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Magistrado de la Antigua Grecia

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Los magistrados de la Antigua Grecia eran los encargados de preparar y ejecutar las decisiones importantes tomadas por los órganos legislativos, ejecutivos y judiciales de las polis.[1]

Definición de magistrados y magistratura

  • Magistrados es la traducción de la expresión hai archai,[2]​ o de hai achontés,[3]​ aunque este segundo término usado como sinónimo, se empleaba más bien en referencia o alusión a los arcontes.[4]
  • Magistratura, política o judicial: su significado entronca con la palabra arché,[5]​ a través del término, hai archai, que era empleado con frecuencia para hablar de aquellos que de manera colectiva, formaban una de las partes constitutivas del gobierno de la polis.[6][7]

Concepción de Aristóteles

Aristóteles enumera los principios fundamentales de la democracia en su Política. No nombra apenas a la Ekklesía (Asamblea del pueblo) (órgano deliberativo y legislativo, fundamentalmente) y a los tribunales, ya que no plantean dificultades al respecto, sin embargo, cita un gran número de principios relativos al ejercicio de las funciones públicas:[8]

  1. Todos los ciudadanos tiene derecho de sufragio para la elección de los magistrados, además del derecho y la potestad a desempeñar una magistratura.
  2. Cada uno en su ámbito tiene el deber de ejercer una magistratura.
  3. En principio, todas las magistraturas se obtienen por sorteo, excepto algunas que requieren competencias específicas.
  4. La facultad de ser magistrado no está limitada a la pertenencia o no, a una determinada clase censitaria. Se elimina, por lo tanto, la barrera para el acceso al cargo de las clases medias y bajas.
  • No se puede detentar la misma función pública más de una vez (o cuanto menos, un número restringido de veces). Salvo las funciones militares que carecen de esta limitación.
  • El poder de decisión recae en la Asamblea, no en los magistrados.
  • Son remuneradas. Preferentemente las colegiadas, que comportan la comida en común.
  • Aunque una larga tradición justifique el cargo vitalicio, sus poderes se restringen y sus miembros se eligen por sorteo.
  1. El trabajo de administración de los magistrados ha de estar bajo el control y fiscalización de los órganos de decisión: deben rendir cuentas siempre ante la asamblea del pueblo y los tribunales.[9]
  2. Como principio común, las magistraturas deben ser colegiadas, no individuales.[10]

Aristóteles no incluye en el término archai a todos los que ejercen responsabilidades públicas sea cual fuere su método de designación: a los sacerdotes, los coregos, los heraldos públicos y los embajadores no los considera archai en sentido estricto.[11][12]​ Eran un grupo de personajes oficiales bien definido por varias leyes, que Esquines parafrasea en su discurso Contra Ctesifonte, del cual se puede concluir que los criterios para ser magistrado comprendían:[13]

  • la elección o el sorteo (entre aquellos que tenían como mínimo 30 años de edad);
  • la sumisión a un examen preliminar (dokimasia) antes de la toma de posesión del cargo;
  • una duración mínima de 30 días en el ejercicio del cargo;
  • la rendición de cuentas (euthynai) al cesar en sus funciones.

Tenían derecho:

  • a presidir los tribunales (hègemonia tou dikastèriou);
  • imponer multas de un montante pequeño (épibolas épiballein);
  • a controlar los fondos públicos y a supervisar a los obreros públicos.

La segunda parte de la Constitución de los atenienses se considera que constituye un repaso de las magistraturas atenienses más importantes:[14]​ Aristóteles enumera y describe 46 magistrados o colegios de magistrados.[15]​ La característica más reseñable en esta lista es que considera el Consejo de los Quinientos (Boulé) como un colegio de magistrados.[16][17]​ Esto concuerda con su afirmación en la Política, de que el Consejo es el más importante colegio de magistrados en una polis democrática, y también con la percepción que los atenienses tenían de su propia constitución: hoi archontés es un término utilizado en sus numerosas leyes, tanto para los miembros del Consejo como para los otros magistrados.[18][19]​ Además, Esquines habla del Consejo como un colegio de magistrados designados por sorteo;[20]​ Demóstenes aduce que el nombramiento por sorteo «dota a cualquier magistrado de arché, se la confiere de hecho (ya sea miembro del Consejo, tesmótetas, o cualquier otro)».[21]​ No obstante, en otros pasajes hace una distinción entre los magistrados y el Consejo.[21]Demóstenes, en su discurso Contra Aristogitón hace una división cuatripartita de los órganos del Estado: el Consejo, la Asamblea, el Tribunal del Pueblo y los colegios de magistrados.[22]​El Consejo, debido a su tamaño, composición, funciones e implicación en el trabajo de la Asamblea, gozaba de un sitio especial entre los colegios de magistrados atenienses.[23]

