Diferencia entre revisiones de «Casa de la Contratación de Indias»
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Estaba regulada de acuerdo a las Ordenanzas expedidas en [[Alcalá de Henares]] en el momento de su creación, y entre sus finalidades se especificaban las de "recoger y tener en ella, todo el tiempo necesario, cuantas mercaderías, mantenimientos y otros aparejos fuesen menester para proveer todas las cosas necesarias para la contratación de las Indias; para enviar allá todo lo que conviniera; para recibir todas las mercaderías y otras cosas que de allí se vendiese, de ello todo lo que hubiese que vender o se enviase a vender e contratar a otras parte donde fuese necesario". Su reglamento fue modificado por las Ordenanzas expedidas en [[Monzón (Huesca)|Monzón]] en [[1510]] y toda la legislación referente a este organismo se imprimió en [[1522]]. |
Estaba regulada de acuerdo a las Ordenanzas expedidas en [[Alcalá de Henares]] en el momento de su creación, y entre sus finalidades se especificaban las de "recoger y tener en ella, todo el tiempo necesario, cuantas mercaderías, mantenimientos y otros aparejos fuesen menester para proveer todas las cosas necesarias para la contratación de las Indias; para enviar allá todo lo que conviniera; para recibir todas las mercaderías y otras cosas que de allí se vendiese, de ello todo lo que hubiese que vender o se enviase a vender e contratar a otras parte donde fuese necesario". Su reglamento fue modificado por las Ordenanzas expedidas en [[Monzón (Huesca)|Monzón]] en [[1510]] y toda la legislación referente a este organismo se imprimió en [[1522]]. |
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Las Ordenanzas de 1510 son más extensas y minuciosas que las de 1503. Se especifican las horas de trabajo; se determinan los libros de registro que hay que llevar; se regula la emigración; se trata de las relaciones con mercaderes y navegantes; se dispone lo relativo a los bienes de los muertos en Indias, y se le incorpora el matiz científico al incluirse dentro de la Casa de la Contratación al Piloto Mayor -creado en 1508-, encargado de examinar a los pilotos que desean hacer la carrera, y de trazar los mapas o [[cartas de navegación]] y el [[Padrón Real]] o mapa-modelo del Nuevo Mundo, hasta [[1519]] en que se crea el puesto de [[Cartógrafo]]. Piloto Mayor en [[1508]] fue [[Américo Vespucio]], sucediéndole más tarde [[Juan Díaz De Solís]] y [[Sebastián Cabot]]. A mediados del siglo la Casa del Océano -como gustaba llamarla [[ |
Las Ordenanzas de 1510 son más extensas y minuciosas que las de 1503. Se especifican las horas de trabajo; se determinan los libros de registro que hay que llevar; se regula la emigración; se trata de las relaciones con mercaderes y navegantes; se dispone lo relativo a los bienes de los muertos en Indias, y se le incorpora el matiz científico al incluirse dentro de la Casa de la Contratación al Piloto Mayor -creado en 1508-, encargado de examinar a los pilotos que desean hacer la carrera, y de trazar los mapas o [[cartas de navegación]] y el [[Padrón Real]] o mapa-modelo del Nuevo Mundo, hasta [[1519]] en que se crea el puesto de [[Cartógrafo]]. Piloto Mayor en [[1508]] fue [[Américo Vespucio]], sucediéndole más tarde [[Juan Díaz De Solís]] y [[Sebastián Cabot]]. A mediados del siglo la Casa del Océano -como gustaba llamarla [[http://es.wikipedia.org/wiki/Pedro_M%C3%A1rtir_de_Angler%C3%ADa]]- era un organismo bien reglamentado, con capilla y cárcel propia. |
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Revisión del 16:18 19 abr 2010
La Casa de Contratación de Indias se estableció en 1503, por decretos reales de 10 de enero y 14 de febrero, con sede en Sevilla,[1] creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias y estableció un asiento que dio como fruto un monopolio de comercio con las Indias en Sevilla.
Ordenanzas y Regulación
Estaba regulada de acuerdo a las Ordenanzas expedidas en Alcalá de Henares en el momento de su creación, y entre sus finalidades se especificaban las de "recoger y tener en ella, todo el tiempo necesario, cuantas mercaderías, mantenimientos y otros aparejos fuesen menester para proveer todas las cosas necesarias para la contratación de las Indias; para enviar allá todo lo que conviniera; para recibir todas las mercaderías y otras cosas que de allí se vendiese, de ello todo lo que hubiese que vender o se enviase a vender e contratar a otras parte donde fuese necesario". Su reglamento fue modificado por las Ordenanzas expedidas en Monzón en 1510 y toda la legislación referente a este organismo se imprimió en 1522.
