Impuestos en Colombia

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Se determinan las clases de impuestos y las tasas que pueden ser aplicadas. El país heredó una política de impuestos dura y difusa del Imperio español caracterizada por una fuerte dependencia de los impuestos de la aduana. Los puros impuestos en Colombia pueden dividirse en impuestos nacionales e impuestos locales.

Impuestos nacionales[editar]

Los impuestos nacionales están administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).[1]​ Algunos de estos impuestos incluyen:

Retención en la fuente[editar]

Es un mecanismo para recaudar impuestos anticipadamente. Se creó en 1989 para acelerar el recaudo de impuestos en el momento en que se causan. En el momento de declarar los impuestos, este valor puede ser restado del valor a pagar en la declaración de renta. Para las personas no declarantes se considera como un impuesto. Están sometidos a retención los siguientes impuestos:

Financieros (GMF)[2]

IVA[editar]

El impuesto de valor agregado (IVA) es el impuesto indirecto principal. Este impuesto es del 19% del precio de las mercancías, bienes y servicios con algunas excepciones: transporte público, suministro de agua y saneamiento , el transporte de hidrocarburos y gas naturales. La DIAN reconoce dos categorías separadas (regímenes) de IVA: común y simplificado. El primero refiere a negocios con patrimonio superior a 68 millones de pesos (aproximadamente 25,000 USD), y el segundo se refiere a aquellos con un patrimonio menor. Aunque ambos están obligados a pagar el mismo porcentaje, los contribuyentes del régimen simplificado no están obligados a realizar un registro contable aparte para el IVA o para generar facturas...

Impuesto de timbre[editar]

El impuesto de timbre es un impuesto para la expedición de un documento oficial (o en la validez de documentos privados), tales como un contrato o una modificación contractual.

Se aplica a:[3]

Documento o actuación Valor 2010
(pesos)
Valor 2016[nota 1]


(pesos)

Pasaporte electrónico ordinario 30.000 163.000
Pasaporte electrónico ejecutivo 30.000 253.000
Revalidaciones de pasaportes ordinarios, expedidos en el país 12.000 ?
Concesiones de explotación de bosques naturales 59.000 ?
Concesiones de explotación de maderas finas 178.000 ?
Aporte de una zona esmeraldífera 297.000 ?
Licencia para portar armas de fuego 119.000 ?
Licencia para comerciar en municiones y explosivos 890.000 ?
Renovación licencia para portar armas de fuego 30.000 ?
Renovación licencia para comerciar en municiones y explosivos 593.000 ?
Reconocimiento de persona jurídica 119.000 ?
Reconocimiento de persona jurídica para ESALES 59.000 ?

Impuesto al patrimonio[editar]

Llamado en la reforma de 2018 "Impuesto a la riqueza" es un impuesto al patrimonio que grava hasta el 1% del patrimonio. Este impuesto requiere el pago anual de 1% del patrimonio total de personas con patrimonios estimados mayores a 5 mil millones pesos.

Impuesto sobre la renta[editar]

El impuesto sobre la renta es un impuesto que grava la utilidad de las personas, empresas, u otras entidades legales. El impuesto a la renta es la columna vertebral del sistema tributario porque liga el ahorro con la inversión, y tiene repercusiones sobre los incentivos en los mercados laborales y los emprendimientos.[4]

  • Empresas: Impuesto sobre la renta (Impuesto a la renta y complementarios) debe ser pagado por todas las empresas locales y extranjeras que operan en Colombia, quiénes son sujetos a un impuesto corporativo del 33%.[5]
  • Individual: ciudadanos colombianos y extranjeros nacionalizados quiénes han vivido continuamente en Colombia en total 183 días, son después sujetos al impuesto sobre la renta individual basado en un sistema de índices de impuesto.

La tabla de abajo muestra el índice de impuesto en unidades de UVT (Unidad de Valor Tributario), en la cual 1 UVT = $34.270 COP para 2020.[6]

Gama de ingresos en UVT[7] Índice de impuesto
0 a 1,090 0%
>1,090 a 1,700 19%
>1,700 a 4,100 28%
>4,100 33%

Impuesto a las transacciones financieras[editar]

El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) (conocido como cuatro por mil ó impuesto a las transacciones financieras (ITF)) es un impuesto a las transacciones financieras, este impuesto es del 0,4% sobre todas las transacciones financieras, incluidos retiros de dinero de cajeros automáticos, pagarés, transferencias bancarias, banca por internet, letras bancarias y cheques bancarios, dinero en depósitos a término, sobregiros, préstamos en cuotas, obligaciones de aseguramiento de valores y otras formas riesgos no registrados en los balances, aseguramiento de documentos y otros artículos en una caja de seguridad bancaria, intercambio de divisas o fondos de inversión.

