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Ley de consultas de Cataluña

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La ley de consultas de Cataluña, oficialmente Ley 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana, es una ley aprobaba por el Parlamento de Cataluña el 19 de septiembre de 2014 que pretende amparar legalmente la consulta sobre el futuro político de Cataluña prevista para el 9 de noviembre y que el Gobierno de España, presidido por Mariano Rajoy, considera que vulnera la Constitución española de 1978. Entró en vigor el 27 de septiembre, al ser publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (en catalán, Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya), y ese mismo día el presidente de la Generalidad de Cataluña, Artur Mas, firmó el decreto de convocatoria de la consulta en un acto celebrado en el Palacio de la Generalidad en el que estuvieron presentes representantes de tres de las cuatro fuerzas políticas catalanas que la apoyan, CiU, ERC y CUP.[1]

La ley de consultas desarrolla el artículo 122 del Estatuto de Autonomía, que permite al gobierno de la Generalidad realizar consultas, sin carácter vinculante, a los ciudadanos catalanes. Dicho artículo prevé la competencia exclusiva de la Generalidad para regular la convocatoria, tanto por la propia institución, como por entes locales «en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución»[2]​ (que determina que es competencia exclusiva del Estado la autorización de consultas populares por vía de referéndum).[3]

Historia

El 19 de marzo de 2013 la proposición de ley de consultas se admitió a trámite con el apoyo de CiU, ERC, PSC, ICV y la CUP.[4][5][6]

El gobierno de Mariano Rajoy manifestó su oposición al proyecto. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, negó ya en octubre de 2012 cualquier posibilidad de consulta convocada por una comunidad autónoma. Arguyó que el artículo 92 de la Constitución establece que la competencia exclusiva para convocar referendos consultivos la tiene el rey a propuesta del presidente del Gobierno, con previa autorización del Congreso de los Diputados. Igualmente invocó el artículo 149.1.32 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia para la «autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum». El Gobierno recordó la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la materia, que considera que el referéndum es un procedimiento excepcional que está limitado a los casos previstos expresamente en la Constitución y que no existen consultas populares distintas de aquél.[7]

El 16 de enero de 2014 el Parlamento de Cataluña votó una petición al Congreso de los Diputados para que la Generalidad de Cataluña pudiera celebrar el referéndum sobre la autodeterminación. Se aprobó con 87 votos a favor (64% del parlamento) y 43 en contra (32% del Parlamento). Apoyaron la propuesta CiU (50 diputados), ERC (21) e ICV-EUiA (13) así como tres diputados del PSC lo que abrió una grave crisis en su seno.[8]​ La CUP, con 3 diputados, se abstuvo a pesar de estar a favor de realizar el referéndum, por considerar que no se debía «pedir permiso a Madrid» para realizarlo.[9]​ Votaron en contra PPC (18), PSC (16) y C's (9).[8]

El 8 de abril el Congreso de los Diputados rechazó la petición, por 299 votos en contra frente a 47 a favor. Votaron en contra PP, PSOE, UPyD, UPN y Foro Asturias; a favor Izquierda Plural, CiU, PNV, BNG, Amaiur, ERC, Compromís y Geroa Bai. Se abstuvo el diputado de Coalición Canaria.[10][11]

Tras el rechazo del Congreso de los Diputados a la petición de la cesión de la competencia para convocar y celebrar referéndums, el parlamento de Cataluña empezó a elaborar su propia ley de consultas para amparar la convocatoria prevista para el 9 de noviembre, aunque el gobierno de Mariano Rajoy anunció inmediatamente que la recurriría ante el Tribunal Constitucional por invadir las competencias del Estado. En julio de 2014 la ponencia correspondiente del Parlament finalizó la redacción del proyecto, que estaba previsto que se votara en septiembre.[12]

El 22 de agosto de 2014, el Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña, una institución de la Generalidad, avaló la legalidad de la Ley de consultas por 5 votos a favor y 4 en contra. El dictamen señalaba que la ley está amparada por el artículo 122 del Estatuto y no incumple la Constitución. Los 5 juristas que votaron a favor fueron los propuestos por CiU y ERC al principio del la legislatura. Los 4 juristas que se opusieron argumentaron que la ley vulnera repetidamente la Constitución y el Estatuto ya que esta trata sobre la celebración de referéndums, lo que invade las competencias del Estado, pero bajo la denominación encubierta de "consulta popular no refrendaria".[13]​ Pese a que el Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña avala la totalidad de la ley, ésta puede ser recurrida al Tribunal Constitucional de España al ser un organismo superior.[14]

