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Diferencia entre revisiones de «Educación en El Salvador»

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'''La [[educación]] en [[El Salvador]]''', de acuerdo con la [[Constitución Política de El Salvador de 1983|Constitución de la República]], es un derecho inherente a la persona humana; y en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión. Y es por eso que el Estado debe propiciar la investigación y el quehacer científico.<ref>Artículo 53 de la [http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/constitucion-de-la-republica Constitución de la República de El Salvador de 1983]. Sitio Oficial de la [[Asamblea Legislativa de la República de El Salvador|Asamblea Legislativa]].</ref> En ese sentido, es deber del Estado organizar el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios, y también se garantiza a las personas naturales y jurídicas la libertad de establecer centros privados de enseñanza.<ref>Artículo 54 de la [http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/constitucion-de-la-republica Constitución de la República de El Salvador de 1983]. Sitio Oficial de la [[Asamblea Legislativa de la República de El Salvador|Asamblea Legislativa]].</ref>
Hola'''La [[educación]] en [[El Salvador]]''', de acuerdo con la [[Constitución Política de El Salvador de 1983|Constitución de la República]], es un derecho inherente a la persona humana; y en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión. Y es por eso que el Estado debe propiciar la investigación y el quehacer científico.<ref>Artículo 53 de la [http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/constitucion-de-la-republica Constitución de la República de El Salvador de 1983]. Sitio Oficial de la [[Asamblea Legislativa de la República de El Salvador|Asamblea Legislativa]].</ref> En ese sentido, es deber del Estado organizar el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios, y también se garantiza a las personas naturales y jurídicas la libertad de establecer centros privados de enseñanza.<ref>Artículo 54 de la [http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/constitucion-de-la-republica Constitución de la República de El Salvador de 1983]. Sitio Oficial de la [[Asamblea Legislativa de la República de El Salvador|Asamblea Legislativa]].</ref>


== Regulación constitucional ==
== Regulación constitucional ==

Revisión del 18:59 21 oct 2017

HolaLa educación en El Salvador, de acuerdo con la Constitución de la República, es un derecho inherente a la persona humana; y en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión. Y es por eso que el Estado debe propiciar la investigación y el quehacer científico.[1]​ En ese sentido, es deber del Estado organizar el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios, y también se garantiza a las personas naturales y jurídicas la libertad de establecer centros privados de enseñanza.[2]

Regulación constitucional

Fines y obligatoriedad de la educación

En El Salvador, la educación tiene como finalidad lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social; contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana; inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes; combatir todo espíritu de intolerancia y de odio; conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña; y propiciar la unidad del pueblo centroamericano. Pero también se establece que los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación de sus hijos.[3]

La Constitución de la República declara que todos los habitantes de la república tienen el derecho y el deber de recibir educación parvularia y básica que los capacite para desempeñarse como ciudadanos útiles, y que el Estado debe promover la formación de centros de educación especial. Por otra parte, ésta señala que la educación parvularia, básica, media y especial será gratuita cuando la imparta el Estado.[4]

Centros educativos públicos y privados

Por otra parte, en El Salvador se ha definido que la enseñanza que se imparta en los centros educativos oficiales será esencialmente democrática, y que centros de enseñanza privados estarán sujetos a reglamentación e inspección del Estado y que podrán ser subvencionados cuando no tengan fines de lucro. También se ha declarado que el Estado podrá tomar a su cargo, de manera exclusiva, la formación del magisterio.[5]

Sin embargo, la Constitución de la República ordena que ningún establecimiento de educación podrá negarse a admitir alumnos por motivo de la naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, religiosos, raciales o políticas.[6]

Ejercicio de la docencia

En El Salvador, para ejercer la docencia se requiere acreditar capacidad en la forma que la ley disponga. En todos los centros docentes, públicos o privados, civiles o militares, será obligatoria la enseñanza de la historia nacional, el civismo, la moral, la Constitución de la República, los derechos humanos y la conservación de los recursos naturales. La historia nacional y la Constitución deberán ser enseñadas por profesores salvadoreños. Por último también se garantiza la libertad de cátedra.[7]

