Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria | ||
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Información general | ||
Acrónimo | Sunat | |
Tipo | Organismo técnico especializado | |
Fundación | 1990 | |
País | ![]() |
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Sede | Av. Inca Garcilaso de la Vega 1472 (Lima) |
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Organización | ||
Superintendente Nacional | Víctor Paúl Shiguiyama Kobashigawa | |
Dependiente de | Ministerio de Economía y Finanzas | |
Sitio web | ||
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), es un organismo técnico especializado del Perú adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas.
De acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad.
Tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.
Índice
Historia[editar]
Fue creada como Superintendencia Nacional de Administración Tributaria en Mayo de 1988 con la Ley N° 24829, la cual la estableció como una institución pública descentralizada.
Facultades del servicio[editar]
Fija normas en materia tributaria. Aduanera y de organización interna. Representa al Fisco en la aplicación de los impuestos.
Funciones y atribuciones de la SUNAT[editar]
Son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria:
- Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepción de los municipales, así como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley.
- Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras.
- Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los regímenes y trámites aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de estos.
- Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior, a fin de brindar información general sobre la materia conforme a Ley, así como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra.
- Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales, así como emitir opinión cuando ésta le sea requerida.
- Celebrar acuerdos y convenios de cooperación técnica y administrativa en materia de su competencia.
- Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperación técnica, de investigación, de capacitación y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el país o en el extranjero.
- Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley.
- Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda.
- Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional.
- Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros.
- Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria, el tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal.
- Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías, excepto las que estén en tránsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificación en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables.
- Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero.
- Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en vía administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelación y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial.
- Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.
- Ejercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente.
- Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones.
- Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposición de mercancías, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo. La adjudicación se hará a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro.
- Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera.
- Editar, reproducir y publicar oficialmente el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carácter aduanero, así como las normas y procedimientos aduaneros para su utilización general.
- Determinar la correcta aplicación y recaudación de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley, así como de los derechos que cobre por los servicios que presta.
- Participar en la celebración de Convenios y Tratados Internacionales que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carácter aduanero.
- Crear, dentro de su competencia, administraciones aduaneras y puestos de control, así como autorizar su organización, funcionamiento, suspensión, fusión, traslado o desactivación cuando las necesidades del servicio así lo requiera.
- Ejercer las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
- Como consultar un RUC en la página de la SUNAT[1]
Autoridades[editar]
Dirección General de Contribuciones
- 1920 - 1925: Benjamín Avilés
- 1925: Lizardo Bartra Silva
- 1925 - 1930: Luis de Izcue
Superintendencia General de Contribuciones (1942-1969)
- 1942: Daniel Ruzzo
- 1946 - 1949: Enrique Vidal Cárdenas
- 1953 - 1955: Carlos D'Ugard Murgado
- 1955 - 1964: Luis Tola Pasquel
- 1964 - 1968: Juan Chávez Molina
- 1968: Antonio Tarnawiecky
Dirección General de Contribuciones (1969-1988)
- 1969: Coronel (r) Miguel Pierrend Meza
- 1971: Coronel EP José Villafuerte Farfán
- 1980 - 1982: Armando Zolezzi Möller
- 1984: Javier Luque Bustamante
Superintentedencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT (1988- actualidad)
- 1991 - 1992: Manuel Estela Benavides
- 1992 - 1994: Sandro Fuentes Acurio
- 1994 - 1997: Adrián Revilla Vergara
- 1997 - 1998: Jorge Baca Campodónico
- 1998 - 2000: Jaime Iberico Iberico
- 2000 - 2001: Luis Alberto Arias Minaya
- 2001 - 2003: Beatriz Merino Lucero
- 2003 - 2007: Nahil Liliana Hirsh Carrillo
- 2007 - 2010: Laura Berta Calderón Regjo
- 2010 - 2011: Nahil Liliana Hirsh Carrillo
- 2011 - 2015: Tania Lourdes Quispe Mansilla[2]
- 2015 - 2016: Victor Martin Ramos Chávez[3]
- 2016 - : ander Granda
Véase también[editar]
Enlaces externos[editar]
Referencias[editar]
- ↑ «Como consultar un RUC en la página de la SUNAT». Pymex.
- ↑ «Designan oficialmente a Tania Quispe como jefa de la Sunat». La República. Consultado el 18 de mayo de 2015.
- ↑ «Tania Quispe: "resultados de estos cuatro años han sido buenos"». El Comercio. 10 de agosto de 2015. Consultado el 10 de agosto de 2015.