El 19 de septiembre, la ley de consultas fue aprobada por 106 votos a favor y 28 en contra en el pleno del Parlamento de Cataluña.[15]​ Contó con el apoyo de CiU, ERC, PSC, ICV y CUP que suman el 79% de los representantes del Parlamento de Cataluña; mientras que se posicionaron en contra el PP y C's.[16]​ Aunque apoyó la ley, el PSC manifestó que la Ley de Consultas Populares no Referendarias y Participación ciudadana no amparaba legalmente la «consulta» prevista para el 9-N. Por el contrario, el portavoz de CiU Josep Rull afirmó que la ley «encaja plenamente en la Constitución y en el Estatuto».[17]

Contenido

En el artículo 1 de la proposición de ley de consultas aprobada en marzo de 2013 se decía:

El objeto de esta Ley es regular el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria de los mecanismos de participación democrática, de audiencia, de diálogo y de consultas populares no refrendarias, respecto de actuaciones políticas de trascendencia especial, en el ámbito competencial de la Generalidad, mediante votación, foros de participación, debates públicos y cualquier otro instrumento de consulta popular no refrendaria a la ciudadanía.
Artículo 1 de la propuesta de Ley de consultas populares no refrendarias de Cataluña[18]

La Ley de Consultas Populares no Referendarias y Participación Ciudadana no determina las materias sobre las que podrán ser consultados los ciudadanos y sólo excluye las que limiten los derechos y libertades reconocidos en la Constitución y en el Estatuto, así como lo relativo a los impuestos o a los presupuestos ya aprobados. La ley rebaja la edad para votar a los 16 años y reconoce ese derecho a todos los residentes en Cataluña y en el extranjero que estén inscritos en el Registro de Catalanes en el Exterior creado por la Generalitat, así como a los ciudadanos de la Unión Europea con un año de residencia en Cataluña y a los de fuera de la UE con tres. Sin embargo, excluye a los catalanes residentes en otras partes de España. Como censo se utilizará el Registro de Participación en Consultas No Referendarias creado por la Generalitat a partir de los padrones municipales, y la autoridad que regirá todo el proceso será una Comisión de Control, formada por siete juristas y politólogos de prestigio, nombrados por el Parlamento de Cataluña.[17]

La Consultas podrán ser promovidas no sólo por la Generalitat o por el Parlamento de Cataluña, sino también por los municipios y las diputaciones, que podrán convocar un máximo de tres al año en el ámbito de toda la comunidad autónoma y tres más en el ámbito local. Sobre los efectos del resultado de la consulta la ley establece que la institución que la convoque deberá dar una respuesta en un plazo no superior a dos meses.[17]

Recurso de inconstitucionalidad

Poco después de que en la mañana del 27 de septiembre de 2014 el president Mas firmara en Barcelona el decreto de convocatoria de la Consulta sobre el futuro político de Cataluña de 2014 que se ampara en la Ley de Consultas, compareció en Madrid ante los medios de comunicación la presidenta en funciones (por encontrarse Mariano Rajoy de viaje oficial en China) y vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, para anunciar que, con la petición del preceptivo informe al Consejo de Estado, el gobierno había iniciado los trámites para presentar un recurso de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional contra la Ley de consultas de Cataluña y contra el decreto de convocatoria de la consulta del 9-N amparada en ella.[19]

Al día siguiente, el 28 de septiembre, la Comisión Permanente del Consejo de Estado, tras una reunión de casi 2 horas, aprobó por unanimidad los dictámenes favorables a que el gobierno de España solicitara los recursos de inconstitucionalidad de la Ley de consultas de Cataluña y contra el decreto de convocatoria de la consulta del 9N amparada en ella.[20][21]​ La mañana del 29 de septiembre tuvo lugar una reunión extraordinaria del Consejo de ministros en la que se aprobaron dos recursos de incontitucionalidad[22]​ que fueron presentados al Tribunal Constitucional.[23]​ Ese mismo día, fue convocado de forma excepcional un pleno del Tribunal Constitucional en el que se admitieron a trámite los recursos presentados por el gobierno quedando suspendida cautelarmente la Ley de Consultas y el decreto de convocatoria de la consulta del 9 de noviembre.[24]