Educación superior

Según lo establecido por la Constitución de la República, la educación superior debe regirse por una ley especial, y que la Universidad de El Salvador y las demás del Estado gozan de autonomía en los aspectos docente, administrativo y económico; señalando, además, que deben prestar un servicio social, respetando la libertad de cátedra. Para ese fin se regirán por estatutos enmarcados dentro de dicha ley, la cual sentará los principios generales para su organización y funcionamiento. También deben consignarse anualmente en el Presupuesto del Estado las partidas destinadas al sostenimiento de las universidades estatales y las necesarias para asegurar y acrecentar su patrimonio. No, obstante ello, estas instituciones estarán sujetas, de acuerdo con la ley, a la fiscalización del organismo estatal correspondiente. Ahora bien, la ley especial mencionada anteriormente debe regular también la creación y funcionamiento de universidades privadas, respetando la libertad de cátedra, pero estas universidades deben prestar un servicio social y no perseguirán fines de lucro. Y en fin, esta misma ley debe regular la creación y el funcionamiento de los institutos tecnológicos oficiales y privados. De esta manera, el Estado debe velar por el funcionamiento democrático de las instituciones de educación superior y por su adecuado nivel académico.[8]

Regulación en la legislación ordinaria

Niveles educativos

De acuerdo con la legislación salvadoreña, la educación formal corresponde a los niveles inicial, parvulario, básico, medio y superior.[9]​ Pero la ley establece también que la educación inicial, parvularia, básica, media y especial será gratuita y obligatoria.[10]

Educación inicial

La educación inicial comienza desde la concepción del niño hasta antes de cumplir los cuatro años de edad.[11]

Educación parvularia

La educación parvularia tiene una duración de tres años y atiende a niños de cuatro a seis años de edad.[12]

Educación básica

La educación básica se ofrece normalmente a estudiantes de siete a quince años de edad y es obligatoria y también gratuita cuando la imparta el Estado. Se puede admitir alumnos de seis años, siempre que bajo criterio pedagógico demuestren madurez y aptitud apropiadas de acuerdo a los criterios y mecanismos de evaluación establecidos por el Ministerio de Educación. La educación básica comprende nueve grados de estudio divididos en tres ciclos de tres años cada uno.[13]

Educación media

La educación media ofrece la formación en dos modalidades, una general y otra vocacional. Los estudios de educación media culminan con el grado de bachiller. El bachillerato general tiene una duración de dos años, mientras que el bachillerato técnico-vocacional es de tres años. El tiempo de duración del bachillerato nocturno es de tres y cuatro años para las modalidades general y vocacional, respectivamente.[14]​ Para obtener el grado de Bachiller es indispensable haber cursado y aprobado el plan de estudios correspondiente, incluyendo el servicio social estudiantil;[15]​ además de someterse a una prueba obligatoria establecida por el Ministerio de Educación para medir el aprendizaje y las aptitudes de los estudiantes.[16]​ Dicho examen, aplicado desde 1997, es conocido con el nombre oficial de Prueba de Aprendizaje y Aptitudes para Egresados de Educación Media (PAES). Los centros educativos oficiales que imparten la educación media se definen como Institutos Nacionales, mientras que las instituciones privadas son llamadas colegios o liceos.

Educación superior

La Educación Superior se regirá por una Ley Especial y tiene los objetivos siguientes: formar profesionales competentes con fuerte vocación de servicio y sólidos principios morales; promoverla investigación en todas sus formas; prestar un servicio social a la comunidad; y cooperar en la conservación, difusión y enriquecimiento del legado cultural en su dimensión nacional y universal.[17]​ Esta integra tres funciones: la docencia, la investigación científica y la proyección social. La educación superior se imparte en institutos tecnológicos, institutos especializados de nivel superior y universidades.[18]

Educación especial

La educación especial es un proceso de enseñanza-aprendizaje que se ofrece, a través de metodologías dosificadas y específicas, a personas con necesidades educativas especiales.[19]

