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Luciano Varela

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Luciano Varela Castro (Pontevedra, Galicia, 1948) es un juez español, magistrado del Tribunal Supremo de España desde 2007.

Carrera profesional

Luciano Varela Castro fue magistrado de la Audiencia Provincial de Pontevedra durante 23 años. Casado y padre de cuatro hijos, el juez accedió al Tribunal Supremo en 2007. En su dilatada trayectoria fue fundador de la asociación Jueces para la Democracia y profesor de Derecho en la Universidad de Santiago. Creó la revista Xurídica Galega, es promotor del uso del idioma gallego en la justicia,[1]​ y ha preparado, junto a otros jueces, a muchos alumnos de judicatura, de los que 40 son ahora jueces y fiscales –entre ellos dos de sus hijos. También fue el autor del borrador de la Ley del Tribunal del Jurado popular, la cual, tras el procedimiento parlamentario procedente, sería publicada en el BOE con el nombre oficial de Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.[2]

Desde octubre de 2007 forma parte de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Entre sus muchas actuaciones, en abril de 2009, en el caso del juez Francisco Javier de Urquía, entendió que no había delito de prevaricación y sí de cohecho, por lo que le condenó a 21 meses de suspensión del cargo y a una multa de 73.800 €, la mínima que contempla la ley.

El auto contra Baltasar Garzón

En 2009 fue instructor en el caso Garzón, en el que el juez de la Audiencia Nacional se vio imputado por un presunto delito de prevaricación en la causa sobre los crímenes del franquismo, tras una querella del sindicato de funcionarios Manos Limpias, que le acusaba de haber dictado resoluciones injustas a sabiendas de que lo son.[3]

En un primer auto de fecha 3 de febrero de 2010,[4]​ Varela considera que Baltasar Garzón

"...actuó con la finalidad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localización y exhumación de víctimas de los horrendos crímenes del franquismo, erigidos en aparente objeto del procedimiento, sabiendo que éstos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar", y que tal hecho puede ser constitutivo de un delito de prevaricación.

En el mismo auto, el instructor entiende que debe ser la Sala en pleno la que estime la transformación del procedimiento, imprescindible para sentar en el banquillo a Garzón.

El 7 de abril de 2010, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal española, el magistrado del Supremo decidió transformar en un procedimiento abreviado las diligencias abiertas al juez Baltasar Garzón por un presunto delito de prevaricación que habría cometido al iniciar, sin competencia legal, una causa por las desapariciones del franquismo.[5]

La decisión de Varela supone pasar a la fase de preparación del juicio oral, lo que significa que Garzón se sentará en el banquillo siempre que alguna de las partes personadas presente escrito de acusación contra él. El magistrado considera que las resoluciones dictadas por el juez Baltasar Garzón durante la instrucción de una causa por las desapariciones del franquismo " son objetivamente contrarias a Derecho ". En concreto, se acusa al juez de la Audiencia Nacional de haber iniciado y prolongado esa instrucción atribuyendo a personas fallecidas delitos que habían prescrito, estaban amnistiados y que, además, no eran de su competencia, y teniendo conocimiento de que no lo eran.[6]

Finalmente, en el año 2012, la Sala Segunda del Tribunal Supremo absolvió a Baltasar Garzón por este delito.

Referencias

Enlaces externos