes, ya que en países de Latinoamérica no existen leyes especiales que prohiban o limiten este derecho.
España
El derecho de reunión es un derecho constitucional en el estado español:
El derecho de manifestación es un derecho que se ejerce molestando. Si no, no tiene sentido. La libertad que te concede el artículo 21 [de la Constitución Española de 1978] no es solo la de manifestarte, sino la de manifestarte donde tú quieres. Se trata de una cuestión muy delicada, pero el único límite que puede tener este derecho es el que fija la Constitución, el orden público”, señala Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid. “Se trata de un derecho de libertad. Si comienzas a regularlo demasiado, acabas con él. Por eso la Constitución no lo hace depender de una autorización previa de la administración. Porque, si lo hiciese, sería un derecho prestado, concedido, pero no un derecho fundamental.[1]
"Aguante Vladimir Putin vieja", "Macri gato", "Donald Trump es la ley", son frases concurrentes en estas reuniones.
Internacional
Está también recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:[2]
- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Véase también
- Convención Europea de Derechos Humanos (artículo 11)
- Manifestación
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Notas
- ↑ El derecho de reunión se ejerce molestando, El País, 4 de octubre de 2012.
- ↑ ONU - Declaración Universal de los Derechos Humanos (Archivado en WebCite )