Las Ordenanzas de 1510 son más extensas y minuciosas que las de 1503. Se especifican las horas de trabajo; se determinan los libros de registro que hay que llevar; se regula la emigración; se trata de las relaciones con mercaderes y navegantes; se dispone lo relativo a los bienes de los muertos en Indias, y se le incorpora el matiz científico al incluirse dentro de la Casa de la Contratación al Piloto Mayor -creado en 1508-, encargado de examinar a los pilotos que desean hacer la carrera, y de trazar los mapas o cartas de navegación y el Padrón Real o mapa-modelo del Nuevo Mundo, hasta 1519 en que se crea el puesto de Cartógrafo. Piloto Mayor en 1508 fue Américo Vespucio, sucediéndole más tarde Juan Díaz De Solís y Sebastián Cabot. A mediados del siglo la Casa del Océano -como gustaba llamarla [[1]]- era un organismo bien reglamentado, con capilla y cárcel propia.
Sede
Su primera sede fueron las Atarazanas de Sevilla, pero como era un lugar expuesto a las arriadas y dañino para las mercancías, pronto fue trasladada a las dependencias del Alcázar Real, donde quedó instalada, al oeste del palacio de Pedro I, en la zona denominada de los Almirantes, local "sano, y alegre", con buen patio y una puerta orientada hacia el río.
Entre 1503 y 1506 se derribó la parte del Cuarto del Almirante y se volvió a levantar, con una fachada principal hacía el río, posteriormente se construyeron almacenas y casas, en la zona de la actual plaza de la Contratación. La entrada al Cuarto del Almirante, en el Patio de la Montería del Alcázar sevillano, es el único vestigio de lo que fue la Casa de la Contratación de Sevilla. La capilla actual con el retablo de la virgen de los mareantes se construyó en 1526. Allí permaneció hasta que fue trasladada oficialmente a Cádiz en 1717.
Tras el traslado de la institución, el edificio sufrió diversos incendios y se vio afectado por el Terremoto de Lisboa, siendo demolido en 1964, en la parte que hacía fachada a la Plaza de la Contratación.
Funcionamiento
Como esta controladora del tráfico marítimo, la Casa se encargaba del aprovisionamiento y del pertrecho de las flotas, y de la inspección de los barcos que se disponían a zarpar para América. Sus funcionarios aparejaban las flotas, compraban mercancías, daban instrucciones a los navíos, fomentaban el trato con Indias, estaban atentos a las necesidades de Ultramar, y cuidaban del registro de todas las embarcaciones.
Los principales funcionarios de la Casa de la Contratación eran su presidente, aunque este cargo no se creó hasta 1557, y tres oficiales, que a partir de esta fecha pasaron a depender de él: un contador, un factor y un tesorero. Había también un piloto jefe, del que dependían la organización de las exploraciones, el establecimiento de cartas marinas, la escuela de pilotos y cosmógrafos y la concesión de licencias de oficial de marina. El cronista oficial de la Casa escribía la historia de la América española y de su desarrollo tecnológico y científico. Los que violaban el reglamento de la Casa, caían bajo su jurisdicción y para ello se creó un tribunal especial en 1583.
Además de estos cargos, la Casa de la Contratación fue aumentando el número de sus funcionarios, a medida que fue incrementándose también la importancia del tráfico americano. Los oficiales de contaduría, numerosos escribanos, hicieron de esta institución una de las más complejas de todas la existentes en la Sevilla de los Austrias.
Por la estructura que se da a la Casa se adivina una estrecha relación con la Hacienda Real. Difícilmente hubiera podido ser de otra forma. El tesoro de la Corona ocupaba una parte esencial de los asuntos indianos. Por una parte, servía para financiar la compra y transporte de la mayoría de los bastimentos y pertrechos que eran llevado a Indias. Muchos de los colonizadores gozaban de salario a cargo del tesoro. Por la otra, los asientos para la formación de toda nueva expedición incluían expresamente cláusulas mediante las cuales se aseguraba el interés de la Hacienda Real en los beneficios económicos del viaje. Al efecto, eran comisionados funcionarios que acompañarían a los descubridores en sus andanzas y velarían por la adecuada satisfacción de los derechos reales.
Paralelamente a la Casa de la Contratación, en 1543 se crea en Sevilla el Consulado de Mercaderes, la Casa Lonja como la llamaban en los antiguos documentos sevillanos, la Bolsa como la denominan los viajeros de los siglos XVI-XVIII, o el Consulado como se le llamará en el siglo XIX. Era una asociación comercial que protegía el comercio de la ciudad contra los "no burgueses", que mermó algunas de las facultades a la Casa de la Contratación.
El Consulado asumió una parte considerable de la jurisdicción civil sobre sus miembros, que antes ejercía la Casa de Contratación. Hasta esa fecha, los juicios y pleitos entre mercaderes se celebraban en la Casa, pero los mercaderes, deseosos que se les reconociera su jurisdicción, solicitaron permiso para constituir una asociación similar a la de Burgos o Valencia. Sus principales ordenanzas son de 1556.