Historia

Educación básica y media

En 1940, el gobierno del general Maximiliano Hernández Martínez ejecuta la primera reforma educativa de la historia de El Salvador, la cual estuvo orientada a la educación primaria. En 1945, durante el gobierno del general Salvador Castaneda Castro se efectúa una nueva reforma educativa, pero esta vez pensada para la educación secundaria, al ser dividida ésta en un plan básico de tres años seguidos de dos años de bachillerato.[20]

En 1968 el gobierno del general Fidel Sánchez Hernández impulsó una posterior reforma educativa que estableció una educación básica de nueve años divididos en tres ciclos de tres años cada uno junto con un bachillerato de tres años de duración.[20]

En 1995 fue aprobada la última reforma educativa de la historia nacional bajo el gobierno del doctor Armando Calderón Sol, por medio de la cual se instauró un bachillerato general de dos años de duración y un bachillerato técnico vocacional de tres años de estudios.[20]

Educación superior

La Universidad de El Salvador (UES) fue fundada el 16 de febrero de 1841, por Decreto Legislativo de la Asamblea Constituyente, emitido durante el mandato del Presidente de la República, Juan Lindo, ante la decidida intervención del general Francisco Malespín. La UES fue erigida con el objetivo de proporcionar un centro de educación superior para la juventud nacional, y así evitar que los salvadoreños que tenían la posibilidad y el deseo de cursar estudios superiores, decidieran emigrar a Guatemala o a Nicaragua para completar su formación académica, respectivamente, en la Universidad de San Carlos o en la Universidad de León, tal como lo hacían desde la época colonial. En sus primeros años, la UES tuvo una existencia precaria por el exiguo apoyo económico que recibía por parte del Estado.

Durante el gobierno del presidente Santiago González fueron erigidas otras dos instituciones públicas de educación superior: las Universidades de Occidente y de Oriente, con sus respectivas sedes en las ciudades de Santa Ana y San Miguel.[21]​ La Universidad de Occidente fue creada mediante Decreto Ejecutivo del 22 de septiembre de 1874, publicado en el Boletín Oficial[22]​ No. 14, Tomo No. 3, del 26 de septiembre de 1874.[23][24]​ Y por su parte, la Universidad de Oriente fue creada mediante Decreto Ejecutivo del 15 de octubre de 1874, publicado en el Boletín Oficial[22]​ No. 18, Tomo No. 3, del 17 de octubre de 1874.[25][26]​ No obstante, estas instituciones educativas fueron suprimidas por el gobierno del presidente Rafael Zaldívar a través de la Ley Orgánica y Reglamentaria de Instrucción Pública,[27]​aprobada mediante Decreto Ejecutivo publicado en el Diario Oficial No. 26, Tomo No. 18, del 30 de enero de 1885.[28]​ Con la desaparición de estas dos universidades públicas, la UES volvió a tener el monopolio de la educación superior en el país hasta 1965, cuando nace la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) como la primera universidad privada salvadoreña.

Desde la década de 1950, la Universidad de El Salvador se convirtió en el principal referente de pensamiento de la izquierda salvadoreña y fue uno de los núcleos más importantes de oposición a los gobiernos autoritarios y militaristas del país, y fue por esta actitud que muchos de sus estudiantes y catedráticos fueron víctimas de la represión militar.

La primera universidad privada que surge es la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, cuyo antecedente más significativo se remonta a los inicios de la década de los sesenta, cuando monseñor Luis Chávez y González, Arzobispo de San Salvador, expresó la idea de fundar una universidad católica dirigida por jesuitas, como hay muchas en diferentes países.

