Pena capital en América Latina

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Pena de muerte en el mundo (2009):      Suprimida para todos los crímenes      Suprimida para los crímenes no cometidos en circunstancias excepcionales (como los cometidos en tiempo de guerra)      Contemplada como sanción penal, pero suprimida en la práctica      Contemplada como sanción penal, aún aplicada

La pena de muerte ha sido aplicada por todos los países de América Latina en algún momento histórico, aunque a inicios del siglo XXI está prohibida en la mayoría. Solamente Bahamas, Cuba, Guatemala, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y algunas de las Pequeñas Antillas continúan aplicándola. Además, en Bolivia y Perú algunas comunidades indígenas continúan ejecutando a ladrones, secuestradores y otros criminales, haciéndolo al margen de la ley. Cabe destacar que sí sucedieron ejecuciones de personas durante el siglo XX entre los años 60 y 90, época en la cual varios países sudamericanos cayeron bajo regímenes dictatoriales militares o cívico-militares. En general se ajustició a los opositores al régimen de turno.

Pena de muerte en América Latina por país

Lista de países que en el pasado aplicaron la pena capital legalmente:

El único país de la zona que aplica la pena de muerte es Cuba.

Cuba

Las últimas ejecuciones que se hicieron públicas se produjeron en 2003. Tres hombres que secuestraron un barco para llegar a Miami fueron capturados por la policía cubana y posteriormente condenados a la pena capital mediante fusilamiento.

En una Nota Oficial, fechada el 11 de abril del 2003, el Gobierno de Cuba dio a conocer al pueblo cubano y a la opinión publica en general, que la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Popular de la Ciudad de la Habana, en Juicio Sumarísimo, tal y como esta previsto en los Artículos 479 y 480 de la Ley de Procedimiento Penal, había considerado probados los hechos cometidos por los ciudadanos, Lorenzo Enrique Copello Castillo, Bárbaro Leodán Sevilla y Jorge Luis Martínez Isaac, secuestradores de la embarcación de pasajeros "Baraguá", y que estos "constituían graves delitos de terrorismo previstos en la Ley 93 contra Actos de Terrorismo, del 24 de diciembre del 2,001," siendo sancionados los mismos a la Pena Capital. La sanción de muerte en Cuba se ejecuta por fusilamiento, y fue aplicada en la madrugada de ese día.[1]

Argentina

Respecto a Argentina, considera a los desaparecidos entre 1976 y 1983 como ejecutados legalmente, puesto que se trataba de ejecuciones realizadas subrepticiamente[cita requerida]. El 6 de agosto de 2008 el Congreso de la Nación abolió el Código de Justicia Militar, que era el último remanente de aplicación posible de la pena de muerte en el país.[2]

Chile

En Chile la pena de muerte fue derogada en 2001 por Ley Nº 19.734, que modificó diversas leyes y normativas (entre ellas, el Código Penal, la Ley de Seguridad del Estado y el Código de Justicia Militar), reemplazando la pena capital con la de presidio perpetuo calificado. El Código Penal establece, en su artículo 32 bis regla 1ª, que aquel condenado por esta última pena no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos 40 años de privación de libertad efectiva.1

En el caso de la Justicia Militar, la pena de muerte se mantiene para los tiempos de guerra.2 También se contempla en la Constitución en su Artículo 19, número 1, que indica que la pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado. La Constitución Política de Chile, en su articulado transitorio Primero, mantuvo vigente las disposiciones anteriores a ella que se referían a la pena de muerte, hasta la dictación de las leyes de quorúm calificado que nunca hasta la derogación de la pena de muerte se dictaron.