  • Retiro en efectivo, mediante cheque, mediante talonario, con tarjeta débito, por cajero electrónico, retiro o pago en puntos de pago, notas débito; expedición de cheques de gerencia. También se cobra el cuatro por mil en los casos siguientes:
  • Traslado de fondos a cualquier título.
  • Cesión de recursos a cualquier título.
  • Traslado o cesión de recursos entre diferentes copropietarios sobre carteras colectivas.
  • Retiro de recursos por parte del beneficiario o fideicomitente sobre carteras colectivas.
  • Los pagos o transferencias efectuados a terceros a través de notas débito manejados por cuentas contables o de otro género diferentes a las cuentas corrientes, de ahorro o de depósito.
  • Los movimientos contables en los que se configure el pago de obligaciones o el traslado de bienes, recursos o de derechos a cualquier título.
  • Los débitos efectuados sobre los depósitos acreditados como saldos positivos de tarjetas de crédito.
  • El retiro del cheque y el pago del mismo en las cuentas de ahorro.
  • La expedición de cheques de gerencia con cargo a una cuenta corriente o de ahorros del usuario.
Exenciones

En 2014, las cuentas con operaciones menores a 9,6 millones de pesos mensuales (350 UVT) quedaron exentas del impuesto del cuatro por mil.

Impuestos locales[editar]

Este grupo de impuestos incluye:

Impuesto sobre vehículos automotores[editar]

El impuesto sobre la propiedad de vehículos tiene como base gravable el valor comercial del vehículo.[nota 3][8]

El impuesto se paga ante los departamentos o distrito capital, y ellos son quienes administran y controlan el pago.[8]​ Los vehículos gravados incluyen los nuevos y usados excluyendo, entre otros, los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.[8]

Valor comercial del vehículo Tasa impuesto
Hasta $36.810.000 1,5%
Más de $36.810.000 y hasta 82.822.000 2,5%
Más de $82.822.000 3,5%

* Tarifas a partir de 2011[9][10]

Impuesto predial[editar]

Es el Impuesto de propiedad que grava anualmente el derecho de propiedad, usufructo o posesión de un bien inmueble localizado en Colombia. Este impuesto es cobrado y administrado por las municipalidades o distritos donde se ubica el inmueble. La tarifa oscila entre el 0,3% y el 3,3% sobre el avalúo catastral del predio.

Impuesto industria y comercio ICA[editar]

Es el impuesto que grava las actividades de industriales, comerciantes y prestadores de servicios, sean personas naturales o jurídicas, que desarrollen una actividad sujeta a dicho impuesto. Este impuesto es cobrado y administrado por las municipalidades o distritos donde se realiza la actividad.[11]​ La tarifa oscila entre el 0,2% y el 1% sobre los ingresos.

Impuesto de publicidad[editar]

El impuesto de avisos y tableros es el impuesto a la publicidad. Este impuesto es cobrado y administrado por las municipalidades o distritos donde se realiza dicha actividad. La tarifa corresponde al 15% del impuesto de industria y comercio.[12]

Referencias[editar]

  1. DIAN Aduana e Impuesto nacionales Dirección
  2. DIAN (2007). «GMF». 2007. Archivado desde el original el 26 de febrero de 2018. 
  3. «Sube costo del trámite de pasaporte por aumento de impuesto de timbre». 1 de enero de 2017. 
  4. Barreix, Alberto. «Impuesto a la renta personal en América Latina y el Caribe: 4 problemas y 3 posibles soluciones». Archivado desde el original el 18 de mayo de 2017. Consultado el 9 de enero de 2018. 
  5. Estatuto Tributario colombiano.
  6. «Copia archivada». Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 21 de octubre de 2016. 
  7. En vez de poner una gama en colombiano pesos, DIAN tiene un UVT valor que está actualizado al menos cada año.
  8. a b c Ley 488 de 1998. 24 de diciembre de 1998. 
  9. Decreto 4839 de 2010. 2010. 
  10. Por el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2011.
  11. Ley 14 de 1983
  12. Ley 14 de 1983: artículo 37

Notas[editar]

  1. Según UVT $31.859
  2. Parágrafo 4, artículo 145, Ley 488 de 1998
  3. Para su aplicación ver tablas Valor comercial vehículo

Enlaces externos[editar]