Secretaría de Marina (México)

Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 02:26 23 sep 2020 por Malvinero10 (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.
SEMAR
Secretaría de Marina


273px
Localización
País México México
Localidad Ciudad de México
Coordenadas 19°19′21″N 99°07′42″O / 19.32241667, -99.12827778
Información general
Sigla SEMAR
Jurisdicción México
Tipo Secretaría de Estado
Sede Ciudad de México
Organización
Almirante Secretario José Rafael Ojeda Durán
Entidad superior Presidente de México
Dependencias Armada de México
Historia
Fundación 1944
Sitio oficial

La Secretaría de Marina es una de las secretarías de estado que integran el denominado gabinete legal del Presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de Ministerio de Defensa, aunque acotada al espacio marítimo y sus litorales.

Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas relacionadas con la rama de las Fuerzas armadas que administra: la Armada de México.

Lo anterior incluye, adiestrar, programar y proyectar todas las acciones vinculadas al eventual uso del personal naval para sus principales tareas (defensa del territorio y soberanía nacional, garantizar la seguridad interior e instrumentar el Plan Marina en caso de desastres); vigilar e inspeccionar el cumplimiento de las leyes mexicanas y el Derecho marítimo internacional en el mar territorial y la zona económica exclusiva; dirigir a la armada en caso de guerra; administrar las relaciones y derechos laborales del personal civil y naval que trabajen para ella; la seguridad marítima en cuanto a salvamento, búsqueda y rescate se trate; dirigir la industria naval del país; construir, conservar y disponer de toda la infraestructura naval requerida para el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo el asesoramiento para las vías de comunicación civil que tengan un eventual uso para la defensa; asesorar a otras secretarías cuando, en el ejercicio de sus funciones, este de por medio la seguridad nacional; dirigir los sistemas navales de educación y salud; administrar el sistema de justicia naval; comandar la guardia costera; supervisar y salvaguardar las embarcaciones mercantes y de pasajeros; fomentar e instrumentar trabajos de desarrollo científico o tecnológico vinculados al mar; y vigilar la conservación de las áreas naturales protegidas.[1][2][3][4][5][6]

Con el nombre de Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina, fue fundada el 8 de noviembre de 1821. Fue hasta 1944 que adquirió su actual nombre, cuando la Secretaría de la Defensa dejó de encargarse de la Armada de México, y el Departamento de Marina fuera separado de su organigrama para ser elevado a Secretaría de Marina.[7][8]

Funciones

Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 30 le corresponde el despacho de las siguientes funciones:[9]


  • I.- Organizar, administrar y preparar la Armada;
  • II.- Manejar el activo y las reservas de la Armada en todos sus aspectos;
  • III.- Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la Armada;
  • IV.- Ejercer:
    • a. La soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio;
    • b. Vigilancia, visita, inspección u otras acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. Cuando en ejercicio de estas funciones, se presente la posible comisión de un hecho que la ley señale como delito, se pondrá a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados al mismo, y
    • c. Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica Exclusiva.
  • V.- Ejercer la autoridad en las zonas marinas mexicanas, en las materias siguientes:
    • a) Cumplimiento del orden jurídico nacional en las materias de su competencia;
    • b) Seguridad marítima, salvamento en caso de accidentes o incidentes de embarcaciones y búsqueda y rescate para salvaguardar la vida humana en la mar y el control de tráfico marítimo;
    • c) Vertimiento de desechos y otras materias al mar distintas al de aguas residuales, y
    • d) Protección marítima y portuaria, en los términos que fijan los tratados internacionales y las leyes de la materia, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal;
  • VI.- Dirigir la educación pública naval;
  • VII.- Mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, ejerciendo funciones de guardia costera a través de la Armada;
  • VII Bis.- Establecer y dirigir el Servicio de Búsqueda y Rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar;
  • VII Ter.- Regular, vigilar la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar y supervisar a la marina mercante;
  • VII Quáter.- Administrar y operar el señalamiento marítimo, así como proporcionar los servicios de información y seguridad para la navegación marítima;
  • VIII.- Inspeccionar los servicios de la Armada;
  • IX.- Construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que requiera la Armada;
  • X.- Establecer y administrar los almacenes y estaciones de combustibles y lubricantes de la Armada;
  • XI.- Ejecutar los trabajos hidrográficos de las costas, islas, puertos y vías navegables, así como organizar el archivo de cartas marítimas y las estadísticas relativas;
  • XII.- Intervenir en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas, extranjeras o internacionales en aguas nacionales;
  • XIII.- Intervenir en la administración de la justicia militar;
  • XIV.- Construir, mantener y operar astilleros, diques, varaderos, dragas, unidades y establecimientos navales y aeronavales, para el cumplimiento de la misión de la Armada de México, así como prestar servicios en el ámbito de su competencia que coadyuven al desarrollo marítimo nacional, de conformidad con las disposiciones aplicables y en concordancia con las políticas y programas que para dicho desarrollo determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las demás dependencias que tengan relación con el mismo;
  • XV.- Emitir opinión con fines de seguridad nacional en los proyectos de construcción de toda clase de vías generales de comunicación por agua y sus partes, relacionados con la ingeniería portuaria marítima y señalamiento marino;
  • XVI.- Organizar y prestar los servicios de sanidad naval;
  • XVII.- Programar, fomentar, desarrollar y ejecutar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, los trabajos de investigación científica y tecnológica en las ciencias marítimas, creando los institutos de investigación necesarios;
  • XVIII.- Integrar el archivo de información oceanográfica nacional, y
  • XIX.- Celebrar acuerdos en el ámbito de su competencia con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, en los términos de los tratados internacionales y conforme a la legislación vigente;
  • XX.- Ejercer acciones para llevar a cabo la defensa y seguridad nacionales en el ámbito de su responsabilidad, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
  • XXI.- Participar y llevar a cabo las acciones que le corresponden dentro del marco del sistema nacional de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre;
  • XXII.- Adquirir, diseñar y fabricar armamento, municiones, vestuario, y toda clase de medios navales e ingenios materiales, así como intervenir en la importación y exportación de éstos, cuando, sean de uso exclusivo de la Secretaría de Marina-Armada de México;
  • XXIII.- Prestar los servicios auxiliares que requiera la Armada, así como los servicios de apoyo a otras dependencias federales, de las entidades federativas y de los municipios que lo soliciten o cuando así lo señale el titular del Ejecutivo Federal;
  • XXIV.- Intervenir, en el ámbito de su responsabilidad, en la protección y conservación del medio ambiente marino sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias;
  • XXV.- Inspeccionar, patrullar y llevar a cabo labores de reconocimiento y vigilancia para preservar, las Áreas Naturales Protegidas, en coordinación con las autoridades competentes y de conformidad con las disposiciones aplicables, y
  • XXVI.- Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos

