Superior Gobierno de México

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Superior Gobierno es la denominación que se daba en la Recopilación de Leyes de Indias[1]​ y en los documentos oficiales al gobierno político de la Ciudad de México (presentes en el AGN, sección virreyes) durante el período de la monarquía[2]​ y que era ejercido en gran parte de la América Central y del Norte.[3]

Posteriormente a la separación política de la República Mexicana de España, el gobierno de la Ciudad de México de denominó a sí mismo como Supremo Gobierno,[4]​ adjetivo que era una natural continuación del que ostentaba mientras fue asiento del Reino y del virrey, y que perduraría hasta fines del siglo XIX; aún hoy día, dicho título sobrevive en repúblicas cómo Perú, en América del Sur.

Competencias del Superior Gobierno[editar]

Originalmente, el Superior Gobierno surgió con el establecimiento del Virreinato de Nueva España en América del Norte en 1535, y se le denominó así para diferenciarlo de los gobiernos pretoriales,[5]​ como por ejemplo las capitanías generales de Cuba, Guatemala o Yucatán; gobiernos de categoría especial cómo Tlaxcala y de los gobiernos dependientes como las Californias, Nuevo México, Texas y, por un tiempo, la Nueva Galicia.[6]

Al Superior Gobierno competían los ramos de gobierno, vicepatronato, hacienda, milicia y justicia[7]​ los cuales eran desempeñados en teoría por el virrey (gobierno político) cómo vice patrono de la Iglesia, superintendente de la Real Hacienda, capitán general de la Nueva España y presidente de la Real Audiencia de México respectivamente, aunque de hecho, era el mismo virrey quien delegaba gran parte de estas ocupaciones en ministros de su confianza.[8]

El territorio[editar]

A diferencia de lo que la historia ha manifestado, el Superior Gobierno (o Gobierno Virreinal) no abarcaba en su totalidad el territorio del virreinato norteamericano,[9]​ sino que únicamente se extendía por el territorio del arzobispado y los obispados de México, Tlaxcala residente en los Ángeles, Valladolid, y Antequera de Oaxaca, limitado al norte por el Obispado de Guadalajara y por el Sur por los de Mérida y Guatemala. Las provincias del mar Caribe y las Filipinas quedaban fuera a su vez del control directo de México.[10]

Sin embargo, hubo casos en que el Superior Gobierno ejerció su dominio directo fuera de estos límites, tal fue el caso de la provincia novogallega de Nombre de Dios[11]​ y en otros casos, se limitó a ejercer el poder militar como en las provincias de California, Baja California Sur) y el Gobierno Militar de San Luis de Colotlán, intentando imponerse incluso al mismo gobernador de Nueva Galicia, lo que llevó a interminables disputas entre Guadalajara y México hasta la implantación de la Real Ordenanza de Intendentes de 1786.

En 1786, el Superior Gobierno continuaba ejerciendo sus funciones tal y cómo le habían sido legadas, aunque la Real Ordenanza de Intendentes limitó el territorio abarcado por su autoridad, por ejemplo:

  • En el Gobierno Político, el virrey ya solo tenía poder sobre el territorio de la Intendencia de México y desempeñó además el cargo de corregidor de la dicha Capital.
  • Como vicepatrono de la Iglesia se vio igualmente reducido a la Intendencia de México, pues la Ordenanza de 1786 hacía depender el vicepatronato de cada uno de los intendentes; el tema del vicepatronato en las provincias que dependía del Superior Gobierno sigue siendo un tema falto de estudio en México.
  • Como superintendente de la Real Hacienda ejerció su dominio en los territorios de las audiencias de Guadalajara y México. Aunque en las intendencias, los titulares ejercían el control de la Hacienda Real de sus provincias.
  • Como capitán general, su poder se vio reducido en la Nueva España a la Intendencia mexiquense, pero se desempeñó cómo máxima autoridad militar en las Californias, Provincias Internas y Gobierno Militar de San Luis de Colotlán, este último, anexado a la Intendencia de Guadalajara a principios del siglo XIX; y los Departamentos Marítimos de San Blas, Mazatlán, Acapulco y la Nueva Vera Cruz.
  • En el ramo de justicia, siguió desempeñándose como presidente de la Real Audiencia de México.

