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Usuario:T e i a2005/Taller

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La Normatividad Mexicana corresponde a una serie de políticas publicas, generalmente gubernamentales, sin perjuicio de que lo puedan hacer privados (como en las Normas Mexicanas), cuyo objetivo es regular y asegurar valores, cantidades y características mínimas o máximas en el diseño o producción de los bienes de consumo y servicios entre personas morales y/o personas físicas y/o entidades publicas.

Entre sus objetos esta la regulación de los productos y servicios, sobre todo los de uso extenso y de fácil adquisición por parte del público en general, poniendo atención especial en el público no estudioso de la materia. Generalmente estos objetivos son cubiertos mediante el empleo de normas, estándares técnicos u otros mecanismos similares.

Entre las normas (estándares técnicos) mas conocidos de la legislación mexicana, se encuentran: las Normas Oficiales Mexicanas, comúnmente conocidas como NOM, y las Normas Mexicanas, conocidas como NMX. No obstante, existen otro tipo de regulaciones y estándares técnicos como las Disposiciones Técnicas del Instituto Federal de Telecomunicaciones[1]​, la Normativa para la infraestructura del Transporte del Instituto Mexicano del Transporte[2]​, las Circulares Obligatorias de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes[3]​ o las Especificaciones Técnicas de la Comisión Federal de Electricidad[4]​.

Hablando de las diferentes regulaciones técnicas que emite el gobierno mexicano, cada una es obligatoria para el segmento especifico que aplica, con exepción de las Normas Mexicanas, no obstante, las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Mexicanas, son las únicas regulaciones técnicas de carácter general, mientras que el resto de las regulaciones técnicas son especificas de un sector industrial o actividad económica.

Por lo anterior, en este esquema regulatorio, sólo las NOM son de uso obligatorio en su alcance para los particulares, mientras que las normas NMX son de aplicación voluntaria y expresan generalmente una recomendación de parámetros o procedimientos, aunque, en caso de ser referenciadas en una NOM su observancia se volverá entonces obligatoria.[5][6]

Historia

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Contexto histórico

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Desde el siglo XIX en el mundo, cuando aún no existía la intervención gubernamental en los productos procesos y servicios, un medio eficaz de control por parte de los fabricantes consistió en caracterizar sus productos de tal manera que solo el fabricante original pudiera obtener un beneficio económico por la venta de accesorios a su producto, excluyendo del mercado a cualquier otro competidor que intentara comercializar algo similar. Ejemplo de esto fue el caso del ancho de vía o trocha en los sistemas ferrocarrileros, donde cada compañía que instalaba un sistema de ferrocarril obligaba a usar la trocha que ellos promocionaban, por lo que la adquisición de equipos como trenes debía realizarse solo a través de ese fabricante, en consecuencia se obligaba a cambiar de tren en cada cambio de ancho de vía, este fenómeno ocurre aún en día en las fronteras entre varios de los países de la Unión Europea. Esto, por ejemplo, fue uno de los grandes problemas de logística para diversos países y fue un fenómeno que se vivió con diferentes productos, entre los que se encuentran barcos, contenedores o productos eléctricos.

En la época porfirista, era común que las problemáticas descritas anteriormente sucedieran con frecuencia, por lo que comenzaron a aparecer las primeras leyes que establecían elementos técnicos para determinados productos y sectores industriales que se iban instalando o comercializando en el país. El ejemplo más directo fue la creación de la Ley de Pesas y Medidas de 1905 y su correspondiente Reglamento, donde, entre otras cosas, se incluían especificaciones para contenedores de líquidos.

Dado el fenómeno de la revolución mexicana, en las décadas siguientes a 1910 no existieron muchos esfuerzos oficiales para reformar el sistema regulatorio mexicano, no obstante, si surgió la necesidad de seguir legislando las especificaciones técnicas de determinados productos y sectores industriales como el sector energético. Lo anterior se debido al bajo intercambio comercial de México en las épocas post revolucionaras y el escaso desarrollo industrial que le siguió. Dicho fenómeno se prolongó hasta la segunda guerra mundial.