Cualificación

Requisitos

En Atenas

La edad mínima para ser magistrado era la misma que para ser nomoteta o jurado, es decir, treinta años. El principio se mantuvo a lo largo de toda la historia de la democracia ateniense.[24]

Sistemas de elección

En Atenas

La norma, según la cual los magistrados debían ser elegidos entre las tres primeras clases «solonianas» aún estuvo vigente en el siglo IV a. C., aunque según el autor danés, Mogens Herman Hansen, de facto no se aplicaba.[25]

Los magistrados accedían a su cargo mediante elección directa o mediante sorteo. Los designados por la Asamblea ateniense[26]​ y, en casos excepcionales, por las asambleas de las diez tribus eran elegidos en votación a mano alzada.[27]

En el santuario de Teseo tenía lugar la elección por sorteo, bajo la presidencia de los nomotetas.[28]​ Previamente, todos los magistrados debían someterse a una dokimasia y jurar ejercer sus cargos conforme a las leyes.

El juramento variaba según el colegio:[29]​ los fragmentos que han subsistido del juramento de la Boulé (Consejo de los Quinientos),[30][31]​ conciernen a los poderes judiciales.[32]

Remuneración

En una ciudad griega con un régimen democrático radical la regla fundamental era que los ciudadanos fueran remunerados por el ejercicio de sus derechos políticos,[33]​ mientras que en las oligarquías, el principio era el contrario: todos los que servían debían hacerlo sin contraprestación económica.[34]​ Los magistrados atenienses fueron pagados en el siglo V a. C.[35][36]​ hasta la revolución oligárquica de 411 a. C., fecha en la que el salario de los magistrados fue casi totalmente abolido.[37][38]​ Cuando la democracia fue restaurada en 403/402 a. C., los atenienses restablecieron el salario de los tribunales,[39]​ del Consejo y poco después lo crearon para la Asamblea (Ekklesía),[40]​ pero en ningún momento volvieron a cobrarlo los magistrados. La mayoría de ellos, que habían sido elegidos o sorteados, sirvieron al Estado sin una remuneración regular: la única excepción fueron los arcontes [41]​ que fueron remunerados incluso durante el régimen de Los Cuatrocientos ,[37]​ los magistrados de ultramar [41]​ y algunos otros.[42]

La abolición del salario de los magistrados atenienses supuso un retroceso en relación con los principios de la democracia radical y un signo de que además los atenienses habían optado a partir de 403/402 a. C. por una forma moderada de democracia.[43]

Funciones

La mayoría de los magistrados tenían unas tareas minuciosamente definidas. Numeroso colegios se repartían en grupos de magistrados acorde con sus funciones.

En Atenas

La clasificación que hace Aristóteles en su libro IV de la Política, se atiene a diez esferas de actividad en torno a las cuales se organizan las funciones de los magistrados civiles:[44]

  1. El control del comercio en los mercados.
  2. La supervisión de los edificios públicos y privados,de los caminos y del abastecimiento de agua.
  3. La vigilancia del territorio.
  4. La gestión de las finanzas públicas.
  5. La preparación y la presidencia de los procesos.
  6. La ejecución de las sentencias.
  7. El alto mando del ejército y de la marina de guerra.
  8. El control de los otros magistrados.
  9. La presidencia de las asambleas políticas.
  10. La administración del culto y de los santuarios.

Clasificación

En Atenas

Aristóteles divide las magistraturas en seis categoría principales:[45]

  1. Magistrados religiosos.
  2. Comandantes de las fuerzas terrestres y navales.
  3. Magistrados de las finanzas.
  4. Inspectores.
  5. Magistrados judiciales.
  6. Comisiones de organización de la Asamblea del pueblo.