Organigrama

Para llevar a cabo dichas funciones la Secretaría de Marina cuenta con las siguientes órganos administrativos:

  • Subsecretaría de Marina.
    • Dirección General de Construcciones Navales.
    • Dirección General de Servicios.
    • Dirección General de Investigación y Desarrollo.
    • Dirección General de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (DIGECAPAM).
    • Unidad de Comunicación Social.
    • Unidad de Atención y Procuración a la Ciudadanía.
  • Cuartel General del Alto Mando.
  • Jefatura del Estado Mayor General de la Armada.
    • Subjefatura Operativa.
      • Sección Segunda Inteligencía
      • Sección Tercera Operaciones.
      • Sección Quinta Comunicaciones.
      • Sección Sexta Control y Comando.
    • Subjefatura Administrativa.
      • Sección Primera Personal.
      • Sección Cuarta Logística.
    • Coordinadora General de Protección Portuaria e Instalaciones Estratégicas.
    • Coordinadora General de Aeronáutica Naval
    • Unidad de Historía y Cultura Naval.
    • Comisión Coordinadora para la Protección y Seguridad de las Instalaciones Estratégicas.
    • Comisión de Estudios Especiales.
    • Comisión de la Seguridad de la Información de la Armada de México.
    • Coordinación General de Infantería de Marina.
  • Oficialía Mayor.
    • Dirección General de Recursos Humanos.
    • Dirección General de Administración y Finanzas.
    • Universidad Naval.
  • Inspección y Contraloría General de Marina.
  • Junta Naval.
  • Junta de Almirantes.
  • Unidad Jurídica.
  • Unidad de Planeación Estratégica.
  • Unidad de Inteligencía Naval.
  • Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México.
  • Fuerzas, Regiones y Zonas Navales.

Lista de Secretarios de Marina de México

Almte. Vidal Francisco Soberón Sanz, 2012-2018

Véase también

Referencias

  1. «Artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Consultado el 13 de mayo de 2020. «Última reforma publicada el 22 de enero de 2020». 
  2. «Ley de Seguridad Nacional». 31 de enero de 2005. Consultado el 26 de noviembre de 2019. «Edición actualizada con las reformas vigentes publicadas al 8 de noviembre de 2019». 
  3. «Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos». Consultado el 20 de septiembre de 2018. 
  4. «Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos». Consultado el 20 de septiembre de 2018. 
  5. «Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos». Consultado el 20 de septiembre de 2018. 
  6. «Ley Orgánica de la Armada de México». 30 de diciembre de 2002. Consultado el 20 de septiembre de 2018. «Edición actualizada con las reformas vigentes publicadas al 19 de junio de 2017». 
  7. «Relación por Secretarías del Despacho y Periodo de Funciones de los Integrantes del Gabinete: Los orígenes». 200 años de Administración Pública en México - Los Gabinetes en México 1821-2012: Tomo III. México: Instituto Nacional de Administración Pública A.C. 2012. p. 367. ISBN 978-607-9026-20-2. 
  8. 500 años de México en documentos. «Decreto del 8 de noviembre de 1821. Establecimiento de los ministerios.». Consultado el 12 de septiembre de 2018. 
  9. «Artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Consultado el 13 de mayo de 2020. «Última reforma publicada el 22 de enero de 2020». 

Enlaces externos