La pena de muerte como castigo máximo se aplicó en Chile desde tiempos coloniales.3 En Chile 58 personas fueron condenadas por los tribunales a la pena de muerte desde que ésta fuera incluida en el ordenamiento jurídico en 1875. Del total, 29 de ellos habían cometido robo con homicidio; 24, homicidio calificado; uno por asalto con homicidio; uno por homicidio con incendio y tres por homicidio con violación. El primer ejecutado fue acusado de robo con homicidio y enfrentó el pelotón de fusilamiento el 3 de febrero de 1890. La última vez que se aplicó fue el 29 de enero de 1985, terminando con la vida de los carabineros Carlos Alberto Topp Collins y Jorge Sagredo Pizarro, responsables de una docena de homicidios en serie perpetrados en Viña del Mar.2 4

Costa Rica

El 26 de abril de 1882, por Decreto N° VII, el presidente Tomás Guardia adoptó algunas modificaciones a la Constitución de 1871 y el articulo 45 fue sustituido por el siguiente: “La vida humana es inviolable en Costa Rica”, convirtiéndose en el tercer país del mundo en abolir la pena de muerte.

Guatemala

La constitución guatemalteca contempla la pena de muerte, dandole la facultad al congreso de abolirla, y se le garantiza al reo hasta el último recurso. Aunque la última ejecución de la pena máxima en el país fue hace 11 años, ésta sigue estando contemplada en el Código Penal, justificación a la que se aferran ciertos partidos políticos y un alto porcentaje de sociedad civil.

Con las 2 aplicadas en el 2000, son 5 el número de ejecutados desde la firma de los Acuerdos de Paz de 1996. El ex-Presidente Alfonso Portillo, que llevaba en el poder poco más de 6 meses, renunció a su potestad de indultar a los penados a muerte. Ante esta situación la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió que la ley que regula el proceso y que data de 1982 no especifica qué autoridad debe encargarse de valorar los recursos de gracia presentados por los condenados, por lo que le correspondía al Congreso legislar para enmendar este vacío legal. Mientras, la pena capital quedó en suspenso.

El 12 de febrero de 2008 el congreso votó por la aprobación de una nueva ley que volvió a facultar al Presidente en curso para decidir sobre los indultos. Apoyaron esta medida los dos partidos mayoritarios, Unidad Nacional de la Esperanza y Partido Patriota, El partido Encuentro por Guatemala votó en contra. Amnistía Internacional emitió un comunicado instando al presidente a dar marcha atrás. Álvaro Colom decidió vetarla, al considerar que esta forma de castigo entra en contradicción con el derecho a la vida del reo, la retroactividad de la ley y los compromisos internacionales firmados por Guatemala como miembro de la Convención Americana de Derechos Humanos, posición que ha mantenido hasta el día de hoy.[3][4]

Puerto Rico

En Puerto Rico la pena de muerte no es legal. Se aplicó hasta que en 1952 se aprobó la constitución prohibiendo este castigo capital. En 2006 el gobierno de los Estados Unidos quiso imponer la pena capital en la isla. Esto originó una fuerte controversia entre el gobierno estadounidense y las autoridades puertorriqueñas. El gobierno estadounidense prefirió retirar su propuesta.

Uruguay

La pena de muerte en Uruguay fue abolida por la Ley Nº 3238 del 23 de septiembre de 1907, durante el gobierno de Claudio Williman. La misma establece en su artículo 1º:

Queda abolida la pena de muerte que establece el Código Penal. Queda igualmente abolida la pena de muerte que establece el Código Militar.

La última ejecución se había llevado a cabo en el departamento de Maldonado el 29 de septiembre de 1902.[5]

Venezuela

La abolición legal de pena de muerte sucedió en 1863, bajo la presidencia de Juan Crisóstomo Falcón, con el decreto de Garantías.[6]​ Esta abolición será inscrita en la nueva Constitución de 1864.[7]​ Desde esta fecha, la prohibición de la pena de muerte ha estado inscrita en todas las constituciones de la República, siendo el primer Estado abolicionista del mundo.

Otras regiones

En otras regiones todavía se contempla la posibilidad de ejecutar a ciertos criminales. Se trata de países como Bahamas, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y algunas de las Pequeñas Antillas. En las colonias europeas pertenecientes a Francia, el Reino Unido y los Países Bajos la pena de muerte no es legal.

Referencias