Diferencia entre revisiones de «Religión en España»

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El Ministerio de Justicia ha concedido, en noviembre de 2007, a la Federación de Comunidades Budistas de España la consideración de "Notorio Arraigo", un nivel que permitirá a esta religión suscribir acuerdos con el Estado. Los budistas son un colectivo que, según el Ministerio de Justicia, cuenta con más de 40.000 practicantes de las diversas tradiciones budistas. La Federación de Comunidades Budistas de España eleva la cifra a 65.0000 y calcula que, en los últimos años, el número de fieles ha crecido cerca del diez por ciento, una cifra notable teniendo en cuenta la ausencia de labor de proselitismo.
El Ministerio de Justicia ha concedido, en noviembre de 2007, a la Federación de Comunidades Budistas de España la consideración de "Notorio Arraigo", un nivel que permitirá a esta religión suscribir acuerdos con el Estado. Los budistas son un colectivo que, según el Ministerio de Justicia, cuenta con más de 40.000 practicantes de las diversas tradiciones budistas. La Federación de Comunidades Budistas de España eleva la cifra a 65.000 y calcula que, en los últimos años, el número de fieles ha crecido cerca del diez por ciento, una cifra notable teniendo en cuenta la ausencia de labor de proselitismo.


== Historia ==
== Historia ==

Revisión del 21:24 5 nov 2009

Nazarenos ante una famosa bodega jerezana.
Sinagoga del Tránsito en Toledo.

La mayor parte de la población de España (un 76.0%) se declara católica, aunque el porcentaje de practicantes es muy inferior.[1]​ El 20.3% de la población no se reconoce en ninguna religión (definiéndose como ateos o no creyentes). Existe también importantes minorías islámicas, protestantes y ortodoxas, cuyo número se ha incrementado recientemente debido a la inmigración (suman alrededor del 2% de la población), así como grupos más minoritarios, como judíos, budistas, baha'is o mormones, entre otros.

Sin embargo, la población española es actualmente poco practicante en su conjunto: según una encuesta realizada por el CIS en julio del año 2009, el 58,2% de los autodefinidos como creyentes de alguna religión dice no ir a misa o a otros oficios religiosos nunca o casi nunca y el 17,0% dice ir varias veces al año, mientras el 13,3% dice acudir a oficios religiosos casi todos los domingos y días festivos, con un 2,0% yendo varias veces por semana.[1]

El Estado y las religiones

En el Artículo 16 de la Constitución española, se dice que:

  • Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
  • Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
  • Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Ese artículo fue fruto de un consenso para solucionar la cuestión religiosa en la política española, abandonando la forma de la confesionalidad del Estado, tradicional en la historia española.

Las relaciones con la Iglesia católica se rigen por una serie de Acuerdos internacionales firmados entre el Reino de España y la Santa Sede. Además existe una Comisión mixta de relaciones entre el Estado y la Conferencia episcopal. El estado, en la práctica, subvencionaba en parte (cerca de un 40%) a la iglesia católica, por una serie de razones: por ser mayoritaria, como forma de conservar el patrimonio histórico (catedrales, basílicas...), por su labor social (cultural, espiritual, social, sanitario,...), por razones históricas después de las desamortizaciones del siglo XIX, etc. En el año 2007 se ha establecido un sistema de autofinanciación de la Iglesia por medio de una casilla en la declaración del IRPF.[cita requerida].

Las entidades religiosas se encuentran inscritas en el Registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia.

Catolicismo

"¿Cómo se define usted en materia religiosa?" (julio de 2009)
Población de nacionalidad española de más de 18 años[1]
Católico 76,0%
No creyente 13,0%
Ateo 7,3%
Creyente de otra religión 2,1%
No contesta 1,6%

España es un país de tradición religiosa católica. El catolicismo fue la religión oficial del país hasta 1931 y, posteriormente, entre 1939 y 1978.

Otras religiones

Existe en España importantes minorías islámicas (2%), protestantes (1,5%) y ortodoxas (2%). Un 1,6% de la población de nacionalidad española se define como creyente de una religión distinta de la católica.[1]​ Sin embargo, la mayor parte de los practicantes no católicos no poseen la nacionalidad española. Según el censo INE 2008, en España hay aproximadamente:

  • 1.000.000 de ciudadanos de nacionalidad extranjera procedentes de países de tradición ortodoxa (principalmente, de Rumanía, Bulgaria, Ucrania y Rusia)
  • 900.000 ciudadanos procedentes de países de tradición islámica (principalmente de Marruecos, Argelia y Senegal)
  • 600.000 ciudadanos procedentes de países de tradición protestante (principalmente de Reino Unido)

Entre la población gitana, tradicionalmente católica, las conversiones al evangelismo (principalmente pentecostalismo) han sido importantes durante las últimas décadas del siglo XX, de forma que el número de gitanos evangelistas supera al de católicos .[2]​ También se han conservado de forma parcial sus creencias y costumbres propias.

El Ministerio de Justicia ha concedido, en noviembre de 2007, a la Federación de Comunidades Budistas de España la consideración de "Notorio Arraigo", un nivel que permitirá a esta religión suscribir acuerdos con el Estado. Los budistas son un colectivo que, según el Ministerio de Justicia, cuenta con más de 40.000 practicantes de las diversas tradiciones budistas. La Federación de Comunidades Budistas de España eleva la cifra a 65.000 y calcula que, en los últimos años, el número de fieles ha crecido cerca del diez por ciento, una cifra notable teniendo en cuenta la ausencia de labor de proselitismo.

Historia

Durante la Reconquista (718-1492), los reinos cristianos del norte combatieron la dominación islámica del resto de la Península. Tras las conquistas cristianas, un porcentaje importante de la población siguió siendo musulmana, a lo que se añadía un cierto número de judíos en las ciudades. En 1492 se decretó la expulsión de los judíos de España; entre 50.000 y 200.000 abandonaron el país, aunque un porcentaje importante se convirtió al cristianismo y se quedó en España. Por su parte, la expulsión de los moriscos en 1609 provocó la desaparición de los últimos practicantes musulmanes del país. A raíz de esto y de la vigilancia de la Inquisición Española, no hubo minorías religiosas durante varios siglos.

A mediados del siglo XIX se permitió la libertad religiosa en España, aunque el catolicismo siguió siendo la religión oficial. Con la conquista del Marruecos español, los judíos recibieron a las tropas españolas como liberadoras y algunas comunidades se instalaron en España. El gobierno de Miguel Primo de Rivera (1923-1930) otorgó la ciudadanía española a los judíos sefardíes que lo solicitasen, aunque la inmigración fue muy reducida.

Según la Constitución de la Segunda República (1931-1939), España se convirtió en un estado aconfesional. El régimen franquista (1939-1975) volvió a instaurar el catolicismo como religión oficial. Finalmente, la Constitución española de 1978, actualmente en vigor, declaró a España como un estado aconfesional.

Véase también

Enlaces externos

Notas

  1. a b c d julio de 2009, pregunta 37. En el banco de datos del CIS se encuentran estadísticas mensuales desde 2005 sobre religión
  2. CIS. Encuesta sociológica a hogares de la población gitana. 2006