Funcionamiento

Funcionamiento colegial

El ejercicio colegiado suponía que todos los miembros de un colegio estaban en pie de igualdad: no había un presidente fijo y ningún miembro tenía más autoridad que otro.

Las decisiones de un colegio debían resultar de un debate entre sus miembros; en caso de desacuerdo disponían del recurso a la votación: la decisión de la mayoría era vinculante.[46][47][48]

Referencias

  1. Aristóteles Política 1322b 12-17
  2. Esquines III = Contra Ctesifonte 13 y sigs.
  3. SEG 26 72.24-25 = Harding 1985
  4. IG II2 47.37
  5. Aristóteles, Constitución de los atenienses 56.2
  6. Aristóteles, Política 1317b 35-36
  7. Demóstenes XXV.20
  8. Aristóteles, Política 1317b.17-1318a.3
  9. Aristóteles, Política 1289a.22, 1318b.21-22
  10. Teofrasto, Caracteres 26.12
  11. Aristóteles, Política 1299a.14-20
  12. Hansen, Seven hundred archai in classical Athens, p. 170-173
  13. Esquines III = Contra Ctesifonte 3.13-15
  14. Aristóteles. Constitución de los atenienses 43-62
  15. Hansen, Mogens Herman. Seven hundred archai in classical Athens, p. 155
  16. Aristóteles. Constitución de los atenienses 43.2-49.5
  17. Hansen. Initiativa and decision: the separation of powers in fourth-centhury Athens. GBRS 22, pp. 347-351
  18. Demóstenes. Discurso 24.54
  19. Supplementum Epigraphicum Graecum, 26.72.19-26 = Harding (1985) núm. 45
  20. Esquines I = Contra Timarco 109
  21. a b Demóstenes. Discurso 39.10
  22. Demóstenes. Discurso 24.20
  23. Demóstenes. Discurso 25.20
  24. Hansen, Seven hundred archai in classical Athens, pp. 167-169
  25. Hansen, Herman Hansen (1993). La démocratie athénienne à l'époque de Démosthene (en francés). París. pp. 69 y 265. ISBN 28-473-4581-7. 
  26. Hansen, Herman Hansen (1993). La démocratie athénienne à l'époque de Démosthene. París. pp. 192-193 y 265. 
  27. Esquines III = Contra Ctesifonte 27 y 30
  28. Esquines III = Contra Ctesifonte 13
  29. Dinarco, Contra Filocles 3.2.10
  30. Jenofonte, Recuerdos de Sócrates I.1.18
  31. Lisias, 31.1
  32. Demóstenes, 24.147
  33. Aristóteles, Política 1317b35-38
  34. Aristóteles, Política 1294a37-41
  35. Pseudo-Jenofonte, La república de los atenienses 1.3
  36. Inscriptiones Graecae I2 82.17-21
  37. a b Aristóteles, Constitución de los atenienses 29.5
  38. Tucídides, Historia de la Guerra del Peloponeso VIII.65.3, 67.3
  39. Aristófanes, Las asambleístas 687-688, Pluto 277
  40. Aristóteles, Constitución de los atenienses 41.3
  41. a b Aristóteles, Constitución de los atenienses 62.2
  42. Aristóteles, Constitución de los atenienses 42.3
  43. Hansen, 1993, pp. 280-281.
  44. Aristóteles, Política 1321b12-1322b29
  45. Aristóteles, Política 1322b29-1322b37
  46. Heródoto, Historai VI.109-110.
  47. Lisias 16.16
  48. Kahrstedt, 1936, p. 152.

Bibliografía

  • Hansen, Mogen Herman (1980). Greek, Roman, and Byzantine Studies, ed. Seven hundred archai in classical Athens (en inglés). Atenas. pp. 170-173. 
  • Hansen, Mogen Herman (1993). La démocratie athénienne à l'époque de Démosthene (en francés). París: Belles Letres. ISBN 978-2-84734-581-0. 
  • Kahrstedt, U. (1936). Untersuchungen zur Magistratur in Athen (en alemán). Stuttgart.