RDAP

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El Protocolo de Acceso a Datos de Registro (RDAP, por sus iniciales en inglés: Registration Data Access Protocol) es un protocolo de comunicaciones de red de computadoras estandarizado por un grupo de trabajo del Grupo de Trabajo de Ingeniería de Internet (IETF) en 2015, después de desarrollos experimentales y discusiones minuciosas. Es un sucesor al protocolo WHOIS, utilizado para buscar datos de registro de recursos de Internet como son nombres de dominio, direcciones IP, y números de Sistema Autónomo (ASN).

Mientras WHOIS esencialmente devuelve texto libre, RDAP entrega los datos en un formato JSON [1]​ estándar que permite su procesamiento automático. Para cumplir este objetivo, se analizó la salida de todos los servidores WHOIS operativos, realizando un censo de las etiquetas utilizadas [2]​ . Los diseñadores de RDAP, muchos de los cuales son miembros de registros de números o registros de nombres, lucharon para mantener el protocolo lo más simple posible, dado que se consideró que la complejidad fue una de las razones por las cuales intentos anteriores para reemplazar al protocolo WHOIS, como CRISP e IRIS, hayan fallado. RDAP Está basado en servicios web REST, de modo que los códigos de error, identificación de usuario, autentificación, y control de acceso se gestionan a través de HTTP [3]​ .

El mayor retraso para poner RDAP operativo resultó ser el punto de arranque (bootstrap), para reconocer dónde está el servidor de nivel superior para nombres de dominio, rangos de direcciones IP y rangos de números de Sistema Autónomo (ASN). IANA aceptó albergar la información de bootstrap de los registros apropiados y publicarla en direcciones URL bien conocidas en formato JSON. Dichos registros comenzaron vacíos y están siendo completados gradualmente a medida que los registros de nombres de dominio, direcciones IP y números de Sistema Autónomo proveen información de servidores RDAP a IANA [4][5]​ . Para registros de números, ARIN instaló un servicio público RDAP que también presenta un URL para bootstrap, de modo análogo a lo que hace para WHOIS [6]​ Para registros de nombre, ICANN requiere conformidad con RDAP desde 2013 [7][8]​ .

Enlaces externos[editar]

Referencias[editar]

  1. Newton, Andrew; Hollenbeck, Scott (marzo de 2015). IETF, ed. «RFC 7483 - JSON Responses for the Registration Data Access Protocol (RDAP)» (en inglés). Consultado el 10 de julio de 2015. 
  2. Zhou, L.; Kong, N.; Shen, S.; Sheng, S.; Servin, A. (marzo de 2015). IETF, ed. «RFC 7485 - Inventory and Analysis of WHOIS Registration Objects» (en inglés). Consultado el 10 de julio de 2015. 
  3. «Web Extensible Internet Registration Data Service (weirds)». ietf.org (en inglés). Consultado el 10 de julio de 2015. 
  4. Levine, John (10 de septiembre de 2014). «The replacement for WHOIS is surprisingly close» [El reemplazo de WHOIS está sorprendentemente cercano]. jl.ly (en inglés). Consultado el 10 de julio de 2015. 
  5. Blanchet, Marc (marzo de 2015). IETF, ed. «RFC 7484 - Finding the Authoritative Registration Data (RDAP) Service» (en inglés). Consultado el 10 de julio de 2015. 
  6. «The Registration Data Access Protocol (RDAP)» (en inglés). ARIN. 22 de junio de 2015. Consultado el 10 de julio de 2015. 
  7. «Acuerdo de Acreditación de Registradores 2013». ICANN. Consultado el 4 de octubre de 2016. «Tras la publicación de un Estándar Propuesto, Estándar Preliminar o Estándar de Internet y cualquier modificación de los mismos por parte de la IETF (Grupo de Trabajo de Ingeniería de Internet) (tal como se especifica en la RFC 2026) en relación con el servicio de directorio basado en la web según lo establecido en el grupo de trabajo de la IETF sobre los Servicios de Datos de Registro en Web Extensible de Internet, el Registrador implementará el servicio de directorio especificado en cualquiera de dichos estándares (o en cualquier revisión de los mismos) a más tardar a los 135 días posteriores a que dicha implementación fuese requerida por parte de la ICANN ». 
  8. New gTLD Program Committee (NGPC) (9 de enero de 2014). «Acuerdo de Registro de Nuevo gTLD». ICANN. Consultado el 4 de octubre de 2016. «El Operador de Registro implementará una nueva norma favoreciendo el acceso a los datos de registro de nombres de dominio (SAC051) a más tardar a los ciento treinta y cinco (135) días posteriores a que sea solicitado por ICANN si: 1) el IETF genera una norma (es decir, es publicada como mínimo como una RFC de Norma Propuesta conforme lo especificado en la RFC 2026); y 2) su implementación es comercialmente razonable en el contexto de la operación general del registro ».