Con el tiempo, el Superior Gobierno fue decreciendo en autoridad, hasta verificarse su desaparición en 1812, y de nueva cuenta en 1820, gracias a la constitución gaditana que abolía los virreinatos americanos, convirtiendo la figura del virrey en un Jefe Político Superior y capitán general de su provincia inmediata, es decir, de la Intendencia de México.[12]

El posterior proceso de centralización en el naciente México, llevó a la acuñación de la nueva denominación de Supremo Gobierno, que hacia referencia a la supremacía de la Ciudad de México del resto de los estados integrantes de la federación.

Referencias[editar]

  1. Libro III, Título III: De los Virreyes y Presidentes Gobernadores
  2. vid. Imperio español, s. XVI - s. XIX.
  3. Haring, 1990, 159-162.
  4. Vid. Roa, 1981
  5. vid. Capitanía General; Haring, 1990, 159.
  6. (Primigenia Audiencia [...], 1994.
  7. vid. Organización del Imperio, en Enciclopedia de España y América, T. IV.
  8. Haring, 1990, 169.
  9. O'Gorman, 1979, 13-14
  10. op cit, 14-15.
  11. Gerhard, 1996, Nombre de Dios
  12. Benson, 1994

Bibliografía[editar]

  • La Primigenia Audiencia de la Nueva Galicia 1548-1572 : Respuesta al cuestionario de Juan de Ovando por el oidor Miguel Contreras y Guevara; Ed. Rafael Diego Fernández Sotelo; Zamora, Mich. : El Colegio de Michoacán : Instituto Cultural Ignacio Dávila Garibi, 1994; LXXXVII, 372 p.; ISBN 968-6959-22-X
  • Real Ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de exército y provincia en el reino de la Nueva España; Actores regionales de las Reformas Borbónicas; Ed. anotada de la Real Audiencia de la Nueva Galicia; Ed. y estudios de Marina Mantilla Trolle, Rafael Diego Fernández Sotelo, Agustín Moreno Torres; México: UdeG, Colegio de Michoacán y Colegio de Sonora, 2008 (1786); 744 p.; ISBN 978-970-764-623-0
  • Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias; coord. Francisco de Icaza Dufour; 5 volúmenes; México: Miguel Ángel Porrúa, 1987 (1681); ISBN 968-842-091-3
  • Benson, Nettie Lee; La Diputación Provincial y elñ Federalismo Mexicano; Trad. Mario A. Zamudio Vega; México: El colegio de México; U.N.A.M.; Coordinación de humanidades, 1994; 315 p.; ISBN 968-12-0586-3
  • Gerhard, Peter; La Frontera Norte de la Nueva España; Trad. Patricia Escandón Bolaños; Espacio y Tiempo, 3; México: Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Históricas, 1996; 554 p.; ISBN 968-3622-55-0
  • Haring, C. H.; El Imperio Español en América; Los Noventa; México: CONACULTA, Alianza Editorial Mexicana; pp. 104-120/159-182.
  • Jiménez Nuñez, Alfredo; et al; Gran Enciclopedia de España y América; V Volúmenes; Madrid: ESPASA-CALPE : ARGANTONIO, 1983; ISBN 84-300-8722-2

O'Gorman, Edmundo; Historia de las Divisiones Territoriales de México; Sépan Cuantos..., 45; México: Porrúa, 1979; 326 p.; ISBN 968-432-397-2

  • Roa, Victoriano Roa; Estadística del Estado Libre de Jalisco formada por orden del Supremo Gobierno del mismo Estado."" [...]; Estadísticas Básicas; Guadalajara: Gobierno de Jalisco, Secretaría General, Unidad Editorial, 1981 (1825); 187 p.; ISBN 968-832-050-1

Véase también[editar]