En el Consulado estaban representados todos los tratantes con Indias que no fueran extranjeros ni dependientes o subordinados suyos. Sus ingresos procedían de la avería o seguro marítimo, obligatoria para todo el que llevase más de un año negociando o el que cargase en una o dos veces mercancías por valor superior a 1.000 ducados (se fijó en una blanca al millar). Este impuesto o contribución permitía sufragar la organización de una Armada que defendiera los buques del ataque corsario, en particular de los franceses.
Como la piratería seguía siendo una continua amenaza para el comercio con América, el Consulado consiguió una ordenanza real obligando a todos los vasallos que marchaban o que venían de las Indias a que se uniesen a la flota oficialmente organizada a este efecto. Es decir, impuso el sistema de flotas, que sustituía al llamado de navío suelto. El uso de este recurso ya había sido experimentado por los navegantes mediterráneos de la antigüedad, y seguía siendo utilizado tanto ahí como en el Mar del Norte.
El Consulado carecía inicialmente de un local propio ya que el que utilizaban era parte de la Casa de Contratación. Por lo general, los tratos se realizaban en las Gradas, no dudando en usar el templo catedralicio si el tiempo se mostraba desapacible. Para evitar el ingreso de cabalgaduras en el mismo, el Cabildo eclesiástico acordó el 19 de enero de 1565 poner cadenas alrededor de la Catedral. Esto es una prueba de los abusos que solían cometer los mercaderes; abusos que consideró como una "indecencia y poca conveniencia" el arzobispo Cristóbal de Rojas y se lo comunicó a Felipe II quien, puesto en contacto con el Prior y Cónsules, exigió que se construyese una casa Lonja. Así se hizo, entre 1585 y 1598 se construyó un magnífico edificio, junto a la fachada sur de la Catedral, para alojar a esta institución de la Lonja de mercaderes. El Rey encomendó la traza de la edificación a Juan de Herrera, arquitecto que había dirigido pocos años antes la construcción del Monasterio de El Escorial.[2] Nos lo cuenta un contemporáneo, Ortiz de Zúñiga, en sus "Anales" (1677):
"Habíase puesto en perfección el gran edificio de la Lonja de los Mercaderes entre la Santa Iglesia y el Alcázar Real, que para lustre del comercio mandó hacer el Rey algunos años antes del presente, en el de 1585, a expensas de lo procedido de algunos arbitrios sobre las mismas mercaderías; y este año a 14 de agosto se comenzó a comerciar en ella, dícelo así este letrero sobre su puerta principal: "El católico y muy alto y poderoso don Felipe segundo, Rey de las Españas, mandó hacer esta Lonja a costa de la Universidad de los Mercaderes, de la cual hizo administradores perpetuos al Prior y Cónsules de la dicha Universidad, comenzándose a negociar en ella en 14 días del mes de agosto de 1598 años".
"Trazóla, a imitación de las obras Romanas, Juan de Herrera, Maestro Mayor de las obras del Escorial, sobre planta cuadrada, de iguales y conformes fachadas. Su materia de la cantería de Jerez de la Frontera, piedra que llaman Martelilla [...] Pretendióse en esto apartar de la Santa Iglesia y del ámbito de sus gradas y tránsitos de sus puertas los tratos y negociantes que allí se hacían, y no había bastado a impedirlo toda la autoridad eclesiástica."
No obstante, parece que los comerciantes continuaron con su inveterada costumbre de negociar en las gradas catedralicias según el mismo cronista: "Y levantada fábrica tan suntuosa aún se está en pie mucha parte del inconveniente. Tal es la propensión de los hombres a lo menos bueno".
A medida que la estructura del comercio fue cambiando y Sevilla se dedicó a exportar productos manufacturados, no fabricados en Andalucía, sino traídos en su mayor parte desde el extranjero, los miembros del Consulado sevillano fueron ejerciendo más que nada un negocio de representación y comisión, en representación de todas las casas mercantiles de Europa. No obstante la costumbre y los intereses creados, continuaron protegiendo el monopolio de Sevilla, mucho después que el volumen del comercio hubiese rebasado las posibilidades, siempre limitadas, que ofrecía el puerto interior del Guadalquivir.
Véase también
Referencias
- ↑ Sevilla equipo 28. Andalucía americana. Junta de Andalucía, Consejería de Cultura y Medio Ambiente. ISBN 84-404-4877-5.
- ↑ Albardonedo Freire, Antonio José. El urbanismo de Sevilla durante el reinado de Felipe II. Guadalquivir ediciones. ISBN 84-8093-115-9.
Bibliografía
- CRESPO SOLANA, A. La Casa de Contratación y la Intendencia General de la Marina en Cádiz (1717-1730), Cádiz, 1996.
- DONOSO ANES, R. Una contribución a la historia de la contabilidad: análisis de las prácticas contables desarrolladas por la tesorería de la Casa de Contratación de las Indias de Sevilla, Sevilla, 1996.
- VVAA La Casa de Contratación y navegación entre España y las Indias. Universidad de Sevilla-CSIC, 2004.