Diferencia entre revisiones de «Presidente de la Junta de Andalucía»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
m Revertidos los cambios de 85.239.219.103 a la última edición de Té y kriptonita
Línea 1: Línea 1:
[[Archivo:Seville 20.jpg|thumb|250px|Fachada del [[Palacio de San Telmo]] en Sevilla.]]
[[Archivo:Seville 20.jpg|thumb|250px|Fachada del [[Palacio de San Telmo]] en Sevilla.]]
[[Archivo:Sevilla2005July 045.jpg|thumb|250px|Palacio de San Telmo en [[Sevilla]], residencia oficial del Presidente de Andalucía.]]
[[Archivo:Sevilla2005July 045.jpg|thumb|250px|Palacio de San Telmo en [[Sevilla]], residencia oficial del Presidente de Andalucía.]]
El '''Presidente de la Junta de Andalucía''' es el [[Jefe del Ejecutivo]] de [[Andalucía]]. Este cargo es ocupado desde el [[23 de abril]] de [[2009]] por [[José Antonio Griñán]], tras el arresto de [[Manuel Chaves]] por malversión de fondos.
El '''Presidente de la Junta de Andalucía''' es el [[Jefe del Ejecutivo]] de [[Andalucía]]. Este cargo es ocupado desde el [[23 de abril]] de [[2009]] por [[José Antonio Griñán]], tras la dimisión de [[Manuel Chaves]].


== Elección ==
== Elección ==

Revisión del 08:22 5 oct 2009

Fachada del Palacio de San Telmo en Sevilla.
Palacio de San Telmo en Sevilla, residencia oficial del Presidente de Andalucía.

El Presidente de la Junta de Andalucía es el Jefe del Ejecutivo de Andalucía. Este cargo es ocupado desde el 23 de abril de 2009 por José Antonio Griñán, tras la dimisión de Manuel Chaves.

Elección

La Junta de Andalucía se define como un sistema parlamentario, por lo que el Presidente de ésta no es elegido por sufragio universal directo, sino que el Parlamento lo elige al comienzo de cada legislatura.

Es el Presidente del Parlamento quien, tras consultar a los Portavoces de los grupos parlamentarios, propone un candidato a Jefe del Ejecutivo. El candidato, para ser elegido, debe presentar su programa, y seguidamente obtener mayoría absoluta en primera votación. Si no la consiguiese, se procedería a una segunda votación dos días después de la primera, en la que será suficiente para obtener el cargo de Presidente conseguir mayoría simple. Si no se diese el caso, se procedería con las demás propuestas de manera similar. Si en dos meses ningún candidato hubiese obtenido el cargo de Presidente de la Junta, se disolverá el Parlamento y se convocarán nuevas elecciones.

Investidura

Una vez elegido el Presidente de la Junta por el Parlamento, el cargo se hará oficial por el Rey de España, quien procederá al nombramiento del Presidente.[1]​ Tras esto, el Presidente procederá a nombrar a los Consejeros y a distribuir entre ellos las funciones ejecutivas.

Funciones y responsabilidades

El Estatuto de Autonomía de Andalucía define las funciones y responsabilidades ante el Parlamento del Presidente de la Junta en el artículo 117 del capítulo tercero del Título IV.[2]

El Presidente es por un lado, Jefe del Ejecutivo andaluz, y por otro, máximo representante de Andalucía de cara tanto al resto de España como al extranjero. De la misma manera, es a la vez representante del Gobierno de la Nación en Andalucía.

Esta función de representante de la Nación se distingue de la de Delegado del Gobierno, alto funcionario del Estado, que representa al gobierno central y dirige las administraciones y servicios descentralizados del Estado en Andalucía. El Delegado de Gobierno mantiene estrechas relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos con Andalucía y con sus correspondientes entidades locales.[3]

En tanto que Jefe del Ejecutivo, éste dirige y coordina la acción de Gobierno del Consejo de Gobierno de Andalucía, del que nombra y separa a los consejeros, sobre los que puede delegar temporalmente funciones ejecutivas propias. Tiene la autoridad sobre el conjunto de la Administración propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Es responsable políticamente ante el Parlamento de Andalucía. Puede convocar consultas populares o referéndums, siempre con la aprobación de las Cortes Generales de España. En caso de infracción o delito en el ejercicio de sus funciones, debe comparecer ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ante éste mismo se le podrá exigir la responsabilidad civil en que hubiera incurrido en Presidente de la Junta con ocasión del ejercicio de su cargo.

Su residencia oficial es el Palacio de San Telmo de Sevilla.

Lista de Presidentes de la Junta de Andalucía desde 1978

Bandera de España  Lista de Presidentes de la Junta de Andalucía desde 1978  
Período Presidente Observaciones
Nombre Partido
1978-1979 Plácido Fernández Viagas PSOE Junta Preautonómica[4]​ - Dimite en abril de 1979
1979-1982 Rafael Escuredo Rodríguez PSOE Junta Preautonómica
1982-1984 Rafael Escuredo Rodríguez PSOE I Legislatura - Dimite el 17 de febrero de 1984
1984-1986 José Rodríguez de la Borbolla PSOE I Legislatura
1986-1990 José Rodríguez de la Borbolla PSOE II Legislatura
1990-1994 Manuel Chaves González PSOE III Legislatura
1994-1996 Manuel Chaves González PSOE IV Legislatura
1996-2000 Manuel Chaves González PSOE V Legislatura
2000-2004 Manuel Chaves González PSOE VI Legislatura
2004-2008 Manuel Chaves González PSOE VII Legislatura
2008-2009 Manuel Chaves González PSOE VIII Legislatura - Dimite el 7 de abril de 2009
2009-2009 Gaspar Carlos Zarrías Arévalo PSOE VIII Legislatura (En funciones)
2009- José Antonio Griñán Martínez PSOE VIII Legislatura
Fuente: Junta de Andalucía

Línea temporal

José Antonio Griñán, Presidente de la Junta de Andalucía desde el 23 de abril de 2009.
José Antonio Griñán MartínezGaspar ZarríasManuel Chaves GonzálezJosé Rodríguez de la BorbollaRafael EscuredoPlácido Fernández Viagas

Referencias

Notas

  1. Ejemplo: Real Decreto del 23 de abril de 2004 por el que se nombra Presidente de la Junta de Andalucía a don Manuel Chaves González. Boletín oficial del Estado, 100, 24 abril 2007.
  2. Fuente: Estatuto de Autonomía de Andalucía.
  3. Fuente: Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
  4. Período preautonómico: Antes de la adopción del Estatuto de Autonomía en octubre de 1981.

Véase también

Enlaces externos