Con el inicio de la segunda guerra mundial, México coadyuvó con las actividades industriales de Estados Unidos, por ejemplo, enviando mano de obra a aquel país, permitiendo la instalación de algunas industrias claves para la guerra en su territorio o fabricando partes de recambio para determinados productos e incluso absorbiendo sectores industriales, lo que obligó al sector industrial de México a adaptar su infraestructura para surtir productos bajo las características solicitadas por Estados Unidos. Poniendo de manifiesto la necesidad de establecer regulaciones técnicas para los productos.

En México, la normalización surgió por la influencia de la economía estadounidense en la economía mexicana derivada de la guerra, por lo que se obligó al gobierno a emitir leyes y reglamentos en los años 40 del siglo XX los cuales establecieron el antecedente formal de la normatividad mexicana, pues con ello surgen las primeras normas del país. En esta década se crea Ley de Industrias de Transformación, la cual ya contempla la normalización y establece en legislación Mexicana, como en otros países, el uso de normas en lugar de Leyes, para regular productos y servicios.​ Para administrar lo relacionado con la Normalización el Gobierno federal creó en esta época a la Dirección General de Normas, con el objeto de dictar la política de normalización del país.

Terminada la segunda guerra mundial, el comercio mundial volvió a fluir, pero la diversidad de criterios técnicos de los productos ralentizo el intercambio comercial entre las naciones; Terminada la guerra y establecida la ONU, a nivel mundial se empezó a gestar, dentro la idea de crear recomendaciones para facilitar el comercio. Por eso, en 1946 se crea la Organización Internacional de Estandarización, mejor conocida como ISO (International Organization for Standardization), en la cual los diferentes países miembros pueden debatir para eliminar, crear u homologar regulaciones o estándares para los productos o servicios que se intercambian entre ellos; No obstante lo anterior, los estándares emitidos por ISO son recomendaciones voluntarias que deben ser adoptadas de manera oficial por los países miembros de acuerdo con el marco jurídico vigente en sus territorios​.

Desde los años 40 del siglo XX México emitió regulaciones proteccionistas con el objetivo de cuidar a las industrias instaladas en territorio nacional de los productos importados, excluyendo entonces las especificaciones internacionales existentes como las normas ISO. Esta práctica se extendió hasta los años 80s del siglo XX y termino con la entrada de México al GATT,​​. Por lo anterior en dicha época el gobierno se comprometió a seguir las recomendaciones de ISO y de otras organizaciones internacionales para evitar crear regulaciones proteccionistas como sucedía en las décadas anteriores, para lo cual emitió en 1988 la primera versión de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización​. Es así que en el caso de México las Normas ISO comienzan a ser adoptadas como Normas Oficiales Mexicanas.

A finales de los años 80 del siglo XX con la emisión de la primera versión de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización de México, se agregó un segundo componente a la normalización que fue la metrología, reconociendo así el uso de las actividades de medición para el establecimiento de regulaciones, por lo que se creó el Centro Nacional de Metrología (CENAM), y se introdujeron las primeras reformas importantes a las actividades de la Dirección General de Normas (Dirección General de Normas), ambos dependientes de la entonces llamada Secretaría de Industria y Comercio, hoy Secretaría de Economía, al descentralizar diversas de sus actividades otras dependencias de la administración pública federal.

En 1992 se emite la segunda versión de la LFMN con motivo del inicio de las negociaciones del TLCAN ​, entre los cambios más importantes que se introducen, se encuentran la creación de las Normas Mexicanas. Dicha Ley fue reformada ampliamente en 1997 ​ con motivo de la entrada de México a la OMC y la aceptación del Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio​. Por lo que sus cambios más importantes en la reforma son los relativos a la evaluación de la conformidad, pues se desaparece el antiguo SINALP (Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas) el cual era realizado exclusivamente por la dirección general de normas y se establecen los procedimientos de acreditación, realizados por un tercero, que es una entidad privada.

Durante casi 3 décadas la normalización en México se guío por las directrices de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización (LFMN), sin embargo, en 2020 se emite la Ley de Infraestructura de la Calidad, la cual abroga a la LFMN y reforma por completo al sistema de normalización mexicano, reconociendo en este a tres elementos claves que son la metrología, la normalización y la evaluación de la conformidad, este último considerado desde la antigua LFMN de 1988 pero que durante décadas operó con deficiencias que le permitieran llevar a cabo acciones al nivel de la metrología o la normalización.

