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'''Francisco Javier Gómez de Liaño y Botella''' ([[Ourense]], [[21 de agosto]] de [[1948]]) es un [[jurista]] [[España|español]]. Conocido por su carrera como [[juez]], ejerce actualmente de [[abogado]]. Es hijo del fiscal y magistrado Mariano Gómez de Liaño y Cobaleda.
'''Francisco Javier Gómez de Liaño y Botella''' ([[Orense]], [[21 de agosto]] de [[1948]]) es un [[jurista]] [[España|español]]. Conocido por su carrera como [[juez]], ejerce actualmente de [[abogado]]. Es hijo del fiscal y magistrado Mariano Gómez de Liaño y Cobaleda.


==Biografía==
==Biografía==

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Francisco Javier Gómez de Liaño y Botella (Orense, 21 de agosto de 1948) es un jurista español. Conocido por su carrera como juez, ejerce actualmente de abogado. Es hijo del fiscal y magistrado Mariano Gómez de Liaño y Cobaleda.

Biografía

Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca, fue juez de vigilancia penitenciaria antes de pasar a la Audiencia Nacional. Desde este tribunal asumió casos relacionados con los GAL como el de Lasa y Zabala. Entre 1990 y 1995 fue también vocal del Consejo General del Poder Judicial de España (CGPJ). Antes de ejercer como juez, fue secretario judicial.

Denuncia contra el grupo PRISA y condena por prevaricación

En 1997 asumió una denuncia contra el grupo PRISA. Gómez de Liaño procesó a Jesús de Polanco, Juan Luis Cebrián y a todo el Consejo de Administración de SOGECABLE, por un presunto delito de apropiación indebida. Dictó un total de siete resoluciones condenatorias que fueron revocadas en instancias superiores. En 1999 Jesús de Polanco lo denunció por prevaricación en la instrucción del caso y fue condenado por dicho delito y apartado de la carrera judicial. Recurrió en diversas instancias (incluyendo Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional) que rechazaron los recursos.

En 2000 recibió un indulto del gobierno (presidido por José María Aznar) para volver a la carrera judicial, con la condición de no incorporarse a la Audiencia Nacional durante 25 años.

En julio de 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, recordando «la importancia que para una sociedad democrática tiene la confianza que los tribunales deben inspirar a los justiciables», estima que «[las quejas] [sobre la imparcialidad del órgano jurisdiccional español que le juzgó y le condenó] del demandante [Gómez de Liaño] pueden ser consideradas objetivamente justificadas», concluyendo el Tribunal que en el juicio al que fue sometido el demandante «ha habido violación del art. 6.1 del Convenio [Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales]», que establece que «toda persona tiene derecho a que su causa sea oída … por un tribunal independiente e imparcial». La estimación del recuros basado en el art. 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Públicas se basó en que al dictar con anterioridad los jueces que le juzgaron determinadas resoluciones incidentales, no habían ofrecido la suficiente «apariencia de imparcialidad», todo ello debido al sistema procesal español. En ningún caso lo absolvió de los delitos por los que fue condenado ni anuló las sentencias del Tribunal Supremo ni del Constitucional, limitándose a imponer al Estado una multa de 5.000 euros.[1]​ La multa de 5.000 euros fue en concepto de "daños morales".

En su nueva etapa como abogado asumió la defensa de Isabel García Marcos, imputada en el caso de corrupción urbanística en España, caso Malaya. Sin embargo renunció a defenderla alegando "incompatibilidad total en la línea de defensa", dadas las constantes declaraciones de la acusada ante los medios.[cita requerida]

Además de ejercer la abogacía, Gómez de Liaño colabora esporádicamente en el diario El Mundo y ha publicado dos libros sobre la justicia española: Desde el banquillo (Ediciones Temas de Hoy, 2000) y Pasos Perdidos (Ediciones Temas de Hoy, 1999). Vive en la localidad madrileña de Pozuelo de Alarcón.

Referencias

  1. Prevaricó; claro que sí, El País, 24 de julio de 2008.

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