El 3 de octubre el gobierno anunció que incluiría en el recurso de inconstitucionalidad el decreto de nombramiento de los miembros de la Comisión de Control de la consulta firmado por el president Mas el día anterior.[25][26]​ Diez días después, el president Mas reconocía que no se podría celebrar la consulta del 9-N por falta de garantías legales,[27]​ pero al día siguiente, 14 de octubre, anunciaba que el 9-N tendría lugar un proceso de participación ciudadana con la misma pregunta amparándose en la parte de la Ley de consultas que no había sido suspendida por el Tribunal Constitucional.[28]

Referencias

  1. "Artur Mas firma el decreto de convocatoria de la consulta del 9N", La Vanguardia, 27 de septiembre de 2014 (consultado el 27 de septiembre de 2014).
  2. «Artículo 122 del Estatuto de Autonomía de Cataluña». Noticias Jurídicas. Consultado el 2 de noviembre de 2013. 
  3. «Artículo 149 de la Constitución». Consultado el 2 de noviembre de 2013. 
  4. Parlament.cat (ed.). «Proposició de llei de consultes populars no referendàries i participació ciutadana» (en catalán). Consultado el 17 de junio de 2013. 
  5. vilaweb (ed.). «La llei de consultes va endavant» (en catalán). Consultado el 17 de junio de 2013. 
  6. «El Parlamento catalán tramita la ley de consultas con el apoyo del PSC». El País. Consultado el 17 de junio de 2013. 
  7. Escudero, Rafael (3 de octubre de 2012). «¿Quién tiene miedo a la consulta catalana sobre el derecho a decidir?». eldiario.es. Consultado el 27 de septiembre de 2013. 
  8. a b «El Parlament aprova amb 87 vots a fabor demanar al Congrés la competència del referèndum». Ara. 16 de enero de 2014. 
  9. «La CUP s'abstindrà dijous perquè no vol "demanar permís a Madrid" per la consulta». Cronica global. 14 de enero de 2014. 
  10. Congreso español rechaza la petición de referendo Cataluña. Reuters. 8 de abril de 2014
  11. Garea, Fernando (8 de abril de 2014). «La Constitución frena la consulta». El País. Consultado el 5 de mayo de 2014. 
  12. Vera Gutiérrez Caro, "Paso a paso hacia la consulta", El País, 19 de julio de 2014.
  13. Los consejeros discrepantes critican que la ley plantee un “referéndum encubierto”
  14. El Consell de Garanties defiende que la ley de consultas se ajusta a las competencias del Estatut
  15. http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/09/19/catalunya/1411141135_402343.html
  16. El Consell de Garanties defiende que la ley de consultas se ajusta a las competencias del Estatut
  17. a b c "El Parlament da luz verde al 9-N", El País, 20 de septiembre de 2014.
  18. Ponencia de la Comisión de Asuntos Institucionales (27 de marzo de 2013). «Proposició de llei de consultes populars no referendàries i participació ciutadana». Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña (en catalán) (50): 6-12. Consultado el 17 de junio de 2013. 
  19. "Sáenz de Santamaría": 'Lamentamos profundamente el error de Mas'", El País, 27 de septiembre de 2014 (consultado el 27 de septiembre de 2014).
  20. http://www.elmundo.es/espana/2014/09/28/5427288122601d15548b4581.html
  21. http://www.rtve.es/noticias/20140928/concluye-reunion-del-consejo-estado-dictaminara-recursos-sobre-cataluna/1018922.shtml
  22. http://politica.elpais.com/politica/2014/09/29/actualidad/1411974304_889124.html
  23. http://www.lavanguardia.com/politica/20140929/54416444338/abogacia-estado-registra-tribunal-constitucional-recursos-gobierno.html
  24. http://politica.elpais.com/politica/2014/09/29/actualidad/1412005295_056524.html
  25. "Mas desafía al Constitucional al designar a la 'junta electoral' del 9-N", El País, 3 de octubre de 2014.
  26. "El Estado debate qué respuesta dar a cada desafío jurídico de la Generalitat", El País, 4 de octubre de 2014.
  27. "Mas propone diluir la consulta en un proceso de particpación ciudadana", El País, 14 de octubre de 2014.
  28. "Mas gana tiempo con una consulta sin garantías legales", El País, 15 de octubre de 2014.

Enlaces externos