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La normalización en México al ser una serie de políticas publicas que se realizan por parte de las entidades gubernamentales parte de un conjunto de leyes comúnmente conocidas como Marco Jurídico, en México el marco jurídico fue orientado para resolver las problemáticas del contexto histórico en el que se emitieron, en este sentido se detectan tres etapas distintas del marco jurídico[7]​ según se enuncian a continuación:

Primer Etapa: Desarrollo del Sistema Nacional de Unidades de Medida

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Esta etapa comienza en la era porfirista con la emisión de la Ley de Pesas y Medidas del 6 de junio de 1905 y su reglamento[8]​ dicha ley establecía las unidades especificas que operaban en el territorio nacional y algunos requisitos para unidades de almacenamiento.

Dicha ley permanecería sin cambios hasta 1928, año en el que el ex presidente Plutarco Elias Calles emitiría la Ley sobre Pesas y Medidas del 14 de junio de 1928[9]​, dicha ley tendría como principal cambio el establecimiento del Servicio sobre Pesas y Medidas cuya principal finalidad era garantizar la exactitud de las transacciones por lo que dicho servicio es el primer antecedente de lo que actualmente es el Centro Nacional de Metrología dicha ley y su reglamento permanecerian sin cambios hasta 1961 y verian el surgimiento en México de la Normalización en 1941.

Segunda Etapa: Nacionalista

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Esta etapa se caracteriza por la introducción de las Normas de Calidad para los productos, con un corte nacionalista y proteccionista, el objeto principal de las normas emitidas en esta etapa a demas de emitir regulaciones de calidad para los productos era proteger a las industrias nacionales estableciendo características restrictivas para los productos importados.

Esta etapa inicia en 1941, con el contexto histórico de la segunda guerra mundial y la transformación industrial de México, es así que el 13 de mayo de 1941 el ex presidente Manuel Avila Camacho publica la Ley de Industrias de Transformación, introduciendo la Normalización en México y Creando a la Oficina de Servicios de Normas Industriales de Calidad, que a la postre se convertiría en la Dirección General de Normas[10]​.

Posteriormente en 1946 el también expresidente Manuel Avila Camacho expide la Ley de Normas Industriales que sustituye el capítulo II y los artículos 29 a 35 de la Ley de Industrias de Transformación [11]​, esta ley se distingue por darle el nombre a la Dirección General de Normas que conserva hasta el día de hoy, asimismo, establece que la Secretaría de la Economía Nacional, hoy Secrearía de Economía estableceria las Normas a travez de comités de especialistas patrocinados por la autoridad gubernamental y distingue tres tipos de Normas que son de Calidad, de Nomenclatura y de Funcionamiento.

La ultima parte de esta etapa inicia en 1961 cuando el expresidente Adolfo Lopez Mateos expedia el 7 de abril de 1961 la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas[12]​, dicha ley tiene la particularidad de conjuntar lo referente a la Metrología hasta entonces regulado de forma independiente y que no tenia cambios desde 1928 y en el acto integraba al Servicio sobre Pesas y Medidas con la Dirección General de Normas, esta ley reconocia por primera vez un segundo eje de la Normalización que era la Metrología y los integraba en una sola ley que regiria el sistema hasta 1988.

Tercera Etapa: De apertura y cooperación económica

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Cuando en 1986 Mexico se integra al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) marca el inicio de una etapa de apertura e integración economica, se reconoce para esta epoca que existe un comercio global y una integración de México al contexto mundial, para ello resultaba necesario reformar varias areas del país entre ellas la de la Normalización para garantizar una apertura comercial, como resultado en esta etapa se elimina el contexto proteccionista de la Normalización para garantizar un adecuado flujo del comercio de bienes y servicios sin dejar de lado la protección a los usuarios.

Es por ello que se comienza a hablar de objetivos legitimos de la Normalización, pues el objeto principal de las Normas emitidas en esta etapa no es proteger a las industrias de los avances técnologicos en el exterior, sino proteger a los usuarios de los bienes, evitando imponer elementos demasiado restrictivos; en esta etapa se integra un tercer elemento que es conocido como Evaluación de la conformidad que no es otra cosa más que la forma en la que se evaluan las normas.