Por Decreto Legislativo No. 946, del 26 de abril de 1988, publicado en el Diario Oficial No. 97, Tomo No. 299, del 26 de mayo de 1988,[29]​ fue fundada la Universidad Militar de El Salvador (UMES) como la segunda universidad pública existente en el país en el siglo XX.[30]​ Sus estatutos fueron aprobados por el Ministerio de Educación mediante Acuerdo Ejecutivo No. 15-1212, del 20 de noviembre de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 13, Tomo No. 334, del 22 de enero de 1997.[31]​ Sin embargo, dicha institución educativa sería cerrada por orden del Ministerio de Educación en 1999 por no cumplir con los requisitos mínimos legales para seguir funcionando. Debido a esto, el parlamento salvadoreño emitió el 20 de julio de 2000 un decreto legislativo que creaba una comisión especial encargada de estudiar los problemas de la UMES para decidir si esa institución educativa debía ser cerrada o continuar funcionando;[32]​ pero ese proyecto de ley fue vetado por el Presidente de la República el 15 de agosto de 2000.[33]​ Ante esta situación, las autoridades de la UMES interpusieron una demanda de amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la cual en su sentencia definitiva respaldó la decisión del Ministerio de Educación, por lo que su cierre finalmente se hizo efectivo en 2003.[34]

Presupuesto

El Presupuesto General de la República de El Salvador para 2015 es de $4,823 millones, destinando de este $914.3 millones, lo que representa el 18 % de su presupuesto nacional, el cual es invertido en la creación de nuevas plazas para los maestros capacitados, escuelas y construcción de bibliotecas a lo largo de todo el territorio nacional.[35]

Véase también

Referencias

  1. Artículo 53 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  2. Artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  3. Artículo 55 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  4. Artículo 56 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  5. Artículo 57 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  6. Artículo 58 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  7. Artículo 60 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  8. Artículo 61 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  9. Art. 9 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  10. Art. 82 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA). Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  11. Art. 16 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  12. Art. 18 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  13. Art. 20 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  14. Art. 22 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  15. Art. 26 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  16. Art. 57 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  17. Art. 27 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  18. Art. 3 y 22 de la Ley de Educación Superior. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  19. Art. 34 de la Ley General de Educación. Sitio Oficial de la Asamblea Legislativa.
  20. a b c Reseña histórica de la educación en El Salvador (Ministerio de Educación)
  21. Portal de Revistas Académicas de la Universidad de Costa Rica: -Mario Flores Macal: "Historia de la Universidad de El Salvador", página 12 del archivo PDF.-
  22. a b El periódico estatal salvadoreño cambiaría el nombre de "Boletín Oficial" por "Diario Oficial" en 1875. Al respecto véase el sitio oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador: "Historia"
  23. Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador, 1874, Parte17.pdf Archivado el 22 de octubre de 2014 en Wayback Machine.
  24. Decreto Ejecutivo de Fundación de la Universidad de Occidente
  25. Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador, 1874, Parte22.pdf Archivado el 22 de octubre de 2014 en Wayback Machine.
  26. Decreto Ejecutivo de Fundación de la Universidad de Oriente
  27. Miguel Ángel Durán, Historia de la Universidad de El Salvador 1841-1930, Segunda Edición, Editorial Universitaria, San Salvador, El Salvador, 1975, páginas 157 y 164.
  28. Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador, 1885, Parte14.pdf Archivado el 22 de octubre de 2014 en Wayback Machine.
  29. Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador, Mayo de 1988, Parte41.pdf Archivado el 22 de octubre de 2014 en Wayback Machine.
  30. Decreto Legislativo de Fundación de la Universidad Militar de El Salvador
  31. Archivo Digital del Diario Oficial de la Imprenta Nacional de El Salvador: Diario Oficial del 22 de enero de 1997 Archivado el 22 de octubre de 2014 en Wayback Machine.
  32. El Diario de Hoy: Grupo especial estudiará caso de la U. Militar (21 de julio de 2000)
  33. El Diario de Hoy: Flores no avala 'resurrección' de U. Militar (18 de agosto de 2000)
  34. El Diario de Hoy: Confirman 'cierre' de Universidad Militar (9 de marzo de 2003)
  35. Proyecto de presupuesto 2015 contempla refuerzos en las áreas de educación, salud y seguridad pública

Enlaces externos