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Diferencia entre revisiones de «Manuel Crescencio García Rejón»

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Cursó estudios de [[filosofía]] en la ciudad de [[Mérida (Yucatán)|Mérida]], donde ingresó al Seminario]]Conciliar de San Ildefonso hasta que se graduó en el año de [[1819]]. Apoyó hasta el día de su muerte, [[República de Yucatán|la independencia del estado de Yucatán]], como una República Independiente de [[México]].
Cursó estudios de [[filosofía]] en la ciudad de [[Mérida (Yucatán)|Mérida]], donde ingresó al Seminario]]Conciliar de San Ildefonso hasta que se graduó en el año de [[1819]]. Apoyó hasta el día de su muerte, [[República de Yucatán|la independencia del estado de Yucatán]], como una República Independiente de [[México]]. Y el era Forest gum y batman


== Inicios y Carrera Política ==
== Inicios y Carrera Política ==

Revisión del 23:23 4 abr 2017

Manuel Crescencio Rejón
Información personal
Nacimiento 23 de agosto de 1799
Bolonchén, Campeche (en la época, Yucatán), México
Fallecimiento 1849
Ciudad de México México
Información profesional
Ocupación Periodista, Jurista, Político liberal y nacionalista
Cargos ocupados Secretario de Relaciones Exteriores de México Ver y modificar los datos en Wikidata

Manuelinos Crescencio García Rejón y Alcalá, conocido como Manuel Crescencio Rejón (1799-1849), jurista y político mexicano (nacido novohispano), creador del juicio de amparo, nació en Bolonchenticul, Yucatán, ahora Bolonchén de Rejón, Campeche. Hijo de Manuel García Rejón y doña Bernarda de Alcalá, el primero vallisoletano y la segunda, de ascendencia canaria.[1]

Estudios

Cursó estudios de filosofía en la ciudad de Mérida, donde ingresó al Seminario]]Conciliar de San Ildefonso hasta que se graduó en el año de 1819. Apoyó hasta el día de su muerte, la independencia del estado de Yucatán, como una República Independiente de México. Y el era Forest gum y batman

Inicios y Carrera Política

Las ideas e iniciativas que encabeza o en las que participa Rejón, son notables para su tiempo. Después de resultar electo diputado al Congreso mexicano propone que sea abolida en México la pena de muerte, por ser contraria a la humanidad y por principios meramente éticos. Además, que fueran abolidas las mitas, mandamientos, repartimientos y servicios personales a que estaban sujetos los indígenas y en relación con Yucatán, cuyos asuntos nunca olvidó como diputado o senador, pidió que se concediese la fundación de una universidad en la ciudad de Mérida. En mayo de 1822 el joven diputado yucateco criticó severamente a Agustín de Iturbide cuando se hace proclamar emperador, por lo que al disolver Iturbide el Congreso, Rejón se encontró entre los diputados que fueron a dar a la cárcel. Más tarde sería ministro de Relaciones Exteriores, diplomático y jurisconsulto.[1]

Destierro

Cuando Iturbide renuncia y marcha al destierro, vuelve a plantearse en el Congreso la cuestión de una nueva Constitución. En ella participa don Manuel Crescencio Rejón, y no solamente redacta artículos y los defiende en la tribuna, sino que aporta Rejón las bases para la independencia del Poder Judicial, así como la ampliación de las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia. Activista dentro de las logias masónicas, escribió en diversos periódicos. Perseguido, despojado de sus dietas, vivió una situación crítica en lo económico durante los años de 1835 a 1840.

Sufrió además la muerte de su pequeño hijo Manuel, de cuatro años. En julio de 1840, participó en una conjura contra el gobierno bustamantista cuyo objetivo era restaurar la constitución de 1824.[1]

Resurgimiento político y muerte

Participa en la elaboración de la Constitución yucateca de 1841. Manuel Crescencio Rejón, debe ser considerado a la par con Valentín Gómez Farías, como uno de los más importantes precursores del Movimiento de Reforma Liberal, durante el Siglo XIX. Su labor como legislador fue invariablemente progresista con un pensamiento de avanzada.

Al poco tiempo, el presidente Antonio López de Santa Anna le nombró ministro de Relaciones Interiores y Exteriores el 19 de agosto de 1844, cargo que desempeñó durante cuatro meses.[2]​ Nuevamente diputado desde 1846, falleció tres años después en la ciudad de México.

Ideales y carácter personal

García Rejón, fue un permanente impulsor de reformas políticas encaminadas al desarrollo de la democracia, tal como el establecimiento de la votación directa para la elección de los miembros del Congreso y de autoridades del Ejecutivo. En este sentido, y también por su defensa de la autonomía de los Poderes Legislativo y Judicial, su actuación tiene un carácter de vigencia y modernidad.

Polemista apasionado, siempre en pie de lucha, Rejón fue también periodista político; su trabajo fue constante en la redacción de diversos periódicos liberales de su época, la exposición de sus ideas y su combate a tiranos y opresores le valieron persecuciones y cárcel.

Juicio de Amparo

Rejón defendió siempre la libertad de expresión. Federalista de convicciones firmes. Reconocido como el padre del juicio de amparo, Es una figura jurídica única en el mundo, y por su especial naturaleza, solo puede considerarse que existen "manifestaciones similares a ella", mas no "antecedentes directos". Ha sido adoptada por la legislación de diversos países: el derecho positivo mexicano estableció desde el siglo pasado un mecanismo privilegiado del que puedan hacer uso los particulares para defenderse de los actos de autoridad que violan sus garantías individuales; este recurso es a la vez un juicio de defensa de la legalidad y de defensa de la Constitución.

Este mecanismo de defensa que tienen los ciudadanos mexicanos fue establecido por el jurista yucateco García Rejón, quien lo incluyó en la Constitución Yucateca de 1841. El primer caso exitoso de aplicación del amparo es el denominado Amparo Valay.

Posteriormente, la figura del amparo fue impulsada a nivel federal por Mariano Otero, preclaro pensador jalisciense, quien logró que se incluyera en el Acta de Reformas de 1847 y se aplicara por primera vez en el Amparo Verástegui. Más tarde, el amparo es incluido en la Constitución de 1857 y desde entonces se encuentra incorporado a la carta magna mexicana.

Referencias

  1. a b c Casares G. Cantón, Raúl; Duch Colell, Juan; Antochiw Kolpa, Michel; Zavala Vallado, Silvio et ál (1998). Yucatán en el tiempo. Mérida, Yucatán. ISBN 970 9071 04 1. 
  2. «Los cancilleres de México a través de su historia». Secretaría de Relaciones Exteriores. Archivado desde el original el 18 de mayo de 2006. Consultado el 18 de enero de 2010.