La etapa inicia con la emisión el 26 de enero de 1988 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización [13]​ dicha ley reconocia por primera vez a otros reguladores y no solo a la Dirección General de Normas


Procedimiento general

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Creación de una norma

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El procedimiento general de aplicación de una norma empieza con la creación o adopción de un estándar para dicho producto o servicio. El CENAM tiene diferentes comités técnicos que crean, estudian y adaptan esos estándares. En el caso de ISO, sus estándares pueden ser obligatorios por algún acuerdo internacional, el cual debió ser ratificado por el Senado de la República como cualquier tratado internacional. En el caso de los emitidos por un organismo oficial regional o nacional de otro país, como el Comité Europeo de Normalización de la Unión Europea[14]​ o la ANSI de los Estados Unidos, el estándar sólo abarca un carácter de recomendación pero puede ser obligado su uso por tratados laterales como un Tratado de Libre Comercio. En el caso de productos o servicios netamente mexicanos, se pueden adoptar los estándares emitidos por los comités técnicos de organismos civiles especializados, como el Consejo Regulador del Tequila.[15]​ y, si se tratase de un producto extranjero, entonces se adoptarán las recomendaciones emitidas por el área técnica de los organismos civiles especializados, como la IEEE o AREMA.[16][17][18][19][20]

Estos estándares se pueden tomar íntegramente de la fuente, aunque con su debida traducción al español y su adecuación al estándar de la normatividad mexicana, pero deben obtenerse, a través del CENAM o de la DGN, los derechos legales para el uso del contenido intelectual, lo cual puede ser librado por los tratados internacionales previos, como los correspondientes a los procedimientos generales para la evaluación de la conformidad emitidos por ISO y que en México reciben un doble nombre (NMX-CC-004:1995/IMNC-ISO-9002:1994. Sistemas de Calidad - Modelo para el Aseguramiento de la Calidad en Producción, Instalación y Servicio.).[21][22][23]

En el caso de estándares similares como, por ejemplo, la NOM-001-SEDE y el NEC,[24]​ que tratan de la utilización de la energía eléctrica en la baja tensión. Por el intercambio comercial, los comités técnicos crean un estándar nacional, adaptando las ideas generales del estándar extranjero, lo que a veces implica la obtención de los derechos de la obra extranjera. En el caso mencionado, el índice de ambas obras es muy similar. Otro es el caso de la adopción u homogeneización de un estándar en común, en el cual media un tratado internacional por el cual la parte técnica se deja a solo un país o a ambos países, obligándose ambos a acatarlo sin modificación. Así se puede ver en la lista de productos de Cables Monterrey, hoy Viakon,[25][26]​ cuyos productos están normalizados con base en pruebas hechas en el extranjero con un estándar extranjero, pero avalado, para su aplicación en México, por un tratado internacional.[27]

En todos los casos se deben emitir proyectos de norma, que se dan a conocer libremente a los organismos interesados en la materia, los cuales pueden emitir observaciones para su modificación durante un periodo de tiempo determinado[28]

nsayos%2FListas_Verificacion]</ref> en el cual se indican los pasos que debe seguir la UV para emitir un certificado de cumplimiento o conformidad con la norma a la persona física o moral que lo solicite (llamada habitualmente cliente), o en su caso emitir uno o varios documentos de no cumplimiento o no conformidad, que pueden ser salvados con procedimientos de verificación subsecuente donde el cliente debe demostrar que cumple con la norma y se le debe otorgar el certificado de conformidad. Si por alguna razón el verificador no quisiese emitir el certificado, el cliente podrá inconformarse ante el organismo que avala al verificador, obligado a revisar el procedimiento, tras lo cual puede obli=blogcategory&id=179&Itemid=217]</ref>[29][30]

Identificación de la norma

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Las normas se identifican por un título que indica su aplicación general y un número de identificación, formado por:[31][32]

  • Tres letras. El tipo específico de norma, NOM para las Normas Oficiales Mexicanas y NMX para las Normas Mexicanas. Cuando le antecede a estas letras una P (pe) o PROY el texto es sólo un proyecto de norma y como tal no se puede usar, ya que podría modificarse, en caso de haber observaciones que se reúnan en el comité técnico que la elabora. La sigla EM indica un estado de emergencia y previene sobre los objetos o situaciones.
  • Tres dígitos. Es un código numérico específico de la norma, indicado por tres dígitos del 001 al 999, que es un número que siempre conserva la norma en sus diferentes versiones o refrendos. En ocasiones, una misma norma se emite en varias, ya que resulta más fácil actualizarla y revisarla; para indicarlo, se coloca una diagonal y un par de dígitos entre 01 y 99.
  • Tres o cuatro letras. Siglas de la secretaría de estado o dependencia(-as) involucrada(-as) en el estudio, en la emisión y en la realización de los procedimientos de verificación, el cual se compone por tres o cuatro letras, según la secretaría en cuestión. Estas pueden variar entre revisiones, ya que la secretaría de estado o dependencia puede crearse, modificar nombre u objetivos o desaparecer. Además, lleva un número al final de las letras, que indica el comité que las revisa, en algunas ocasiones lleva 1, 2 o 3, según el comité consultivo que las revisa.
  • Cuatro dígitos, que indican el año que se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Esto suele confundirse con la entrada en vigor, pero por el tiempo de transición la entrada en vigor puede ser hasta el año siguiente de su publicación.
  • Organización: En las normas NMX, es usual colocar las siglas del organismo privado responsable de la norma, como puede ser la ANCE. O entre el identificar de tipo NMX y el número de la norma se coloca una letra que indica el área técnica que realizó la norma.

Ejemplos de normas

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Ejemplos de normas NOM

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  • NOM-018-STPS-2000: Norma Oficial Mexicana 018 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que entró en vigor en 2000. Describe el sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos respecto a sustancias químicas peligrosas en el lugar de trabajo.
  • NOM-003-CNA-1996: Norma Oficial Mexicana número 003 de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), que entró en vigor en 1996. Estipula los requisitos para la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos.
  • NOM-251-SSA1-2009: Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. Esta norma cancela las normas oficiales mexicanas NOM-120-SSA1-1994, Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, y NOM-093-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 1995 y el 4 de octubre de 1995, respectivamente.).
  • NOM-003 SEGOB/2002: Describe Señales y avisos para Protección Civil; incluyendo colores, formas y símbolos a utilizar.

Ejemplos de normas NMX

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  • NMX-TT-002-1997-IMNC: Requisitos mínimos de calidad para instituciones que ofrecen planes y programas de capacitación para el turismo y en el trabajo de esa área.
  • NMX-AA-127-SCFI-2006: Potabilización del agua para uso y consumo humano (polifosfato de sodio): Especificaciones y métodos de prueba (Potabilization of water for use an human comsumption: sodium polyphosphate. Specifications and test methods).
  • NMX-J-010-1996-ANCE: Productos eléctricos-conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V. Especificaciones. (Esta norma cancela la anterior, NMX-J-010-1993-SCFI.)
  • NMX-F-605-2004-NORMEX; Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del Distintivo H.

Ejemplos de proyectos de normas NOM

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  • PROY-NOM-157-SEMARNAT-2009: Proyecto de Norma Oficial Mexicana que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros. (Diario Oficial de la Federación, 4 de diciembre del 2009.
  • PROY-NOM-SSA2-043-2002: Proyecto de Norma Oficial Mexicana, servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.

Ejemplos de normas de emergencia NOM

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Vigencia

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Lo habitual es que una norma esté vigente únicamente por cinco años; por lo menos un año antes debe indicarse en el Diario Oficial de la Federación que la norma entra en revisión para su sustitución, cancelación o refrendo. En cualquiera de los tres casos, en fechas anteriores al término de la vigencia de cinco años debe emitirse la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación, con un extracto de la misma.

Las llamadas Normas de Emergencia sólo tienen una vigencia máxima de doce meses, en dos periodos consecutivos de seis. Estas normas se utilizan en circunstancias de urgencia y, por lo tanto, su emisión no requiere el procedimiento de revisión. En caso de requerirse por más tiempo debe crearse una norma regular con todo el procedimiento subsecuente. Estas normas se identifican por el hecho de que incluyen, en su título, las palabras "Norma Emergente" o algún término similar y en su número de identificación, con la letra E en el tipo específico de norma o por una EM entre el identificador del tipo y el número de la norma.[33][34][35]

Véase también

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Referencias

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Enlaces externos

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